Durante
el periodo extraordinario celebrado en la Cámara de Diputados -por fin-, se aprobó
por en lo general y en lo particular por 453 votos el proyecto de decreto
que reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en materia de legislación procesal penal única.
Se envió
a las legislaturas de los estados para los efectos del artículo 135 constitucional.
El dictamen:
El dictamen:
Estos son
los posicionamientos en San Lázaro:
Presidió
la sesión: el diputado Francisco Arroyo Vieyra:
Hicieron
uso de la palabra:
- Hicieron uso de la palabra: Julio César Moreno Rivera, presidente de la comisión dictaminadora
En la LIX
Legislatura, en el periodo extraordinario de junio de 2005, las reformas
constitucionales consistieron en abolir la pena de muerte, sentar las bases
para el debido proceso a seguir a los adolescentes. dar certeza a las etapas de
promulgación y publicación en el procedimiento legislativo y definir la
competencia entre autoridades federales y locales en materia concurrente.
De igual
manera, en la LX Legislatura se realizó un periodo extraordinario en junio de
2008, en el que las reformas constitucionales fueron modificar las diversas
causales de pérdida de la ciudadanía mexicana e introducir cambios al formato
del informe presidencial, entre otras.
Previo a
las reformas que el día de hoy vamos a discutir existen temas de gran
trascendencia para nuestro país, como lo son el fortalecimiento de la
transparencia, la reforma política del Distrito Federal. La segunda vuelta
electoral, la revocación del mandato, el referéndum, entre otros.
Sin
embargo, esos temas no han alcanzado el consenso suficiente para ser sometidos
a discusión y votación ante esta soberanía. Seguramente son varios temas que
aún quedan pendientes.
Por otro
lado, los temas que en esta ocasión nos convocan a este periodo extraordinario
son la seguridad jurídica de los procesos penales que se requieren por la
próxima entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio adversarial,
la dispersión catastral y finalmente, las escandalosas deudas de los estados y
municipios que deben ser reguladas.
En primer
orden, a nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales vengo a fundamentar
para someter a discusión y en su caso, aprobación, la minuta con proyecto de
decreto por el que se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de legislación
procesal penal única.
La
relevancia del tema recae en el hecho de que en nuestro país existe una
pluralidad de legislaciones procesales que propician situaciones de injusticia
y de arbitrariedad que en su aplicación atentan contra el derecho fundamental
de la igualdad reconocida por nuestra Constitución y diversos tratados
internacionales, ya que actualmente a quien se le imputa la comisión de un
delito es tratado de manera diferente dependiendo del lugar en que lo cometió.
Con la
presente reforma se fortalecerán las bases del debido proceso como parte
esencial de una serie de tareas que se requieren, a fin de materializar el
sistema de justicia penal, derivado de la reforma constitucional realizada en
julio de 2008.
Con esta
reforma se pretende establecer un modelo jurídico único de legislación procesal
penal, de justicia alternativa y de ejecución de sanciones, evitando así que en
el país existan distintas maneras de procurar, de administrar la justicia
penal, así como de incumplir las penas.
Esta
medida unificadora de la política criminal de nuestro país es con la finalidad
de que el sistema de justicia penal sea similar en todo el territorio nacional,
lo cual se traducirá en un beneficio para el juzgador, el procesado y, en
especial, la víctima, ya que se regirá bajo un esquema de certeza y seguridad
jurídica.
Por otro
lado, se establecerá la homologación de los mecanismos alternativos de solución
de controversias, actualmente previstos en el artículo 17 de la Carta Magna. De
esta manera armonizamos lo establecido en nuestros preceptos constitucionales.
Asimismo,
con la presente reforma, se busca unificar la ejecución de sanciones evitando
la dispersión de la aplicación de la norma y brindando certeza jurídica al
sentenciado. Esta reforma constitucional tiene como fin propiciar una
administración de justicia eficiente, congruente, respetando los derechos
fundamentales en un marco de seguridad jurídica, trato igualitario y debido
proceso para los habitantes de este país, fortaleciendo los criterios
judiciales y el Estado de derecho.
