Se turno a la Junta de Coordinación Política para su atención.
Esta es propuesta de Punto de Acuerdo, que plantea el C.
Primero. Se exhorta a la Junta de Coordinación Política del honorable Senado de la República a integrar la Comisión Bicamaral en materia de Seguridad Nacional y sé de cumplimiento a lo que ordena el artículo 56 de la Ley Seguridad Nacional.
Segundo. Se exhorta a la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados a integrar la Comisión Bicamaral en materia de Seguridad Nacional y sé de cumplimiento a lo que ordena el artículo 56 de la Ley Seguridad Nacional.
Senador José María Martínez Martínez (rúbrica)
El comunicado
México, DF, a 20 de septiembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, el senador José María Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó propuesta con punto de acuerdo que exhorta a la Junta de Coordinación Política de cada Cámara a integrar la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.
La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)
Vicepresidente
Presidente de la Mesa Directiva del Honorable Senado de la República del Congreso de la Unión
Presente
José María Martínez Martínez, Senador de la República en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, 109, 110 y 276 y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del pleno de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por la que se exhorta a las Juntas de Coordinación Política del Senado de la República y la Cámara de Diputados a integrar la Comisión Bicamaral en materia de Seguridad Nacional, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La cultura democrática, republicana y federalista de la seguridad nacional en México es bastante reciente. Se puede afirmar con certeza que la transición democrática sí trajo al debate político nacional el tema de los controles de las agencias de seguridad, la mayor colaboración con las otras ramas del gobierno –Legislativo y Judicial– así como una renovada coordinación con las entidades federativas.
Por más de 70 años no fueron necesarios controles democráticos a los aparatos de seguridad del Estado mexicano, porque estaban al servicio del régimen político en turno. Por un lado, el Congreso y la Suprema Corte pasaban a un segundo término ante el poder y omnipresencia del Ejecutivo Federal. Por otro, tampoco era necesaria una colaboración enmarcada en el respeto de la soberanía de los estados y municipios.
El Presidente de la República fungía además como el jefe máximo del partido en el gobierno. Por lo tanto, las decisiones de gobierno se tomaban de manera vertical, entre ellas las referentes con seguridad, inteligencia y defensa nacionales.
En 2001 entró en vigor la Ley de Transparencia que regula la clasificación de documentos por cuestión de “seguridad nacional”; en 2003, se reformó la Constitución para dar entrada a la legislación en la materia y hasta 2005 entró en vigor la Ley de Seguridad Nacional que da marco normativo a la principal agencia civil de inteligencia del Estado mexicano: el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen).
La Ley de 2005 creó, además, mecanismos de coordinación al interior del Poder Ejecutivo a través del Consejo de Seguridad Nacional, su Secretariado Técnico y el sistema de seguridad nacional; establece la forma en que participan de manera responsable el Poder Judicial y el Congreso de la Unión, y da entrada a la cooperación en la seguridad nacional entre el gobierno federal y las 32 entidades federativas por medio de la firma de convenios de colaboración con la Secretaría de Gobernación.
Con la Ley de Seguridad Nacional quedan importantes desafíos por resolver. El primer reto es afinar la coordinación de las instancias de seguridad nacional al interior del gobierno federal. El segundo es mejorar el diálogo republicano entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El tercero, profundizar la cooperación entre el gobierno federal, las 32 entidades y los municipios. Finalmente, falta socializar la agenda de seguridad nacional con otros actores clave en el desarrollo del país, por ejemplo: los medios de comunicación, las organizaciones sociales, la academia y el empresariado.
La preservación de la seguridad nacional no depende exclusivamente del Ejecutivo federal, sino que recae en la cooperación, diálogo y coordinación de los tres poderes de gobierno (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
En un contexto democrático, la relación entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, en materia de seguridad nacional, es bastante reciente en México. La ausencia de un marco normativo que rigiera las actividades en materia de seguridad nacional y la necesidad de definir las responsabilidades legítimas de la principal central de inteligencia civil de nuestro país fueron los principales motores para que el Congreso de la Unión aprobara la primera Ley de Seguridad Nacional.
Con la creación de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional en la LX Legislatura, desempeñó una participación mucho más activa. En los distintos informes, se testifican las reuniones de trabajo que sostuvieron los legisladores con la entonces Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional.
Esta comisión tiene seis atribuciones esenciales, entre ellas: solicitar informes concretos al Cisen, cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente a su ramo o actividades; conocer el proyecto anual de la Agenda Nacional de Riesgos y emitir opinión al respecto; estar advertido del informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior; conocer los reportes de actividades que envíe el Director General del Centro al Secretario Ejecutivo; conocer los informes generales de cumplimiento de las directrices que dé por escrito el Secretario Ejecutivo al Director General del Cisen; estar informado de los Acuerdos de Cooperación que establezca el Cisen y las acciones que realicen en cumplimiento de esos acuerdos; requerir al Cisen y a las instancias correspondientes los resultados de las revisiones, auditorías y procedimientos que se practiquen a dicha institución y enviar al consejo cualquier recomendación que considere apropiada.
Es muy importante, establecer esta comisión con la finalidad de que se revisen los recientes acontecimientos en materia de seguridad nacional.
Por lo anteriormente argumentado, se somete a la consideración de esta honorable Cámara de Senadores, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Junta de Coordinación Política del honorable Senado de la República a integrar la Comisión Bicamaral en materia de Seguridad Nacional y sé de cumplimiento a lo que ordena el artículo 56 de la Ley Seguridad Nacional.
Segundo. Se exhorta a la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados a integrar la Comisión Bicamaral en materia de Seguridad Nacional y sé de cumplimiento a lo que ordena el artículo 56 de la Ley Seguridad Nacional.
Senador José María Martínez Martínez (rúbrica)
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