12 mar 2013

Posicionamiento del Senador Javier Corral a la iniciativa


Conferencia de prensa de Javier Corral, 
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: En primer lugar, gracias por atenderme en este momento.Debo decir que estamos ante una muy buena iniciativa que sienta las bases para una transformación de fondo del sector de las telecomunicaciones y la radiodifusión y realmente es un hecho que debemos de celebrar y con el cual
nos debemos de comprometer todos los legisladores de la República y particularmente el Senado, cuando en su función de Cámara revisora, analice la minuta que provenga de la Cámara de los Diputados.
 Quiero compartirles mi visión de esta Iniciativa e incluso mi interés a explicarles algunos de los conceptos que para mí son realmente trascendentales para la concreción del derecho a la información de todos los mexicanos.
 Diría en una primera valoración política, que la reforma, la iniciativa, tiene mucho más haberes que faltantes y pocas cosas que corregirle o adicionarle.
 Obviamente, como legislador, tengo el deber de hacer una valoración objetiva y por supuesto también señalar aquello que debe ser susceptiblede mejora en la iniciativa.

 Pero de entrada, les digo que la nueva redacción del Artículo Sexto Constitucional, recoge, después de muchas décadas que México suscribió el Pacto de San José de Costa Rica, la definición completa de lo que constituye el derecho a la información.
 El Artículo 13 del Pacto, está hoy fielmente retratado en la nueva redacción del Sexto Constitucional y también la Iniciativa ha aprovechado y me parece, de muy buena manera, la modernización del actual Artículo Séptimo de la Constitución.
Estos dos artículos no se modificaban esencialmente desde la Constitución del 17. Incluso el Sexto casi venía igual desde la Constitución de 1857. 
 Y la nueva redacción del 6º y del 7º se actualiza, se moderniza el 7º a favor de la libertad de expresión y de la libre circulación de las ideas a través de cualquier o cualesquiera plataforma que se difunda.
 Esta es una muy buena noticia para todos los comunicadores de México porque reúne, en la nueva redacción del 7º los dos pactos en materia de derechos humanos: el Pacto de Derechos Civiles y Política y la Convención
Americana de Derechos Humanos. Está reflejado así en el Artículo 6º y 7º de la Constitución.
 Por supuesto que se incorpora un nuevo derecho, o el reconocimiento de un derecho humano fundamental de los llamados de tercera generación, como ustedes lo saben, el derecho a las nuevas tecnologías de la información y
de la comunicación, incluida la banda ancha, que es la expresión, por  decirlo de alguna manera más acabada, de Internet y se garantiza el libre acceso.
 La Iniciativa también establece una política de inclusión digital universal y creo que aquí se asegura que el Estado promueva, en condiciones de equidad y bajo principios de cobertura universal, el despliegue de redes de telecomunicaciones.
 Vamos a sacar del secuestro en el que las tarifas telefónicas han mantenido al Internet en los últimos años en nuestro país, porque mayor despliegue de redes invariablemente impactará en mejores servicios, en calidad y
precio de los servicios, pero por supuesto en llevar hasta las más apartadas comunidades del país Internet y no sólo a descremar mercados, lo que me parece realmente un dato muy importante.
 Entre una de las cuestiones que más me llama la atención y me entusiasma de esta Iniciativa, que es una definición clave para todo lo que va a venir en la legislación secundaria, es el definir a las telecomunicaciones y a la radiodifusión como servicios públicos.
 No es lo mismo regular una actividad de interés pública, que de un servicio público, porque un servicio público el Estado lo tiene que garantizar en condiciones de equidad y de cobertura universal y una actividad no. La puede regular y condicionar, pero no necesariamente está obligado a garantizar la cobertura universal.
 La reforma tiene el acierto de ligar la función social de la radio y la televisión a los fines establecidos en el Artículo Tercero de la Constitución, que es una de las demandas que a lo largo de estos meses en  la Comisión de Educación hemos venido haciendo y planteándole, incluso se lo planteamos al propio Secretario de Educación.
 Y pone fin a la publicidad encubierta, porque prohíbe la transmisión de propaganda presentada como información periodística o noticiosa y vincula esta prohibición a la revocación de concesiones. 
Esta fue la base por cierto en la que Enrique Peña Nieto construyó su candidatura y luego la Presidencia de la República.
 Y se ha podido llevar al Pacto y luego a la Iniciativa esta prohibición fundamental para acabar con la simulación que se produce en la cobertura de campañas electorales y, sobre todo, que ha dado pie a un mercado negro de
la información.
 De las cosas que vale la pena destacar, de los haberes de la Reforma, por supuesto la creación de un órgano constitucional autónomo en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
