EL
SISTEMA JURÍDICO DEBE RESPONDER A LOS VIEJOS PROBLEMAS DE ACCESO DE INDÍGENAS A
LA JUSTICIA: MINISTRO SILVA MEZA
• El Ministro Presidente encabezó la
ceremonia de Presentación del Protocolo de Actuación para Quienes Imparten
Justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos
Indígenas.
• James Anaya, Relator Especial de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas reconoció que
México establece un importante precedente a nivel mundial que servirá como
ejemplo para la administración de justicia en otros países.
• Rodolfo Stavenhagen, ex relator
especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades
Fundamentales de los Indígenas de Naciones Unidas, consideró que este Protocolo
es un paso importante en la consolidación de una cultura de los derechos
humanos de los pueblos indígenas en México.
El
reconocimiento de los derechos indígenas debe propiciar que el sistema jurídico
y sus juzgadores respondan desde un lenguaje de derechos a viejos problemas de
falta de acceso de los indígenas a la justicia que imparte el Estado, afirmó el
Ministro Juan N. Silva Meza, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF)
Al
presentar el Protocolo de Actuación para Quienes Imparten Justicia en casos que
involucren derechos de personas, comunidades y pueblos Indígenas, el Ministro
Presidente manifestó que el Poder Judicial de la Federación (PJF) tiene el
pleno propósito de garantizar la vigencia de los derechos de estos grupos, por
lo que el proyecto ofrecerá herramientas de interpretación jurídica a los
juzgadores del país, en beneficio de los indígenas.
“Esto
implica tener una actitud proactiva que comprenda, entre otras cuestiones,
garantizar el auxilio de intérpretes idóneos, ampliar criterios de admisión y
desahogo de pruebas; admitir la jurisdicción indígena en la resolución de
conflictos internos (cuando ésta se apegue a los Derechos Humanos); proteger
las tierras, territorios y recursos naturales de los pueblos originarios y
verificar que los colectivos indígenas sean consultados cuando se toman medidas
susceptibles de afectarlos”, explicó.
El
Ministro Silva Meza comentó que este Protocolo –al igual que el de Actuación
para Quienes imparten Justicia en Casos que Afecten a Niñas, Niños y
Adolescentes, presentado por la SCJN, en febrero de 2012—se enmarca en los
recientes cambios constitucionales en materia de amparo y derechos humanos de
2011 y en la resolución de este Tribunal Constitucional sobre el caso de
Rosendo Radilla que colocan a los derechos humanos en el centro de actuación de
las autoridades, utilizando, a la vez, a los instrumentos internacionales
suscritos por el Estado mexicano como referentes.
“No
significa el desplazamiento de las normas constitucionales, por las del derecho
internacional, sino la ampliación del marco normativo interno en materia de
derechos humanos y el permanente diálogo entre las distintas fuentes de
derechos humanos, teniendo como criterio de ponderación de normas, el principio
pro persona, que, como sabemos, determina que la norma que mejor protege y da
contenido a un derecho reconocido, debe ser tomada, como base, para la
interpretación judicial en el caso específico”; enfatizó el Ministro Presidente
ante los Presidentes de la Primera y Segunda Salas de esta SCJN, Ministros
Jorge Mario Pardo Rebolledo y Sergio A. Valls Hernández, respectivamente; los
Ministros Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y
Luis María Aguilar Morales, así como del Doctor Rodolfo Stavenhagen, ex Relator
Especial Sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales
de los Indígenas de Naciones Unidas.
El
Presidente de la SCJN aclaró que este Protocolo no es un formato para casos
sobre indígenas, sino que pretende ser una herramienta que, de manera
respetuosa de la autonomía e independencia judicial, auxilie a las y los
juzgadores, en la tarea de impartir justicia a los miembros de los pueblos
indígenas de México, adecuándose a los más altos estándares nacionales e
internacionales, tal como lo marca el artículo 1º de la Constitución.