Una
injusticia hecha al individuo es una amenaza hecha a toda la sociedad. Es por
ello, compañeras y compañeros diputados, que los invito votar a favor del
presente dictamen. Es cuanto, diputado presidente.
El
Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Y es mucho, señor presidente de la
comisión.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Está a la consideración
del pleno. Esta Presidencia informa que por tratarse de un artículo único, la
discusión se desarrolla en lo general y en lo particular en un solo evento.
Tiene el
uso de la voz, don Luis Antonio González Roldán, para fijar posición de su
partido, Nueva Alianza.
- El diputado Luis Antonio González Roldán: Con su venia, señor presidente; señoras y señores diputados. La impartición de justicia a través del actual sistema procesal penal se ha quedado estancada en el pasado y representa un obstáculo real para el ejercicio efectivo del derecho y de las necesidades que hoy demanda la sociedad.
Nuestro
sistema de impartición de justicia tiene problemas estructurales que impiden
que el principio de certeza jurídico sea efectivo. Por ello, la percepción
ciudadana sobre dicho sistema está lejos de los principios de equidad e
igualdad, pero sobre todo, de un sentido eminentemente de justicia, en la cual
la víctima reciba la reparación del daño y el presunto acusado sea procesado de
manera pronta y expedita bajo los procedimientos preestablecidos en la ley.
Sabemos
que la definición del concepto de delito y su resolución representan problemas
de fondo, los cuales son producto de nuestra evolución como pueblo y del
mosaico que es México. Nuestra composición pluricultural constituye una de las
causas en la variedad de modelos y leyes que rigen la procuración de justicia
en los códigos penales del país, resultando diversos, inconexos y en algunos
casos incompatibles.
Mucho se
ha discutido y argumentado sobre la necesidad de establecer una legislación
procedimental penal que unifique y homologue las legislaciones penales locales,
eliminando discrepancias que en nada abonan a la certeza jurídica de los
gobernados.
Avanzar
en la construcción de un código penal procesal único para todo el país ofrece
una solución a la variedad de problemas que tenemos solo en esta materia, lo
cual implica un avance enorme en la federalización de la justicia mexicana.
La
reforma que se somete a esta soberanía no es aislada, menos aún improvisada.
Conlleva una concatenación de los avances legislativos diseñados para
modernizar el sistema de justicia penal a través de un mejor desempeño
policíaco, ministerial, acusatorio, de defensoría pública, abogados y de todos
quienes se encuentran involucrados en la aplicación de las leyes que vieron la
luz en junio de 2008.
Este
modelo busca dar paso al sistema penal acusatorio mandatado en la ley y que hoy
se encuentra pendiente. Para concretar la construcción de este andamiaje es
requisito crear los ordenamientos de carácter nacional que sirvan de cimiento
sólido, debido a los obstáculos que representan los 33 cuerpos legislativos en
materia penal.
Avanzar
hacia nuestro objetivo nos exige ser críticos y en consecuencia señalar que el
modelo base para implementar los juicios orales, la transparencia, los procesos
de mediación, la reparación del daño, la garantía de defensa de los derechos
humanos de las partes en conflicto mediante un sistema en el que intervengan de
manera armónica los tres órdenes de gobierno, hoy no ha sido más que un buen
propósito.
En Nueva
Alianza somos conscientes del riesgo que implica aprobar y publicitar esta
reforma, sin tener en cuenta que sólo constituye el primer paso de un trabajo
monumental, el cual deberá unificar tipos y criterios penales, operatividad
administrativa, delimitación de principios, sujetos y figuras procesales, así
como modalidades y gravedad de los delitos, procurando imponer sanciones
congruentes con la falta, así como evitar la actuación arbitraria de la
autoridad, pero también estaremos atentos para que en el Presupuesto de Egresos
de la Federación 2014 se incluyan los recursos necesarios para erradicar estas
conductas.