 Si bien es cierto el mecanismo es largo, complejo, habrá quien lo califique de engorroso, lo que busca este mecanismo es acotar lo más que se pueda la discrecionalidad política partidista en la designación de los comisionados del Instituto.
 Nunca dejará de ser al final una decisión política, pero la Reforma acomete el acierto de acotar lo más que se puede la discrecionalidad e insistir en perfiles más técnicos que políticos.
 Siete comisionados estamos ante la primera excepción al Artículo 27 de la Constitución. El Artículo 27 de la Constitución pues es la base, la piedra angular donde se desarrolla el poder del Presidente de la República
porque este Artículo le da toda la capacidad de concesionamiento de los bienes de la Nación al Titular del Ejecutivo Federal.
 Estamos ante la primera excepción al 27 Constitucional. Ahora las concesiones la otorgará el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
 Sin embargo y aquí llamo la atención de la Cámara de los Diputados, sobre todo, se comete un error al dejar en el proceso del otorgamiento o revocación de las concesiones o de transferencia de derechos de concesiones, la opinión previa del Presidente de la República, que aunque la Iniciativa señala que no es vinculante, lo único que introduce es un elemento distorsionador de la autonomía plena.
 Porque si todo el proceso será jurídico y técnico, qué tipo de opinión podría producir del Presidente de la República: pues una opinión política y creo que es exactamente lo que no quiere ni desea la Iniciativa.
 Si ya se tomó la decisión de un órgano constitucional autónomo, hay que quitarle ese chipote presidencialista que incorpora la opinión previa del Presidente de la República, porque lo único que va a hacer es tener entonces una doble ventanilla. Habrá quienes no satisfacen, o sí, los derechos a una concesión y van a ir a cabildear con el Presidente de la República una decisión que debe ser absolutamente técnica. 
Yo creo que esta es una de las correcciones que hay que hacerle para perfeccionarla.
 Por supuesto, estoy de acuerdo con el fortalecimiento de la Comisión Federal de Competencia y creo que es muy importante decir que se amplía el régimen de incompatibilidades y de supuesto conflicto de interés en que pueden caer los cdmisionados, los integrantes.
 De esta Iniciativa, una de las facultades, pues quizá la más importante que tendrá IFETEL, es la de imponer límites a la concentración nacional y regional de frecuencias y a la propiedad cruzada de medios de comunicación
que sirvan a un mismo mercado o zona geográfica de cobertura.
 Esta parte, si bien es importante, tiene que ver con una competencia económica y es también una excepción que se produce para que sólo en el sector de comunicaciones y de radiodifusión sea el Instituto el que regule la materia y no la Comisión Federal de Competencia. Yo creo que el principio es correcto. Las concesiones van a ser de uso comercial público, social y privado.
 Debo decir que todo se homologa a la figura de la concesión. Todo pasará a ser concesión, para ponerlo a tono con el Artículo 27 de la Constitución. En este tema específico, debo decir que era una ficción mantener las dos
figuras de permiso y de concesión, era una separación ficticia sólo para impedir la comercialización y para impedir la venta de su propia producción a los medios públicos.
 Sin embargo y este es uno de lo que yo llamo faltantes, es importante incorporar dentro de los usos de la concesión, las concesiones para uso comunitario e indígena.
 Podrían estar contempladas dentro de las concesiones de uso social, pero es mucho mejor explicitarlo en la Constitución o en los Transitorios, para que estas dos formas de radiodifusión comunitaria e indígena no escapen al reconocimiento de la ley ni de la Constitución.
 Las concesiones van a ser otorgadas a través de licitación pública y se dice que el factor económico no será el preponderante para definir el otorgamiento de una concesión. Esto es correcto. Por supuesto que en telecomunicaciones puede y debe funcionar el método de subasta, concesiones
para telefonía.
En donde me parece que debiera estar explícitamente señalada la prohibición de la subasta, es en el caso de radio y televisión, conforme en los criterios establecidos en la Sentencia 26/2006, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que señala que en materia de radiodifusión, derivada de su función social, no puede ser el dinero el elemento definidor del otorgamiento de una concesión.
 Y para no dar pie a que se vaya a meter el diablo en los detalles, hay que dejar expresamente prohibido en la Constitución, la subasta en materia de radio y televisión.
 La Iniciativa tiene otros haberes muy importantes: un registro público de concesiones y, por fin, las decisiones, las sesiones, los acuerdos, las resoluciones de los órganos de Gobierno, tanto de COFETEL, de IFETEL, como de COFECO, van a ser públicas.
 Esto es un avance para la transparencia en un sector que toma sus decisiones, no sólo a veces en privado sino en ocasiones en secreto y después hasta los mismos miembros de los órganos conocen las resoluciones.



