19 ago 2018

El gobierno en pleno se ampara contra una Comisión de la Verdad/

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Revista Proceso #2181, 19 de agosto de 2018...
El gobierno en pleno se ampara contra una Comisión de la Verdad/
GLORIA LETICIA DÍAZ
El saliente gobierno de Peña Nieto quiere a toda costa quedar limpio de la mancha que le representa Ayotzinapa. Luego de que un juez ordenara la creación de la Comisión de la Verdad para el caso Iguala, numerosas instancias federales han promovido una lluvia de amparos contra la misma. La Presidencia, la Policía Federal, la PGR y las secretarías de Defensa y de Marina, entre otras dependencias federales, argumentan con pasmosa uniformidad, y entre otras cosas, que la creación de dicha comisión es inconstitucional y viola la separación de poderes.

Al menos 10 instancias ­federales, incluidas la Presidencia de la República, las secretarías de
la Defensa Nacional y de Marina, la Procuraduría General de la República (PGR) y la Policía Federal (PF) tratan de impedir la creación de un mecanismo extraordinario que permita conocer la verdad y hacer justicia en el caso que tiene marcado al saliente gobierno de Enrique Peña Nieto: la desaparición forzada de 43 estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa.
En la estrategia jurídica para combatir la sentencia –de suyo inatacable– dictada por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, que ordena la creación de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), se han presentado más de 100 recursos a cargo de las dependencias mencionadas así como de las secretarías de Salud, Hacienda y Gobernación, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social y la Cámara de Diputados.
Con la figura de “tercero extraño a juicio”, alegando que no fueron llamadas al litigio, las oficinas de asuntos jurídicos de las dependencias federales y del Poder Legislativo trabajan a marchas forzadas para interponer recursos de revisión extraordinaria contra la sentencia –diseñada por el magistrado Mauricio Fernández de la Mora– en tres frentes: el propio Tribunal Colegiado de Circuito de Reynosa; el Tercer Tribunal Unitario del Décimo Noveno Circuito, responsable de vigilar el cumplimiento; así como a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha admitido a trámite decenas de escritos y que tendrá la última palabra en el caso.
A la Primera Sala de la SCJN le corresponderá decidir si mantiene firme la resolución del Primer Tribunal Colegiado, como está constitucionalmente establecido, o si secunda al Tercer Tribunal Unitario, órgano por debajo del Colegiado, cuyo titular, Sabino Pérez García, el pasado 18 de julio consideró fundados los incidentes de la PGR y de la Cámara de Diputados, de que la sentencia es de imposible cumplimiento.
Argumentos uniformes
Este semanario tuvo acceso a algunos de los recursos de revisión presentados ante los órganos judiciales, en los que destaca la uniformidad de argumentos para atacar la sentencia del Primer Tribunal Colegiado de Reynosa, en lo que corresponde a la creación de la Comisión de Investigación, formada por el Ministerio Público, la representación de los familiares de las víctimas y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Del mismo modo, hay un férreo cuestionamiento al emplazamiento del Tribunal Colegiado a investigar a la PF, al Ejército y la Marina –“esta última por posible actos de tortura y uno de ejecución extrajudicial”–, además de que “se ha suscitado retraso, ineficacia y falta de imparcialidad en las indagaciones respectivas, pero también existen serias alegaciones de tortura en el curso de la investigación”.
En el incidente presentado por la PGR se omite pronunciarse sobre la primera parte de la resolución, en la que se ordena la revocación de la formal prisión por delincuencia organizada de los promoventes del juicio de amparo (Miguel Ángel Landa Bahena, Salvador Reza Jacobo, Patricio Reyes Landa, Jonathan Osorio Cortés, Darío Morales Sánchez, Agustín García Reyes, Felipe Salgado Rodríguez y Gildardo López Astudillo), al considerar que hay indicios de que fueron víctimas de detención arbitraria, retención ilegal, posible tortura y ausencia de defensa adecuada. 
El Tribunal Colegiado dio un plazo de 10 días a la PGR para aclarar, con base en dictámenes periciales independientes, si los detenidos fueron torturados antes de que se definiese la situación jurídica de los procesados, asunto omitido en la impugnación.
El incidente presentado por la directora general de Asuntos Jurídicos de la PGR, Carmen Lucía Sustaita Figueroa, reivindica la rebasada “verdad histórica”, que considera que los estudiantes fueron ejecutados e incinerados en el basurero de Cocula, y sus restos vertidos en el río San Juan, al indicar que el magistrado ponente descartó, “sin pronunciamiento alguno, el cúmulo probatorio que ofreció el agente del Ministerio Público” para ejercer acción penal contra los quejosos.
Para la PGR todo parece indicar que “pasó inadvertido para el Tribunal Colegiado”, lo dicho en la conferencia de prensa del 7 de noviembre de 2014, cuando el entonces procurador Jesús Murillo Karam decretó la “verdad histórica”.
