22 dic 2013

La CNDH trata con guantes de seda al Ejército


La CNDH trata con guantes de seda al Ejército/GLORIA LETICIA DÍAZ
Revista Proceso # 1938, 21 de diciembre de 2013
 Ni siquiera al demostrar que fue violada por militares Miriam consiguió justicia. La queja interpuesta ante la CNDH derivó en una recomendación a la Defensa. Sin embargo, el primer organismo dio por terminado el seguimiento de la recomendación al considerar que bastaban los oficios en los que la Sedena se decía dispuesta a cumplirla, aunque no haya reparado daño alguno ni los responsables fueran procesados.
 Después de casi tres años Miriam Isaura López Vargas revive la impotencia sentida en febrero de 2011, cuando fue violada por militares en una acción con la que pretendían que se declarara traficante de drogas y acusara a otras 10 personas.
 A pesar de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) comprobó las torturas y abusos sexuales a los que fue sometida por los soldados –responsables también de su detención arbitraria y retención ilegal–, en la recomendación 52/2012 el organismo encabezado por Raúl Plascencia Villanueva dio por satisfechos los ocho puntos recomendatorios dirigidos a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), pero lo hizo sin haber garantizado la reparación de daños y sin considerar la opinión de la víctima ni la de sus representantes legales.

 “Volvieron las pesadillas que tenía después de las torturas. Ya habían disminuido pero ahora otra vez sueño con eso. Lo que más me duele es que las autoridades no hagan nada, que no haya investigaciones ni castigo a los responsables”, dice López Vargas en entrevista.
 Sobre el caso, la directora ejecutiva de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH), Alejandra Nuño, comenta que al darle carpetazo a la recomendación citada “la CNDH manda un mensaje de impunidad y de ninguneo a una mujer que se atrevió, como muy pocas lo hacen, a denunciar hechos tan graves como la violación sexual por parte de militares. Con este cierre se le dice a la Sedena que sus elementos pueden seguir cometiendo abusos sin consecuencias. Es inexplicable que un organismo nacional protector de los derechos humanos haga esto”.
 Proceso publicó en su edición 1834 la historia de Miriam Isaura, quien el 2 de febrero de 2011 fue detenida en el centro de Ensenada, Baja California, por hombres vestidos de civil y encapuchados que iban en una camioneta blanca, aunque la Sedena sostuvo en partes oficiales que fue arrestada en un retén en San Quintín con cinco kilos de mariguana.
 Permaneció retenida siete días en los cuarteles militares de Ensenada y Tijuana, donde fue torturada y violentada sexualmente para obligarla a firmar documentos que le dio personal de la Procuraduría General de la República (PGR) para admitir su supuesta culpabilidad y para que además señalara a 10 soldados que no conocía como si fueran sus cómplices en el tráfico de mariguana.
 Estuvo detenida 80 días en el Centro Nacional de Arraigo de la Ciudad de México y después fue trasladada a una prisión de Ensenada, pero en septiembre de 2011 quedó absuelta de los cargos por delitos contra la salud.
 Con el acompañamiento de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste y la CMDPDH, el 14 de marzo de 2011 –mientras estaba arraigada– interpuso una queja ante la CNDH por los abusos sufridos, y el 15 de diciembre siguiente, ya en libertad, presentó una denuncia formal en la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra) contra efectivos de la II Región Militar, con sede en Tijuana, y también contra personal de la PGR por torturas y violación sexual.
 El 28 de septiembre de 2012 la CNDH emitió la recomendación 52/2012, dirigida a la Sedena y a la PGR, en la cual se orientaba primordialmente a los entonces titulares de ambas dependencias, Guillermo Galván Galván y Marisela Morales, a reparar los daños causados a López Vargas así como a realizar investigaciones para identificar y sancionar a los responsables por la detención arbitraria, retención ilegal, tortura y violación sexual sufridas por López Vargas. El 18 de octubre la Sedena admitió la recomendación.
 Después de padecer hostigamiento y amenazas de miembros del Ejército que se apostaban afuera de su casa, López Vargas recuerda que el 20 de noviembre de 2012 la visitadora adjunta de la CNDH, Candelaria Cid Sánchez, se presentó a su domicilio sin aviso previo: “A mi casa llegaron dos soldados con la licenciada Candelaria, y a una cuadra se quedó un vehículo oficial con más soldados y dos hombres vestidos de civil, encapuchados”.
 Molesta, Miriam, madre de cuatro hijos, reclamó a la visitadora que llevara soldados, cuando fueron compañeros de ellos quienes la agredieron. “Me contestó que como ella no sabía llegar a mi casa, fue al cuartel para que la llevaran y quienes la acompañaban tenían el encargo de darme una indemnización por haberme lastimado una mano y un pie (de la violación y de las torturas no dijo nada), y para que fuera al cuartel militar a recibir atención psicológica a fin de dar cumplimiento a la recomendación”.
