¿A debate
publico el caso Martin del Campo?/FA
Publicado en La Silla Rota, 6 de agosto de 2014
· Samuel González convoca a debate publico
a ex-ombudsman del DF.
· Luis González Plascencia le dice no, el
asunto lo resolverán los grandes jueces.
En
caso de que no se pongan de acuerdo el caso podría llegar al pleno de la SCJN,
tal y como lo prevé la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Recientemente-
principios de julio- la Primera Sala, discutió un proyecto de sentencia bajo la
ponencia del Ministro Ramón Cossío Díaz donde se proponía otorgar un amparo
liso y llano, a favor de Martin del Campo argumentando como acreditada la
tortura con el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH); sin embargo, el proyecto de amparo fue desechado por 3 votos en contra.
Y como lo prevé la ley fue returnado a otro ministro- en este caso Pardo
Rebolledo-, para que elabore una nueva propuesta de resolución en la que se
valoren y estudien a fondo las pruebas a partir de las cuales Martín del Campo
pretende acreditar que fue torturado por autoridades capitalinas para aceptar
el doble homicidio y, en consecuencia obtener el reconocimiento de inocencia.
.Actualmente
Martín del Campo Dodd quien cumple una condena de 50 años en un penal de
Pachuca, Hidalgo por asesinato,- en mayo de 1992-, de su hermana Juana Patricia
y su cuñado, Gerardo Zamudio Aldaba, en presencia de su sobrina María Fernanda
Zamudio entonces de 4 años de edad.
Sin
embargo, el ha manifestado una y otra vez que es inocente. En una pagina web
podemos leer: “Llevo 22 años legalmente secuestrado por el sistema de justicia
mexicano. Se me acusa falsamente de haber matado a mi hermana y mi cuñado. La única prueba que existe en mi contra
es una confesión arrancada bajo tortura. La CIDH, la ONU y la Comisión de
Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) han demostrado que se me torturó
para que confesara la comisión de dichos homicidios. En su momento, se me
aplicó el Protocolo de Estambul por profesionales independientes e imparciales
para determinar que he sido víctima de tortura en su faceta de violación de
derechos humanos. No existe más evidencia en mi contra. Las pruebas periciales
no consiguieron ubicarme en la escena del crimen.”
El abogado de
oficio
Según
la defensa del Martin del Campo que el abogado de oficio habría sido inventada
e incluso se habló ante las instancias internacionales que hubo una violación a
su derecho de defensa.
Dice
el numeral 60 del INFORME No. 117/09 de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos de la OEA que: “Alfonso Martín del Campo careció de una defensa
adecuada, puesto que el defensor que se le había asignado no participó en las
diligencias fundamentales y, más grave aún, tal defensor carecía de los
requisitos para representar legalmente al Sr. Martín del Campo Dodd, de acuerdo
con los estándares establecidos por la legislación mexicana, así como por la
jurisprudencia interna. México es
responsable de lo anterior. Sobre todo
porque este defensor había sido proporcionado por el Estado (defensor de
oficio)”.
Y
en el pie de página dice:
“Comunicación
de los peticionarios de 18 de enero de 2002, pág. 11. Los peticionarios presentaron una copia del
oficio DAEP 1 0078/98 Folio 0295 de 21 de enero de 1998, en el cual la
Dirección General de Profesiones certifica que el señor Rolando Torres Martínez, supuesto defensor de Alfonso Martín del
Campo Dodd, carece de título “que lo faculte para ejercer como Licenciado en
Derecho”. En el mismo documento se
certifica que el señor Torres Martínez tiene cédula profesional expedida en
octubre de 1993 que “lo faculta para ejercer la profesión Licenciado en
sistemas de computación administrativa”.
Sin
embargo, ese “supuesto defensor” de oficio existe y trabaja desde el 1 de noviembre de
1985 en la Consejería Jurídica como Defensor de Oficio. Y a decir de la página
oficial de la Consejería Jurídica “actualmente se encuentra adscrito a la
Subdirección de Asistencia Jurídica Penal asignado a la oficina de defensoría
de Oficio ubicada en la Agencia 50 de la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal.”
