La grabación fue este sábado 9 de agosto y puede verse en:
#AlfonsoLibre/Fabián Sánchez Matus y Alejandro Juárez Zepeda*
Tomado de la web oficial de Martin del Campo.
“Veintidós
años... ¡imagínense! Mi caso debería ser un escándalo, pero no lo es...”.
Son
palabras de Alfonso Martín del Campo Dodd quien, desde el Centro de
Readaptación Social de Pachuca, Hidalgo, se dirige, a través de un video, a la
comunidad nacional e internacional, en busca de apoyo para lograr su
liberación.
En
1992, Alfonso fue acusado de asesinar a su hermana y su cuñado mientras
dormían. El presunto móvil: que no quería pagar los 700 pesos que le adeudaba a
éste de una reparación automotriz. Alfonso y su cuñado eran socios en varios
negocios. No les iba nada mal, lo cual echa por tierra el risible motivo de los
700 pesos, por cierto, no comprobado. Aparte, Alfonso no tenía manchas de
sangre de las víctimas en la ropa (ni en ningún otro lado) al momento de su
detención. Los cabellos recuperados de la escena del crimen no le correspondían,
de acuerdo con las pruebas periciales de la misma procuraduría. Toda la
evidencia, incluyendo la ropa de cama y las prendas de los cadáveres, fue
incinerada el mismo día en que sucedieron los hechos. Alfonso no presentaba una
sola herida en las manos, algo sumamente raro si se toma en cuenta que sus
parientes fueron asesinados de 64 puñaladas. Solamente su hermana tenía 29,
pero la ropa con la que fue encontrada, ni una sola perforación.
No
obstante lo anterior, Alfonso Martín del Campo Dodd fue sentenciado a 50 años
de prisión. Durante la averiguación previa, fue representado por un falso
abogado de oficio, que en realidad resultó ser ingeniero en sistemas. La única
prueba en su contra fue una confesión obtenida bajo tortura. Uno de los policías
judiciales que lo interrogaron en el sótano de la Delegación Benito Juárez,
Sotero Galván, admitió haberle golpeado y provocado asfixia con una bolsa de
plástico, por lo que fue sancionado.
El
caso de Alfonso Martín del Campo fue el primero de México en llegar a la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. Desafortunadamente, la Corte lo descartó
debido a que México interpuso la reserva de no someterse a la jurisdicción
contenciosa de la Corte en casos ocurridos con anterioridad a 1998. Sin
embargo, el 12 de noviembre de 2009, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos dijo sobre el particular, en su Informe Anual a la Asamblea General de
la Organización de Estados Americanos, que “el hecho de que la Corte
Interamericana haya dado por concluido el asunto en virtud de la excepción
preliminar hecha valer por el Estado mexicano (ratione temporis), no significa
que haya cesado la responsabilidad internacional de éste, obligado al
cumplimiento de lo establecido en la Convención Americana”.
A
favor de Alfonso Martín del Campo se han pronunciado también el Grupo de
Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU y la Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal, mismas que reiteraron lo señalado anteriormente por la
CIDH en cuanto a la existencia de tortura, detención arbitraria y diversas
violaciones al debido proceso. Por esta razón, la CDHDF presentó la
recomendación 13/2002 al Gobierno del Distrito Federal, que permanece
incumplida hasta la fecha. Tanto el Senado de la República como la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal emitieron sendos puntos de acuerdo para que se
cumplieran las recomendaciones de la Comisión Interamericana, mismos que
quedaron desatendidos. Cabe mencionar que este caso fue abordado en el
Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal (2009) como paradigmático
para ilustrar el uso de la tortura en las investigaciones ministeriales. El
periodista Kevin Sullivan, del Washington Post, usó este expediente para
ejemplificar las fallas estructurales del sistema de justicia en México. Por
ello, ganó el Premio Pulitzer en 2003.
