Retos
y perspectivas del sistema acusatorio/ por Juan Moreno Sánchez, aecretario general del Centro de Estudios de Política Criminal y Ciencias Penales, A.C. (CEPOLCRIM), y relator del Segundo Congreso Internacional de Derecho Procesal Penal.
En la revista El Mundo del Abogado, miércoles, 03 Febrero 2016
Uno
de los temas más importantes de la agenda nacional es la implementación del
modelo acusatorio previsto en la reforma constitucional al sistema de justicia
penal de 2008. El vencimiento de la vacatio legis de esta reforma (contemplada
para el próximo 18 de junio de 2016) propició la reconfiguración de sus
originales directrices político-criminales, haciendo necesaria la creación de
una legislación penal adjetiva única: el Código Nacional de Procedimientos
Penales (CNPP).
De
las instituciones que se han ocupado del análisis de los contenidos y los
alcances de la mencionada reforma destacan los trabajos realizados por el
Centro de Estudios de Política Criminal y Ciencias Penales, A.C. (CEPOLCRIM),
que desde su fundación, hace ya casi dos décadas, se distingue por sus grandes
aportaciones al debate nacional de los procesos de reforma que buscan el perfeccionamiento
del sistema de justicia penal mexicano, escrutándolos desde una perspectiva
científica y revisando que los mismos sean congruentes con las realidades de
nuestro país, a efecto de concretar su viabilidad.
El
compromiso académico y social del CEPOLCRIM lo llevó a elaborar —a título
gratuito— la primera iniciativa de codificación procesal penal única (el Código
de Procedimientos Penales de los Estados Unidos Mexicanos), que presentaran el
21 de marzo de 2013, en la Cámara Alta, las senadoras María Cristina Díaz
Salazar, Hilda Flores Escalera y Diva Hadamira Gastélum Bajo. El proyecto,
coordinado y defendido por Moisés Moreno Hernández, obtuvo las mejores
calificaciones en las matrices del Senado de la República, las cuales
determinaron su correcta congruencia no sólo con las directrices
constitucionales de nuestro sistema acusatorio, sino también con los tratados
en materia de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano.
Necesidad
de revisar los problemas y la funcionalidad del CNPP
La
naturaleza jurídica y científica del proceso penal de corte acusatorio,
desvirtuada por los más diversos intereses políticos, sectoriales y hasta
económicos, que permearon en el proceso legislativo a través del cual surgió el
CNPP, ocasionaron que, a menos de un mes de la publicación de la nueva
legislación adjetiva en materia penal, el contenido de 16 artículos de la misma
fuera objeto de dos denuncias de acción de inconstitucionalidad ante la Suprema
Corte de Justicia de la Nación. Algunos yerros del nuevo ordenamiento acaso han
sido subsanados en su primera reforma publicada el 29 de diciembre de 2014, en
tanto que otros más motivan un par de iniciativas de reforma que se discuten a
la fecha.
En
aquellos lugares donde ya se aplica el CNPP, sus disposiciones comienzan a
generar conflictos, particularmente para preservar los derechos humanos de los
pasivos y activos del delito ante las diversas diligencias y actuaciones de los
subsistemas de procuración y administración de justicia, así como en el quehacer
de las defensorías y de los asesores de la víctimas (de carácter público y
privado), generando una percepción social y mediática negativa; problemáticas
que, sin lugar a dudas, hacen necesaria la revisión del invocado ordenamiento
adjetivo en materia penal.
Dadas
las perplejidades del llamado “nuevo sistema de justicia”, el CEPOLCRIM, con la
participación de la Asociación Mexicana de Derecho Penal y Criminología,
correspondiente a la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología
(AMPEC/ALPEC), cuyos respectivos secretarios ejecutivos son Moisés Moreno y
Eugenio Raúl Zaffaroni, organizaron el Segundo Congreso Internacional de
Derecho Procesal Penal: “Los grandes retos y perspectivas del sistema procesal
penal acusatorio y oral en México (revisión de los problemas y la funcionalidad
del Código Nacional de Procedimientos Penales a siete años de la reforma
constitucional de 2008)”.
Este
congreso, que tuvo verificativo en la ciudad de Cholula, Puebla, del 30 de
noviembre al 3 de diciembre del año pasado, tuvo como antecedente el Primer
Congreso Internacional de Derecho Procesal Penal: “Retos y perspectivas del
sistema procesal penal mexicano en el siglo XXI”, que organizó el CEPOLCRIM del
9 al 13 de octubre de 2006, en la Ciudad de México.