 Pero López Vargas dejó claro que no aceptaría nada que no revisaran sus abogados. Ellos le habían dicho que la reparación del daño debía apegarse a estándares internacionales de derechos humanos y además ella no podía acudir a recibir terapia en las instalaciones donde fue torturada.
 “La licenciada Candelaria me decía que tomara lo que me estaban dando”, continúa. “Ni siquiera vi el cheque, pero ella decía que si no lo tomaba ya no me iban a indemnizar, que lo hiciera por mis hijos.
 “Estaba muy insistente, decía que tomara lo que me ofrecían para cerrar el asunto. Como me negué, me pedía que le firmara documentos, pero no lo hice. Después me enteré que por todo el daño que me han causado ellos, (la Sedena) me ofrecía 45 mil pesos, pero nada de justicia.”
Sólo papeleo
El 15 de enero de 2013, abogados de la CMDPDH enviaron a la CNDH un escrito en el que exponían criterios internacionales de reparación integral del daño “que no sólo contemplan temas económicos, sino garantías de no repetición, una disculpa pública, sanción ejemplar a los responsables y sobre todo justicia para las víctimas. Le recordábamos a la CNDH que la reparación del daño tenía que ser acordada con Miriam y con sus representantes”, resalta Nuño.
Sin responder a esta propuesta de reparación –y más de un año después de que se emitiera la recomendación– el segundo visitador de la CNDH, Marat Paredes Montiel, determinó el cierre del seguimiento, al considerar que fue “aceptada con pruebas de cumplimiento total”, de acuerdo con el oficio de folio V2/76424, dirigido al secretario de la Defensa, Salvador Cienfuegos Zepeda. El documento tiene fecha del 11 de octubre de 2012 pero no fue transmitido a los representantes de López Vargas sino hasta el 27 de noviembre de ese año.
El documento enlista los ocho puntos de la recomendación dirigida a la Sedena (expediente 52/2012), pero no menciona los lineamientos dirigidos a la PGR, la cual también fue reconvenida por la comisión.
La CNDH dio todos los puntos como aceptados y “con pruebas de cumplimiento total”, incluso los primeros cuatro, referentes a la reparación de daños y al esclarecimiento y castigo de los responsables, tanto en el fuero federal ordinario como en el militar.
En el documento se da cuenta del encuentro con López Vargas el 20 de noviembre del año pasado y la CNDH da fe de la propuesta que hizo personal de la Sedena para dar “apoyo psicológico y la indemnización”, a lo que la agraviada “señaló que no se niega a recibir la reparación del daño pero solicitó que ésta se realice a través de los estándares internacionales previstos en las sentencias para el Estado mexicano, ya que éstos deben ser consultados con las víctimas”, y que en 15 días enviaría un escrito a la CNDH con sus consideraciones.
Sin aludir siquiera al documento enviado por la CMDPDH en enero de 2013, el segundo visitador consideró como prueba de cumplimiento de este punto dos oficios de la Dirección General de Derechos Humanos de la Sedena, fechados el 23 de noviembre de 2012 y el 2 de octubre de 2013, en los que confirma el monto estimado de la indemnización y manifiesta el “compromiso de encontrarse en la mejor disposición de brindar atención médica y psicológica cuando ésta (López Vargas) lo solicite, así como la indemnización por concepto de daño moral y material”.
Sobre el segundo punto, en el que la CNDH conminaba a la Sedena a colaborar “ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos” formuladas ante la PGR porque los agresores de Miriam son servidores públicos federales, el organismo presidido por Plascencia dio por satisfecho el ordenamiento.
Lo hizo con el argumento de que recibió dos oficios de la Dirección General de Derechos Humanos de la Sedena, del 8 de noviembre y 14 de diciembre de 2012, en los que informaba que en la primera fecha envió a la PGR un documento para manifestarle que está “en la mejor disposición de colaborar con el seguimiento de la averiguación previa que se hubiera iniciado con motivo de la Recomendación 52/2012”, así como otro de la Fevimtra, fechado el 5 de diciembre del año pasado, en el cual el agente del Ministerio Público federal acepta la propuesta de colaboración.
En cuanto a los señalamientos tres y cuatro, en los que la CNDH pide a la Sedena iniciar procedimientos contra los responsables ante la Procuraduría General de Justicia Militar, así como ante la Unidad de Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, el visitador Marat Paredes consideró como pruebas de cumplimiento dos documentos enviados por la dirección castrense. En el primero, del 13 de noviembre de 2012, informa del inicio de una averiguación previa, y en otro del 20 de febrero de 2013 pide informes sobre la indagatoria.
Asimismo, el 6 de septiembre de 2013 la mencionada dirección de la Sedena remitió a la CNDH otro oficio para notificarle que solicitó que el expediente abierto por el órgano de control fuera remitido al Área de Responsabilidades de la dependencia.
