El caso, ante la CIDHJORGE CARRASCO ARAIZAGA
Revista Proceso # 1716, 20 de septiembre de 2009
El escándalo desatado por el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar en 2007, que derivó en la llegada de María del Carmen Alanís a la presidencia del TEPJF, amenaza con revertírsele y arrastrar al Estado mexicano a un nuevo procedimiento en su contra en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).Norma Inés Aguilar León, quien fuera coordinadora de asesores del entonces presidente del tribunal, Flavio Galván Rivera, interpuso el 6 de agosto pasado ante el organismo interamericano una demanda contra el Estado mexicano porque las acusaciones de corrupción que le hizo el magistrado electoral Nava Gomar nunca fueron comprobadas, a pesar de que éste y sus familiares actuaron como juez y parte.
La exfuncionaria se queja de que, cuando fue destituida a raíz del escándalo, intentó defenderse en otras instancias jurisdiccionales y administrativas, pero tanto el Poder Judicial como el Ejecutivo le negaron cualquier recurso de defensa, al considerar que las resoluciones del TEPJF son “definitivas e inatacables” no sólo en materia electoral, sino también en aquellos asuntos que tienen que ver con su administración.
En su denuncia, Aguilar León acusa al Estado mexicano por haberla destituido “mediante un procedimiento sin las debidas garantías (y) sustanciado ante una autoridad incompetente y carente de imparcialidad, sin atribuciones legales para conocer del procedimiento administrativo ni para juzgar ni para aplicar sanciones”.
Patrocinada por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Aguilar León alega también que fue privada de sus derechos elementales de defensa, pues el TEPJF actuó como parte acusadora y autoridad instructora, resolutoria y revisora, sin que el juicio se ventilara en un tribunal imparcial y autónomo.
Por su parte, el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar nunca pudo probar “el intento” de corrupción de la entonces funcionaria cuando ésta tenía la encomienda de adquirir un edificio para ampliar las oficinas del tribunal. Por el contrario, en el desahogo del caso se estableció que fue el magistrado quien incurrió en un conflicto de interés porque permitió durante meses que familiares suyos intervinieran como corredores de bienes raíces en esa operación.
En lo que toca a María del Carmen Alanís, como presidenta del TEPJF preside también la Comisión de Administración, instancia que sustanció la acusación y ordenó la destitución de Aguilar León, quien tenía ya 16 años de servicio en el máximo órgano jurisdiccional electoral del país.
Violación de garantíasEl 6 de julio de 2007, el magistrado Nava Gomar presentó en la Oficialía de Partes de la Sala Superior la denuncia “de posibles actos de corrupción” por parte de Norma Inés Aguilar, quien había hecho su carrera judicial al lado de Galván.
En la misma fecha, Galván pasó la denuncia a la Contraloría Interna del Tribunal, que abrió el expediente TEPJF-CI-DE-003/2007. Al siguiente día, el presidente del tribunal se fue de vacaciones para no volver a su cargo. “Por motivos de salud” renunció a la presidencia un mes después.
En el expediente destaca un dato: Ángel Zamora González, director asociado del área industrial de la inmobiliaria CB Richard Ellis, encargada de vender el edificio del Grupo Monitor, declaró que los tíos del magistrado Nava, Olga Gomar de Zubiaur y Fermín Zubiaur Carmona, le solicitaron por correo electrónico, “con un interés muy particular… que se les reconociera como representantes, sin serlo, del Tribunal Electoral, para la compraventa del inmueble”.
El señalamiento está contenido en los folios 377 a 382 del expediente TEPJF-CI-DE-003/2007, algunas de cuyas actuaciones se anexaron en la denuncia presentada ante Santiago Cantón, secretario ejecutivo de la CIDH.
Con base en las conclusiones de la investigación realizada por la Contraloría Interna, la Comisión de Administración del TEPJF –integrada por cinco funcionarios del Poder Judicial: dos del TEPJF y tres del Consejo de la Judicatura Federal– estableció en su dictamen que no se pudo demostrar el presunto acto de corrupción alegado por el magistrado Nava.
Pese a ello, resolvió iniciar el procedimiento administrativo de responsabilidades contra Aguilar León. También decidió actuar contra Andrés Carlos Vázquez Murillo, entonces coordinador de asuntos jurídicos del tribunal, y Daniel Tapia Izquierdo, quien ya había dejado de ser secretario administrativo del TEPJF.
