Conferencia
de prensa de Javier Corral,
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: En primer lugar, gracias por atenderme en
este momento.Debo decir que estamos ante una muy buena iniciativa que
sienta las bases para una transformación de fondo del sector de las
telecomunicaciones y la radiodifusión y realmente es un hecho que debemos
de celebrar y con el cual
nos
debemos de comprometer todos los legisladores de la República
y particularmente el Senado, cuando en su función de Cámara revisora, analice
la minuta que provenga de la Cámara de los Diputados.
Quiero
compartirles mi visión de esta Iniciativa e incluso mi interés
a explicarles algunos de los conceptos que para mí son
realmente trascendentales para la concreción del derecho a la información
de todos los mexicanos.
Diría
en una primera valoración política, que la reforma, la iniciativa, tiene
mucho más haberes que faltantes y pocas cosas que corregirle
o adicionarle.
Obviamente,
como legislador, tengo el deber de hacer una valoración objetiva y por
supuesto también señalar aquello que debe ser susceptiblede mejora en la
iniciativa.
Pero
de entrada, les digo que la nueva redacción del Artículo
Sexto Constitucional, recoge, después de muchas décadas que México
suscribió el Pacto de San José de Costa Rica, la definición completa de lo
que constituye el derecho a la información.
El
Artículo 13 del Pacto, está hoy fielmente retratado en la nueva redacción
del Sexto Constitucional y también la Iniciativa ha aprovechado y me
parece, de muy buena manera, la modernización del actual Artículo Séptimo
de la Constitución.
Estos dos
artículos no se modificaban esencialmente desde la Constitución del 17.
Incluso el Sexto casi venía igual desde la Constitución de 1857.
Y
la nueva redacción del 6º y del 7º se actualiza, se moderniza el 7º
a favor de la libertad de expresión y de la libre circulación de las ideas
a través de cualquier o cualesquiera plataforma que se difunda.
Esta
es una muy buena noticia para todos los comunicadores de México porque reúne,
en la nueva redacción del 7º los dos pactos en materia de derechos
humanos: el Pacto de Derechos Civiles y Política y la Convención
Americana
de Derechos Humanos. Está reflejado así en el Artículo 6º y 7º de la
Constitución.
Por
supuesto que se incorpora un nuevo derecho, o el reconocimiento de
un derecho humano fundamental de los llamados de tercera generación,
como ustedes lo saben, el derecho a las nuevas tecnologías de la
información y
de la
comunicación, incluida la banda ancha, que es la expresión, por decirlo
de alguna manera más acabada, de Internet y se garantiza el libre acceso.
La
Iniciativa también establece una política de inclusión digital universal y
creo que aquí se asegura que el Estado promueva, en condiciones de equidad
y bajo principios de cobertura universal, el despliegue de redes de
telecomunicaciones.
Vamos
a sacar del secuestro en el que las tarifas telefónicas han mantenido al
Internet en los últimos años en nuestro país, porque mayor despliegue de
redes invariablemente impactará en mejores servicios, en calidad y
precio de
los servicios, pero por supuesto en llevar hasta las más apartadas
comunidades del país Internet y no sólo a descremar mercados, lo que me
parece realmente un dato muy importante.
Entre
una de las cuestiones que más me llama la atención y me entusiasma de esta
Iniciativa, que es una definición clave para todo lo que va a venir en la
legislación secundaria, es el definir a las telecomunicaciones y a
la radiodifusión como servicios públicos.
No
es lo mismo regular una actividad de interés pública, que de un servicio
público, porque un servicio público el Estado lo tiene que garantizar en
condiciones de equidad y de cobertura universal y una actividad no. La
puede regular y condicionar, pero no necesariamente está obligado a
garantizar la cobertura universal.
La
reforma tiene el acierto de ligar la función social de la radio y
la televisión a los fines establecidos en el Artículo Tercero de
la Constitución, que es una de las demandas que a lo largo de estos meses
en la Comisión de Educación hemos venido haciendo y planteándole, incluso
se lo planteamos al propio Secretario de Educación.
Y
pone fin a la publicidad encubierta, porque prohíbe la transmisión
de propaganda presentada como información periodística o noticiosa y
vincula esta prohibición a la revocación de concesiones.
Esta fue
la base por cierto en la que Enrique Peña Nieto construyó su candidatura y
luego la Presidencia de la República.
Y
se ha podido llevar al Pacto y luego a la Iniciativa esta
prohibición fundamental para acabar con la simulación que se produce en la
cobertura de campañas electorales y, sobre todo, que ha dado pie a un
mercado negro de
la
información.