Un aspecto fundamental es que en materia de resoluciones, de  telecomunicaciones y de competencia, no operará el amparo directo. Sólo podrán ser impugnadas en amparo indirecto y no valdrá la suspensión en  ningún caso, lo que reafirma ya de alguna manera la reforma de la nueva Ley de Amparo, con relación a concesiones de bienes del dominio público.
 Hay una serie de requisitos a los Comisionados para desempeñar el cargo. Llamo la atención de lo siguiente, para que tengan una idea de hasta dónde va la Iniciativa, tratando de acotar el conflicto de intereses o el tráfico de influencias:
 La Ley sancionará los casos en que los comisionados establezcan contacto para tratar asuntos de su competencia, con personas que representen los intereses de los agentes económicos regulados, salvo en audiencia pública, con la presencia de otros comisionados y como parte de los procedimientos respectivos.
 Son intereses multimillonarios los que se regulan, por lo tanto, se tienen que tomar todas las previsiones para evitar posibles capturas regulatorias, o corrupción, o soborno de los comisionados, toda vez que estaremos ante órganos muy poderosos, en términos de facultades y de competencias.
 Finalmente, se ha hecho un arreglo Constitucional al Artículo 73, para que el Congreso tenga facultad de dictar leyes en estas materias y no vayan a ser impugnadas, la legislación en función de no tener expresa esta facultad.
 Se incorpora en la Fracción Vigésima Séptima del 73 de la Constitución, que son las facultades del Congreso. Vigésima Séptima; Vigésima Sexta. Vigésima Séptima debe ser.
 Otro aspecto muy importante y debo decir aquí se han recogido varias de las demandas históricas de la sociedad civil organizada en este tema, de los  académicos que desde hace muchos años han venido trabajando en esto y por supuesto de quienes en el Poder Legislativo desde hace ya dos décadas hemos venido pidiendo algunas de estas reformas.
 Vamos a contar con una sola ley, la Iniciativa ordena una ley convergente, o sea una ley integral, tanto para telecomunicaciones como para radiodifusión. Estamos hablando de una legislación pro competitiva.
 Ordena la Iniciativa que en la Ley se regule el derecho de réplica, que ya está contemplado en el Artículo Sexto y no se ha podido desarrollar la legislación secundaria.
 También establece bases para la prohibición de difundir publicidad engañosa o subrepticia y promueve mecanismos para asegurar la promoción de la producción nacional independiente.
 Esto es muy importante. No sólo para asegurar competencia económica entre los concesionarios, sino para lograr diversidad y pluralidad en los contenidos. Este es el reto monumental de la Ley Secundaria también.
 Se prohíben subsidios cruzados, o trato preferencial consistentes con los principios de competencia, para el efecto de que los operadores de radiodifusión o telecomunicaciones, no otorguen subsidios a los servicios que prestan, que proporcionan por sí, o a través de estas empresas subsidiarias, filiales o asociadas, o que pertenezcan al mismo grupo de interés económico.
 Es muy importante decir que la Iniciativa se está haciendo cargo de una denuncia que varios legisladores y asociaciones hicimos, sobre el modelo de multiprogramación que se autorizó por la actual COFETEL, en la administración anterior.
 La Iniciativa señala que la Ley debe determinar los criterios conforme a los cuales el Instituto Federal de Telecomunicaciones otorgará las autorizaciones para el acceso a la multiprogramación, bajo los principios de competencia y calidad, garantizando el derecho a la información y atendiendo de manera particular la concentración nacional y regional de frecuencias, incluyendo el pago de contraprestaciones debidas.
 Como ustedes saben, el actual proceso de multiprogramación, en automático, les autorizó canales adicionales, en el canal espejo que los concesionarios tienen para la transmisión digital y que usaran los seis megahertz y entonces pueden dar cinco canales adicionales, e incluso podrían dar servicios adicionales de telecomunicaciones si así lo quisieran, con el actual modelo.
 La Iniciativa corrige lo que siempre dijimos constituía un abuso, un exceso en materia de multiprogramación.
 Como saben, también se ordena que culminada la transición digital que se prevé para el 31 de diciembre del 2015, los concesionarios estarán obligados a devolver las frecuencias que originalmente les fueron concesionadas por el Estado, a fin de limpiar la banda de los 700 megahertz y ahí desarrollar una red nacional de ancho de banda para el país.
 Esta disposición transitoria no esperará, ¡no esperará!, al 2021, como se había previsto antes en reglamentos y acuerdos.
 El 31 de diciembre de 2015, vienen los canales analógicos, o donde se daba la transmisión analógica y se quedan sólo con el espejo, pero bajo un nuevo esquema de multiprogramación y atendiendo incluso las reglas asimétricas que el Instituto le incorpore a los dominantes, o a los agentes preponderantes.
 Se establece un “must carry” gratuito y un “must offer” medio gratuito. Hay que decirlo con toda claridad, este es uno de los faltantes de la Iniciativa, el no haber reconocido, en cualesquiera plataforma de transmisión, el carácter gratuito de la retransmisión de señales abiertas en sistemas de paga o restringidos, fruto por supuesto de las presiones de la televisión.
 Si las Cámaras de Diputados y el Senado quisieran robustecer esta Iniciativa y colocarla centralmente en el interés público, solamente en el  interés público, debieran mantener el principio absoluto de gratuidad,  tanto en la obligación de los concesionarios de poner a disposición de la
televisión de paga las señales, como en la obligación de los sistemas de televisión de paga de retransmitir íntegramente de manera simultánea los contenidos de esas señales.
 Se estableció una excepción a esta cláusula de gratuidad y yo creo que no es válida, así sea para el operador dominante, porque las señales radiodifundidas de televisión son abiertas y por e se sólo hecho gratuitas. Tienen su propia explotación comercial en la publicidad que venden.

