La ilegalidad, los militares y la “seguridad interior”/Manuel Cárdenas F., Senador independiente
("sugiero leer con calma", escribe Manuel)
Ya dieron inicio en el Senado de la República los tan anunciados foros sobre la “Ley de Seguridad Interior” que pretenden dictaminar y aprobar de manera coordinada ambas cámaras del Congreso de la Unión. Lo increíble es que esta primera reunión de trabajo, de la que ya conocíamos por los medios de comunicación, nos fue informada a los legisladores de las comisiones que tendremos que dictaminar estas iniciativas, con menos de 24 horas de anticipación y sin hacernos llegar ningún documento sobre el tema.
De ridículo en ridículo, pasando por vanidades y desplantes de “bendecidos” con la excepción de Roberto Gil (sugiero).
Lo cierto es que estos foros se realizan a la vieja usanza, en la trampa y por “cúpulas” dictatoriales que son ajenas a las Comisiones responsables pero que, los Presidentes de estas Comisiones sólo saben obedecer y no chistan ni discuten las órdenes recibidas así sean lo que sea.
Petulantes y arrogantes sin definir procedimientos a seguir y con ponentes escogidos por quien sabe quién. Y conste que no es queja sino sólo una consignación de los hechos. Los he combatido y los seguiré combatiendo ya que sus acciones es en gran parte la razón de tener sumido a nuestro país en el caos que ellos no ven, en serio, ellos no ven el caos, ellos viven en la bonanza y el poder. Y les enoja que el Senador Bartlett los corrija. Ni al caso diría mi hija. Aguanten vara.
Por eso tampoco me sorprende que, en un tema de tanta relevancia para el país, lo que se anunció como una reunión de trabajo, fuera solamente una pasarela de notables, que nos expusieron las “bondades” de sus iniciativas para avanzar “no hacia la militarización del país”, sino hacia la regulación del papel de las fuerzas armadas en la seguridad interior, (al menos eso nos dijeron), pero las preguntas no estuvieron permitidas, ¡vaya reunión de trabajo tan sui generis!
Las “pontificaciones” del diputado César Camacho mejor ni referirme a ellas pues sigue en su “interior mundo” interpretando la ley a su conveniencia y sus contradicciones, su risorio sí pero no y, luego, su no pero sí. Vaya miedo y sujeción a un Secretario de Estado que es igual al de salud o al de agricultura, pero creo que a muchos políticos y empresarios actuales el uniforme militar los aterra; pobrecitos ellos, que jodido el país, que se joda la población que no es protegida por el poder.
Lo que sí me sorprendió es la participación del Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, el llamado por la prensa “Senador legislador Castillejos” y su declaración de la importancia de la participación del ejecutivo federal en el proceso legislativo.
Nuevamente torciendo la ley a modo como dice el criterio convenenciero de Camacho (“esa línea delgada”) basándose sofísticamente en un criterio amañado que tampoco resuelve de parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nació.
Sería bueno leyeran bien la causa de lo resuelto por la Corte.
Señores abogados que no son tramposos ni convenencieros y sí honestos y con ética, señores ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (a pesar de ser en muchos casos Suprema Corte de Política del Ejecutivo): hasta donde comprendo la participación del ejecutivo federal en el proceso legislativo tiene sus tiempos muy establecidos y se limita a la facultad de iniciativa (artículo 71), la facultad de observar (se acuerdan del SNA) y la de publicar la ley (artículo 72).
La facultad de aprobar las leyes sólo la tiene el poder legislativo con las excepciones de la Constitución y aunque es deseable la coordinación y comunicación entre los dos poderes, también lo es el respetar los tiempos y los espacios de cada uno de ellos en el proceso legislativo. El poder ejecutivo no es legislador para el tema en tiempos de paz salvo cuando suspende garantías (que no se anima a poner orden ni a iniciar con una iniciativa por lo que usa en su derecho a un partidario); en los tratados internacionales si bien es el Senado el que debe ratificarlos y es ahí el momento legislativo, y cuando incrementa o disminuye aranceles.
Lo que se desprende de esta reunión de notables, sugiero, riéndose, de las Comisiones dictaminadoras y de las cuatro iniciativas presentadas es que todas ellas coinciden en los mismos errores:
Primero: que no pretenden crear una ley de seguridad interior propiamente dicha, sino una ley que avale la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública o en posibles tareas de seguridad interior (que nadie define en sus iniciativas, sino sólo enumeran de manera muy genérica).
Segundo: ninguna de ellas define de manera clara y precisa lo que se entenderá por seguridad interior y mantienen una confusión (espero que no premeditada pero por sus trampas anteriores y su sumisión a otras voluntades es lo más seguro) entre seguridad interior, seguridad pública, seguridad nacional y defensa nacional.
