28 feb 2021

CASO GENERAL CIENFUEGOS/ Dr. José Barragán .

 CASO GENERAL CIENFUEGOS/ Dr. José Barragán .


Aunque el asunto del general Cienfuegos se ha trivializado mucho, particularmente por el titular de la Fiscalía General, no es un asunto menor, porque, en materia penal, ningún asunto deja de ser importante. Esto es, la simple (y de simple no tiene nada) orden de detención, la radicación formal ante un juez de una carpeta de investigación o de averigüaciones previas en su contra; la incoación formal del juicio y la permanencia, aunque fuera de unas pocas horas en una prisión, no pueden tomarse por nadie como un asunto menor. Nunca lo ha sido; ni puede vulgarizarse tanto, como lo han venido haciendo tanto el titular de Relaciones Exteriores, como el Fiscal General y la misma Presidencia de la República.

Se supone que vivimos bajo las reglas sagradas del llamado Estado de Derecho. Y que los mismos tratados, convenios y acuerdos bilaterales entre México y los Estados Unidos están bajo estas mismas reglas inherentes a dicho Estado de Derecho.

Así las cosas, el general Cienfuegos no fue formalmente declarado inocente por la Corte que estaba conociendo de las acusaciones formuladas en su contra. Hubo desestimiento en el ejercicio de la acción penal por parte del fiscal encargado del juicio. Este desestimiento se hizo formalmente ante el juez de la causa; y, de conformidad con la ley aplicable al caso, el juez determinó, no declarar inocente al general y libre de todos los cargos que se le impubaron, sino dejarlo en libertad por razzones legalmente justificadas y justificables hacia el interior del mismo sistema penal norteamericano.

En los hechos, y más allá de lo entendido por el Gobierno mexicano, la carpeta penal, conteniendo elementos de probanza (sin calificativos de "buena o mala probanza") llegó formalmente a manos del Fiscal General mexicano. Y es aquí en donde comenzó el desorden procesal.

Al parecer, y no tenemos dudas sobre este punto, dicha carpeta fue objeto de un profundo, dilatado y concienzudo examen de su contenido. Pero, en lugar de radicar dicha carpeta ante un juez mexicano competente, acompañada de las posibles conclusiones o determinaciones formuladas por el mismo Fiscal general o por alguno de sus ministerios públicos, publicitaron el contenido de la carpeta, así como las conclusiones y las determinaciones del señor Fiscal, convirtiendo el asunto en un hazmereir oficial y público, en manifiesto perjuicio del propio general inculpado, quien debía estar esperando, y debe estar esperando una determinación judicial que lo declare precisamente inocente y libre de todos y cada uno de los cargos que le fueron imputados.

Cierto que el ministerio público, conforme a la ley mexicana, puede desistirse del ejercicio de la acción penal, en este caso del general Cienfuegos; asi como en otros casos. Pero este ministerio público, ni el Fiscal General, ni los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores y de la Presidencia de la República pueden declarar formalmente inocente a dicho General, quien, en los hechos, sigue cargando sobre las honrosas estrellas que lleva sobre su vestimenta de gala, los agravios inferidos por una falsa o no probada acusación.

Por otro lado, nunca se debió publicitar ni el contenido de la carpeta del juicio, iniciado en los Estados Unidos, ni tampoco las conclusiones a que haya podido llegar el ministerio público mexicano, que revisó dicha carpeta. Nunca, insisto, porque esta carpeta, proveniente de los Estados Unidos, procesamente tiene un destino inevitable, que es ponerla bajo el examen del juez mexicano competente, quien es la única autoridad legal y legítimada para pronunciarse sobre el contenido de dicha carpeta. En otras palabras, es el juez mexicano competente quien deberá pronunciarse formalmente sobre la culpabilidad o la inocencia del inculpado.

Y qué mejor que las cosas sean así, particularmente en este caso del general Cienfuegos, porque también en mi opinión, la probanza, incorporada a dicha carpeta no sólo son insuficientes, sino que son francamente infamantes, de manera que todos espearíamos, y seguimos esperando que el juez competente lo declara formalmente inocente y lo libere totalmente y para siempre de los cargos que le fueron imputados. Todo lo cual se convertiría en un precedente serio, favorable y formidable en esta clase de relaciones entre dos naciones civilizadas.