Este “must offer” a la mitad, lo único que hace es eliminar el
principio fundamental de la gratuidad.
 ¿Y por qué me opongo, aunque sea el sujeto de este pago, o de este cobro
el operador dominante o el agente preponderante? Porque todo cobro que se le
hace a un operador se le deriva a los suscriptores en el costo y porque se
lo distribuyen. No hay ningún operador en el mundo, que los costos, o los
cobros que se le hacen, o por interconexión o por retransmisión, no se los
derive a los usuarios o a los suscriptores.


Entiendo que la presión fue mucha y entiendo el marco en el que se dio una
negociación entre tres partidos, pero deberíamos de darle todavía esa
dimensión mayor, para que realmente esto terminara en un 10.

Como ustedes saben, la reforma plantea que en cuatro meses deberán estar
licitadas nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida.
Tomó la decisión la Iniciativa de agruparlas por lo menos en dos nuevas
cadenas de televisión con cobertura nacional.

Dice por lo menos dos, con carácter nacional. Lo previsible es que además
pueda haber otras siete regionales, porque espectro hay y el proceso de
conversión digital lo multiplica.

Por otro lado, se ordena al operador dominante de las telecomunicaciones, la
desagregación efectiva de la red local, de manera que los concesionarios de
telecomunicaciones puedan acceder, entre otros, a los medios físicos,
técnicos y lógicos de conexión, entre cualquier punto terminal de la red
pública de telecomunicaciones y el punto de acceso a la red local,
pertenecientes a dicho agente, que es el agente dominante en las
telecomunicaciones.

 Esta es una de las medidas más importantes en términos de
desincorporación y de desagregación de activos, incluso se le ordena al
agente dominante la desagregación contable, lo que constituye una de las
medidas más fuertes de la Iniciativa.
 Creo sinceramente que la Reforma en este tema no tiene simetría con lo que
se le exige a la televisión. Como que a la televisión se le ha cuidado,
particularmente al agente dominante en televisión, que es Televisa, porque
se está diciendo algo que después va a ser difícil de concretar y que la
gente lo vea: que va a poder haber una partición del monopolio actual de la
televisión y que va a poder haber una desincorporación de activos, partes
accionarias o frecuencias, en materia del monopolio de la televisión, o del
duopolio de la televisión.