Ahí
podemos ver su foto y su perfil.
Hay
que decir que en efecto, hay más de una persona con el mismo nombre; uno de
ellos es Contador Publico, el otro es licenciado en Sistemas de Computación y
el otro –el abogado de oficio- es abogado por la UNAM, aunque se tituló el año 2010
y tiene la cedula numero..
Sin
embargo, si podemos decir que hubo una irregularidad al no tener el titulo de
abogado para ejercer, aunque la Ley de Consejería lo permitiera entonces (en
1992).
Propuesta de
debate publico
En
medio de todo esto y a pocos días de que el caso se resuelva, aparece el
posicionamiento -a través de un videoblog- del ex ombudsman de la Ciudad de México Luis González Plascencia emite sus
puntos de vista en defensa de Martin del Campo de quien dice es “inocente”, y
que fue torturado por las autoridades de la policía judicial de la Ciudad de
México. http://www.alfonsomartindelcampododd.com.
Vale
la pena verlo completo.
Es
evidente que el ex presidente de la CDHDF es una persona convencida de que hubo
tortura en el caso, al margen de si Martín del Campo es culpable o no, como
siempre lo ha dicho.
El
video tuvo impacto, y fue visto por mucha gente, sobretodo por el Dr. Samuel
González Ruiz, abogado de las victimas, quien de inmediato -este lunes 4 de
agosto- le envía un correo a Luis González convocándolo a un debate público, en
el Instituto Nacional de Ciencia Penales (Inacipe, y ante la presencia de abogados
penalistas y procesalistas.
El
caso cuando me enteré lo vi interesante sobretodo para la academia; es bueno
ver una discusión entre un profesor y su
alumno. (Luis fue alumno y subalterno de González Ruiz hace años).
Y
me dije que en caso de que se concreté un debate de este tipo se presentarían
pruebas e ideas y bajo el escrutinio de un auditorio de especialistas. Un ejercicio muy parecido al que se llevó a
cabo en la Escuela Libre de Derecho el
jueves 15 de marzo de 2012 sobre el caso de Florence Cassez Crepin, y
que para mi fortuna me tocó moderar.
Participaron,
entonces, Alicia Azzolini Bincaz, Fernando Coronado Franco, Omar García Huante,
Raymundo Vázquez Castellanos, Rodolfo Félix Cárdenas y José Cuitláhuac Salinas
Martínez, entonces Subprocurador de SEIDO.
Aquel
debate duro varias horas y fue de muy buen nivel.
El
auditorio estuvo atiborrado de profesores, de alumnos, jueces y magistrados,
ministerios públicos, y hasta de periodistas de la fuente.
Obviamente
las notas se publicaron en todos los medios y muchos aprendimos y entendimos mejor
el caso.
Y
como sabemos meses después, y sin declararla culpable o inocente, la Corte
ordenó la tarde del miércoles 23 de enero de 2013 la inmediata liberación de la
ciudadana Florence Cassez Crepín, al dejar sin efectos su condena de 60 años de
prisión por considerar que el montaje televisivo sobre su captura vició todo el
proceso penal en su contra.
La
decisión de nuestros grandes árbitros tuvo una enorme relevancia.
Y
eso quizá esperaba Samuel González con la carta que el envía a Luis González Plascencia.
Dice
la misiva enviada a través de un correo electrónico y que trasmito textual.
“Estimado Luis:
He
visto el video en el que vuelves a defender a Alfonso Martin del Campo, asesino
de 29 y 36 puñaladas de Juana Patricia
Martín del Campo Dodd y Gerardo Zamudio Aldaba, (su hermana y cuñado) y en el que afirmas hechos que son falsos
como:
a) Sobre el dictamen de ACAT. (Acción de los
Cristianos para la Abolición de la Tortura). La opinión de los médicos de ACAT
en el que se basó también la CDHDF en el 2002 para determinar que Alfonso fue
torturado, no está basado en el protocolo de Estambul como lo afirmas, sino en
sólo dos cuestionarios que los médicos de ACAT aplicaron a Alfonso, por lo
tanto es falsa tu afirmación de que dicho dictamen está basado en el Protocolo
de Estambul, que como tu sabes requiere que sea practicado por una autoridad
independiente, calidad que no tienen los médicos firmantes ya que forman parte
del equipo de ACAT.
b)
Que no hay pruebas en el expediente contra Alfonso. Situación totalmente falsa
ya que existen decenas de pruebas que concatenadas dan la responsabilidad de
Alfonso Martín del Campo Dodd, y por eso fue sentenciado, no solamente con base
en la confesión ministerial realizada frente a su defensor de oficio.