De
las cosas que vale la pena destacar, de los haberes de la Reforma,
por supuesto la creación de un órgano constitucional autónomo en materia
de telecomunicaciones y radiodifusión.
Si
bien es cierto el mecanismo es largo, complejo, habrá quien lo
califique de engorroso, lo que busca este mecanismo es acotar lo más que
se pueda la discrecionalidad política partidista en la designación de los
comisionados del Instituto.
Nunca
dejará de ser al final una decisión política, pero la Reforma acomete el
acierto de acotar lo más que se puede la discrecionalidad e insistir en
perfiles más técnicos que políticos.
Siete
comisionados estamos ante la primera excepción al Artículo 27 de
la Constitución. El Artículo 27 de la Constitución pues es la base,
la piedra angular donde se desarrolla el poder del Presidente de la
República
porque
este Artículo le da toda la capacidad de concesionamiento de los bienes de
la Nación al Titular del Ejecutivo Federal.
Estamos
ante la primera excepción al 27 Constitucional. Ahora las concesiones la
otorgará el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Sin
embargo y aquí llamo la atención de la Cámara de los Diputados,
sobre todo, se comete un error al dejar en el proceso del otorgamiento
o revocación de las concesiones o de transferencia de derechos
de concesiones, la opinión previa del Presidente de la República, que
aunque la Iniciativa señala que no es vinculante, lo único que introduce
es un elemento distorsionador de la autonomía plena.
Porque
si todo el proceso será jurídico y técnico, qué tipo de opinión podría
producir del Presidente de la República: pues una opinión política y creo
que es exactamente lo que no quiere ni desea la Iniciativa.
Si
ya se tomó la decisión de un órgano constitucional autónomo, hay
que quitarle ese chipote presidencialista que incorpora la opinión previa
del Presidente de la República, porque lo único que va a hacer es
tener entonces una doble ventanilla. Habrá quienes no satisfacen, o sí,
los derechos a una concesión y van a ir a cabildear con el Presidente de
la República una decisión que debe ser absolutamente técnica.
Yo creo
que esta es una de las correcciones que hay que hacerle para
perfeccionarla.
Por
supuesto, estoy de acuerdo con el fortalecimiento de la Comisión Federal
de Competencia y creo que es muy importante decir que se amplía el régimen
de incompatibilidades y de supuesto conflicto de interés en que pueden
caer los cdmisionados, los integrantes.
De
esta Iniciativa, una de las facultades, pues quizá la más importante que
tendrá IFETEL, es la de imponer límites a la concentración nacional
y regional de frecuencias y a la propiedad cruzada de medios de
comunicación
que
sirvan a un mismo mercado o zona geográfica de cobertura.
Esta
parte, si bien es importante, tiene que ver con una competencia económica
y es también una excepción que se produce para que sólo en el sector de
comunicaciones y de radiodifusión sea el Instituto el que regule la
materia y no la Comisión Federal de Competencia. Yo creo que el principio
es correcto. Las concesiones van a ser de uso comercial público, social y
privado.
Debo
decir que todo se homologa a la figura de la concesión. Todo pasará a ser
concesión, para ponerlo a tono con el Artículo 27 de la Constitución. En
este tema específico, debo decir que era una ficción mantener las dos
figuras
de permiso y de concesión, era una separación ficticia sólo para impedir
la comercialización y para impedir la venta de su propia producción a los
medios públicos.
Sin
embargo y este es uno de lo que yo llamo faltantes, es
importante incorporar dentro de los usos de la concesión, las concesiones
para uso comunitario e indígena.
Podrían
estar contempladas dentro de las concesiones de uso social, pero es mucho mejor
explicitarlo en la Constitución o en los Transitorios, para que estas dos formas
de radiodifusión comunitaria e indígena no escapen al reconocimiento de la ley ni de la Constitución.
Las
concesiones van a ser otorgadas a través de licitación pública y se dice que el
factor económico no será el preponderante para definir el otorgamiento de una
concesión. Esto es correcto. Por supuesto que en telecomunicaciones puede y
debe funcionar el método de subasta, concesiones
para
telefonía.
En donde
me parece que debiera estar explícitamente señalada la prohibición de la
subasta, es en el caso de radio y televisión, conforme en los criterios
establecidos en la Sentencia 26/2006, de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, que señala que en materia de radiodifusión, derivada de su función
social, no puede ser el dinero el elemento definidor del otorgamiento de una
concesión.