Esta dictaminación
conlleva a la apremiante de configuración de los cuerpos policíacos. El modelo
obliga a que todos sus integrantes se capaciten en las tareas de investigación
y conciliación, además de las labores de prosecución del delito que ya ejercen.
Por otra
parte los funcionarios que intervienen en el proceso de impartición de justicia
como los agentes del Ministerio Público, jueces y abogados, deberán hacer lo
propio.
El
proceso que nos espera en la legislación secundaria deberá ser cuidadoso en la
construcción de la norma a fin de que las entidades y el Distrito Federal no
supongan este código como una intromisión en el ámbito de sus facultades.
Señoras y
señores legisladores, desde esta tribuna Nueva Alianza hace un llamado a no
perder de vista los alcances de esta reforma que incluyen además la elaboración
de leyes generales en materia de secuestro, trata de personas y delincuencia
organizada, así como el establecer los delitos y faltas contra la Federación,
penas y sanciones y los mecanismos alternativos de solución de controversias y
ejecución de penas.
Bajo este
esquema en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza consideramos que la ley
secundaria deberá atender de manera integral la impartición y procuración de
justicia en un plazo muy corto, debido a que la sociedad reclama respuestas
comprometidas y contundentes en el menor tiempo posible.
Estamos
obligados a hacer un ejercicio transversal donde la conceptualización nos lleve
efectivamente a la reincorporación de los delincuentes al seno social, y sobre
todo, que no se impongan estigmas a grupos o sectores sociales.
Debemos
analizar seriamente aquellas conductas o situaciones que propicien la
criminalidad mediante ópticas integrales y no únicamente con la institución de
penalización mayor y leyes persecutorias; privilegiando en todo momento la
atención irrestricta a los derechos humanos, como elemento sine qua non de las
leyes mexicanas, además de atender los principios de prontitud, expeditez e
imparcialidad.
Compartimos
la urgencia de hacer efectivo el modelo que hoy se propone. Sin embargo debemos
de ser cautos e implementar el sistema de manera paulatina, a fin de corregir
las deficiencias que se presenten con la intención de llegar al término que
marca la ley, con buenos resultados.
Al
instituir en el artículo 73 de nuestra Carta Magna la distribución de
competencias en la persecución, atención y sanción de los delitos, esperamos
que se concluya definitivamente la profesionalización ministerial, pues
reconocemos que esta ausencia ha dado como resultado la integración de procesos
penales con escasas evidencias, falta de protocolos uniformes de investigación,
la recurrente fabricación de culpables, violación constante a los derechos
humanos, incluso la comisión de delitos en las diligencias por servidores públicos
malintencionados, corruptos o ignorantes de su función.
Estimadas
compañeras y compañeros legisladores: las diputadas y los diputados integrantes
del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza reconocemos que en el país tenemos una
enorme deuda social en materia de impartición de justicia, la cual demanda un
sistema efectivo, rápido y transparente.
El voto a
favor del presente dictamen busca abonar a un verdadero federalismo en el
acceso, a un sistema legal de avanzada, a elevar los niveles de probidad en
estos procesos y a resarcir a la sociedad la falta de acuerdos para temas
indispensables como el que nos trae al presente período extraordinario.
La
generación de confianza entre la ciudadanía implica un trabajo multifactorial
que no sólo se circunscribe al tema que nos ocupa, sino al esfuerzo de
todos los actores responsables de generar las condiciones que permitan que la
presencia de delitos relacionados con la pobreza o la falta de oportunidades de
desarrollo sean abatidos.
Asimismo,
debemos trabajar en la creación de entornos con lazos sociales fuertes que
impidan la presencia de influencias negativas, pues estamos convencidos de que
la mayor vigilancia es la que se presenta en las comunidades producto de lazos
solidarios y acompañados de autoridades calificadas y responsables.
La
historia nos enseña que sólo mediante la reconstrucción del tejido social
naciones como Italia y Colombia pudieron salir de las crisis de criminalidad
que las colocaron en la palestra de los países con los mayores índices
delincuenciales a nivel mundial.