En los recursos consultados por la reportera se advierte una misma línea argumentativa, aunque con matices, que se apega a lo establecido por la PGR y la Consejería Jurídica de la Presidencia, a cargo de Misha Leonel Granados Fernández: 
Se reprocha que la sentencia “no se encuentra ceñida a la litis planteada” por los quejosos, que interpusieron amparos alegando tortura; se reclama airadamente por requerir al presidente a dar instrucciones a diversas dependencias, que “no fueron llamadas a juicio”, para crear la Comisión Investigadora, y por “dar facilidades” a los integrantes de la misma; y consideran que “la creación de un órgano que sustituya las funciones del representante social, denota la ilegalidad de la ejecutoria en tanto que ordena la creación de un ente que invade la esfera de las atribuciones del Ministerio Público”.
Los escritos coinciden en considerar que la sentencia del Tribunal Colegiado va en contra de la división de poderes e incluso en lo concerniente al financiamiento, resaltan que corresponde a la Cámara de Diputados aprobar el Presupuesto de Egresos.
En el recurso interpuesto por la Consejería Jurídica de la Presidencia se argumenta que el presidente “invadiría” las facultades de la Secretaría de Hacienda al otorgar presupuesto a la Comisión de Investigación, y que ello “afectaría la viabilidad financiera del Estado con respecto de las actividades que desempeña de manera ordinaria, como la atención de servicios de salud, seguridad pública protección civil, etcétera”.
Más aún, significaría “dejar de atender las tareas presupuestales del Estado, como son la continuidad de programas sociales, de ahí que no se pueda privilegiar el interés individual sobre el público” porque “acarrearía un indebido ejercicio del gasto público y afectaría a los planes y programas ya presupuestados, violando con ello el artículo 134 Constitucional”.
El obstáculo militar
Un punto de coincidencia es el rechazo a las facultades que se da a la Comisión de Investigación para ingresar a todos los centros de detención, incluidos los de jurisdicción castrense.
En los escritos presentados por el jefe de la Unidad Jurídica de la Secretaría de Marina (Semar), Alejandro Miguel Vázquez Hernández, representante legal de la misma, y el jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Alejandro Ramos Flores, quien presenta el escrito en representación del secretario, Salvador Cienfuegos, coinciden, hasta en puntos y comas, al reprochar que la sentencia “soslaya el hecho de que estas instituciones (castrenses) pertenecen al Patrimonio de la Nación y por lo tanto constituyen Zona Federal”.
Consideran ilegal que se le otorguen “ilimitadas facultades” a la comisión, y tanto Cienfuegos como la Semar arguyen en sus escritos que se coloca a las instalaciones de las Fuerzas Armadas “en un estado de vulnerabilidad, al soslayar la autonomía que gozan cada una de estas dependencias del Gobierno Federal, violentando el Estado de Derecho, pues tal como se ha precisado, existe normatividad que les otorga personalidad jurídica propia”.
En el escrito firmado por Cienfuegos Zepeda como agraviado por la sentencia del Tribunal Colegiado, se exige “que se revoque dicha resolución al ser notoriamente ilegal la determinación de obligar a las Fuerzas Armadas de permitir la entrada a cuarteles e instalaciones militares de los integrantes de la Comisión de la Verdad y la Justicia (Caso Iguala)”, mecanismo extraordinario que para el secretario “representa un riesgo para las actividades operativas que tiene encomendadas el Instituto Armado”.
El titular de la Sedena incluso equipara a la Comisión de Investigación con “una especie de Tribunal Especial, que nace y se destina para un objeto específico y para un grupo de personas en espacio y tiempo determinado, el cual desaparecerá una logrado su cumplido (sic)”.
En el escrito de la Semar y de Cienfuegos también hay coincidencia en considerar que a través del resolutivo se daña la imagen de las instituciones castrenses. 
Cienfuegos considera “maquiavélico” que en el dictamen se presuma que la Sedena “es una institución que comete actos de tortura”, sin que la institución haya sido llamada a juicio, para demostrar asuntos como “que el personal militar no operaba el C-4, sino que estaba a cargo de un administrador civil que no tiene nada que ver con el secretario de la Defensa Nacional”.
En su escrito, el titular de la Sedena reclama que el Tribunal Colegiado considere que “en su calidad de garante de la Ciudadanía, desatendió lo previsto en la normatividad que la rige”, al no haber intervenido en defensa de los jóvenes estudiantes que eran atacados.
Cienfuegos dice que la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea está obligada a auxiliar a la población civil en casos de “necesidades públicas”, refiriéndose “propiamente a las calamidades que azotan a la República Mexicana, verbigracia terremotos, inundaciones, incendios, deslaves, distribución de agua potable en Zonas Áridas del País, distribución de víveres en Áreas Geográficas de Difícil Penetración del País y del Extranjero, Servicios a la Comunidad en materia de salud, alimentación, etcétera”.
