15 abr 2014

Leyes generales/Jorge Alcocer V.


 Leyes generales/Jorge Alcocer V.
Publicado en Reforma, 15 Abr. 2014
 Parafraseando la conseja popular: de artículos transitorios (en la Constitución) está sembrado el camino de las malas leyes. Los redactores de la reforma político electoral no parecen haberse dado cuenta de la complejidad normativa, en leyes secundarias, que supone haber puesto de cabeza el sistema nacional electoral y sus instituciones.
 En el Segundo transitorio del decreto del 10 de febrero pasado, el Congreso de la Unión se impuso a sí mismo el plazo límite del próximo 30 de abril para expedir tres leyes generales: la de procedimientos electorales, que lo será también de instituciones en la materia; de partidos políticos, y para delitos electorales. Además, para esa misma fecha tendrá que estar emitida la Ley Reglamentaria del Artículo 134 constitucional, en materia de propaganda gubernamental. Esta semana los legisladores tomaron vacaciones; regresarán el lunes próximo, cuando resten al periodo de sesiones 10 días.

 Un primer problema que enfrentan los responsables de elaborar el dictamen es decidir cuáles serán las iniciativas base de la discusión; sin considerar la multiplicidad de las suscritas por senadores en lo individual, los grupos parlamentarios del PAN y del PRD presentaron cuatro cada uno; el del PRI solamente dos, ya que fusiona en una sola Ley General Electoral las tres a que se refiere el decreto
antes citado. Pero ahí apenas empiezan los problemas, ya que si bien las 8 del PAN y PRD son similares, las del PRI son muy diferentes.
 Como antes lo comenté en este mismo espacio, panistas y perredistas proponen hacer de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales un Cofipe grandote, nacional, de aplicación tanto para el INE como para los organismos locales, a los que convertirían en auxiliares subordinados del primero. El PRI se aparta de esa visión y propone la subsistencia de códigos electorales, uno federal y 32 locales. No es una diferencia menor.
 Para ubicar el debate, los legisladores deberían conocer la definición de la SCJN sobre la naturaleza y contenido de las leyes generales, que dice:
 "...se trata de leyes generales que son aquellas que pueden incidir válidamente en todos los órdenes jurídicos parciales que integran al Estado Mexicano. Es decir, las leyes generales corresponden a aquellas respecto a las cuales el Constituyente o el Poder Revisor de la Constitución ha renunciado expresamente a su potestad distribuidora de atribuciones entre las entidades políticas que integran el Estado Mexicano, lo cual se traduce en una excepción al principio establecido por el artículo 124 constitucional. Además, estas leyes no son emitidas motu proprio por el Congreso de la Unión, sino que tienen su origen en cláusulas constitucionales que obligan a éste a dictarlas, de tal manera que una vez promulgadas y publicadas, deberán ser aplicadas por las autoridades federales, locales, del Distrito Federal y municipales". (Tesis aislada VII/2007).
 Pero resulta que el Poder Revisor no renunció "a su potestad distribuidora de atribuciones entre las entidades políticas que integran el Estado Mexicano" -en este caso la Federación, los estados y el DF- sino que explícitamente asignó atribuciones al INE, para el ámbito federal y local, y a los institutos electorales locales, en sus respectivos ámbitos territoriales; en consecuencia, la ley general debería ceñirse a reglamentar la distribución de competencias ya establecida en los artículos 41 y 116 de la Constitución, cubriendo las lagunas y resolviendo las contradicciones que contiene el decreto arriba citado.
 Si se respeta la Constitución y se atiende el criterio de la SCJN, deben subsistir los códigos electorales, lo que plantea otro reto: no hay iniciativa de nuevo Cofipe, y digo "nuevo" porque tanto la reforma constitucional, como la Ley General, lo harán necesario. El otro camino sería admitir lo que proponen PRD y PAN, aunque sea violatorio de la Carta Magna, en cuyo caso estará abierto el camino del infierno: las impugnaciones ante la Corte.
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Realizarían precampaña candidatos sin partido
 Los ciudadanos que busquen convertirse en candidatos independientes en las próximas elecciones deberán hacer precampaña para obtener su registro. Además de tener que cumplir más requisitos que los políticos tradicionales, los aspirantes enfrentarán un filtro previo: conseguir miles o hasta millones de firmas de apoyo. El borrador de la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en el que trabaja el Senado propone crear un periodo para que quienes deseen ser candidatos independientes busquen el respaldo ciudadano

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