Aprobó el Senado reformas para combatir delincuencia organizada
El
Pleno del Senado de la República avaló, con 91 votos a favor y cuatro en
contra, el dictamen que reforma la Ley Federal Contra la Delincuencia
Organizada, el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos
Penales, que tiene por objetivo dotar al marco jurídico vigente de mecanismos necesarios
para hacer frente a la delincuencia organizada y grupos delictivos.
El
documento precisa que para poder combatir a este tipo de grupos criminales se
requiere de una armonización en la materia, con la finalidad de no se vulneren
los derechos humanos de las personas procesadas por algún delito, tales como el
debido proceso, que además, va da la mano con algunas disposiciones previstas
en instrumentos internacionales.
En
atención al principio de proporcionalidad de las penas, incorpora dentro de los
supuestos que se sancionen con mayor gravedad al delito de operación con
recursos de procedencia ilícita; la trata de personas; secuestro y robo de
hidrocarburos.
También
amplía el catálogo de delitos, tal es el caso del uso de monedas falsificadas a
sabiendas, ya que actualmente esta es una de las nuevas conductas que tienen
como objetivo y fin las organizaciones criminales en el país.
Asimismo,
se encuentra el narcomenudeo y contrabando. Se tipifica la conducta de quienes
acuerden o preparen con dos o más personas la comisión de un delito como
delincuencia organizada; y sanciona a quienes a sabiendas de la finalidad y
actividad delictiva generada por una organización criminal, participe
intencional y activamente en sus actividades ilícitas.
Las
reformas prevén la operación encubierta como parte de las investigaciones por
delincuencia organizada y se establece la posibilidad de que a los agentes
encubiertos se les proporcione una nueva identidad, con objeto de garantizar la
protección a la vida y la integridad de la gente, así como evitar que se ponga
en riesgo la investigación.
El
dictamen también amplía el catálogo de técnicas especiales de investigación que
pueden utilizarse, ente ellas el recabar información en lugares públicos mediante
la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta necesaria para
la generación de inteligencia.
Se
establecen reglas específicas para la intervención de comunicaciones privadas,
aseguramiento de bienes susceptibles de decomiso y para la colaboración e
investigación y persecución de estos delitos.
Prevé
que para la reclusión preventiva y la ejecución de sentencias en materia de
delincuencia organizada, el imputado o sentenciado sea destinado a centros
especiales, con el fin de contar con las medidas de seguridad e instalaciones
necesarias para su protección integral y la disminución de riesgos de fuga.
Se
adecua el texto a efecto de que se establezca que el órgano jurisdiccional
“dicte el arraigo”, cambiando el término “decretar el arraigo”.
Se
envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
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