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Los temas centrales serán si el derecho a la vida del no nacido es absoluto, entre otros. Foto: Archivo
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Entre los temas a discutir estarán si el derecho a la vida del no nacido es absoluto y si está previsto o no en la Constitución
Nota de Victor Fuentes
Reforma, 26 septiembre 2011.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá a partir de hoy si los estados pueden emitir leyes que penalicen el aborto. En uno de sus debates más importantes de los últimos años, el pleno de la Suprema Corte analizará dos proyectos de sentencia presentados por el Ministro Fernando Franco. El Ministro propone invalidar las reformas constitucionales de Baja California y San Luis Potosí que, considera, atentan contra los derechos fundamentales a la dignidad, a la salud y reproductivos de las mujeres, previstos en la Constitución y tratados internacionales. En su propuesta, el ministro Fernando Franco considera que dichas modificaciones atentan contra los derechos fundamentales a la dignidad, reproductivos y de salud de las mujeres, previstos en la Constitución y en tratados internacionales. Los temas centrales de la discusión serán si el derecho a la vida del no nacido es absoluto, si está previsto o no en la Constitución y si los estados pueden generar en sus constituciones garantías y derechos humanos adicionales a los contemplados a nivel federal. A raíz de la despenalización del aborto en el DF, en 2007, que fue avalada por la Corte un año después, 18 estados hicieron modificaciones a sus leyes para castigar la interrupción del embarazo. En 2009, el ombudsman de Baja California presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de la modificación al artículo 7 de la Constitución local que le otorga al individuo el derecho a la vida desde que es concebido. En tanto, el mismo año, diputados locales de San Luis Potosí impugnaron un cambio al artículo 16 de la Constitución de ese Estado que reconoce la vida humana desde la concepción. "Se considera al producto de la fecundación como un individuo y se confiere un carácter supremo e inderrotable al derecho a la vida, sin considerar que esa protección no puede ser absoluta, sino que puede graduarse en función de la protección y ejercicio de derechos fundamentales, como lo son, por ejemplo, el derecho a tener el número de hijos que se desee (y para ello, recurrir a métodos de reproducción asistida) o el derecho de no tenerlos (y para ello, emplear métodos anticonceptivos)", indica el ministro Franco en sus proyectos. Para invalidar las reformas impugnadas serán necesarios al menos ocho votos, a diferencia de la despenalización en el DF, cuyo aval sólo requería el voto favorable de 4 de los 11 Ministros. En 2008, la mayoría de ocho ministros que avaló la despenalización en el DF no logró ponerse de acuerdo sobre el derecho a la vida, por lo que sigue vigente jurisprudencia aprobada en 2002 por la Corte, que dice que la Carta Magna protege la vida desde la concepción. De acuerdo con sus posturas previas, es probable que los ministros Salvador Aguirre y Guillermo Ortiz se opondrán a los proyectos de Franco, por lo que bastaría que dos ministros se sumen a ellos para que las demandas sean desestimadas y las reformas de Baja California y San Luis Potosí sigan vigentes. Organizaciones que integran la Campaña Nacional por el Derecho a Decidir advirtieron que las reformas aprobadas en los estados criminalizan a las mujeres que abortan, incluso en casos en que han sido violadas.
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