Como está redactada, los límites de concentración en materia de
radiodifusión no darán para eso y hay que tener cuidado con las falsas
expectativas, porque el único límite que se impone es el de
concesionamiento de frecuencias, nacional o regional, a diferencia de lo que
se le impone a los agentes dominantes en materia de telecomunicaciones,
telefonía, en materia de cualquier insumo esencial, o todos los insumos
esenciales, acá en realidad se dejan de regular los mercados más
concentrados.



¿Cuáles son? El de publicidad, el mercado de distribución de contenidos,
el de audiencia potencial o población y el de zona geográfica de
cobertura.

Creo que lo que se hace en telecomunicaciones es correcto, es válido y por
supuesto que es necesario, absolutamente, obligar la compartición de
infraestructura.

Nada más que lo mismo que decía cuando venía sólo para radiodifusión,
ahora con toda calidad moral lo digo, se quedó mocha en el tema de
televisión y no necesariamente es un error. Es una falta de simetría, de
equilibrio.
 Yo creo que en televisión la Reforma optó por ser de aquí para adelante y
va a mantener más o menos lo mismo que hay con dos nuevas cadenas en el
futuro, pero no necesariamente va a obligar a desincorporación en materia
de televisión, si mucho en el Distrito Federal y no más.
 Un aspecto muy importante de esta Iniciativa, tiene que ver con los medios
públicos. Merecen en esta Iniciativa un reconocimiento constitucional muy
importante y debo decir que se señalan criterios para que los medios
públicos cuenten con independencia editorial, autonomía de gestión
financiera, garantías de participación ciudadana, reglas claras para la
transparencia y rendición de cuentas, defensa de sus contenidos, opciones
de financiamiento, pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión
de diversidades ideológicas, étnicas y culturales.



Y por fin, parece que estamos logrando que la ley defina un esquema que
permita a los medios de uso público y social, obtener ingresos adicionales:
patrocinios, donativos, así como la posibilidad de publicitar espacios
para cubrir sus inversiones y costos de operación, sin obtener l ucro.



Me parece fundamental acabar con esa aberración que mantenía a los medios
públicos y de uso social en la indigencia y que de alguna manera también
los mantenía sometidos al control de gobernadores, o del Presidente de la
República, presidente municipal, rector de universidad, etcétera, de quien
dependieran. Este es un gran paso.



Se dan bases para regular la publicidad en radio y televisión,
particularmente se incorpora un tema muy noble para los derechos de los
niños y de las niñas, de la población infantil de México.



La Ley deberá asegurar, dice la Iniciativa, que la programación dirigida a
la población infantil respete los valores y principios a que se refiere el
Artículo Tercero de la Constitución, así como las normas en materia de
salud y establecerá lineamientos específicos que regulen la publicidad
pautada en la programación destinada al público infantil y le da
facultades al Instituto para supervisar este cumplimiento.
Como ustedes saben, se establecen tribunales especializados en materia tanto
de competencia como de telecomunicaciones. Esto es muy importante. Incluso
se dan disposiciones para que el Consejo de la Judicatura integre estos
tribunales especializados.
Esta formación y capacitación va a ser muy importante también para la
prontitud y expeditez de las resoluciones.
Una de las cosas que me parece que debiera corregirse, es el tema de la
política de inclusión digital universal. Se le deja en manos del Ejecutivo
Federal y ésta debiera ser una política de Estado que abarque a niveles de
Gobierno y Poderes de la Unión, aún cuando se le preserve al Ejecutivo
Federal la posibilidad de operar esta política entre las dependencias y
entre las entidades públicas.
Hay otras medidas que me parecen muy importantes, obviamente la instalación
y operación de una red troncal de telecomunicaciones, bajo principios de
compartición de toda su infraestructura y la venta desagregada de todos sus
servicios y capacidades, que preste exclusivamente servicios a las empresas
comercializadoras.
Y luego, dos temas finales, que me parece de la mayor relevancia: aun cuando
se lo deja al Plan Nacional de Desarrollo y creo que lo debe tener la ley,
se instruye un Programa Nacional de Espectro Radio eléctrico y tiene dos
facetas muy interesantes:
La primera, un programa de trabajo para garantizar el uso óptimo de la
banda de los 700 megahertz, y de la banda de 2.5 gigahertz, para hacer de
éstos un acceso universal, no discriminatorio y competitivo. Incluso lo
ideal sería juntar, fusionar ambas bandas, para desarrollar lo que hemos
llamado una Red Nacional de Ancho de Banda.
Pero hay otro tema muy importante que ordena la Iniciativa: un programa de
trabajo para disminuir la separación entre estaciones de radio y
televisión, conforme la práctica internacional y para una red nacional de
banda ancha.
Como ustedes saben, en nuestro país mantenemos una ficción técnica, una
Norma Oficial Mexicana que resulta ya, a estas alturas, obsoleta, desfasada.