Resulta altamente reprochable la ilicitud con que esta carpeta ha sido manejada por la propia Fiscalía General de la República, no sólo por no haberla radicado de manera inmediata, sin abrirla, al juez mexicano competente. El juez competente, de oficio, o, en caso, a petición formal del ministerio público, debía poner en manos de dicho ministerio público el expediente, solicitándole su intervención para todos los efectos procesales a que hubiere lugar; y, de esta manera, hacer una corecta integración de l expediente para que el juez pudiera emitir su veredicto, en este asunto, sobre la plena inocencia del general Cienfuegos.

No haber hecho así las cosas; y, peor aún, el haberle dado ilícitamente publicado al contenido de la carpeta y el haberse pronunciado el Fiscal General, fuera de juicio, sobre el valor procesal del contenido de la referida carpeta, no sólo da lugar a una responsabilidad personal estricta, sino que ha convertido ya en un grave y perjudicial precedente en esta clase de relaciones entre dos naciones civilizadas.

La publicitación del caso del General Cienfuegos, en términos procesales, es comparable a la que se le hizo, en su momento, al caso de Florence Cassez, con una muy importante diferencia. A saber, que la dama francesa fue declarada inocente por la Suprema Corte; y liberada de todas las imputaciones, en base a las cuales, inclusive, llegó a ser condenada en primera y en segunda instancia; mientras que, el general Cienfuegos aún está por recibir esos invaluables beneficios, que sola la legalidad formal, o el juez competente, puede justamente proporcionarle.

Y sobra advertir que si en México no son castigadas debidamente las ilicitudes cometidas, al publicitar el contenido de una carpeta, que se remite y se recibe en términos de la confidencialidad procedimental, o inherente a la judicialización del caso del general Cienfuegos, en los Estrados Unidos podría ordenarse la recaptura del mismno imputado; y podrían ordenarse las respectivas órdenes de detención en contra de otras varias autoridades mexicanas, responsables de quebrantar las leyes vigentes y aplicables tanto en México como en los Estados Unidos, en materia de obstrucción a la justicia, entre otros otros extremos.

Por último, permítame el lector formular unas reflexiones, más generales, que el asunto motiva.

En mi opinión resultan absolutamente inadmisibles las risas, las burlas de nuestras autoridades, que han procedido con la misma insensatez que le atribuyen a los funcionarios americanos, involucrados en el caso del general Ciuenfuegos, porque da la maldita casualidad, verificable día con día, que nuestros ministerios públicas, casi nunca son capaces, unas veces por total incompetencia; y otras veces por manifiesta corrupción, de hacer un correcta integración de las carpetas penales, que someten a la consideración de los jueces. Tanto así, que dichos jueces terminan, emitiendo sentencias liberatorias en más del noventa por ciento de las juicios. Esto es lo verdaderamente vergonzoso. Y como muestra, ahí está la indagatoria de la gravísima masacre del caso Ayotzinapa; o la criminal negativa a investigar, en palabras de la Suprema Corte, el masacramiento del bado de Aguas Blancas.

Y, dentro de estas reflexiones generales, está todavía el tomar en cuenta las millonadas de denuncias que ha venido recibiendo el ministerio público federal y los ministerios públicos estatales, a las que se les abre la correspondiente carpeta de investigación; una investigacion que jamás de los jamaces se lleva a cabo, aunque solamente sea porque las mesas de los ministerios públicos, porque las oficinas todas de las procuradurías; y porque sus almacenas, están completamente saturados de expedientes y de carpetas de investigación, nunca cumplimentadas.

Y, debido a esta total saturación, tenemos el reclamo justo y furioso de los familiares por sus desaparecidos, que no son desaparecidos civilmente hablando, sino por acciones criminales, que jamás se llegan a investigar como debiera hacerse. Y ahì están los reclamos de las mujeres, exigiendo justicia pronta y expedita, que jamás llega, en términos de mínima satisfacción, con motivo de los cientos y miles de feminicidios y de malostratamientos sobre la mujer, por razón de su género.

Qué, ¿tenemos que acompañar a nuestras autoridades en sus risas y en sus burlas por la mala integración de un expediente, como es el caso del General Cienfuegos, teniendo a la vista esta clase de expedientes nunca investigados; y nunca debidamente integrados en agravio de millones de denunciantes?

Por último, o una reflexión general más, ¿acaso nuestro sistema penal, desde la reforma del 2008, no se está asimilando, cada día más, al modelo impuesto desde norteamerica?

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