Recordó
que durante la Cumbre de Presidentes de Cortes Supremas. Constitucionales y
Regionales celebrada en la Ciudad de México el 8 y 9 de noviembre de 2012, se
determinó que el principio pro persona en el caso de los pueblos indígenas,
tiene una clara dimensión colectiva.
Destacó
que con la reforma constitucional de 2011, la voluntad colectiva de un pueblo
indígena tiene ahora mecanismos jurídicos para ser efectivamente protegida, en
beneficio de la conservación de los rasgos de identidad que le permitan
continuidad histórica, y una vida desarrollada de acuerdo con su propia
cultura, expresada en formas de vida e instituciones sociales, políticas y
económicas.
El
Ministro Presidente comentó que durante los siguientes meses y hasta el 31 de
julio de este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estará abierta a
recibir los comentarios que las personas, pueblos y comunidades indígenas
quieran formular en relación con el Protocolo, con vistas a perfeccionarlo en
el futuro.
Dijo
que se quiere contribuir a hacer valer la afirmación asentada en el Preámbulo
de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas que manifiesta: “todos los pueblos contribuyen a la diversidad y
riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común
de la humanidad… por lo que: todas las doctrinas; políticas; y, prácticas,
basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas, o que la
propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales,
religiosas, étnicas o culturales: son racistas, científicamente falsas,
jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas”,
concluyó.
Por
su parte, James Anaya, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas hizo un reconocimiento al Poder Judicial de
la Federación porque con este Protocolo México establece un importante
precedente a nivel mundial que servirá como ejemplo para la administración de
justicia en otros países.
Consideró
que se fomenta el acceso a la justicia a los pueblos indígenas y, a la vez, se
da un paso hacia la aplicación de los estándares internacionales de los
derechos humanos en consonancia con el principio de la responsabilidad del
Estado mexicano en su conjunto, incluyendo todos los poderes e instituciones a
nivel federal y estatal de cumplir con las obligaciones internacionales que
haya contraído en materia de derechos humanos.
“El
Protocolo abarca el tema del derecho de los pueblos indígenas de mantener y
resolver sus propios sistemas de justicia en coordinación con el sistema de
justicia nacional, bajo el concepto de pluralismo jurídico y promueve derechos
y principios de suma importancia para el mejor entendimiento y respeto de los
derechos de los pueblos indígenas”, dijo en un mensaje videograbado.
Destacó
que los sistemas de administración de justicia indígena requieren flexibilidad
para poder evolucionar y responder a situaciones y contextos, tanto en el
presente como en el futuro, en consonancia con sus propios preceptos
culturales, sociales y políticos.
Este
Protocolo, enfatizó, representa un importante esfuerzo de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación para aumentar el conocimiento de los derechos de los
pueblos indígenas reconocidos, tanto internacionales como en la Constitución y
legislación mexicana.
Confió
en que los Jueces y Magistrados jugarán un rol muy importante en mejorar el
respeto y la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas
aplicando los principios y lineamientos presentados en el Protocolo.
Finalmente,
Rodolfo Stavenhagen, ex relator especial sobre la Situación de los Derechos
Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas de Naciones Unidas,
consideró que este Protocolo es un paso importante en la consolidación de una
cultura de los derechos humanos de los pueblos indígenas en México y afirmó que
su uso deberá extenderse en todos los niveles y espacios del Poder Judicial.
Destacó
la importancia que implica este Protocolo porque permitirá a los juzgadores
dominar la dinámica intercultural indígena.
“Este
documento ofrece una visión pluralista que garantiza derechos colectivos como
una forma de preservar la diversidad cultural del país; también fortalece el
régimen jurídico mexicano porque a lo largo de su historia los pueblos,
comunidades y sujetos indígenas que constituyen la pluralidad étnica del país
han sido víctimas de discriminación, exclusión y marginación”, expuso.
Este
Protocolo se encuentra en formato descargable para todo interesado en la página
de internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación www.supremacorte.gob.mx
Comunicado de la SCJN No. 074/2013
México D.F., a 15 de abril de 2013
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