Tercero: las 4 iniciativas siguen la visión latinoamericana (que no en todos los países del orbe) de que la seguridad interior es una suerte de género de la seguridad nacional, como lo es la defensa exterior y, por lo tanto, facultad exclusiva del Ejecutivo Federal a diferencia de la seguridad pública en la que participan los tres órdenes de gobierno; sin embargo, incurren en contradicción cuando establecen mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en la materia.
Cuarto: estas iniciativas pretenden establecer límites a una facultad exclusiva del Presidente de la República establecida en la fracción VI del artículo 89 constitucional, sin limitaciones.
Claro que el Presidente debe tener límites, si bien ahora en los casos concretos y que no ameritan la “línea delgada” (esto tampoco) del señor Camacho, es lo que los trae asustados porque su general hace política y hasta el comandante se le cuadra ¡Viva Venezuela en estas actitudes!
Quiero dejar claro, que soy de los que piensan que existen graves riesgos al militarizar la seguridad pública y en todo caso lo que llamen la seguridad interior, pero también creo que debemos reconocer la realidad y la realidad nos dice que tenemos cuerpos policíacos desmantelados en los tres órdenes de gobierno por corrupción, impunidad de los gobernantes que se agacharon al mandato divino de un Presidente que los desmanteló y los arrodilló cuál caudillo a sus vasallos, y un actual que comió ajo y se la lleva repitiendo en el tema.
Un país de risa cuando se les hace grandototota la boca, a ambos bandos, gobierno y empresarios, y se refieren a ese grupito delincuencial que no tiene base legal llamada CONAGO, y esté feliz de que se les reconozca a pesar de su ilegalidad e inexistencia jurídica
¿Y luego por qué Trump y otros nos dicen que somos pandilla?
Gobernadores y Jefe de gobierno: ¡Hagan su trabajo y no le saquen! ¡Re-orienten su gasto e inviertan en seguridad pública y dejen de ser monigatos de Gobernación y los regresados al poder después del risorio “escape” y “fuga” y recaptura” del señor Guzmán!.
Se los restriega en su cara de manera elegante y generosa el senador Roberto Gil, al hablar de incentivos perversos pero los gobernados les mientan la madre a sus gobernantes cada vez que les palpita el corazón y luego éstos se hacen las víctimas y los espantados. Háganme el favor, pues.
Anímense a cambiar la Constitución, no sean cobardes, sálganse del gatopardismo y de andar entrando por las cañerías (hábitat de muchos) como en mandos únicos, cannabis y demás linduras. Establezcan los estados de excepción y no le hagan al tío lolo, ya en la LX Legislatura Federal me rechazaron iniciativa al respecto.
En mi opinión, no es posible aprobar una ley de seguridad interior (que no ley de fuerzas armadas), que además les será impuesta a todas las entidades federativas sin tomar en cuenta su opinión, sin antes aprobar reformas constitucionales tanto a la fracción VI del artículo 89 (que dicho sea de paso es una facultad del presidente establecida desde la Constitución de 1857 en el artículo 85 y no desde 1917 como se señaló en la reunión de trabajo) y al artículo 129 de la Carta Magna que limita la participación de las fuerzas armadas en tiempos de paz.
Pero hablar de “situaciones delicadas”, de “déficit normativo”, de “muy delgada línea jurídica” ¡patrañas!¡Mamadas diría cualquiera en mi estado de Sinaloa! ¡Por favor! Como dijo el clásico secretario de desarrollo social: “me faltó estudiar psiquiatría para entenderlos”. En el artículo 129 no hay ninguna duda salvo para los mojigatos. Otra vergüenza más de ser parte de un Senado obsequioso en una parte de sus integrantes que renuncian al mandato.
Por esa razón, presentaré la próxima semana una iniciativa constitucional en ese sentido.
Tampoco se puede aprobar una ley de seguridad interior, sin antes aprobar el Mando Mixto Policial que dé certidumbre y claridad a la operación de los cuerpos policiales del país.
Le sugiero al general con minúscula que sus abogados y los constitucionalistas del CIDE y de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (los serios pues ahí también hay o debe haber paleros) lo asesoren y entienda que es primero sin hacer una ensalada o capirotada sin ton ni son. Sólo así se puede establecer una verdadera ley de seguridad interior que establezca como lo hace la ley argentina en la materia la participación de las fuerzas armadas “…en el restablecimiento de la seguridad interior dentro del territorio nacional, en aquellos casos excepcionales en que el sistema de seguridad interior descrito en esta ley resulte insuficiente...” Sólo por señalarles tantito. Pero por lo pronto, de que por su propia boca muere no hay duda, y tiene años de general y dijo algo así: No sabemos (no dijo no sabíamos lo que afirma es presente [si en diez años no aprendieron ya no lo harán]) hacer eso, nos mandaron, fuimos capacitados para otra cosa, pero seguiremos en lo mismo. Vaya desvergüenza.
¡Muchas gracias y sean felices!
cardenasfonseca@hotmail.com
manuelcardenasfonseca.mx
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