México en la Corte Interamericana: Vano “mea culpa”
GLORIA LETICIA DíAZ
Revista Proceso # 1706, a 12 de julio de 2009;
El secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, acepta la desaparición forzada de Rosendo Radilla, la violación de sus derechos humanos y de su familia, y la incapacidad de la administración de Felipe Calderón para resolver el caso... pero rechaza la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para juzgar al Estado mexicano. La presidenta de ese organismo, Cecilia Medina Quiroga, le espeta: ¿Para qué reconoce los hechos ante esta Corte si no quiere que conozca de ellos?
SAN JOSÉ.- La defensa irrestricta del gobierno de Felipe Calderón al Ejército Mexicano y al fuero militar se topó con los duros cuestionamientos de los integrantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante la audiencia que juzga a México por la desaparición forzada del líder campesino Rosendo Radilla Pacheco el 25 de agosto de 1974 en un retén militar.
De poco valió que el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, en representación del Estado mexicano, pretendiera limpiar la imagen de las Fuerzas Armadas en la sesión del pasado martes 7, al ensalzar las labores que realizan en el combate al narcotráfico y al justificar la extensión de la jurisdicción militar ante graves violaciones a los derechos humanos, como ocurrió con el caso de Radilla Pacheco, uno de los 473 registrados en Atoyac de Álvarez, Guerrero, durante la llamada guerra sucia, de un total de 639 en ese estado y mil 200 en el país.
No sirvió de nada que Gómez Mont hablara del supuesto compromiso del Ejército mexicano de respetar los derechos humanos, ni de la capacitación de 300 mil elementos en la materia, ni de la aceptación de las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) formuladas a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), más de 2 mil desde que el Ejército tomó el control de la lucha contra el narcotráfico (Proceso 1694), una cifra que por cierto el secretario omitió.
Tampoco que presentara una larga lista de avances en materia electoral, judicial y en derechos humanos, y presumiera la firma de convenciones internacionales al respecto.
Menos aún que, en nombre del Estado mexicano, aceptara “sin reservas (…) la privación de la libertad y muerte de don Rosendo Radilla”, hace 35 años, como “un agravio a sus derechos humanos y a los de su familia”, y admitiera que la administración de Felipe Calderón “no ha sido capaz de esclarecer completamente cómo ocurrieron los hechos”, que calificó como aislados.
Inútil resultó que Gómez Mont reiterara que la Corte carece de competencia para conocer del caso contra México, alegando el principio de no retroactividad de los tratados internacionales reconocido en la Convención de Viena. (México admitió la competencia contenciosa de ese tribunal en 1998 y se adhirió a la Convención Interamericana contra la Desaparición Forzada de Personas apenas en 2002.)
Gómez Mont simplemente no convenció a nadie.
Con la ausencia del juez mexicano, expresidente de dicha Corte y exprocurador general de la República, Sergio García Ramírez, el pleno del máximo tribunal interamericano se sumó a los cuestionamientos que organismos internacionales le han hecho a México sobre la extensión del fuero militar en graves violaciones a derechos humanos.
Serena, voz pausada, la presidenta de la Corte Interamericana, Cecilia Medina Quiroga, condensó las inquietudes surgidas entre los integrantes del tribunal en el caso Radilla Pacheco Vs. Estados Unidos Mexicanos.
La juez de nacionalidad chilena, catedrática e investigadora, fue contundente después de escuchar los alegatos de los representantes de los familiares de la víctima; de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH); de la parte demandante, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y del Estado mexicano, representado por el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont.
“Me gustaría una reflexión en el alegato final de por qué el fuero militar no es especial: si la justicia especializada (categoría que le dio Gómez Mont) es de alguna manera una excepción, ¿qué razones habría para que hubiera justicia militar?”
Fue el primero de los cuestionamientos que formuló Medina Quiroga antes de concluir la audiencia, en la que se hizo hincapié en el desconocimiento de Gómez Mont en torno del caso, tanto así que en diferentes momentos confundió el apellido Radilla por el de Padilla.
El secretario de Gobernación se notó descompuesto ante el interrogatorio.
La presidenta de la Corte retomó uno de los cuestionamientos a Gómez Mont que hizo la juez dominicana Rhadys Abreu Bodet acerca de la extensión de la jurisdicción militar en casos en los que las víctimas son civiles. En particular se refería al fallo de 2005 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en favor de la Procuraduría de Justicia Militar para que conociera de la averiguación previa abierta por la extinta Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) respecto del caso Radilla, a la que se le adjuntaron 121 casos más de desaparición forzada de personas.
