17 abr 2013

Acceso de indígenas a la justicia


EL SISTEMA JURÍDICO DEBE RESPONDER A LOS VIEJOS PROBLEMAS DE ACCESO DE INDÍGENAS A LA JUSTICIA: MINISTRO SILVA MEZA
  
•          El Ministro Presidente encabezó la ceremonia de Presentación del Protocolo de Actuación para Quienes Imparten Justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos Indígenas.
•          James Anaya, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas reconoció que México establece un importante precedente a nivel mundial que servirá como ejemplo para la administración de justicia en otros países.
•          Rodolfo Stavenhagen, ex relator especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas de Naciones Unidas, consideró que este Protocolo es un paso importante en la consolidación de una cultura de los derechos humanos de los pueblos indígenas en México.

El reconocimiento de los derechos indígenas debe propiciar que el sistema jurídico y sus juzgadores respondan desde un lenguaje de derechos a viejos problemas de falta de acceso de los indígenas a la justicia que imparte el Estado, afirmó el Ministro Juan N. Silva Meza, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF)
Al presentar el Protocolo de Actuación para Quienes Imparten Justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos Indígenas, el Ministro Presidente manifestó que el Poder Judicial de la Federación (PJF) tiene el pleno propósito de garantizar la vigencia de los derechos de estos grupos, por lo que el proyecto ofrecerá herramientas de interpretación jurídica a los juzgadores del país, en beneficio de los indígenas.
“Esto implica tener una actitud proactiva que comprenda, entre otras cuestiones, garantizar el auxilio de intérpretes idóneos, ampliar criterios de admisión y desahogo de pruebas; admitir la jurisdicción indígena en la resolución de conflictos internos (cuando ésta se apegue a los Derechos Humanos); proteger las tierras, territorios y recursos naturales de los pueblos originarios y verificar que los colectivos indígenas sean consultados cuando se toman medidas susceptibles de afectarlos”, explicó.
El Ministro Silva Meza comentó que este Protocolo –al igual que el de Actuación para Quienes imparten Justicia en Casos que Afecten a Niñas, Niños y Adolescentes, presentado por la SCJN, en febrero de 2012—se enmarca en los recientes cambios constitucionales en materia de amparo y derechos humanos de 2011 y en la resolución de este Tribunal Constitucional sobre el caso de Rosendo Radilla que colocan a los derechos humanos en el centro de actuación de las autoridades, utilizando, a la vez, a los instrumentos internacionales suscritos por el Estado mexicano como referentes.
“No significa el desplazamiento de las normas constitucionales, por las del derecho internacional, sino la ampliación del marco normativo interno en materia de derechos humanos y el permanente diálogo entre las distintas fuentes de derechos humanos, teniendo como criterio de ponderación de normas, el principio pro persona, que, como sabemos, determina que la norma que mejor protege y da contenido a un derecho reconocido, debe ser tomada, como base, para la interpretación judicial en el caso específico”; enfatizó el Ministro Presidente ante los Presidentes de la Primera y Segunda Salas de esta SCJN, Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Sergio A. Valls Hernández, respectivamente; los Ministros Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Luis María Aguilar Morales, así como del Doctor Rodolfo Stavenhagen, ex Relator Especial Sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas de Naciones Unidas.
El Presidente de la SCJN aclaró que este Protocolo no es un formato para casos sobre indígenas, sino que pretende ser una herramienta que, de manera respetuosa de la autonomía e independencia judicial, auxilie a las y los juzgadores, en la tarea de impartir justicia a los miembros de los pueblos indígenas de México, adecuándose a los más altos estándares nacionales e internacionales, tal como lo marca el artículo 1º de la Constitución.
Recordó que durante la Cumbre de Presidentes de Cortes Supremas. Constitucionales y Regionales celebrada en la Ciudad de México el 8 y 9 de noviembre de 2012, se determinó que el principio pro persona en el caso de los pueblos indígenas, tiene una clara dimensión colectiva.
Destacó que con la reforma constitucional de 2011, la voluntad colectiva de un pueblo indígena tiene ahora mecanismos jurídicos para ser efectivamente protegida, en beneficio de la conservación de los rasgos de identidad que le permitan continuidad histórica, y una vida desarrollada de acuerdo con su propia cultura, expresada en formas de vida e instituciones sociales, políticas y económicas.
El Ministro Presidente comentó que durante los siguientes meses y hasta el 31 de julio de este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estará abierta a recibir los comentarios que las personas, pueblos y comunidades indígenas quieran formular en relación con el Protocolo, con vistas a perfeccionarlo en el futuro.
Dijo que se quiere contribuir a hacer valer la afirmación asentada en el Preámbulo de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que manifiesta: “todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad… por lo que: todas las doctrinas; políticas; y, prácticas, basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas, o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales: son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas”, concluyó.
Por su parte, James Anaya, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas hizo un reconocimiento al Poder Judicial de la Federación porque con este Protocolo México establece un importante precedente a nivel mundial que servirá como ejemplo para la administración de justicia en otros países.
Consideró que se fomenta el acceso a la justicia a los pueblos indígenas y, a la vez, se da un paso hacia la aplicación de los estándares internacionales de los derechos humanos en consonancia con el principio de la responsabilidad del Estado mexicano en su conjunto, incluyendo todos los poderes e instituciones a nivel federal y estatal de cumplir con las obligaciones internacionales que haya contraído en materia de derechos humanos.
“El Protocolo abarca el tema del derecho de los pueblos indígenas de mantener y resolver sus propios sistemas de justicia en coordinación con el sistema de justicia nacional, bajo el concepto de pluralismo jurídico y promueve derechos y principios de suma importancia para el mejor entendimiento y respeto de los derechos de los pueblos indígenas”, dijo en un mensaje videograbado.
Destacó que los sistemas de administración de justicia indígena requieren flexibilidad para poder evolucionar y responder a situaciones y contextos, tanto en el presente como en el futuro, en consonancia con sus propios preceptos culturales, sociales y políticos.
Este Protocolo, enfatizó, representa un importante esfuerzo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para aumentar el conocimiento de los derechos de los pueblos indígenas reconocidos, tanto internacionales como en la Constitución y legislación mexicana.
Confió en que los Jueces y Magistrados jugarán un rol muy importante en mejorar el respeto y la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas aplicando los principios y lineamientos presentados en el Protocolo.
Finalmente, Rodolfo Stavenhagen, ex relator especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas de Naciones Unidas, consideró que este Protocolo es un paso importante en la consolidación de una cultura de los derechos humanos de los pueblos indígenas en México y afirmó que su uso deberá extenderse en todos los niveles y espacios del Poder Judicial.
Destacó la importancia que implica este Protocolo porque permitirá a los juzgadores dominar la dinámica intercultural indígena.
“Este documento ofrece una visión pluralista que garantiza derechos colectivos como una forma de preservar la diversidad cultural del país; también fortalece el régimen jurídico mexicano porque a lo largo de su historia los pueblos, comunidades y sujetos indígenas que constituyen la pluralidad étnica del país han sido víctimas de discriminación, exclusión y marginación”, expuso.
Este Protocolo se encuentra en formato descargable para todo interesado en la página de internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación www.supremacorte.gob.mx 
Comunicado de la SCJN No. 074/2013
México D.F., a 15 de abril de 2013
  

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