Una
reforma de este calado requiere de un cimiento legal sólido que descanse en sus
funcionarios públicos, en sus instituciones, en la sociedad, en una relación de
confianza mutua que propicie la transformación social armónica.
En Nueva
Alianza creemos que todo esfuerzo descoordinado dará resultados débiles e
incluso efímeros. Consideramos que la importancia de la presente reforma no se
puede limitar al papel que juegan las instituciones y las leyes, sino a la
creación de condiciones sociales que permitan mejores niveles de vida y
desarrollo de la población mexicana.
Estamos
hoy en la antesala de un trabajo de gran envergadura, en la creación de
condiciones que hagan operativa la presente reforma constitucional.
En Nueva
Alianza estamos plenamente convencidos que una legislación procedimental penal
única otorgará certeza y seguridad jurídica a los gobernados y sin lugar a
dudas fortalecerá el estado de derecho. Es cuanto, señor presidente.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y es mucho, don Luis
Antonio.
Tenemos
el gusto de escuchar a doña Loretta Ortíz Ahlf, del PT, además con una
enorme atención, como siempre.
- La diputada Loretta Ortíz Ahlf: Con el permiso de la Presidencia, compañeras, compañeros legisladores: en nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo acudo a esta tribuna para fijar la posición de nuestro grupo parlamentario en relación con el dictamen que presenta la Comisión de Puntos Constitucionales por el que se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los
mexicanos a lo largo y ancho del país hemos enfrentado una terrible situación
de inseguridad. Los delitos de alto impacto afectan por igual a toda la
ciudadanía, sin que las instituciones encargadas de procurar y administrar
justicia realicen adecuadamente sus tareas.
Para
coadyuvar en el combate a la delincuencia, el Poder Legislativo aprobó
distintas reformas a nuestra norma fundamental para establecer un sistema de
justicia penal oral y adversarial en donde los juicios orales tendrán que ser
establecidos en todo el país.
El nuevo
sistema procesal penal acusatorio tendrá que entrar en vigor a más tardar el 19
de junio del 2016, y la Federación, los estados y el Distrito Federal deberán
contar con estos nuevos códigos de procedimientos penales.
El
dictamen que hoy conocemos plantea otorgar al Congreso de la Unión en el inciso
c) de la fracción XXI del artículo 73, la facultad para expedir la legislación
única en materia procedimental penal de mecanismos alternativos de solución de
controversias y de ejecución de penas que regirán la República en el orden
federal y en el fuero común.
Lo
anterior significa que habrá un solo código procedimental penal con base en el que
se realizarán los procesos, sea por delitos de orden federal o del fuero común.
En el
Partido del Trabajo tenemos una firme vocación federalista. Estamos convencidos
de que nuestro sistema político funcionaría mejor si las entidades federativas
y el Distrito Federal contaran con mayores atribuciones que les permitieran
realizar sus tareas de gobierno.
En el
nuevo código de procedimientos penales único se tendrán que establecer las
formalidades esenciales del procedimiento a las que hace alusión el artículo 14
constitucional en su segundo párrafo y respetar las garantías individuales
previstas en los artículos 16, 17, 19, 20 y 21 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo
se tendrán que respetar los principios de publicidad, contradicción,
concentración, continuidad e inmediación.
En esta
reforma también se plantea la expedición y una legislación única respecto a
mecanismos alternos de solución de controversias y de ejecución de penas que
regirá en toda la República Mexicana.
Lo anterior,
con el propósito de eliminar la pluralidad de hipótesis y obtención de
beneficios por parte de personas sentenciadas ya que existen, sobre esta
materia, una ley federal, 31 leyes estatales más la del Distrito Federal.
En el
caso de los mecanismos alternos de solución de controversias su fundamento
constitucional está en el párrafo cuarto, artículo 17 constitucional por lo que
en la fracción XXI se faculta al Congreso de la Unión para expedir una ley
única en donde se asegure la reparación del daño.
Si bien
en lo general aprobamos la reforma al artículo 73, fracción XXI, consideramos
que se puede mejorar la reforma con base a los mismos argumentos que se exponen
en los antecedentes del dictamen.