La separación en UHF de seis dígitos en cada frecuencia; la separación
en televisión de VHF, guardas ya inexistentes desde el punto de vista
técnico y lo más obsoleto, la separación actual de 800 megahertz, que
está totalmente superada en el mundo.
 ¿Caben más estaciones de radio en el país? Claro que sí. Un programa de
trabajo que modifique la separación de estaciones, es una gran decisión de
esta Iniciativa.
 Por todo esto, yo digo que la Iniciativa vale, que es una muy buena
Iniciativa, que sienta las bases para una transformación de fondo y que es
una de las mayores concreciones del derecho a la información que hace casi
40 años se introdujo en la Constitución dentro de la reforma política de
1976.
 Estamos aquí ante un ideal por el que se ha trabajado mucho tiempo. No,
como dice la canción, no es perfecta, pero se acerca a lo que yo
simplemente soñé. Tiene cosas que se le pueden mejorar, pero por sus
méritos, vale la Iniciativa.
 Que está abierto a las preguntas, dudas que tengan, sobre este tema. Y
desde ahora les digo, cualquier duda; cualquier duda de cualquier
Artículo, sobre cualquier inciso o numeral de la Iniciativa, la podemos ir
resolviendo en estas horas, en estos días.
 Me pueden consultar cualquiera de los temas que están en la Iniciativa y
con mucho gusto los podemos explicar, profundizar, en la medida en que
ustedes así lo deseen.
 Empezamos con esta sesión, si quieren. Selene.

PREGUNTA: Gracias Senador. Me voy a moderar y voy a empezar con dos, porque
sí traigo como 10 preguntas:
Para ponerle nombre y apellido y para dejarlo, bueno me parece que ha sido claro, pero particularmente señalaba que el operador dominante en materia de telecomunicaciones se verá obligado a desagregar, inclusive dice de manera contable.
 Precisando un poco más, ¿esto significaría que el operador dominante, que todos sabemos cómo se llama, cuyo propietario sabemos que es Carlos Slim, se verá obligado a partir Telmex, digamos, no sé, en tres o cuántos pedazos?
 Y esto será, se ve obligado a, si quiere acceder a la televisión, o aunque no acceda a la televisión simplemente por la concentración en materia de telecomunicaciones. Esa sería una.
 Dos. Parte de la Iniciativa es abrir al capital privado, no nada más nacional sino extranjero, las concesiones. Tengo entendido si va en ese sentido también, porque no hizo usted referencia usted a nada de esto. ¿Y si así fuera, qué opinión le merece?
 Ahora, esta falta de error, que dice que no es error sino asimetría, es decir, no ve en el escenario esa desincorporación del otro lado de la radiodifusión.
 JAVIER CORRAL JURADO: De la televisión, no. Creo que por más que le pudiera dar 10 vueltas al Artículo y volverlo a leer, en realidad no afectará a la televisión las medidas desconcentradoras, porque no da para eso la Reforma.
 La Reforma no va a afectar a Televisa en su actual tenencia de espectro, porque su concentración es en mercado publicitario, de distribución de contenidos, de audiencia, de población.
 Es que durante 50 años nos acostumbramos a que Televisa está en todo el país, pero está con una red nacional, que es un conjunto de repetidoras.
 Entonces en esta parte falta agregar estos principios. Por eso digo que le
falta simetría.
 ¿Se tocó a los dos agente dominantes? ¡Sí! ¿Se toca centralmente a Slim? ¡Sí! Y creo que de manera correcta. Era fundamental; pero no se
tocó igual a la televisión.
 ¿Por qué no se tocó igual a la televisión? Porque con el sólo límite de frecuencias no recomponemos la realidad de concentración.
 Creo que en televisión sólo se optó por el futuro; una reforma para lo
que viene, no para modificar la realidad actual.
 Ahora bien, claro que se obligará, si el Instituto, con la información, en
número de suscriptores, la capacidad, el número de tráfico, el volumen,
etcétera, le determina un poder substancial de mercado, o lo coloca como
agente preponderante, le ordenará desincorporar activos, empresas, o partes
accionarias.
 Lo más importante es que la desagregación contable lo que permite es
conocer los costos, los costos reales, lo que se cobra para sí y lo que les
cobra a los demás, en términos de esa compartición de infraestructura.

