Sistema
de justicia penal
El
sistema de justicia ordinario no ofrece justicia a las víctimas de crímenes
violentos y violaciones de derechos humanos. Esto responde a diversas causas,
como corrupción, capacitación y recursos insuficientes, y la complicidad de
agentes del Ministerio Público y defensores de oficio. En respuesta a los
reclamos de un amplio movimiento social, en enero de 2013 México promulgó la
Ley General de Víctimas para garantizar justicia, protección y resarcimiento a
las víctimas de delitos. A la fecha de redacción de este documento, la ley no
había sido reglamentada. En México, la débil aplicación de la ley ha contribuido al surgimiento de nuevos
grupos de autodefensa ciudadana armados en algunas regiones del país.
En
2008, México promulgó una reforma constitucional destinada a transformar su
sistema judicial inquisitivo en uno de tipo acusatorio y oral. No obstante, la
implementación de la reforma, para la cual se concedió a las autoridades plazo
hasta 2016, ha sido más bien lenta. Hasta el momento de la redacción de este
informe, solamente 3 de los 32 estados de México habían implementado
completamente la reforma, y en 13 de ellos el nuevo sistema se encontraba en
operación parcial.
La reforma también ha introducido una
disposición sobre arraigo que permite a los agentes del Ministerio Público, con
autorización judicial, detener durante un máximo de 80 días a personas que
presuntamente estén involucradas en la delincuencia organizada, antes de ser
consignadas. En abril de 2013, la Cámara de Diputados aprobó una reforma para
reducir a 35 días el período máximo que estas personas podían ser retenidas sin
ser consignadas, en vez de erradicar la medida. El Senado aún no había aprobado
la reforma al momento de este informe.
En septiembre de 2013, la Suprema Corte
determinó que los derechos garantizados por tratados internacionales de
derechos humanos tienen el mismo peso que los consagrados en la constitución.
No obstante, en casos en que la constitución limite en forma expresa un
derecho, dicha restricción prevalecerá por sobre los tratados internacionales,
es decir, se trata de una restricción que atenta contra el principio pro
homine, el cual exige a los estados interpretar las obligaciones jurídicas del
modo que garantice la protección más amplia posible de los derechos humanos de
la persona.
Condiciones en centros de detención
En las cárceles prevalecen las condiciones de
sobrepoblación y falta de higiene, y no se brinda seguridad básica a la mayoría
de los internos. Los presos que afirman sufrir agresiones u otros abusos de
guardias o internos no cuentan con un sistema efectivo para exigir una
reparación.
egún la CNDH, aproximadamente el 65 por ciento
de las prisiones son controladas por la delincuencia organizada, y la situación
de corrupción y violencia es sumamente grave. Durante 2013, hasta noviembre,
fallecieron 108 internos.
El
Informe:
http://www.hrw.org/world-report/2014/country-chapters/121995?page=2
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