Se señala
en los antecedentes del dictamen que es para fortalecer, precisamente, el
combate al crimen organizado y en concreto, se puntualiza que a través
del Código Procesal Penal Único se va a lograr esta finalidad.
Pero no
solamente es suficiente con establecer un Código Penal único, es necesario,
precisamente, modificar no solamente lo procedimental, sino también lo
sustantivo y hacer un hincapié sumamente importante en la cuestión de la
investigación de los delitos en concreto.
Por esta
razón la sugerencia es que se federalicen en ciertas materias los siguientes
delitos y que quedara el artículo 73, fracción XXI en el siguiente tenor:
En
materias de secuestro, trata de personas, tráfico de migrantes, desaparición
forzada, feminicidio y delitos contra periodistas, personas o instalaciones que
afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o libertades de
expresión o imprenta.
En estos
delitos, a la fecha no se ha logrado una unificación de la legislación estatal.
Existen sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que a la
fecha no se cumplen y no solamente los problemas sobre la persecución de los
delitos se dan en lo que se refiere a trata de personas y el secuestro, tráfico
de migrantes, feminicidios y también los delitos contra los periodistas.
Como
están actualmente redactadas estas facultades, que una ley general como la de
Víctimas es la que debe designar las atribuciones, tanto las correspondientes a
las entidades federativas, a los municipios, como a la Federación,
desgraciadamente por esta situación se han ocasionado lo que denominamos zonas
grises o zonas en las cuales se convierte en un escudo para no hacerse
responsable, bien sea la Federación o el gobierno estatal en concreto.
Un
ejemplo clarísimo lo tenemos en el caso del Campo Algodonero, en que no se
acabó de resolver el feminicidio precisamente porque había una diferencia a
quién correspondía el combate a este feminicidio, y en el caso ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos las víctimas pedían que fuera resuelto por
la Federación, por considerar que están muchísimo más capacitados y que
pueden tener, como son delitos trasnacionales, mejor contacto y ayuda tanto de
la Interpol como de la Europol.
Además de
esta sugerencia de federalizar los delitos ya mencionados, me preocupa
seriamente la cuestión de los medios alternativos de solución de controversias.
El Código Penal único, como está redactado en la minuta, es la legislación
única en materia procedimental penal de mecanismos alternativos de solución de
controversias y de ejecución de penas que regirá en la República en el orden
federal y en el fuero común.
La
propuesta es, la legislación única en materia procedimental penal de mecanismos
alternos de solución de controversias, reservando exclusivamente los delitos
que no sean considerados como graves. De otra manera se puede suceder, algunos
sostienen, es que la mayoría de los códigos procesales deja a los medios
alternos nada más para los casos de delitos leves, no los graves, pero si no se
establece esa limitación en la Constitución se podría estar negociando con un
tratante de personas, con un traficante de migrantes, con un feminicida,
etcétera. Bastaría pagar la compensación para que no tuviera que seguir un
procedimiento judicial ni cumplir con una pena y pagar por el delito cometido,
al compensar el daño a la víctima.
En estos
casos yo considero que debe de quedar plasmado perfectamente que los medios
alternativos de solución de controversias únicamente tendrán lugar cuando se
trate de delitos no graves. En el caso de los graves, como no solamente
se afecta a la propia víctima, a la víctima directa; se afecta a la sociedad,
éstos habría que cuidar necesariamente que cumplan con una pena y que se sometan
al procedimiento que se establezca en el Código Procesal Único. Es cuanto,
señor presidente. Muchas gracias por su atención.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias. ¿Anunció sus
modificaciones? En virtud de que ha anunciado las modificaciones, que son dos,
pregunte la Secretaría a la asamblea si se admiten a discusión las propuestas
de doña Loretta Ortiz Ahlf.
- El Secretario diputado Javier Orozco Gómez: En votación económica se consulta a la asamblea si se admiten a discusión las propuestas presentadas por la diputada del PT. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación).