Con relación a la inversión extranjera: Yo estoy de acuerdo en el 100 por
ciento en telefonía, en telecomunicaciones. En esa parte estoy totalmente
de acuerdo.
 Porque incluso en México abrimos al revés. Ya estaba abierta la inversión
extranjera en redes inalámbricas, hasta el 100, actualmente y se mantenía
un tope de hasta 49 por ciento en fija y cable.
 Y yo digo que se abrió al revés porque donde usted tiene que propiciar la
inversión extranjera pues es en la infraestructura que se queda: los
postes, todas las antenas de redundancia, todo lo que es una infraestructura
física y ahí es donde teníamos a la mitad. Vámonos hasta arriba, hasta
el 100.



Donde me parece que se está cometiendo un error, es en abrir hasta el 49
por ciento la radiodifusión.



¿Por qué digo esto?, porque la Iniciativa no contempla ninguna cláusula
de reciprocidad en materia de inversión extranjera en radiodifusión.



¿Por qué tenemos que proteger un poco más la presencia extranjera en este
tipo de industria? Porque es una industria cultural, es una industria de
transmisión de contenidos. Muy importante.



Estados Unidos, en Canadá, todas las industrias culturales están
protegidas, todas y en otros países donde se admite la inversión
extranjera y radiodifusión tienen su cláusula de reciprocidad: “Tú,
Brasil, ¿quieres invertir en México?, yo, México, puedo invertir en
Brasil”.



Yo aceptaría el 49 por ciento con cláusula de reciprocidad. Me parece que
la Cámara de Diputados debe de agregarle cláusula de reciprocidad.



Y si no, pues tener sólo el 25 por ciento de inversión extranjera directa.
Nada más.

 PREGUNTA: Me quedó una pequeña duda, cuando hace referencia a que el
operador dominante en materia de telecomunicaciones dice será necesario que
se vea obligado a compartir su infraestructura, ¿a qué se refiere?
¿Tiene que compartir su emporio, su empresa, su monopolio?

JAVIER CORRAL JURADO: Va a tener que compartir su infraestructura
para que puedan entrar otros jugadores, por su propia infraestructura,
arrendar el servicio de telefonía, porque imagínense que cada operador
entrante a una colonia tuviera que tender una infraestructura distinta a la
del operador dominante.
 Bueno, lo que significaría eso en cables, pero al compartirla lo tendrá
que hacer desagregando contablemente sus costos para que haya un precio real
de interconexión. A eso es a lo que se refiere la Iniciativa.



PREGUNTA: ¿Pero servirá para esto?
 JAVIER CORRAL JURADO: Sí, claro. Es infraestructura física. Un
costo real. No un costo que se convierta en una barrera de entrada, en una
práctica discriminatoria, porque con estos precios es con lo que se ha
impedido la entrada de nuevos jugadores.
 El operador dominante se cobra 30 centavos y a los entrantes o competidores
les cobra 80, un ejemplo.

PREGUNTA: Dos preguntas, una técnica y una política. La técnica: para
que no quede mocha en el rubro de la desagregación en materia de
televisión abierta, ¿cómo debería quedar redactada, desde su punto de
vista, la Iniciativa?
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: El Instituto Federal de Telecomunicaciones
deberá imponer límites a la concentración en materia de frecuencias,
tanto nacional como regional, así como a los mercados publicitario, de
distribución de contenidos, en términos de audiencia potencial o
población y zona geográfica de cobertura. Punto y seguido. Lo que sigue.
PREGUNTA: La política, ¿si sabe usted por qué se decidió mandar la
Iniciativa a San Lázaro y no a la Cámara Alta? 
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: Se dieron mejores condiciones para el consenso
político allá que acá.