La Comisión de Administración responsabilizó a la cercana colaboradora de Flavio Galván de “conflicto de interés”, “notoria ineptitud” y “abuso o ejercicio indebido del cargo”.
Por eso, en su denuncia ante la CIDH, Norma Inés Aguilar hace ver que el procedimiento de sanción en su contra se enderezó por hechos diferentes a la denuncia original de Nava; acusa a los magistrados de ser juez y parte de su propia causa, porque resolvieron dos veces respecto de su misma resolución, ordenando el archivo del expediente del juicio administrativo, y asegura que en México no existe “juicio ni recurso alguno o medio de impugnación alguno” para ir contra las resoluciones del TEPJF cuando se trate de de responsabilidades administrativas, bajo el argumento de que es la máxima autoridad en materia electoral.
Para la parte denunciante, con esas consideraciones México viola los derechos reconocidos en diversos instrumentos internacionales, en especial de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Para demostrar que agotaron los recursos internos, la afectada y su defensa detallan de forma pormenorizada la ruta legal que siguieron en el propio TEPJF, los juzgados de distrito, tribunales colegiados y salas regionales, todos en materia administrativa; además del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que depende del Poder Ejecutivo.
En ese recorrido sólo hubo una voz disidente: la de la presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que consideró que no se trataba de un asunto electoral o laboral, por lo que negarle el amparo a la quejosa en un caso administrativo significaba dejarla indefensa.
Aguilar León atribuye tres violaciones al Estado mexicano a raíz de la denuncia del magistrado Nava Gomar: a la garantía de debido proceso, a la garantía de un juez o tribunal imparcial e independiente y a la presunción de inocencia y derecho de defensa.
Con todo, el TEPJF terminó por comprar un edificio en 2008. El 30 de agosto pasado, el periódico Reforma informó que los magistrados pagaron 90 millones de pesos por un inmueble que un año antes había sido vendido en 32 millones de pesos. Fue propiedad del empresario de origen argentino Carlos Ahumada, quien allí operó el desaparecido periódico El Independiente.
Revista Proceso # 1716, 20 de septiembre de 2009
El escándalo desatado por el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar en 2007, que derivó en la llegada de María del Carmen Alanís a la presidencia del TEPJF, amenaza con revertírsele y arrastrar al Estado mexicano a un nuevo procedimiento en su contra en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).Norma Inés Aguilar León, quien fuera coordinadora de asesores del entonces presidente del tribunal, Flavio Galván Rivera, interpuso el 6 de agosto pasado ante el organismo interamericano una demanda contra el Estado mexicano porque las acusaciones de corrupción que le hizo el magistrado electoral Nava Gomar nunca fueron comprobadas, a pesar de que éste y sus familiares actuaron como juez y parte.
La exfuncionaria se queja de que, cuando fue destituida a raíz del escándalo, intentó defenderse en otras instancias jurisdiccionales y administrativas, pero tanto el Poder Judicial como el Ejecutivo le negaron cualquier recurso de defensa, al considerar que las resoluciones del TEPJF son “definitivas e inatacables” no sólo en materia electoral, sino también en aquellos asuntos que tienen que ver con su administración.
En su denuncia, Aguilar León acusa al Estado mexicano por haberla destituido “mediante un procedimiento sin las debidas garantías (y) sustanciado ante una autoridad incompetente y carente de imparcialidad, sin atribuciones legales para conocer del procedimiento administrativo ni para juzgar ni para aplicar sanciones”.
Patrocinada por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Aguilar León alega también que fue privada de sus derechos elementales de defensa, pues el TEPJF actuó como parte acusadora y autoridad instructora, resolutoria y revisora, sin que el juicio se ventilara en un tribunal imparcial y autónomo.
Por su parte, el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar nunca pudo probar “el intento” de corrupción de la entonces funcionaria cuando ésta tenía la encomienda de adquirir un edificio para ampliar las oficinas del tribunal. Por el contrario, en el desahogo del caso se estableció que fue el magistrado quien incurrió en un conflicto de interés porque permitió durante meses que familiares suyos intervinieran como corredores de bienes raíces en esa operación.
En lo que toca a María del Carmen Alanís, como presidenta del TEPJF preside también la Comisión de Administración, instancia que sustanció la acusación y ordenó la destitución de Aguilar León, quien tenía ya 16 años de servicio en el máximo órgano jurisdiccional electoral del país.
Violación de garantíasEl 6 de julio de 2007, el magistrado Nava Gomar presentó en la Oficialía de Partes de la Sala Superior la denuncia “de posibles actos de corrupción” por parte de Norma Inés Aguilar, quien había hecho su carrera judicial al lado de Galván.
En la misma fecha, Galván pasó la denuncia a la Contraloría Interna del Tribunal, que abrió el expediente TEPJF-CI-DE-003/2007. Al siguiente día, el presidente del tribunal se fue de vacaciones para no volver a su cargo. “Por motivos de salud” renunció a la presidencia un mes después.
En el expediente destaca un dato: Ángel Zamora González, director asociado del área industrial de la inmobiliaria CB Richard Ellis, encargada de vender el edificio del Grupo Monitor, declaró que los tíos del magistrado Nava, Olga Gomar de Zubiaur y Fermín Zubiaur Carmona, le solicitaron por correo electrónico, “con un interés muy particular… que se les reconociera como representantes, sin serlo, del Tribunal Electoral, para la compraventa del inmueble”.
El señalamiento está contenido en los folios 377 a 382 del expediente TEPJF-CI-DE-003/2007, algunas de cuyas actuaciones se anexaron en la denuncia presentada ante Santiago Cantón, secretario ejecutivo de la CIDH.
Con base en las conclusiones de la investigación realizada por la Contraloría Interna, la Comisión de Administración del TEPJF –integrada por cinco funcionarios del Poder Judicial: dos del TEPJF y tres del Consejo de la Judicatura Federal– estableció en su dictamen que no se pudo demostrar el presunto acto de corrupción alegado por el magistrado Nava.
Pese a ello, resolvió iniciar el procedimiento administrativo de responsabilidades contra Aguilar León. También decidió actuar contra Andrés Carlos Vázquez Murillo, entonces coordinador de asuntos jurídicos del tribunal, y Daniel Tapia Izquierdo, quien ya había dejado de ser secretario administrativo del TEPJF.
La Comisión de Administración responsabilizó a la cercana colaboradora de Flavio Galván de “conflicto de interés”, “notoria ineptitud” y “abuso o ejercicio indebido del cargo”.
Por eso, en su denuncia ante la CIDH, Norma Inés Aguilar hace ver que el procedimiento de sanción en su contra se enderezó por hechos diferentes a la denuncia original de Nava; acusa a los magistrados de ser juez y parte de su propia causa, porque resolvieron dos veces respecto de su misma resolución, ordenando el archivo del expediente del juicio administrativo, y asegura que en México no existe “juicio ni recurso alguno o medio de impugnación alguno” para ir contra las resoluciones del TEPJF cuando se trate de de responsabilidades administrativas, bajo el argumento de que es la máxima autoridad en materia electoral.
Para la parte denunciante, con esas consideraciones México viola los derechos reconocidos en diversos instrumentos internacionales, en especial de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Para demostrar que agotaron los recursos internos, la afectada y su defensa detallan de forma pormenorizada la ruta legal que siguieron en el propio TEPJF, los juzgados de distrito, tribunales colegiados y salas regionales, todos en materia administrativa; además del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que depende del Poder Ejecutivo.
En ese recorrido sólo hubo una voz disidente: la de la presidencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que consideró que no se trataba de un asunto electoral o laboral, por lo que negarle el amparo a la quejosa en un caso administrativo significaba dejarla indefensa.
Aguilar León atribuye tres violaciones al Estado mexicano a raíz de la denuncia del magistrado Nava Gomar: a la garantía de debido proceso, a la garantía de un juez o tribunal imparcial e independiente y a la presunción de inocencia y derecho de defensa.
Con todo, el TEPJF terminó por comprar un edificio en 2008. El 30 de agosto pasado, el periódico Reforma informó que los magistrados pagaron 90 millones de pesos por un inmueble que un año antes había sido vendido en 32 millones de pesos. Fue propiedad del empresario de origen argentino Carlos Ahumada, quien allí operó el desaparecido periódico El Independiente.
1 comentario:
me parece muy interesante
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