El
CEPOLCRIM, y la recientemente creada AMPEC/ALPEC, desde sus planos académicos,
han participado activamente en el debate sobre la implementación del sistema
procesal penal de corte acusatorio. Ambas instituciones se han caracterizado
por realizar un debate serio, crítico y propositivo a través del cual sus
opiniones, cuestionamientos y propuestas pretenden abonar en la mejor forma de
transitar hacia el nuevo modelo de justicia penal. Esta visión se refrendó, por
ulterior ocasión, en el diseño y la organización del Segundo Congreso
Internacional de Derecho Procesal Penal.
Objetivo
y ejes del programa académico
El
gran objetivo central del Segundo Congreso Internacional fue analizar el modelo
procesal penal adoptado por el CNPP, su correspondencia con los objetivos de la
reforma constitucional de 2008 y las necesidades y realidades nacionales, así
como aportar criterios para coadyuvar en la consecución de los objetivos de la
invocada reforma.
Para
cumplimentar este gran objetivo, el CEPOLCRIM estructuró un programa académico
integrado por un total de 14 conferencias magistrales y de 15 paneles de
discusión, en los que se abordaron los cuatro ejes temáticos que informaron
este importante congreso; a saber: aspectos ideológicos y político-criminales
del nuevo sistema procesal penal en México; aspectos ideológicos y
político-criminales del sistema procesal penal comparado y el CNPP; los
problemas prácticos en la aplicación del Código Nacional de Procedimientos
Penales, y los grandes desafíos del nuevo sistema procesal penal mexicano.
Organizadores,
conferencistas, panelistas, coordinadores de mesa y público asistente
El
desarrollo del Segundo Congreso Internacional de Derecho Procesal Penal no
hubiera sido resultado posible sin la amable asistencia de todas y cada una de
las personas que, como público y expositores, acudieron a la convocatoria del
CEPOLCRIM. Entre los últimos destacó la participación de conferencistas,
panelistas y coordinadores de las mesas de discusión, tanto nacionales como del
extranjero, quienes expusieron magistralmente sus posturas, críticas y
recomendaciones en torno de los distintos rubros materia del programa de esta
magna jornada académica, ideada, estructurada y coordinada por Moisés Moreno
Hernández, con la participación de miembros del CEPOLCRIM como Adriana Gabriela
Leguízamo Ferrer, Jesús Corrales Hernández y Juan Moreno Sánchez.
Cabe
resaltar la presencia de los profesores extranjeros Julio B. Maier y Mariana
Sacher de Argentina; Gloria Bernal y Sandra Patricia Ramírez de Colombia; Elías
Carranza de Costa Rica; Egil Ramírez de Cuba; César Landelino de Guatemala;
Andrea Castaldo de Italia, y Sergio Cuarezma de Nicaragua. Sus brillantes
intervenciones hicieron posible la realización —de primera mano— de un
ejercicio de Derecho comparado sobre la situación que guarda nuestro modelo
acusatorio, con respecto del Derecho penal adjetivo de sus correspondientes
latitudes.
Entre
los expositores nacionales se contó con la presencia de los magistrados
federales María Elena Leguízamo, José Nieves Luna Castro, Carlos Loranca y
Héctor Lara; Alejandro González y Gerardo Carmona, magistrados de los tribunales
de Michoacán y Oaxaca, respectivamente; Antonio Bonilla, juez de control de
Yucatán; Víctor Carrancá, procurador de Justicia de Puebla; José Barragán, Ruth
Villanueva, José Luis Musi Nahmias, Sergio Correa, Raúl González-Salas,
Patricia Olamendi, Alicia Azzolini, Laura Londoño, Arturo Flores, Samuel
González, Ernesto Mendieta, Eskándar Ganem y Julio César Berthely; los
periodistas Fred Álvarez, Raúl Fraga, Renato Consuegra, Jorge Meléndez y
Rogelio Hernández; los profesores del nuevo sistema de justicia Juan José Olea,
Rafael Álvarez, José Manuel Cruz, Luis Cuauhtémoc Hidalgo, Héctor Carreón,
Francisco Galván, Roberto Hernández, Roberto Contreras y Julio Guillén, así
como Juan Velázquez, connotado abogado penalista.
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