PREGUNTA: Una de esas razones era que en el Grupo Parlamentario del PAN
había desacuerdos. ¿Esto es correcto?
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: Yo creo que sí; pero no en el Grupo
Parlamentario.
No podríamos decir que era una opinión mayoritaria de los senadores del
PAN, no, pero sí se empezó a generar un ambiente de prejuicio hacia la
Iniciativa, incluso sin conocerla.
Lo más importante; lo más importante que nos está pasando es que ya
todos estamos de acuerdo, ¡todos!
Slim celebra con júbilo la inversión extranjera. Azcárraga da la
bienvenida a la competencia en televisión. Moni de Swaan y Pérez Mota se
despiden orgullosamente y Lozano dice que está de acuerdo.
 Pues algo pasa, porque si todos estamos de acuerdo, es que no estamos
pensando mucho. No. La verdad es que va a salir bien. Hay que corregirle
cosas.
 PREGUNTA: Hola. Qué tal Senador…

ENADOR JAVIER CORRAL JURADO -: Hace mucho que había desaparecido “24
Horas” ¿no?

MANUEL HERNÁNDEZ (24 HORAS): No, el periódico, no.
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: ¡Ah! El periódico.
MANUEL HERNÁNDEZ (24 HORAS) -: En cuanto a las prohibiciones para acabar
con la propaganda disfrazada de información, cuáles deben ser estos
mecanismos que se deben de meter, porque no queda del todo claro de qué
manera contempla la reforma acabar con esta publicidad.
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: La publicidad encubierta. Bueno, hay dos
mecanismos que plantea la Iniciativa. Uno muy importante es que el
Instituto Federal de Telecomunicaciones va a tener un órgano consultivo,
especializado para el tema de los contenidos y los servicios aludidos en el
Sexto, en el Séptimo, en el Cuarto y en el Tercero.
Ese Consejo Consultivo, que es un Consejo de personas especializadas en
estos temas, establecerá los criterios para determinar cuando la publicidad
está presentada como información y con base en un procedimiento de
denuncia y de acreditación de hechos.
Lo importante es que se pone el principio en la Constitución y esto le da
pie tanto para que lo regule la Ley Secundaria, como para que el propio
Instituto establezca los lineamientos. Es como lo tenemos que hacer.
Haber, el mayor reto, o el reto monumental de est a Iniciativa es la Ley
Secundaria. Ese es el gran reto. Es muy importante. Ya da muchas bases a la
Ley Secundaria la Iniciativa, pero ustedes saben que en los detalles está
el diablo; hay que tener muchas definiciones, precisiones. Muy importante
eso.
GENOVEVA ORTIZ (LA PRENSA): Usted decía en su exposición que en el caso de
la radio y la televisión la licitación, va a quedar prohibida la subasta
de la licitación.
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: No. No dije que va a quedar. Yo digo que
debiera quedar expresamente señalado.
GENOVEVA ORTIZ (LA PRENSA): O sea, no está.
SENADOR JAVIER CORRAL JURADO: No está. Está muy abierto. Mire, en
materia de concesiones, de telecomunicaciones y de radiodifusión, dice la
Reforma: Se deberán otorgar mediante licitación pública. Dice: en
ningún caso, el criterio económico será el preponderante para el
otorgamiento.
Nada más que dejarlo así, podría establecerse que en materia de
concesiones de radio y televisión, la subasta no sea lo preponderante pero
sea uno de esos elementos.
¿Por qué lo digo?, porque así lo contenía la Ley de Televisa. Hablaba
de una carta programática, de un plan anual de frecuencias, el plan de
negocios, todo y la subasta ascendente.
¿Por qué debe expresamente quedar eliminada la subasta en materia de radio
y televisión? Por la función social que estos medios tienen y porque no
puede ser que el que tenga más dinero tenga más derecho a transmitir
contenidos, toda vez que ya el Artículo Sexto dice que es un servicio
público para difundir la cultura nacional, vinculado con los fines del
Artículo Tercero de la Constitución, etcétera, etcétera, etcétera.
Por eso creo que abajito de ese párrafo debe decir: En las concesiones de
radio y televisión quedará prohibida la subasta. Punto y seguido. Todo
lo demás.
Yo creo que es todo. Cualquier cosa que necesiten en estas próximas horas,
días, tanto en correo electrónico, jcorralj@gmail.com. Me mandan una du
da. “Haber, con relación a tal Artículo, tal Inciso. Me mandan, para
que no sea por falta de información, de precisión, o de explicación, que
no podamos seguir el debate, que se den las condiciones va a ser muy
importante para estar debidamente informados todos.

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