Y
para no dar pie a que se vaya a meter el diablo en los detalles, hay que dejar
expresamente prohibido en la Constitución, la subasta en materia de radio y televisión.
La
Iniciativa tiene otros haberes muy importantes: un registro público de concesiones
y, por fin, las decisiones, las sesiones, los acuerdos, las resoluciones de los
órganos de Gobierno, tanto de COFETEL, de IFETEL, como de COFECO, van a ser
públicas.
Esto
es un avance para la transparencia en un sector que toma sus decisiones, no
sólo a veces en privado sino en ocasiones en secreto y después hasta los mismos
miembros de los órganos conocen las resoluciones.
Un
aspecto fundamental es que en materia de resoluciones, de telecomunicaciones
y de competencia, no operará el amparo directo. Sólo podrán ser impugnadas en
amparo indirecto y no valdrá la suspensión en ningún
caso, lo que reafirma ya de alguna manera la reforma de la nueva Ley de Amparo,
con relación a concesiones de bienes del dominio público.
Hay
una serie de requisitos a los Comisionados para desempeñar el cargo. Llamo la
atención de lo siguiente, para que tengan una idea de hasta dónde va la Iniciativa,
tratando de acotar el conflicto de intereses o el tráfico de influencias:
La
Ley sancionará los casos en que los comisionados establezcan contacto para
tratar asuntos de su competencia, con personas que representen los intereses de
los agentes económicos regulados, salvo en audiencia pública, con la presencia
de otros comisionados y como parte de los procedimientos respectivos.
Son
intereses multimillonarios los que se regulan, por lo tanto, se tienen que
tomar todas las previsiones para evitar posibles capturas regulatorias, o
corrupción, o soborno de los comisionados, toda vez que estaremos ante órganos
muy poderosos, en términos de facultades y de competencias.
Finalmente,
se ha hecho un arreglo Constitucional al Artículo 73, para que el Congreso
tenga facultad de dictar leyes en estas materias y no vayan a ser impugnadas,
la legislación en función de no tener expresa esta facultad.
Se
incorpora en la Fracción Vigésima Séptima del 73 de la Constitución, que son
las facultades del Congreso. Vigésima Séptima; Vigésima Sexta. Vigésima Séptima
debe ser.
Otro
aspecto muy importante y debo decir aquí se han recogido varias de las demandas
históricas de la sociedad civil organizada en este tema, de los académicos que desde hace muchos años han venido
trabajando en esto y por supuesto de quienes en el Poder Legislativo desde hace
ya dos décadas hemos venido pidiendo algunas de estas reformas.
Vamos
a contar con una sola ley, la Iniciativa ordena una ley convergente, o sea una
ley integral, tanto para telecomunicaciones como para radiodifusión. Estamos
hablando de una legislación pro competitiva.
Ordena la Iniciativa que en la Ley se regule el
derecho de réplica, que ya está contemplado en el Artículo Sexto y no se ha
podido desarrollar la legislación secundaria.
También establece bases para la prohibición de difundir
publicidad engañosa o subrepticia y promueve mecanismos para asegurar la
promoción de la producción nacional independiente.
Esto
es muy importante. No sólo para asegurar competencia económica entre los
concesionarios, sino para lograr diversidad y pluralidad en los contenidos.
Este es el reto monumental de la Ley Secundaria también.
Se
prohíben subsidios cruzados, o trato preferencial consistentes con los principios
de competencia, para el efecto de que los operadores de radiodifusión o
telecomunicaciones, no otorguen subsidios a los servicios que prestan, que
proporcionan por sí, o a través de estas empresas subsidiarias, filiales o
asociadas, o que pertenezcan al mismo grupo de interés económico.
Es
muy importante decir que la Iniciativa se está haciendo cargo de una denuncia
que varios legisladores y asociaciones hicimos, sobre el modelo de multiprogramación
que se autorizó por la actual COFETEL, en la administración anterior.
La
Iniciativa señala que la Ley debe determinar los criterios conforme a los
cuales el Instituto Federal de Telecomunicaciones otorgará las autorizaciones
para el acceso a la multiprogramación, bajo los principios de competencia y
calidad, garantizando el derecho a la información y atendiendo de manera
particular la concentración nacional y regional de frecuencias, incluyendo el
pago de contraprestaciones debidas.
Como
ustedes saben, el actual proceso de multiprogramación, en automático, les
autorizó canales adicionales, en el canal espejo que los concesionarios tienen
para la transmisión digital y que usaran los seis megahertz y entonces pueden
dar cinco canales adicionales, e incluso podrían dar servicios adicionales de
telecomunicaciones si así lo quisieran, con el actual modelo.