Señor
presidente, mayoría por la negativa.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Luego entonces, el
dictamen queda en sus términos.
Tiene el
uso de la voz doña Zuleyma Huidobro González, a nombre de Movimiento Ciudadano.
- La diputada Zuleyma Huidobro González: Con su permiso, presidente. El dictamen a discusión propone otorgar al Congreso de la Unión la facultad de expedir un Código de Procedimientos Penales, de mecanismos alternativos, de solución de controversias y de ejecución de penas único, que regirá en la República, en el orden federal y en el orden común.
Tiene la
finalidad de homologar la legislación procesal penal para que los criterios
político-criminales, que habrán de observarse en el procedimiento se informe,
evitando que en el país haya distintas formas de procurar y administrar
justicia penal, por lo que también se sugiere la homologación de los
mecanismos, para enfrentar eficazmente el problema de la delincuencia y
garantizar la seguridad de los ciudadanos.
Aprobar
este dictamen, implicará la posibilidad de implementar una reforma integral al
sistema de justicia penal y la posibilidad de integrar en un solo frente a
todas las autoridades ejecutivas y judiciales del orden estatal y federal, a
través de una legislación común.
En la
última década, el fenómeno delictivo se ha vuelto más complejo y obscuro,
desafiando no únicamente a las instituciones encargadas de la seguridad pública
en el país, sino fundamentalmente a las propias autoridades judiciales.
El
problema de la inseguridad se debe a múltiples factores y algunos de ellos
recaen directamente en la responsabilidad del Estado. Entre estos factores
sobresale la falta de transparencia a la corrupción y la deficiente
coordinación y operación de los órganos encargados de prevenir el delito,
procurar y administrar justicia y rehabilitar socialmente al sentenciado. El
resultado de ello, es el crecimiento de la delincuencia y de la impunidad.
La
inseguridad ha atentado con nuestras formas más esenciales de convivencia y el
miedo ha trastocado el flujo normal de nuestras vidas y actividades. Es
necesario que nuestras instituciones ataquen el problema de la
inseguridad, pero reconociendo el inminentemente derecho humano al debido
proceso, de forma institucional, responsable, organizada y persiguiendo fines
legítimos y fundados en el derecho y los principios rectores de los derechos
humanos.
La
actitud del ciudadano frente a las instancias federales y estatales de
impartición de justicia es de desconfianza. Ante la imposibilidad para
encontrar en ellas la justicia a la que tiene derecho, han tenido que
prescindir de su apoyo a pesar del sufrimiento moral y la pérdida material que
significa el ser víctima de un delito.
Lo más
grave de este hecho es el cuestionamiento que hacen los ciudadanos acerca del
papel del Estado como responsable de garantizar el orden público y la justicia.
Es cierto que se han heredado instituciones y prácticas añejas, pero también
debe reconocerse que las deficiencias en materia de seguridad pública tienen su
origen en la inoperancia de la ley.
En este
sentido, la normatividad penal quedó rebasada por esta nueva dinámica social,
haciendo incompatibles e insuficientes las premisas que habían servido, durante
décadas, de sustento a dichos ordenamientos.
Sin ir
más lejos, la normatividad que rige el procedimiento penal, a nivel federal,
data de un código expedido en 1934.
Las
condiciones estructurales que prevalecen en el México contemporáneo obligan al
rediseño legal e institucional para enfrentar eficientemente los desequilibrios
sociales y económicos derivados de los actos delictivos.
La
demografía del México actual es totalmente distinta. Para cuando se expidió el
Código Federal de Procedimientos Penales existían aproximadamente 17 millones
de personas.
En la
actualidad somos más de 112 millones. Y si a ello le sumamos las diferencias
poblacionales y la fragmentación de los espacios sociales, la carencia de una
infraestructura comunicacional y productiva adecuada, entonces los
regionalismos penales que todavía hoy existen como inercia histórica cobran
sentido en su real inoperancia.
Es la
razón por la cual el universo de acción de instancias y órganos encargados de
impartir justicia han tenido que crecer exponencialmente.
