31 jul 2014

¿Y dónde estaba el defensor de oficio de Martín del Campo?

¿Y dónde estaba el defensor de oficio de Martín del Campo?/FA
  • ¡Ahí donde siempre estuvo!
Alfonso Martín del Campo Dodd cumple una condena de 50 años en un penal de Pachuca, Hidalgo, por el asesinato, en mayo de 1992, de su hermana Juana Patricia y su cuñado, Gerardo Zamudio Aldaba, en presencia de su sobrina María Fernanda Zamudio entonces de 4 años de edad.
Desde que fue sentenciado -el 28 de mayo de 1993- ha presentado varios amparos para obtener su libertad, asegurando que no hubo debido proceso y que fue torturado por la policía judicial de la Ciudad de México.  Hay un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos “por su detención ilegal y tortura, así como su posterior condena a 50 años de prisión en un juicio sin respeto de las normas de debido proceso, que incluye la utilización de una confesión obtenida bajo tortura.”
El caso ha sido largo y en este espacio de La Silla Rota le hemos dedicado varias líneas,
¿Y qué ha pasado con el caso de Martin del Campo?, 11 de julio de 2013
Debemos decir que en octubre de 2011 la Séptima Sala del Tribuna Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) declaró por unanimidad improcedente el incidente que la defensa de  Martín del Campo interpuso el 5 de agosto de 2010, tras 19 años en prisión. Los juzgadores afirmaron que no se pudo acreditar las hipótesis previstas en la fracción VI del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales del DF, y además fueron desechadas las principales pruebas presentadas.
La reacción entonces de la CDHDF fue que lamentaba la determinación del Tribunal pero que respetaba la decisión “Si bien este  Organismo no se pronuncia sobre la inocencia o culpabilidad de las personas procesadas, es importante enfatizar que el señor Martín del Campo fue víctima de violaciones graves al debido proceso que iniciaron con su detención arbitraria, incomunicación y tortura, seguidas de las deficiencias en el resguardo de la escena del delito, la cadena de custodia y la consideración de pruebas periciales exculpatorias, como quedó constatado en la Recomendación 13/2002 y en el propio informe 117/09 emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el caso.”, señaló un comunicado oficial.
El asunto en la SCJN
El asunto se fue entonces hasta la Suprema Corte Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y recientemente- principios de julio- la Primera Sala, discutió el proyecto de sentencia bajo la ponencia del Ministro Cossío Díaz donde se proponía otorgar un amparo liso y llano, a favor de Martin del Campo argumentando como acreditada la tortura con el informe de la CIDH. Sin embargo, el proyecto de amparo fue desechado por 3 votos en contra, y como lo prevé la ley fue returnado a otro ministro, para que elabore una nueva propuesta de resolución en la que se valoren y estudien a fondo las pruebas a partir de las cuales Martín del Campo pretende acreditar que fue torturado por autoridades capitalinas para aceptar el doble homicidio y, en consecuencia obtener el reconocimiento de inocencia.
De hecho el Ministro Jorge Pardo dijo que "los informes de la Comisión Interamericana no resultan vinculantes para esta Suprema Corte (...) y en todo caso habría que hacer el análisis de primera mano del material probatorio con el que se pretende justificar el reconocimiento de inocencia".
Y el caso continua, y lo tiene hoy el Ministro Pardo Rebolledo, quien seguramente presentará proyecto en los próximos meses.
¡Y que aparece el defensor de oficio!
Pero en el inter nos hemos enterado de que apareció de repente el defensor de oficio Rolando Torres Martínez.
La verdad es que siempre estuvo ahí, en una oficina del gobierno de la ciudad.
Y es que según la defensa del Martin del Campo esa persona habría sido inventada e incluso se habló ante las instancias internacionales que hubo una violación a su derecho de defensa.
Dice el numeral 60 del INFORME No. 117/09 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA que:
“Los peticionarios sostienen adicionalmente que la víctima en este caso no tuvo el derecho a la defensa que le garantiza la Convención Americana:
Alfonso Martín del Campo careció de una defensa adecuada, puesto que el defensor que se le había asignado no participó en las diligencias fundamentales y, más grave aún, tal defensor carecía de los requisitos para representar legalmente al Sr. Martín del Campo Dodd, de acuerdo con los estándares establecidos por la legislación mexicana, así como por la jurisprudencia interna.  México es responsable de lo anterior.  Sobre todo porque este defensor había sido proporcionado por el Estado (defensor de oficio).”
Y en el pie de página dice:
“Comunicación de los peticionarios de 18 de enero de 2002, pág. 11.  Los peticionarios presentaron una copia del oficio DAEP 1 0078/98 Folio 0295 de 21 de enero de 1998, en el cual la Dirección General de Profesiones certifica que el señor Rolando Torres Martínez, supuesto defensor de Alfonso Martín del Campo Dodd, carece de título “que lo faculte para ejercer como Licenciado en Derecho”.  En el mismo documento se certifica que el señor Torres Martínez tiene cédula profesional expedida en octubre de 1993 que “lo faculta para ejercer la profesión Licenciado en sistemas de computación administrativa”.
Todavía más en página web de la defensa de Martín del Campo señala que “Aparente y falsamente se le designó a Alfonso un defensor de oficio durante la integración de la averiguación previa, o sea durante la falsa confesión y durante la reconstrucción de hechos apócrifa. Ese supuesto, falso e inexistente abogado defensor de oficio en apariencia respondía al nombre de Rolando Torres Martínez.”