La Iniciativa corrige lo que siempre dijimos
constituía un abuso, un exceso en materia de multiprogramación.
Como
saben, también se ordena que culminada la transición digital que se prevé para
el 31 de diciembre del 2015, los concesionarios estarán obligados a devolver
las frecuencias que originalmente les fueron concesionadas por el Estado, a fin
de limpiar la banda de los 700 megahertz y ahí desarrollar una red nacional de
ancho de banda para el país.
Esta
disposición transitoria no esperará, ¡no esperará!, al 2021, como se había
previsto antes en reglamentos y acuerdos.
El
31 de diciembre de 2015, vienen los canales analógicos, o donde se daba la
transmisión analógica y se quedan sólo con el espejo, pero bajo un nuevo
esquema de multiprogramación y atendiendo incluso las reglas asimétricas que el
Instituto le incorpore a los dominantes, o a los agentes preponderantes.
Se
establece un “must carry” gratuito y un “must offer” medio gratuito. Hay que
decirlo con toda claridad, este es uno de los faltantes de la Iniciativa, el no
haber reconocido, en cualesquiera plataforma de transmisión, el carácter
gratuito de la retransmisión de señales abiertas en sistemas de paga o restringidos,
fruto por supuesto de las presiones de la televisión.
Si
las Cámaras de Diputados y el Senado quisieran robustecer esta Iniciativa y
colocarla centralmente en el interés público, solamente en el interés público, debieran mantener el principio
absoluto de gratuidad, tanto en la obligación de los concesionarios de poner a
disposición de la
televisión
de paga las señales, como en la obligación de los sistemas de televisión de
paga de retransmitir íntegramente de manera simultánea los contenidos de esas
señales.
Se
estableció una excepción a esta cláusula de gratuidad y yo creo que no es
válida, así sea para el operador dominante, porque las señales radiodifundidas
de televisión son abiertas y por e se sólo hecho gratuitas. Tienen su propia
explotación comercial en la publicidad que venden.
Este
“must offer” a la mitad, lo único que hace es eliminar el
principio
fundamental de la gratuidad.
¿Y
por qué me opongo, aunque sea el sujeto de este pago, o de este cobro
el
operador dominante o el agente preponderante? Porque todo cobro que se le
hace a un
operador se le deriva a los suscriptores en el costo y porque se
lo
distribuyen. No hay ningún operador en el mundo, que los costos, o los
cobros
que se le hacen, o por interconexión o por retransmisión, no se los
derive a
los usuarios o a los suscriptores.
Entiendo
que la presión fue mucha y entiendo el marco en el que se dio una
negociación
entre tres partidos, pero deberíamos de darle todavía esa
dimensión
mayor, para que realmente esto terminara en un 10.
Como
ustedes saben, la reforma plantea que en cuatro meses deberán estar
licitadas
nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida.
Tomó la
decisión la Iniciativa de agruparlas por lo menos en dos nuevas
cadenas
de televisión con cobertura nacional.
Dice por
lo menos dos, con carácter nacional. Lo previsible es que además
pueda
haber otras siete regionales, porque espectro hay y el proceso de
conversión
digital lo multiplica.
Por otro
lado, se ordena al operador dominante de las telecomunicaciones, la
desagregación
efectiva de la red local, de manera que los concesionarios de
telecomunicaciones
puedan acceder, entre otros, a los medios físicos,
técnicos
y lógicos de conexión, entre cualquier punto terminal de la red
pública
de telecomunicaciones y el punto de acceso a la red local,
pertenecientes
a dicho agente, que es el agente dominante en las
telecomunicaciones.
Esta
es una de las medidas más importantes en términos de
desincorporación
y de desagregación de activos, incluso se le ordena al
agente
dominante la desagregación contable, lo que constituye una de las
medidas
más fuertes de la Iniciativa.
Creo
sinceramente que la Reforma en este tema no tiene simetría con lo que
se le
exige a la televisión. Como que a la televisión se le ha cuidado,
particularmente
al agente dominante en televisión, que es Televisa, porque
se está
diciendo algo que después va a ser difícil de concretar y que la
gente lo
vea: que va a poder haber una partición del monopolio actual de la
televisión
y que va a poder haber una desincorporación de activos, partes
accionarias
o frecuencias, en materia del monopolio de la televisión, o del
duopolio
de la televisión.