Todo
esto está perfectamente explicado en el documento de contestación del Gobierno
Mexicano ante la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS que deberías conocer.
c)
Que Alfonso Martín del Campo Dodd, según
sostiene la CIDH no tuvo defensa y que ROLANDO TORRES MARTÍNEZ es un técnico en
computación. Te envío aquí abajo el perfil del defensor que tuvo Alfonso
durante las diligencias de la averiguación previa y que aparece en la página de
la Consejería Jurídica del Gobierno del DF (se publico en La Silla Rota).
Dadas
tus temerarias afirmaciones, te invito a un debate abierto en el que con
documentos en mano podamos discutir tus afirmaciones sobre el caso, frente a un
público experto como el del INACIPE. Dado que no quiero tener ventaja alguna
sobre ti te envío las promociones que María Fernanda Zamudio Martín del Campo,
la víctima sobreviviente del brutal ataque de Alfonso, ha enviado a la SCJN.
Atentamente
Dr.
Samuel González Ruiz
Le
marca copia al Dr. Rafael Estrada Michel, y a la Dra. Alicia Azzolini, director general
y secretaria del Inacipe.
La
respuesta del ex ombudsman se dio horas después. Le dijo que no le entra a un
debate, ya que “con todo respeto no creo que un debate público entre tu y yo, o
cualquiera que se haya involucrado en este asunto tenga sentido porque, como
sabes y saben todas y todos, el caso será resuelto por la Corte”.
Sin
embargo, Luis González le dice a su viejo maestro:
“...aún si las cosas fuesen como tu dices,
suponiendo que hubiera mil pruebas de cargo, tu mejor que mucha gente sabe
que sostener un juicio en un
razonamiento de inducción por enumeración lleva a una conclusión débil.
Yo
no puedo afirmar que Alfonso sea culpable o inocente, ni tiene sentido que lo
haga. Pero si puedo indignarme si quienes tienen el deber de hacerlo no pueden
convencerme, a mi o a cualquier otro ciudadano o ciudadana, de que la sentencia
a la que arriban procede de un ejercicio realmente contra intuitivo: mientras
ello no sea así, como sociólogo del derecho interesado en los derechos humanos,
tengo mil razones para afirmar que lo que llamamos juicio en este país, es un
ritual que formaliza un juicio preconcebido sobre quien es a priori, considerado
culpable.”
Y
le dice contundente:
“Defiende
el asunto ante la Corte, que es ahí donde tienes que hacer valer tus
argumentos. Yo no tengo mas alcance que el de mi voz pública, más información
que la que públicamente se ha ventilado sobre el caso, pero a juzgar por el
momento en el que ocurrió la detención (en 1992), por las prácticas que
desafortunadamente eran y siguen siendo corrientes en las investigaciones
penales y por la historia de autoritarismo de nuestro sistema, parafraseando a
los abogados, la carga de la prueba la tiene el sistema, son los jueces —esta
vez los ministros— quienes tienen la obligación de convencernos, cualquiera que
sea su fallo.”
Y
se despide con “te estimo mucho y te respeto, como siempre”
Interesante!
La
carta se le marcó copia a directivos del Inacipe y a un profesor muy estimado
por ambos: Moisés Moreno Hernández.
El
tema dará mucho de que hablar.
Y
Martin del Campo sigue de cerca el asunto en una celda del penal de Pachuca,
Hidalgo.
Lo
que determine la Corte será muy importante en el sistema de justicia penal, muy
parecido al caso Cassez.
@fredalvarez
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