–Usted le contestó a la jueza Abreu que la Suprema Corte decidió a favor del tribunal militar, supongo que porque el autor es un militar o porque la víctima era un civil. ¿La calidad de la víctima incide en la competencia del tribunal militar o no incide? –insistió Medina Quiroga.
“Es la calidad del sujeto”, respondió Gómez Mont en un tono muy disminuido, comparado con el que había utilizado antes para defender la jurisdicción militar como “garantía” del Ejército Mexicano para ejercer tareas de seguridad justificadas ante la “amenaza” que representa para el país el crimen organizado, lo que además, aseguró, tiene el respaldo de la población según “encuestadoras independientes”.
En su primera intervención, el secretario de Gobernación había descalificado incluso a quienes han denunciado el fuero militar por su falta de imparcialidad: “El considerar que la naturaleza militar de los tribunales contraviene per se su virtud e imparcialidad, creemos responde a una valoración que ignora el sentido del honor y el deber que nutre a la doctrina militar”.
Gómez Mont había intentado marcar las diferencias entre lo que es “un delito permanente” y lo que llamó “la continuidad de los efectos del delito”, pero no fue claro; de ahí que la juez Medina Quiroga no sólo resaltara la continuidad de efectos en un caso de desaparición, sino que le espetara: “Le quiero preguntar: ¿esto quiere decir que no admite que sea un delito permanente, que sucede todos los días?”
Salió peor. En su exposición previa, Gómez Mont había alegado que el delito de desaparición forzada no existía en la normatividad mexicana en 1974, cuando ocurrió el caso de Rosendo Radilla, y la Corte Interamericana “aún no comenzaba a sesionar”. Aun así, respondió vacilante a la presidenta del tribunal:
“En cuanto al principio de continuidad de sus efectos o delito permanente, la Corte ha sostenido que en estos casos sólo deben analizarse bajo la norma aquellos efectos que se hayan dado con posterioridad a la entrada en vigor.
“Nosotros suponemos que, en este supuesto, ya existe una razón fundamentada de la muerte de don Rosendo Radilla y consideramos que a partir de entonces se debe entender la complejidad para explicar los hechos, pero entendemos el dolor que significa para las víctimas no poder esclarecer los hechos.”
La juez chilena no se dio por satisfecha con la retórica del funcionario mexicano.
–¿Ustedes tienen en México delitos que son permanentes? O sea, la noción del delito permanente, ¿la conocen? –fustigó.
–Sí, claro, está prevista en el Código Penal Federal –replicó un Gómez Mont acorralado.
La presidenta del tribunal interamericano remató sin miramientos: “¿Por qué entonces la desaparición forzada no es considerada en México como un delito permanente? ¿O nos está diciendo que no es que no sea delito, sino que en esta Corte sólo podemos conocer los efectos que continúan?”.
Los titubeos de Gómez Mont, al ser controvertido durante la audiencia pública del pasado martes 7 en la capital de Costa Rica, resaltaron aún más por la vehemencia con la que había leído su larga respuesta a la demanda:
“Hoy no venimos a justificar acciones ilegales, venimos a demostrar que nos hemos reformado. No perdamos de vista que las Fuerzas Armadas no están bajo escrutinio hoy, lo están las personas que no supieron encauzar su deber (…) Juzgar el pasado con ojos del presente requiere por lo menos singular cautela; exige conocimiento, reconocimiento, tolerancia y la capacidad de dimensionar los efectos que tendrá la resolución el día de hoy”, puntualizó aún enérgico en la primera parte de sus alegatos.
Y fue más allá: “Como representante del Estado mexicano, lamento profundamente los hechos que llevaron a la desaparición de Rosendo Radilla. También como representante del Estado mexicano, ofrezco mi solidaridad al Ejército Mexicano, con plena conciencia de que sin su subordinación al mando civil y sacrificio, hoy no enfrentaría los cuestionamientos que injustamente se hacen a la institución militar.”
Gómez Mont dijo que el gobierno de Felipe Calderón “reconoce sin reservas y lamenta la privación de la libertad y muerte de don Rosendo Radilla” como “un agravio a sus derechos humanos y a los de su familia”, y admitió también que la actual administración “no ha sido capaz de esclarecer completamente cómo ocurrieron los hechos”.