En
fechas recientes, la defensa de Alfonso Martín del Campo logró reactivar el
caso a nivel doméstico al promover un incidente de reconocimiento de inocencia
ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Desafortunadamente,
en esta ocasión se topó con los intereses de algunos personajes que han
utilizado la defensa de víctimas y la aplicación mañosa de los derechos humanos
para escalar políticamente.
Entre
las argucias de que han echado mano dichos personajes para erigirse como
líderes morales y defensores de víctimas a costa del sufrimiento de personas
inocentes a las que se ha torturado y vulnerado en sus derechos procesales y
humanos está, en el caso que nos ocupa, la declaración de una de las sobrinas
de Alfonso, quien tenía apenas cuatro años cuando sucedieron los hechos. Dicha
declaración sostiene que ésta fue testigo del asesinato de sus padres a manos
del indiciado, y fue rendida ya que habían transcurrido doce años de los
acontecimientos, es decir, de manera extemporánea y, por tanto, improcedente.
Sin embargo, en el expediente ministerial consta que cuando la policía judicial
llegó a la escena del crimen, las menores se encontraban dormidas.
No
obstante, esta última declaración ha pesado bastante en el ánimo de la opinión
pública, razón por la cual debemos recordar una vez más que no existe en el
expediente ministerial ninguna prueba pericial que logre ubicar a Alfonso como
autor material y/o intelectual del crimen, a excepción de la confesión bajo
tortura y esta declaración que, bien podemos suponer, es producto de una
manipulación con fines políticos. Resulta preciso decir, además, que la tortura
de Alfonso ha quedado debidamente acreditada por la aplicación del Protocolo de
Estambul en la investigación independiente e imparcial que efectuó la Comisión
de Derechos Humanos del Distrito Federal para emitir su recomendación.
Pero
existen otros puntos oscuros en este caso que, de desvelarse, tal vez podrían
explicar las razones por las cuales Alfonso ha permanecido 22 años preso. Uno
de ellos, quizás el más importante, es: ¿qué pasó con el dinero de los negocios
que tenía con su cuñado? ¿A dónde fue a parar?
Hace
algunos meses, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de
atracción en este caso y es previsible que en las próximas semanas se pronuncie
al respecto. Ya se redactó un proyecto de resolución previo, que venía en
sentido favorable, y fue rechazado por tres votos contra dos. El ministro Jorge
Mario Pardo Rebolledo ha quedado encargado de elaborar uno nuevo, que deberá
valorar la totalidad de las pruebas.
No
obstante, de conformidad con los estándares que ha fijado muy recientemente la
Primera Sala de la SCJN, relativos al tema de tortura y a propuesta del mismo
ministro Pardo Rebolledo en los amparos en revisión 703/2012 y directo en
revisión 90/2014, Alfonso tendría que ser amparado y dejado en libertad
inmediata.
Un
grupo de defensores y organizaciones de derechos humanos, ciudadanos y
familiares hemos decidido agruparnos en un Comité por la Liberación de Alfonso
Martín del Campo Dodd. El propósito es sumar esfuerzos y generar opinión para
corregir esta tremenda injusticia que pone en entredicho a todo el sistema
penal mexicano. Para tal efecto, hemos lanzado una petición a la SCJN, un sitio
web con información del caso, y una cuenta de facebook y otra de twitter para
ir lanzando noticias sobre el mismo. En breve presentaremos un amicus curiae a
la SCJN y, además, haremos una función especial de Bajo Tortura, documental de
Cristina Juárez Zepeda que aborda el caso de marras y se ha presentado en el
Festival Internacional de Cine de Guadalajara, en Montreal, en Grecia, ha
ganado el Premio del Público en DocsDF, entre otros festivales y
reconocimientos.
Invitamos
a la comunidad nacional e internacional a sumarse a este esfuerzo por liberar a
Alfonso en el entendido de que lograrlo sería asegurar que nadie en México
vuelva a ser condenado mediante tortura y violaciones a sus derechos humanos.
*Los
autores son defensores de derechos humanos.
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