El Gobierno español asegura al cardenal Bertone que respetará los acuerdos que rigen las relaciones Estado-Iglesia.
El presidente del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, recibió en el Palacio de la Moncloa al purpurado italiano en un encuentro que, como explica el mismo Ejecutivo en un comunicado "se enmarca en una etapa de colaboración entre España y el Vaticano, y ha estado presidido por el respeto mutuo y el diálogo constructivo entre los dos Estados".
Asimismo, el presidente ha pedido al cardenal Bertone que traslade al Papa Benedicto XVI una invitación para que visite España durante la celebración del Año Santo Compostelano, en 2010.
"Rodríguez Zapatero también ha informado al secretario de Estado del Vaticano del contenido del II Foro de la Alianza de Civilizaciones, que tendrá lugar en Turquía a primeros de abril, y le ha invitado a participar en él".
Antes de reunirse con el jefe del Ejecutivo, el cardenal Bertone se había entrevistado en la mañana con el ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, y con la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega. Posteriormente fue recibido por el Rey Don Juan Carlos en el Palacio de la Zarzuela.
Antes de reunirse con el jefe del Ejecutivo, el cardenal Bertone se había entrevistado en la mañana con el ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, y con la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega. Posteriormente fue recibido por el Rey Don Juan Carlos en el Palacio de la Zarzuela.
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Por otro lado, una sentencia del Tribunal Supremo, dado a conocer este martes, señala que la enseñanza de la religión en el sistema educativo español es compatible con el principio de aconfesionalidad del Estado, reconocido en la Constitución.
El tribunal considera "plenamente constitucionales" el Acuerdo entre España y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, y las disposiciones adicionales de la Ley Orgánica de Educación (LOE) que regulan la enseñanza de la Religión y su profesorado, según informaba este martes el diario madrileño "Público" en su edición digital.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo rechazó un recurso del minoritario partido Izquierda Republicana (IR) que pretendía la nulidad de la regulación de la enseñanza de la Religión, contemplada en el Real Decreto de 2006 que fija los contenidos mínimos del segundo ciclo de educación infantil. Según IR, tal disposición vulnera el precepto constitucional de que "ninguna confesión tendrá carácter estatal".
El TS asegura que el real decreto "respeta la Ley", ya que la determinación del currículo debe ajustarse al Acuerdo con el Vaticano, de acuerdo con la LOE, y rechaza que quebrante los preceptos citados ya que el objeto de la educación, fijado por la Constitución en el artículo 27.2, no contradice el derecho de los padres a que los hijos reciban la formación religiosa y moral acorde con sus convicciones.
"Es igualmente obligado el respeto por todos, incluido el Estado, de que la educación que se imparta salvaguarde" tal derecho de los padres, subraya el alto tribunal. Indica así mismo que la aconfesionalidad del Estado "no impide, sino que implica" que los poderes públicos cuenten con las creencias religiosas de la sociedad y mantengan las relaciones de cooperación con las confesiones.
El Supremo, que cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC), afirma que la inclusión de la Religión en los niveles educativos es "un cauce posible para la realización de la libertad religiosa en concurrencia con el ejercicio del derecho a una educación conforme con las propias convicciones religiosas y morales".
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo rechazó un recurso del minoritario partido Izquierda Republicana (IR) que pretendía la nulidad de la regulación de la enseñanza de la Religión, contemplada en el Real Decreto de 2006 que fija los contenidos mínimos del segundo ciclo de educación infantil. Según IR, tal disposición vulnera el precepto constitucional de que "ninguna confesión tendrá carácter estatal".
El TS asegura que el real decreto "respeta la Ley", ya que la determinación del currículo debe ajustarse al Acuerdo con el Vaticano, de acuerdo con la LOE, y rechaza que quebrante los preceptos citados ya que el objeto de la educación, fijado por la Constitución en el artículo 27.2, no contradice el derecho de los padres a que los hijos reciban la formación religiosa y moral acorde con sus convicciones.
"Es igualmente obligado el respeto por todos, incluido el Estado, de que la educación que se imparta salvaguarde" tal derecho de los padres, subraya el alto tribunal. Indica así mismo que la aconfesionalidad del Estado "no impide, sino que implica" que los poderes públicos cuenten con las creencias religiosas de la sociedad y mantengan las relaciones de cooperación con las confesiones.
El Supremo, que cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC), afirma que la inclusión de la Religión en los niveles educativos es "un cauce posible para la realización de la libertad religiosa en concurrencia con el ejercicio del derecho a una educación conforme con las propias convicciones religiosas y morales".
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