Tras proponer una “solución amistosa” que incluye la reparación de daños, “un acto público de reconocimiento de responsabilidad”, continuar las investigaciones y, en la medida de lo posible, encontrar los restos de Rosendo Radilla, así como dar acceso a los expedientes y hacer cambios legislativos, el secretario de Gobernación insistió en considerar inadmisible la competencia de la Corte Interamericana para juzgar a México.
Durante la audiencia, los jueces de ese tribunal impugnaron en varias ocasiones a la delegación encabezada por Gómez Mont, quien durante la audiencia no dejó de recibir tarjetas y comentarios al oído de parte de altos funcionarios de las secretarías de Relaciones Exteriores y de la Defensa Nacional que le acompañaron.
Al finalizar la sesión de preguntas, la presidenta Cecilia Medina Quiroga nuevamente lo metió en aprietos cuando se mostró sorprendida porque el gobierno de Felipe Calderón sólo reconoce a Rosendo Radilla Pacheco como desaparecido, de entre los cientos de casos durante la guerra sucia en México reportados en la recomendación 26/2001 de la CNDH.
Es decir, resumió la juez, “reconocen el informe (de la CNDH) pero no su contenido”.
Medina Quiroga resaltó las contradicciones de la participación de la delegación mexicana en la audiencia: “¿Qué consecuencias jurídicas le podría atribuir el Estado de México a un reconocimiento de hechos ante esta Corte, si está diciendo que no tiene competencia? ¿Para qué reconoce los hechos ante esta Corte si no quiere que conozca de ellos? ¿Qué consecuencias le asignaría usted?”.
–Estrictamente la competencia de la Corte para definirse sobre su competencia y, ad cautelam, presentar alguna argumentación en caso de que no fuera escuchada la argumentación en cuanto a la incompetencia de la Corte –dijo Gómez Mont.
–Eso lo entendí –reviró Medina Quiroga–. Esto quiere decir que el reconocimiento de hechos es válido en la medida en que la Corte decida que sí tiene competencia, ¿sí?
Gómez Mont ya no respondió.
A la audiencia acudieron Rosendo y Tita, dos de los 11 hijos que procreó Rosendo Radilla con Victoria Martínez, para rendir su declaración ante la Corte. Él como testigo presencial de la desaparición forzada de su padre, cuando tenía 11 años; ella en su calidad de vicepresidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos en México (Afadem), para dar cuenta de la estrategia sistemática del Estado mexicano de desaparición forzada de personas durante la llamada guerra sucia, así como de la falta de voluntad de los distintos gobiernos para esclarecer las desapariciones, localizar a las víctimas y sancionar a los responsables.
En el debate, el director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH), Juan Carlos Gutiérrez Contreras, refutó el rechazo de Gómez Mont a “juzgar el pasado con ojos del presente”.
No se trata de eso, dijo el activista. “Estamos juzgando al México de ayer sobre la base de la persistencia de una impunidad estructural que se mantiene al día de hoy”.
Puntualizó: “No queremos poner en cuestionamiento la importante labor que realiza el Ejército Mexicano en el combate a la delincuencia organizada (…) Estamos planteando que no es posible mantener la existencia de una jurisdicción penal militar que no amplía sus competencias investigando a militares que cometen gravísimas violaciones a los derechos humanos”, puntualizó Gutiérrez Contreras.
La juez Medina Quiroga pidió a las tres partes involucradas en el juicio que en los alegatos finales, los cuales deberán entregar por escrito a más tardar el 14 de agosto, proporcionen detalles sobre las violaciones a derechos humanos cometidas por militares, el número de casos en que éstos han sido sometidos a tribunales militares, las condenas y el promedio de los procesos en el ámbito castrense.
El secretario de Gobernación ofreció el Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, donde México fue cuestionado, entre otras cosas, por la extensión del fuero militar en el tratamiento a casos en los que involucra a civiles como víctimas. De acuerdo con los datos que entregó la Secretaría de Relaciones Exteriores al EPU, hasta junio de este año estaban abiertas seis averiguaciones previas, tres consignaciones que involucran a 32 miembros del instituto armado, y nueve sentencias contra 14 elementos, según consignó Reforma un par de días después.
En el mediano plazo, México todavía tendrá que responder por otras dos causas ya admitidas en la Corte: la de Inés Fernández Ortega, indígena guerrerense violada por militares en 2002, y la detención arbitraria y tortura de Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, miembros de la Organización de Campesinos Ecologistas de la Sierra de Petatlán, Guerrero, en 1999. Ambos casos fueron procesados en tribunales castrenses en México, sin que se castigara a los responsables.