Como está
redactada, los límites de concentración en materia de
radiodifusión
no darán para eso y hay que tener cuidado con las falsas
expectativas,
porque el único límite que se impone es el de
concesionamiento
de frecuencias, nacional o regional, a diferencia de lo que
se le
impone a los agentes dominantes en materia de telecomunicaciones,
telefonía,
en materia de cualquier insumo esencial, o todos los insumos
esenciales,
acá en realidad se dejan de regular los mercados más
concentrados.
¿Cuáles
son? El de publicidad, el mercado de distribución de contenidos,
el de
audiencia potencial o población y el de zona geográfica de
cobertura.
Creo que
lo que se hace en telecomunicaciones es correcto, es válido y por
supuesto
que es necesario, absolutamente, obligar la compartición de
infraestructura.
Nada más
que lo mismo que decía cuando venía sólo para radiodifusión,
ahora con
toda calidad moral lo digo, se quedó mocha en el tema de
televisión
y no necesariamente es un error. Es una falta de simetría, de
equilibrio.
Yo
creo que en televisión la Reforma optó por ser de aquí para adelante y
va a
mantener más o menos lo mismo que hay con dos nuevas cadenas en el
futuro,
pero no necesariamente va a obligar a desincorporación en materia
de
televisión, si mucho en el Distrito Federal y no más.
Un
aspecto muy importante de esta Iniciativa, tiene que ver con los medios
públicos.
Merecen en esta Iniciativa un reconocimiento constitucional muy
importante
y debo decir que se señalan criterios para que los medios
públicos
cuenten con independencia editorial, autonomía de gestión
financiera,
garantías de participación ciudadana, reglas claras para la
transparencia
y rendición de cuentas, defensa de sus contenidos, opciones
de
financiamiento, pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión
de
diversidades ideológicas, étnicas y culturales.
Y por
fin, parece que estamos logrando que la ley defina un esquema que
permita a
los medios de uso público y social, obtener ingresos adicionales:
patrocinios,
donativos, así como la posibilidad de publicitar espacios
para
cubrir sus inversiones y costos de operación, sin obtener l ucro.
Me parece
fundamental acabar con esa aberración que mantenía a los medios
públicos
y de uso social en la indigencia y que de alguna manera también
los
mantenía sometidos al control de gobernadores, o del Presidente de la
República,
presidente municipal, rector de universidad, etcétera, de quien
dependieran.
Este es un gran paso.
Se dan
bases para regular la publicidad en radio y televisión,
particularmente
se incorpora un tema muy noble para los derechos de los
niños y
de las niñas, de la población infantil de México.
La Ley
deberá asegurar, dice la Iniciativa, que la programación dirigida a
la
población infantil respete los valores y principios a que se refiere el
Artículo
Tercero de la Constitución, así como las normas en materia de
salud y
establecerá lineamientos específicos que regulen la publicidad
pautada
en la programación destinada al público infantil y le da
facultades
al Instituto para supervisar este cumplimiento.
Como
ustedes saben, se establecen tribunales especializados en materia tanto
de
competencia como de telecomunicaciones. Esto es muy importante. Incluso
se dan
disposiciones para que el Consejo de la Judicatura integre estos
tribunales
especializados.
Esta
formación y capacitación va a ser muy importante también para la
prontitud
y expeditez de las resoluciones.
Una de
las cosas que me parece que debiera corregirse, es el tema de la
política
de inclusión digital universal. Se le deja en manos del Ejecutivo
Federal y
ésta debiera ser una política de Estado que abarque a niveles de
Gobierno
y Poderes de la Unión, aún cuando se le preserve al Ejecutivo
Federal
la posibilidad de operar esta política entre las dependencias y
entre las
entidades públicas.
Hay otras
medidas que me parecen muy importantes, obviamente la instalación
y
operación de una red troncal de telecomunicaciones, bajo principios de
compartición
de toda su infraestructura y la venta desagregada de todos sus
servicios
y capacidades, que preste exclusivamente servicios a las empresas
comercializadoras.
Y luego,
dos temas finales, que me parece de la mayor relevancia: aun cuando
se lo
deja al Plan Nacional de Desarrollo y creo que lo debe tener la ley,
se
instruye un Programa Nacional de Espectro Radio eléctrico y tiene dos
facetas
muy interesantes:
La
primera, un programa de trabajo para garantizar el uso óptimo de la
banda de
los 700 megahertz, y de la banda de 2.5 gigahertz, para hacer de
éstos un
acceso universal, no discriminatorio y competitivo. Incluso lo
ideal
sería juntar, fusionar ambas bandas, para desarrollar lo que hemos
llamado
una Red Nacional de Ancho de Banda.