Pero hoy leemos que esa persona “ese falso e inexistente abogado” no es inventado sino que es de carne y hueso y trabaja en la Consejería Jurídica desde el 1 de noviembre de 1985 con el cargo de Defensor de Oficio. Su jefe es José Ramón Amieva Gálvez Consejero Jurídico y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal.
Dice un texto de la pagina oficial de la Consejería Jurídica que “actualmente se encuentra adscrito a la Subdirección de Asistencia Jurídica Penal asignado a la oficina de defensoría de Oficio ubicada en la Agencia 50 de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.”
También dice ahí que “ha participado en varios cursos como el de
"Introducción al Sistema Acusatorio" impartido por el Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.”.
Y sobre también colocan su perfil y su foto.

¿Qué no era abogado titulado  entonces?
Es cierto. Y no sólo él sino varios defensores de oficio. Hasta hace unos años los defensores de oficio bastaba que fueran pasantes de derecho; años después hubo una reforma y hoy deben ser licenciados en derecho con la cedula correspondiente. Ese fue caso de Rolando Torres, quien se titulo  en 2010  por la UNAM y hoy tiene la cédula profesional  # 6756066.
¿Y entonces quién es el Licenciado en Sistemas de Computación?
 Seguramente un homónimo como muchos que hay en una población de casi 120 millones de habitantes. También encontramos en la red a otro Rolando Torres Martínez, que es Contador Público egresado de la universidad Autónoma de SLP.
La pregunta es ¿por qué el silencio en todo este tiempo  de la Consejería Jurídica?
¿Por qué no precisó de inmediato que ese defensor de oficio estaba ahí?
Era muy simple.
¿O nadie se lo pidió?
¿Porqun﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽r qusponder el Jefe de Gobierno de la Ciudad de MJusticia de la Naci las hijas o
n La Tuta? Tiene que ver una cosa coé no acudió  el defensor de oficio al llamado que tuvo –edicto-  como tercero perjudicado, de la Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal Lic. Julieta Isabel de Montserrat Ruiz García, publicado el 14 de marzo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación?
Muchas preguntas sin respuestas.
Por cierto, el defensor de Martín del Campo de hace 3 años  labora hoy en el Poder Judicial, concretamente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Este asunto dará mucho todavía de que hablar.
Le daremos seguimiento.
PD: La semana pasada escribí sobre el caso Puebla, y concretamente que la fracción parlamentaria del PRI en el Senado responsabilizaba al gobernador del estado, Rafael Moreno Valle, por la muerte del menor José Luis Tehuatlie Tamayo lesionado durante el operativo del pasado 9 de julio para la liberación de la autopista Puebla-Atlixco.
Comenté que se había quedado enlistado una propuesta de Punto de Acuerdo en contra del Gobernador de Puebla.  Por cierto, los considerandos fueron muy duros. Otros analistas comentaron el asunto, también. Y hoy buscando en la pagina del Senado para darle seguimiento toda vez que ayer hubo Comisión Permanente,  descubrimos que la propuesta había sido retirada sin ningún aviso y además fue borrada de la pagina web; pero conservo una copia integra de su publicación.
¿Qué pasaría?





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