GLORIA LETICIA DíAZ
Revista Proceso # 1706, a 12 de julio de 2009;
El secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, acepta la desaparición forzada de Rosendo Radilla, la violación de sus derechos humanos y de su familia, y la incapacidad de la administración de Felipe Calderón para resolver el caso... pero rechaza la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para juzgar al Estado mexicano. La presidenta de ese organismo, Cecilia Medina Quiroga, le espeta: ¿Para qué reconoce los hechos ante esta Corte si no quiere que conozca de ellos?
SAN JOSÉ.- La defensa irrestricta del gobierno de Felipe Calderón al Ejército Mexicano y al fuero militar se topó con los duros cuestionamientos de los integrantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos durante la audiencia que juzga a México por la desaparición forzada del líder campesino Rosendo Radilla Pacheco el 25 de agosto de 1974 en un retén militar.
De poco valió que el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, en representación del Estado mexicano, pretendiera limpiar la imagen de las Fuerzas Armadas en la sesión del pasado martes 7, al ensalzar las labores que realizan en el combate al narcotráfico y al justificar la extensión de la jurisdicción militar ante graves violaciones a los derechos humanos, como ocurrió con el caso de Radilla Pacheco, uno de los 473 registrados en Atoyac de Álvarez, Guerrero, durante la llamada guerra sucia, de un total de 639 en ese estado y mil 200 en el país.
No sirvió de nada que Gómez Mont hablara del supuesto compromiso del Ejército mexicano de respetar los derechos humanos, ni de la capacitación de 300 mil elementos en la materia, ni de la aceptación de las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) formuladas a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), más de 2 mil desde que el Ejército tomó el control de la lucha contra el narcotráfico (Proceso 1694), una cifra que por cierto el secretario omitió.
Tampoco que presentara una larga lista de avances en materia electoral, judicial y en derechos humanos, y presumiera la firma de convenciones internacionales al respecto.
Menos aún que, en nombre del Estado mexicano, aceptara “sin reservas (…) la privación de la libertad y muerte de don Rosendo Radilla”, hace 35 años, como “un agravio a sus derechos humanos y a los de su familia”, y admitiera que la administración de Felipe Calderón “no ha sido capaz de esclarecer completamente cómo ocurrieron los hechos”, que calificó como aislados.
Inútil resultó que Gómez Mont reiterara que la Corte carece de competencia para conocer del caso contra México, alegando el principio de no retroactividad de los tratados internacionales reconocido en la Convención de Viena. (México admitió la competencia contenciosa de ese tribunal en 1998 y se adhirió a la Convención Interamericana contra la Desaparición Forzada de Personas apenas en 2002.)
Gómez Mont simplemente no convenció a nadie.
Con la ausencia del juez mexicano, expresidente de dicha Corte y exprocurador general de la República, Sergio García Ramírez, el pleno del máximo tribunal interamericano se sumó a los cuestionamientos que organismos internacionales le han hecho a México sobre la extensión del fuero militar en graves violaciones a derechos humanos.
Serena, voz pausada, la presidenta de la Corte Interamericana, Cecilia Medina Quiroga, condensó las inquietudes surgidas entre los integrantes del tribunal en el caso Radilla Pacheco Vs. Estados Unidos Mexicanos.
La juez de nacionalidad chilena, catedrática e investigadora, fue contundente después de escuchar los alegatos de los representantes de los familiares de la víctima; de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH); de la parte demandante, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y del Estado mexicano, representado por el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont.
“Me gustaría una reflexión en el alegato final de por qué el fuero militar no es especial: si la justicia especializada (categoría que le dio Gómez Mont) es de alguna manera una excepción, ¿qué razones habría para que hubiera justicia militar?”
Fue el primero de los cuestionamientos que formuló Medina Quiroga antes de concluir la audiencia, en la que se hizo hincapié en el desconocimiento de Gómez Mont en torno del caso, tanto así que en diferentes momentos confundió el apellido Radilla por el de Padilla.
El secretario de Gobernación se notó descompuesto ante el interrogatorio.
La presidenta de la Corte retomó uno de los cuestionamientos a Gómez Mont que hizo la juez dominicana Rhadys Abreu Bodet acerca de la extensión de la jurisdicción militar en casos en los que las víctimas son civiles. En particular se refería al fallo de 2005 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en favor de la Procuraduría de Justicia Militar para que conociera de la averiguación previa abierta por la extinta Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) respecto del caso Radilla, a la que se le adjuntaron 121 casos más de desaparición forzada de personas.