Pero hay
otro tema muy importante que ordena la Iniciativa: un programa de
trabajo
para disminuir la separación entre estaciones de radio y
televisión,
conforme la práctica internacional y para una red nacional de
banda
ancha.
Como
ustedes saben, en nuestro país mantenemos una ficción técnica, una
Norma
Oficial Mexicana que resulta ya, a estas alturas, obsoleta, desfasada.
La
separación en UHF de seis dígitos en cada frecuencia; la separación
en
televisión de VHF, guardas ya inexistentes desde el punto de vista
técnico y
lo más obsoleto, la separación actual de 800 megahertz, que
está
totalmente superada en el mundo.
¿Caben más estaciones de radio en el país?
Claro que sí. Un programa de
trabajo que modifique la separación de estaciones, es una
gran decisión de
esta Iniciativa.
Por todo esto, yo digo que la Iniciativa vale, que
es una muy buena
Iniciativa, que sienta las bases para una transformación de fondo y
que es
una de
las mayores concreciones del derecho a la información que hace casi
40 años
se introdujo en la Constitución dentro de la reforma política de
1976.
Estamos
aquí ante un ideal por el que se ha trabajado mucho tiempo. No,
como dice
la canción, no es perfecta, pero se acerca a lo que yo
simplemente
soñé. Tiene cosas que se le pueden mejorar, pero por sus
méritos,
vale la Iniciativa.
Que
está abierto a las preguntas, dudas que tengan, sobre este tema. Y
desde
ahora les digo, cualquier duda; cualquier duda de cualquier
Artículo,
sobre cualquier inciso o numeral de la Iniciativa, la podemos ir
resolviendo
en estas horas, en estos días.
Me pueden
consultar cualquiera de los temas que están en la Iniciativa y
con mucho
gusto los podemos explicar, profundizar, en la medida en que
ustedes
así lo deseen.
Empezamos
con esta sesión, si quieren. Selene.
PREGUNTA:
Gracias Senador. Me voy a moderar y voy a empezar con dos, porque
sí traigo
como 10 preguntas:
Para
ponerle nombre y apellido y para dejarlo, bueno me parece que ha sido claro,
pero particularmente señalaba que el operador dominante en materia de
telecomunicaciones se verá obligado a desagregar, inclusive dice de manera
contable.
Precisando
un poco más, ¿esto significaría que el operador dominante, que todos sabemos
cómo se llama, cuyo propietario sabemos que es Carlos Slim, se verá obligado a
partir Telmex, digamos, no sé, en tres o cuántos pedazos?
Y
esto será, se ve obligado a, si quiere acceder a la televisión, o aunque no
acceda a la televisión simplemente por la concentración en materia de telecomunicaciones.
Esa sería una.
Dos.
Parte de la Iniciativa es abrir al capital privado, no nada más nacional sino
extranjero, las concesiones. Tengo entendido si va en ese sentido también,
porque no hizo usted referencia usted a nada de esto. ¿Y si así fuera, qué
opinión le merece?
Ahora,
esta falta de error, que dice que no es error sino asimetría, es decir, no ve
en el escenario esa desincorporación del otro lado de la radiodifusión.
JAVIER
CORRAL JURADO: De la televisión, no. Creo que por más que le pudiera dar 10
vueltas al Artículo y volverlo a leer, en realidad no afectará a la televisión
las medidas desconcentradoras, porque no da para eso la Reforma.
La Reforma no va a afectar a Televisa en su
actual tenencia de espectro, porque su concentración es en mercado
publicitario, de distribución de contenidos, de audiencia, de población.
Es que durante 50 años nos acostumbramos a que Televisa
está en todo el país, pero está con una red nacional, que es un conjunto de
repetidoras.
Entonces
en esta parte falta agregar estos principios. Por eso digo que le
falta
simetría.
¿Se
tocó a los dos agente dominantes? ¡Sí!
¿Se toca centralmente a Slim? ¡Sí! Y creo que de manera correcta. Era
fundamental; pero no se
tocó igual a la televisión.
¿Por
qué no se tocó igual a la televisión? Porque con el sólo límite de frecuencias
no recomponemos la realidad de concentración.
Creo
que en televisión sólo se optó por el futuro; una reforma para lo
que
viene, no para modificar la realidad actual.