La preocupación de la Semar, por su parte, es que los magistrados “declararon inconstitucionales las detenciones” realizadas por personal naval, entre ellas las  de Miguel Ángel Ríos Sánchez, Osvaldo Ríos Sánchez, Carlos Cervantes Jaime, Ramiro Ocampo Pineda, Rosario Manuel Borja, Benito Vázquez Martínez, Miguel Ángel Landa Bahena, Salvador Reza Jacobo y Agustín García Reyes, los tres últimos relacionados con la sentencia impugnada.
La Semar considera como un agravio que la sentencia ordene “al Agente del Ministerio Público de la Federación que presente dictámenes en materia psicológica, practicados por una institución independiente”, conforme al Protocolo de Estambul, beneficiando “a quienes no fueron quejosos en el amparo indirecto”.
Los escritos institucionales revisados por Proceso tienen otra coincidencia: cuestionan que el Tribunal Colegiado se apoyara en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) como fundamento para guiar la sentencia que crea la Comisión de Investigación.
En el escrito de la PGR, que invoca la imposibilidad de ejecutar la sentencia del Tribunal Colegiado, se razona que la jurisprudencia de la Coidh, aun siendo vinculante, “no pretende sustituir la jurisprudencia nacional ni debe ser aplicada en forma acrítica”.
Amparos personales
Al centenar de recursos presentados por instancias federales contra la sentencia de Fernández de la Mora, se han sumado escritos de personal de la Marina, el Ejército y la PF que tuvieron alguna participación en la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa las noches del 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala.
Entre quienes han presentado recursos contra la creación de la Comisión de Investigación están los policías federales José de Jesús Palafox Mora y Jorge Edmundo Samperio Rodríguez, y el marino Vidal Vázquez Mendoza.
El 27 de octubre de 2014 los policías participaron en la detención de Jonathan Osorio Cortés, Patricio Reyes Landa y Darío Morales, tres de los ocho quejosos a los que beneficia la sentencia del Tribunal Colegiado.
En el informe Doble injusticia, presentado el pasado marzo por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONUDH), Osorio Cortés y Reyes Landa forman parte de los 34 casos de procesados por el caso Ayotzinapa, con indicios sólidos de haber sido víctimas de tortura.
El marino Vázquez Mendoza firmó con su colega Jazmín Edith García Martínez la puesta a disposición de Agustín García Reyes, detenido el 27 de octubre a las 18:00 horas en Cocula pero presentado ante el agente del Ministerio Público en la Ciudad de México cinco horas después, debido al “tráfico de la ciudad y las marchas que se originaron durante todo el día”, según se lee en el oficio firmado por el personal naval. 
García Reyes también está en la lista de los 34 casos de tortura documentados por la ONUDH (Proceso 2159).
Las lesiones que presentó García Reyes fueron motivo de análisis en la investigación del exvisitador general de la PGR César Chávez, en el resolutivo fechado el 18 de agosto de 2016, que encontró responsabilidades administrativas y penales en la actuación de Tomás Zerón de Lucio, exdirector de la Agencia de Investigación Criminal (Proceso 2090).
También destacan el capitán José Martínez Crespo, el soldado Eloy Estrada Díaz y el teniente retirado Joel Gálvez Santos, que en septiembre de 2014 formaban parte del 27 Batallón de Infantería. Todos son representados por personal de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Sedena, es decir, los mismos abogados de Cienfuegos Zepeda.
Los escritos de Martínez Crespo y Estrada Díaz son prácticamente copia fiel del recurso de revisión extraordinaria presentado por el titular de la Sedena. La única variante es que Martínez Crespo se inconforma contra el juicio de amparo indirecto 160/2015, en tanto que Estrada y Cienfuegos, contra el juicio de amparo 121/2015.
Gálvez Santos estaba a cargo del Pelotón de Información del 27 Batallón la noche fatal de Iguala, y es quien habría procesado la documentación recabada por su personal en septiembre de 2014 (Proceso 2146).
Estrada formaba parte de la patrulla encabezada por Martínez Crespo que se desplegó la noche del 26 y la madrugada del 27 de septiembre en Iguala.
Martínez Crespo es una de las figuras más controvertidas en el caso de la desaparición de los estudiantes; es señalado por haber llegado al Hospital Cristina, donde se encontraban refugiados algunos normalistas, así como por haber acudido a la barandilla municipal supuestamente para recuperar la motoneta de otro militar, Eduardo Mora Esquivel (Proceso 2053 y 2146).
En una evaluación de la averiguación previa del caso Iguala, otro de los documentos elaborados durante la gestión de César Chávez al frente de la Visitaduría General y que fue anulado tras su destitución en agosto de 2016, se recomienda someter a investigación a Martínez Crespo por “las imputaciones que se le han hecho en relación a sus posibles vínculos con la delincuencia organizada y cuyo resultado sea remitido a la SEIDO (Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada)”, luego de que en octubre de 2014 el nombre del militar apareciera en una narcomanta (Proceso 2091).
Al cierre de esta edición, los recursos de revisión extraordinaria contra la creación de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), por parte de dependencias y servidores públicos del gobierno de Enrique Peña Nieto, seguían llegando a las instancias judiciales. 

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