–Usted le contestó a la jueza Abreu que la Suprema Corte decidió a favor del tribunal militar, supongo que porque el autor es un militar o porque la víctima era un civil. ¿La calidad de la víctima incide en la competencia del tribunal militar o no incide? –insistió Medina Quiroga.
“Es la calidad del sujeto”, respondió Gómez Mont en un tono muy disminuido, comparado con el que había utilizado antes para defender la jurisdicción militar como “garantía” del Ejército Mexicano para ejercer tareas de seguridad justificadas ante la “amenaza” que representa para el país el crimen organizado, lo que además, aseguró, tiene el respaldo de la población según “encuestadoras independientes”.
En su primera intervención, el secretario de Gobernación había descalificado incluso a quienes han denunciado el fuero militar por su falta de imparcialidad: “El considerar que la naturaleza militar de los tribunales contraviene per se su virtud e imparcialidad, creemos responde a una valoración que ignora el sentido del honor y el deber que nutre a la doctrina militar”.
Gómez Mont había intentado marcar las diferencias entre lo que es “un delito permanente” y lo que llamó “la continuidad de los efectos del delito”, pero no fue claro; de ahí que la juez Medina Quiroga no sólo resaltara la continuidad de efectos en un caso de desaparición, sino que le espetara: “Le quiero preguntar: ¿esto quiere decir que no admite que sea un delito permanente, que sucede todos los días?”
Salió peor. En su exposición previa, Gómez Mont había alegado que el delito de desaparición forzada no existía en la normatividad mexicana en 1974, cuando ocurrió el caso de Rosendo Radilla, y la Corte Interamericana “aún no comenzaba a sesionar”. Aun así, respondió vacilante a la presidenta del tribunal:
“En cuanto al principio de continuidad de sus efectos o delito permanente, la Corte ha sostenido que en estos casos sólo deben analizarse bajo la norma aquellos efectos que se hayan dado con posterioridad a la entrada en vigor.
“Nosotros suponemos que, en este supuesto, ya existe una razón fundamentada de la muerte de don Rosendo Radilla y consideramos que a partir de entonces se debe entender la complejidad para explicar los hechos, pero entendemos el dolor que significa para las víctimas no poder esclarecer los hechos.”
La juez chilena no se dio por satisfecha con la retórica del funcionario mexicano.
–¿Ustedes tienen en México delitos que son permanentes? O sea, la noción del delito permanente, ¿la conocen? –fustigó.
–Sí, claro, está prevista en el Código Penal Federal –replicó un Gómez Mont acorralado.
La presidenta del tribunal interamericano remató sin miramientos: “¿Por qué entonces la desaparición forzada no es considerada en México como un delito permanente? ¿O nos está diciendo que no es que no sea delito, sino que en esta Corte sólo podemos conocer los efectos que continúan?”.
Los titubeos de Gómez Mont, al ser controvertido durante la audiencia pública del pasado martes 7 en la capital de Costa Rica, resaltaron aún más por la vehemencia con la que había leído su larga respuesta a la demanda:
“Hoy no venimos a justificar acciones ilegales, venimos a demostrar que nos hemos reformado. No perdamos de vista que las Fuerzas Armadas no están bajo escrutinio hoy, lo están las personas que no supieron encauzar su deber (…) Juzgar el pasado con ojos del presente requiere por lo menos singular cautela; exige conocimiento, reconocimiento, tolerancia y la capacidad de dimensionar los efectos que tendrá la resolución el día de hoy”, puntualizó aún enérgico en la primera parte de sus alegatos.
Y fue más allá: “Como representante del Estado mexicano, lamento profundamente los hechos que llevaron a la desaparición de Rosendo Radilla. También como representante del Estado mexicano, ofrezco mi solidaridad al Ejército Mexicano, con plena conciencia de que sin su subordinación al mando civil y sacrificio, hoy no enfrentaría los cuestionamientos que injustamente se hacen a la institución militar.”
Gómez Mont dijo que el gobierno de Felipe Calderón “reconoce sin reservas y lamenta la privación de la libertad y muerte de don Rosendo Radilla” como “un agravio a sus derechos humanos y a los de su familia”, y admitió también que la actual administración “no ha sido capaz de esclarecer completamente cómo ocurrieron los hechos”.