Ahora
bien, claro que se obligará, si el Instituto, con la información, en
número de
suscriptores, la capacidad, el número de tráfico, el volumen,
etcétera,
le determina un poder substancial de mercado, o lo coloca como
agente
preponderante, le ordenará desincorporar activos, empresas, o partes
accionarias.
Lo
más importante es que la desagregación contable lo que permite es
conocer
los costos, los costos reales, lo que se cobra para sí y lo que les
cobra a
los demás, en términos de esa compartición de infraestructura.
Con
relación a la inversión extranjera: Yo estoy de acuerdo en el 100 por
ciento en
telefonía, en telecomunicaciones. En esa parte estoy totalmente
de
acuerdo.
Porque
incluso en México abrimos al revés. Ya estaba abierta la inversión
extranjera
en redes inalámbricas, hasta el 100, actualmente y se mantenía
un tope
de hasta 49 por ciento en fija y cable.
Y
yo digo que se abrió al revés porque donde usted tiene que propiciar la
inversión
extranjera pues es en la infraestructura que se queda: los
postes,
todas las antenas de redundancia, todo lo que es una infraestructura
física y
ahí es donde teníamos a la mitad. Vámonos hasta arriba, hasta
el 100.
Donde me
parece que se está cometiendo un error, es en abrir hasta el 49
por
ciento la radiodifusión.
¿Por qué
digo esto?, porque la Iniciativa no contempla ninguna cláusula
de
reciprocidad en materia de inversión extranjera en radiodifusión.
¿Por qué
tenemos que proteger un poco más la presencia extranjera en este
tipo de
industria? Porque es una industria cultural, es una industria de
transmisión
de contenidos. Muy importante.
Estados
Unidos, en Canadá, todas las industrias culturales están
protegidas,
todas y en otros países donde se admite la inversión
extranjera
y radiodifusión tienen su cláusula de reciprocidad: “Tú,
Brasil,
¿quieres invertir en México?, yo, México, puedo invertir en
Brasil”.
Yo
aceptaría el 49 por ciento con cláusula de reciprocidad. Me parece que
la Cámara
de Diputados debe de agregarle cláusula de reciprocidad.
Y si no,
pues tener sólo el 25 por ciento de inversión extranjera directa.
Nada más.
PREGUNTA:
Me quedó una pequeña duda, cuando hace referencia a que el
operador
dominante en materia de telecomunicaciones dice será necesario que
se vea
obligado a compartir su infraestructura, ¿a qué se refiere?
¿Tiene
que compartir su emporio, su empresa, su monopolio?
JAVIER
CORRAL JURADO: Va a tener que compartir su infraestructura
para que
puedan entrar otros jugadores, por su propia infraestructura,
arrendar
el servicio de telefonía, porque imagínense que cada operador
entrante
a una colonia tuviera que tender una infraestructura distinta a la
del
operador dominante.
Bueno,
lo que significaría eso en cables, pero al compartirla lo tendrá
que hacer
desagregando contablemente sus costos para que haya un precio real
de
interconexión. A eso es a lo que se refiere la Iniciativa.
PREGUNTA: ¿Pero servirá para esto?
JAVIER CORRAL JURADO: Sí, claro. Es infraestructura
física. Un
costo
real. No un costo que se convierta en una barrera de entrada, en una
práctica
discriminatoria, porque con estos precios es con lo que se ha
impedido
la entrada de nuevos jugadores.
El
operador dominante se cobra 30 centavos y a los entrantes o competidores
les cobra
80, un ejemplo.
PREGUNTA: Dos preguntas, una técnica y una política. La
técnica: para
que no quede mocha en el rubro de la desagregación en
materia de
televisión abierta, ¿cómo debería quedar redactada, desde
su punto de
vista, la Iniciativa?
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: El Instituto Federal de Telecomunicaciones
deberá
imponer límites a la concentración en materia de frecuencias,
tanto
nacional como regional, así como a los mercados publicitario, de
distribución
de contenidos, en términos de audiencia potencial o
población
y zona geográfica de cobertura. Punto y seguido. Lo que sigue.
PREGUNTA:
La política, ¿si sabe usted por qué se decidió mandar la
Iniciativa
a San Lázaro y no a la Cámara Alta?
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: Se dieron mejores condiciones para el consenso
político
allá que acá.
PREGUNTA:
Una de esas razones era que en el Grupo Parlamentario del PAN
había
desacuerdos. ¿Esto es correcto?
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: Yo creo que sí; pero no en el Grupo
Parlamentario.