Los siguientes cuatro puntos se refieren a girar instrucciones a los altos mandos y al personal para poner a disposición inmediata del Ministerio Público a las personas detenidas; no utilizar las instalaciones militares “como centros de detención, interrogatorio, retención, violación sexual y tortura”; que no se autoricen operativos con personal vestido de civil ni en vehículos no oficiales; que se apliquen los programas de derechos humanos de la dependencia, y que se impartan cursos para que “no se trate con violencia y abuso sexual a las mujeres”.
Como en los puntos precedentes, para el segundo visitador las pruebas de cumplimiento pleno de la recomendación 52/2012 fueron oficios entregados por la Dirección General de Derechos Humanos de la Sedena, en los que se reproducen correos electrónicos donde se instruye al personal a seguir las indicaciones de la CNDH.La CNDH, cuestionada
 Frente a esta resolución de la CNDH, el pasado jueves 12 la CMDPDH presentó un escrito a Plascencia en el que le hace notar que al cerrar el seguimiento de la recomendación 52/2012 viola su propio reglamento, pues en el artículo 138 de la normatividad interna se estipula que se clasificará acatada aquella recomendación “una vez que se han agotado las posibilidades reales de cumplimiento”.
 De acuerdo con la organización civil, es evidente que “aún quedan diversas posibilidades reales para agotar el cumplimiento de la recomendación, dentro de la que se encuentra la valoración adecuada de la voz y propuestas de Miriam Isaura y sus representantes”, por lo que la CMDPDH insta a Plascencia a reconsiderar “su decisión de concluir el seguimiento de la recomendación (…) y retome a la brevedad el cabal seguimiento a la misma”.
 Este documento, firmado por Nuño, contiene un análisis pormenorizado de los ocho puntos recomendatorios y se apoya en criterios internacionales y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para demostrar las deficiencias del cierre de seguimiento firmado por Paredes. También considera grave que la comisión considere como pruebas de cumplimiento oficios de la Sedena, cuando no hay hasta ahora servidores públicos de la dependencia sancionados por los abusos contra López Vargas.
 Peor, la misma CNDH “ha documentado de manera constante los diversos abusos militares en los últimos años, lo cual se ha visto reflejado en la cantidad de quejas recibidas como en el número de recomendaciones emitidas hacia la Sedena”. En 2011 y 2012 la CNDH registró mil 695 y mil 503 quejas, respectivamente, aunque el primer año emitió sólo 25 recomendaciones, y en el segundo, 15.
 “En virtud de ello, y dado que varios de esos abusos se repiten, resulta sumamente necesario que esta Comisión Nacional entienda la importancia del cumplimiento de recomendaciones que reiteran conductas ya repetidas”, señala la CMDPDH en su escrito. Agrega que la protección de los derechos humanos “no termina en la recepción de una queja o en la emisión de una recomendación, sino que debe extenderse al cumplimiento adecuado por parte de la autoridad responsable”.
 En entrevista, Nuño manifiesta su preo­cupación por que “el organismo público nacional, con un presupuesto de mil 500 millones de pesos al año, no sea capaz de integrar los estándares internacionales de derechos humanos en sus consideraciones, no tome en cuenta las cuatro sentencias de la Corte Interamericana contra México relativas al fuero militar ni las recomendaciones hechas por los órganos de derechos humanos del Sistema de Naciones Unidas al respecto, ni siquiera porque en la pasada revisión del Examen Periódico Universal el ómbudsman acudió como parte de la delegación mexicana”.
 Tras lamentar que pese a estas carencias la CNDH encabece la Federación Iberoamericana de Ómbudsman, la defensora de derechos humanos señala: “Este caso pone en evidencia el trato preferencial que la CNDH da a la Sedena y deja en indefensión a la víctima, porque el organismo se da por satisfecho con la sola expresión de voluntad de la dependencia.
 “En el documento de cierre de seguimiento no hay ninguna valoración de la aportación de la Sedena a la investigación abierta por la PGR, cuando es sabido que de manera consistente las fuerzas armadas han sido un obstáculo para la debida integración de averiguaciones previas en las que estén involucrados sus elementos.”
 Para Nuño la determinación de la CNDH en el caso de López Vargas evidencia que para el organismo “las víctimas no son el centro de su actuación, y el mensaje que manda para esta mujer que ha sufrido amenazas por su valentía es ‘bájale a tu indignación, la Sedena puede hacer lo que quiera’; eso no abona a la lucha contra la impunidad”.
 Por lo pronto Miriam no pretende quedarse quieta: “Pienso llegar hasta la Corte Interamericana. Sé que es un proceso que puede tardar mucho, pero ya han pasado dos años de los hechos y en México no hacen nada. Voy a llegar hasta las últimas consecuencias”.

No hay comentarios.:

¿Y ocurrió el milagro!