Tras proponer una “solución amistosa” que incluye la reparación de daños, “un acto público de reconocimiento de responsabilidad”, continuar las investigaciones y, en la medida de lo posible, encontrar los restos de Rosendo Radilla, así como dar acceso a los expedientes y hacer cambios legislativos, el secretario de Gobernación insistió en considerar inadmisible la competencia de la Corte Interamericana para juzgar a México.
Durante la audiencia, los jueces de ese tribunal impugnaron en varias ocasiones a la delegación encabezada por Gómez Mont, quien durante la audiencia no dejó de recibir tarjetas y comentarios al oído de parte de altos funcionarios de las secretarías de Relaciones Exteriores y de la Defensa Nacional que le acompañaron.
Al finalizar la sesión de preguntas, la presidenta Cecilia Medina Quiroga nuevamente lo metió en aprietos cuando se mostró sorprendida porque el gobierno de Felipe Calderón sólo reconoce a Rosendo Radilla Pacheco como desaparecido, de entre los cientos de casos durante la guerra sucia en México reportados en la recomendación 26/2001 de la CNDH.
Es decir, resumió la juez, “reconocen el informe (de la CNDH) pero no su contenido”.
Medina Quiroga resaltó las contradicciones de la participación de la delegación mexicana en la audiencia: “¿Qué consecuencias jurídicas le podría atribuir el Estado de México a un reconocimiento de hechos ante esta Corte, si está diciendo que no tiene competencia? ¿Para qué reconoce los hechos ante esta Corte si no quiere que conozca de ellos? ¿Qué consecuencias le asignaría usted?”.
–Estrictamente la competencia de la Corte para definirse sobre su competencia y, ad cautelam, presentar alguna argumentación en caso de que no fuera escuchada la argumentación en cuanto a la incompetencia de la Corte –dijo Gómez Mont.
–Eso lo entendí –reviró Medina Quiroga–. Esto quiere decir que el reconocimiento de hechos es válido en la medida en que la Corte decida que sí tiene competencia, ¿sí?
Gómez Mont ya no respondió.
A la audiencia acudieron Rosendo y Tita, dos de los 11 hijos que procreó Rosendo Radilla con Victoria Martínez, para rendir su declaración ante la Corte. Él como testigo presencial de la desaparición forzada de su padre, cuando tenía 11 años; ella en su calidad de vicepresidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos en México (Afadem), para dar cuenta de la estrategia sistemática del Estado mexicano de desaparición forzada de personas durante la llamada guerra sucia, así como de la falta de voluntad de los distintos gobiernos para esclarecer las desapariciones, localizar a las víctimas y sancionar a los responsables.
En el debate, el director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH), Juan Carlos Gutiérrez Contreras, refutó el rechazo de Gómez Mont a “juzgar el pasado con ojos del presente”.
No se trata de eso, dijo el activista. “Estamos juzgando al México de ayer sobre la base de la persistencia de una impunidad estructural que se mantiene al día de hoy”.
Puntualizó: “No queremos poner en cuestionamiento la importante labor que realiza el Ejército Mexicano en el combate a la delincuencia organizada (…) Estamos planteando que no es posible mantener la existencia de una jurisdicción penal militar que no amplía sus competencias investigando a militares que cometen gravísimas violaciones a los derechos humanos”, puntualizó Gutiérrez Contreras.
La juez Medina Quiroga pidió a las tres partes involucradas en el juicio que en los alegatos finales, los cuales deberán entregar por escrito a más tardar el 14 de agosto, proporcionen detalles sobre las violaciones a derechos humanos cometidas por militares, el número de casos en que éstos han sido sometidos a tribunales militares, las condenas y el promedio de los procesos en el ámbito castrense.
El secretario de Gobernación ofreció el Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, donde México fue cuestionado, entre otras cosas, por la extensión del fuero militar en el tratamiento a casos en los que involucra a civiles como víctimas. De acuerdo con los datos que entregó la Secretaría de Relaciones Exteriores al EPU, hasta junio de este año estaban abiertas seis averiguaciones previas, tres consignaciones que involucran a 32 miembros del instituto armado, y nueve sentencias contra 14 elementos, según consignó Reforma un par de días después.
En el mediano plazo, México todavía tendrá que responder por otras dos causas ya admitidas en la Corte: la de Inés Fernández Ortega, indígena guerrerense violada por militares en 2002, y la detención arbitraria y tortura de Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, miembros de la Organización de Campesinos Ecologistas de la Sierra de Petatlán, Guerrero, en 1999. Ambos casos fueron procesados en tribunales castrenses en México, sin que se castigara a los responsables.
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