No
podríamos decir que era una opinión mayoritaria de los senadores del
PAN, no,
pero sí se empezó a generar un ambiente de prejuicio hacia la
Iniciativa,
incluso sin conocerla.
Lo más
importante; lo más importante que nos está pasando es que ya
todos
estamos de acuerdo, ¡todos!
Slim celebra con júbilo la inversión extranjera.
Azcárraga da la
bienvenida a la competencia en televisión. Moni de Swaan
y Pérez Mota se
despiden orgullosamente y Lozano dice que está de
acuerdo.
Pues algo pasa, porque si todos estamos de acuerdo, es
que no estamos
pensando
mucho. No. La verdad es que va a salir bien. Hay que corregirle
cosas.
PREGUNTA:
Hola. Qué tal Senador…
ENADOR
JAVIER CORRAL JURADO -: Hace mucho que había desaparecido “24
Horas”
¿no?
MANUEL
HERNÁNDEZ (24 HORAS): No, el periódico, no.
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: ¡Ah! El periódico.
MANUEL
HERNÁNDEZ (24 HORAS) -: En cuanto a las prohibiciones para acabar
con la
propaganda disfrazada de información, cuáles deben ser estos
mecanismos
que se deben de meter, porque no queda del todo claro de qué
manera
contempla la reforma acabar con esta publicidad.
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: La publicidad encubierta. Bueno, hay dos
mecanismos
que plantea la Iniciativa. Uno muy importante es que el
Instituto
Federal de Telecomunicaciones va a tener un órgano consultivo,
especializado
para el tema de los contenidos y los servicios aludidos en el
Sexto, en
el Séptimo, en el Cuarto y en el Tercero.
Ese
Consejo Consultivo, que es un Consejo de personas especializadas en
estos
temas, establecerá los criterios para determinar cuando la publicidad
está
presentada como información y con base en un procedimiento de
denuncia
y de acreditación de hechos.
Lo
importante es que se pone el principio en la Constitución y esto le da
pie tanto
para que lo regule la Ley Secundaria, como para que el propio
Instituto
establezca los lineamientos. Es como lo tenemos que hacer.
Haber, el
mayor reto, o el reto monumental de est a Iniciativa es la Ley
Secundaria.
Ese es el gran reto. Es muy importante. Ya da muchas bases a la
Ley
Secundaria la Iniciativa, pero ustedes saben que en los detalles está
el
diablo; hay que tener muchas definiciones, precisiones. Muy importante
eso.
GENOVEVA
ORTIZ (LA PRENSA): Usted decía en su exposición que en el caso de
la radio
y la televisión la licitación, va a quedar prohibida la subasta
de la
licitación.
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: No. No dije que va a quedar. Yo digo que
debiera
quedar expresamente señalado.
GENOVEVA
ORTIZ (LA PRENSA): O sea, no está.
SENADOR
JAVIER CORRAL JURADO: No está. Está muy abierto. Mire, en
materia
de concesiones, de telecomunicaciones y de radiodifusión, dice la
Reforma:
Se deberán otorgar mediante licitación pública. Dice: en
ningún
caso, el criterio económico será el preponderante para el
otorgamiento.
Nada más
que dejarlo así, podría establecerse que en materia de
concesiones
de radio y televisión, la subasta no sea lo preponderante pero
sea uno
de esos elementos.
¿Por qué
lo digo?, porque así lo contenía la Ley de Televisa. Hablaba
de una
carta programática, de un plan anual de frecuencias, el plan de
negocios,
todo y la subasta ascendente.
¿Por qué
debe expresamente quedar eliminada la subasta en materia de radio
y
televisión? Por la función social que estos medios tienen y porque no
puede ser
que el que tenga más dinero tenga más derecho a transmitir
contenidos,
toda vez que ya el Artículo Sexto dice que es un servicio
público
para difundir la cultura nacional, vinculado con los fines del
Artículo
Tercero de la Constitución, etcétera, etcétera, etcétera.
Por eso
creo que abajito de ese párrafo debe decir: En las concesiones de
radio y
televisión quedará prohibida la subasta. Punto y seguido. Todo
lo demás.
Yo creo
que es todo. Cualquier cosa que necesiten en estas próximas horas,
días,
tanto en correo electrónico, jcorralj@gmail.com. Me mandan una du
da.
“Haber, con relación a tal Artículo, tal Inciso. Me mandan, para
que no
sea por falta de información, de precisión, o de explicación, que
no
podamos seguir el debate, que se den las condiciones va a ser muy
importante
para estar debidamente informados todos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario