El compadre de Calderón doblega a un tribunal
Revista Proceso # 1777, 21/11/2010SALTILLO, COAH.- En su intento por desmentir una presunta relación con el narcotraficante Sergio Villarreal Barragán, El Grande, el senador José Guillermo Anaya Llamas demandó por daño moral al corresponsal de Proceso en Nuevo León, Arturo Rodríguez García. Le exige cerca de 3 millones de pesos como reparación, el pago de gastos y costas judiciales, más la publicación de una carta aclaratoria en todos los medios locales y los de circulación nacional.
Exdiputado y exalcalde de Torreón, Guillermo Anaya es compadre del presidente Felipe Calderón, fue secretario general del Comité Nacional del PAN con Germán Martínez Cázares y actualmente es senador de la República, donde pertenece a la Comisión de Justicia.
Su administración en Torreón fue cuestionada por presuntos hechos de corrupción, que mantuvieron al Congreso local entretenido en revisar sus cuentas públicas por varios meses en 2006. Asimismo, tuvo frecuentes polémicas por violación de derechos humanos, como la persecución a la comunidad gay en 2003 y la detención arbitraria de la diputada perredista María Beatriz Granillo Vázquez en 2005.
En cambio, Anaya Llamas construyó una fructífera relación con el entonces gobernador priista Enrique Martínez y Martínez, que antes de concluir su sexenio, en 2005, le otorgó al panista un fiat notarial.
En 2006, Anaya era senador electo cuando el presidente Felipe Calderón aceptó ser padrino de su hija. El bautizo se llevó a cabo en la zona más lujosa de Torreón, con vigilancia del Estado Mayor Presidencial.
El 4 de marzo de 2007, en la edición 1583 de Proceso se publicó el reportaje Infiltración total, de Patricia Dávila. Un párrafo se refiere al bautizo:
“Antes de que Felipe Calderón asistiera a la boda mencionada (la del diputado panista Jorge Zermeño), realizó otra visita a Torreón, el 24 de agosto pasado, para bautizar a la hija del panista y exalcalde Guillermo Anaya Llamas, protegido de Jorge Zermeño. Entre los invitados se encontraba Sergio Villarreal Barragán, El Grande, quien es hermano de Adolfo Hernán Villarreal, esposo de Elsa María, hermana de Guillermo Anaya Llamas.” Por ese párrafo, el senador demandó al corresponsal de Proceso, Arturo Rodríguez.
La demanda fue interpuesta el 12 de noviembre de 2007, ocho meses después de que este semanario publicara el reportaje, y lleva la firma del “Senador José Guillermo Anaya Llamas”, quien designó como abogado patrono al entonces diputado José Ignacio Máynez Varela, integrante de la Comisión de Justicia del Congreso local.
A través de un Juicio Ordinario Civil, el senador reclamó la reparación del daño moral procedente de supuestos hechos ilícitos y, como consecuencia, el pago de una indemnización (cuantificándola en los ingresos totales por la venta de esa edición de Proceso) y demás accesorios legales. El expediente (1715/2007) fue radicado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil de Saltillo.
Para justificar la demanda civil, el senador Anaya citó los artículos del Código Penal relativos a difamación y calumnias, que para entonces habían sido derogados. Unos meses antes de que interpusiera dicha demanda, el 12 de abril de 2007, su compadre Felipe Calderón presumió ante empresarios y directivos de medios de comunicación que esos apartados se habían derogado para evitar que los periodistas fueran perseguidos por la vía penal y así contribuir a la libertad de expresión.
El propio José Ignacio Máynez Varela fue uno de los legisladores que aprobaron, a finales de 2008, la derogación de los artículos de difamación y calumnias en el Código Penal del estado, mientras en su faceta de litigante los utilizaba contra el corresponsal.
En cuanto a Anaya Llamas, ni en el texto de la demanda ni a lo largo de todo el proceso judicial negó el parentesco político con Adolfo Villarreal Barragán, sino sólo la presencia de Sergio Villarreal en el bautizo.
Sobre el matrimonio de Adolfo Villarreal y Elsa María Anaya, en marzo de 2007, el senador aseguró en diferentes entrevistas que estaban divorciados y que su hermana había perdido contacto con él desde hacía tres años. El divorcio no estaba anotado en el Registro Civil y los medios locales mostraron imágenes de un año antes, en las que Adolfo y Elsa María posaban juntos para la sección de sociales de un diario local.
Sentencia torcida
Para justificar la demanda contra el corresponsal, Anaya Llamas expresó que al finalizar el reportaje se lee: “Con información de Arturo Rodríguez”, por lo que sin mayor probanza infirió ante el juez que el corresponsal era el autor de toda la publicación.
Para su propósito, Anaya intentó comprobar que había sido objeto de daño moral, convocando a cuatro testigos que afirmaron ser ciudadanos coahuilenses, que no lo conocían personalmente, y quienes supuestamente cambiaron la opinión que tenían del senador después de la publicación del reportaje motivo de la demanda, según expusieron en una diligencia efectuada el 26 de mayo de 2008. En esa misma ocasión, tres de ellos aceptaron ser abogados, compartir domicilio con el abogado patrono y con el propio senador, con lo que quedó expuesta su maniobra y el engaño al juez.
Anaya Llamas aseguró que al bautizo no fue nadie que él no conociera y que personalmente integró la lista de invitados; sin embargo, uno de sus testigos (que había dicho no conocerlo en persona) admitió haber asistido al bautizo invitado por el entonces diputado federal Jesús de León, con lo que desvirtuó la declaración del senador panista.
En la diligencia se le preguntó al senador si el texto lo relacionaba con la delincuencia organizada o asentaba una asociación delictuosa de él con Sergio Villarreal. El panista tuvo que admitir que no era así.
El abogado Ricardo Dávila Rodríguez, que encabeza la defensa del corresponsal, hace un recuento de los procesos a que se le ha sometido:
El 13 de enero de 2009, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil emitió sentencia considerando que el senador no acreditó la autoría del texto al demandado, por lo que no entró a decidir si hubo daño moral o no, según el expediente 1715/2007.
Anaya Llamas apeló el 3 de febrero de 2009 ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Coahuila (TSJE), que el 19 de junio de ese año confirmó la absolutoria (Toca Civil 210/2009).
Dávila Rodríguez explica que el senador promovió amparos sucesivos que llevaron a la Sala Civil del TSJE a decidir en tres ocasiones sobre el mismo asunto, confirmando siempre la absolutoria, debido a que el Tribunal Colegiado en Materia Civil y Administrativa del Octavo Circuito regresaba el expediente por “incumplimiento”.
El pasado 8 de octubre, con una prisa inusual, los magistrados federales Fernando Estrada Vázquez, Édgar Humberto Muñoz Grajales y Víctor Antonio Muñoz Cano resolvieron analizar el expediente “con plena jurisdicción” y orientar la modificación de la sentencia amagando a los magistrados estatales con destituirlos.
Así, en su cuarta decisión sobre el caso, la Sala Civil del TSJE decidió condenar al corresponsal el pasado 12 de octubre, con lo que según Ricardo Dávila se violaron los artículos 14 y 16 constitucionales.
Para condenar al demandado, afirma el litigante, la Sala Civil debió acreditar la existencia de un hecho u omisión ilícita, que la ilicitud de la conducta hubiera causado un daño moral al senador, además de la relación de causalidad entre el hecho o conducta ilícita y el daño moral.
“La Sala Civil valoró que el corresponsal admitió haber aportado información para el artículo, pero en ningún momento el senador acreditó que la información aportada haya sido precisamente aquella de la que se duele, y sobre el demandante recae la probanza, no sobre el demandado.
“Pero, sobre todo, Anaya Llamas en ningún momento aportó pruebas para demostrar que Sergio Villarreal Barragán no hubiera estado invitado al bautizo de su hija, por lo que se deja la carga de la prueba sobre el demandado sin comprobar el daño”, explica.
En su resolución, la Sala Civil afirma que, al combatir los aspectos de la demanda del senador en el juicio, el corresponsal “hizo suyo” el artículo, sin que se exigiera al senador que comprobara sus dichos.
Otra consideración de la Sala Civil es que la circulación de la edición de Proceso fue valorada en 76 mil 410 ejemplares, pretendiendo así acreditar el daño, lo que –según el abogado defensor– es insuficiente.
Por lo anterior, sostiene Dávila, la causalidad entre el hecho ilícito y el supuesto daño no tiene sustento ni motivación, más allá de inferencias, por lo que la Sala Civil, con su nueva sentencia, incurre en violación a garantías del reportero.
El abogado Dávila Rodríguez recuerda que el propio senador “admitió que el artículo en cuestión no lo relaciona ni lo acusa de ilícito alguno, y menos aún con personajes del narcotráfico, por lo que no es jurídicamente posible determinar ni la ilicitud del acto ni la existencia del daño moral”.
El jueves 4, la defensa del corresponsal interpuso una demanda de amparo directo por la violación de sus garantías constitucionales ante el Tribunal Colegiado en Materia Civil y Administrativa del Octavo Circuito, precisamente el que forzó a la Sala Civil del TSJE a condenarlo. l
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