Leyes
generales/Jorge
Alcocer V.
Publicado en Reforma, 15
Abr. 2014
Parafraseando
la conseja popular: de artículos transitorios (en la Constitución) está
sembrado el camino de las malas leyes. Los redactores de la reforma político
electoral no parecen haberse dado cuenta de la complejidad normativa, en leyes
secundarias, que supone haber puesto de cabeza el sistema nacional electoral y sus
instituciones.
En
el Segundo transitorio del decreto del 10 de febrero pasado, el Congreso de la
Unión se impuso a sí mismo el plazo límite del próximo 30 de abril para expedir
tres leyes generales: la de procedimientos electorales, que lo será también de
instituciones en la materia; de partidos políticos, y para delitos electorales.
Además, para esa misma fecha tendrá que estar emitida la Ley Reglamentaria del
Artículo 134 constitucional, en materia de propaganda gubernamental. Esta
semana los legisladores tomaron vacaciones; regresarán el lunes próximo, cuando
resten al periodo de sesiones 10 días.
Un
primer problema que enfrentan los responsables de elaborar el dictamen es
decidir cuáles serán las iniciativas base de la discusión; sin considerar la multiplicidad
de las suscritas por senadores en lo individual, los grupos parlamentarios del
PAN y del PRD presentaron cuatro cada uno; el del PRI solamente dos, ya que
fusiona en una sola Ley General Electoral las tres a que se refiere el decreto
antes
citado. Pero ahí apenas empiezan los problemas, ya que si bien las 8 del PAN y
PRD son similares, las del PRI son muy diferentes.
Como
antes lo comenté en este mismo espacio, panistas y perredistas proponen hacer
de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales un Cofipe
grandote, nacional, de aplicación tanto para el INE como para los organismos
locales, a los que convertirían en auxiliares subordinados del primero. El PRI
se aparta de esa visión y propone la subsistencia de códigos electorales, uno
federal y 32 locales. No es una diferencia menor.
Para
ubicar el debate, los legisladores deberían conocer la definición de la SCJN
sobre la naturaleza y contenido de las leyes generales, que dice:
"...se
trata de leyes generales que son aquellas que pueden incidir válidamente en
todos los órdenes jurídicos parciales que integran al Estado Mexicano. Es
decir, las leyes generales corresponden a aquellas respecto a las cuales el
Constituyente o el Poder Revisor de la Constitución ha renunciado expresamente
a su potestad distribuidora de atribuciones entre las entidades políticas que
integran el Estado Mexicano, lo cual se traduce en una excepción al principio
establecido por el artículo 124 constitucional. Además, estas leyes no son
emitidas motu proprio por el Congreso de la Unión, sino que tienen su origen en
cláusulas constitucionales que obligan a éste a dictarlas, de tal manera que
una vez promulgadas y publicadas, deberán ser aplicadas por las autoridades
federales, locales, del Distrito Federal y municipales". (Tesis aislada
VII/2007).
Pero
resulta que el Poder Revisor no renunció "a su potestad distribuidora de
atribuciones entre las entidades políticas que integran el Estado
Mexicano" -en este caso la Federación, los estados y el DF- sino que
explícitamente asignó atribuciones al INE, para el ámbito federal y local, y a
los institutos electorales locales, en sus respectivos ámbitos territoriales;
en consecuencia, la ley general debería ceñirse a reglamentar la distribución
de competencias ya establecida en los artículos 41 y 116 de la Constitución,
cubriendo las lagunas y resolviendo las contradicciones que contiene el decreto
arriba citado.
Si
se respeta la Constitución y se atiende el criterio de la SCJN, deben subsistir
los códigos electorales, lo que plantea otro reto: no hay iniciativa de nuevo
Cofipe, y digo "nuevo" porque tanto la reforma constitucional, como
la Ley General, lo harán necesario. El otro camino sería admitir lo que
proponen PRD y PAN, aunque sea violatorio de la Carta Magna, en cuyo caso
estará abierto el camino del infierno: las impugnaciones ante la Corte.
*
Realizarían
precampaña candidatos sin partido
Los
ciudadanos que busquen convertirse en candidatos independientes en las próximas
elecciones deberán hacer precampaña para obtener su registro. Además de tener
que cumplir más requisitos que los políticos tradicionales, los aspirantes
enfrentarán un filtro previo: conseguir miles o hasta millones de firmas de
apoyo. El borrador de la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales en el que trabaja el Senado propone crear un periodo para que
quienes deseen ser candidatos independientes busquen el respaldo ciudadano
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