De igual
forma, el fenómeno delictivo y los delincuentes mismos son totalmente
distintos. Las organizaciones delictivas o los mismos delitos del orden común
se han vuelto más sofisticados, más uniformes en sus métodos y por supuesto,
más violentos. Ni las sanciones ni los procedimientos pueden ser los mismos. Los
delitos cambian y evolucionan como la sociedad misma.
Pero de
igual forma, tampoco podemos continuar inmersos en una lógica que supone una
diferenciación delictiva por región y costumbres.
Existe
una tendencia general a la homogeneidad y especialización de las conductas
delictivas. De ahí el absurdo de mantener sanciones y procedimientos penales
particulares para cada entidad de la República.
Existen
todavía muchos temores respecto a la uniformidad de las leyes en el país. Es un
asunto que gira en torno al federalismo mexicano y a la manera cómo lo
entendemos y al cual históricamente somos muy susceptibles.
No
obstante las críticas que pudieran en la actualidad verterse, alcanzar la
uniformidad y coherencia de los criterios penales en toda la República, lejos
de constituir un mecanismo de centralización supone la creación de un orden
jurídico y jurisdiccional más justo y eficiente.
Las
modificaciones al artículo 20 constitucional, en 2008, iniciaron el camino para
terminar con el viejo sistema garantista. Los juicios orales y el sistema
acusatorio vendrán a darle una bocanada de aire a un sistema de impartición de
justicia lleno de contradicciones.
No
obstante, el punto nodal del asunto radica en los cambios que ha venido
sufriendo nuestra Constitución en materia de derechos humanos y que de una u
otra manera han incidido en la conformación de un clima social y político que
apela, solicita con inmediatez los cambios del régimen penal.
Como se
sabe, en el año 2011 se reformó la Constitución mexicana en su artículo
1o, en la búsqueda de implementar un sistema amplio de protección de los
derechos humanos. Esto provocó la necesidad de comenzar a legislar leyes
secundarias que implementan los nuevos principios rectores de la Constitución.
Si
observamos cuáles han sido las leyes más importantes en materia de seguridad e
impartición de justicia que se han expedido últimamente, llegaremos a la
conclusión que éstas han sido aquellas que están relacionadas con los procesos
perversos de delincuencia organizada.
Así, por
ejemplo, tenemos la Ley General de Trata de Personas, la Ley General de
Víctimas, la Ley General de Secuestro, todas ellas, repito, bajo los auspicios
del cambio constitucional en materia de derechos humanos.
El común
denominador de estas leyes es su criterio uniforme y homogéneo. Es una cuestión
de técnica legislativa, pero sobre todo, de acuerdo político.
Lo que
hasta ahora se ha realizado es importante, pero no suficiente. Es necesario
realizar modificaciones en otros ámbitos relacionados. Por citar algunos
ejemplos, resulta indispensable actualizar la norma en materia de reclusorios,
el Ministerio Público, en materia de readaptación o reinserción social, como lo
estipula la Constitución.
No basta,
por supuesto, con la publicación de leyes progresistas con depurada técnica
legislativa. Es necesario establecer también políticas públicas eficaces que la
acompañen.
Es decir,
si no somos capaces de generar un sistema económico más equitativo donde la
igualdad de oportunidades para las mayorías sea lo cotidiano, donde los
principios constitucionales de respeto a los derechos humanos sean una realidad
incontestable, donde cada mexicano pueda llevar una vida sin exclusiones
sociales o culturales y, por lo mismo, gozar de los beneficios de la educación,
del trabajo, de la salud y la vivienda, y todo aquello que otorga dignidad y
sentido a la condición humana.
Sólo
llevando a la realidad estas ilusiones es como se generaran las condiciones
suficientes para la conformación de una sociedad estable y segura. Las modificaciones
legislativas son indispensables para actualizar los problemas nacionales, pero
las políticas públicas equitativas y racionales, generales y eficaces, son la
piedra de tope de los cambios necesarios en el país.
De ahí la
relevancia del dictamen que hoy analizamos. Dotar explícitamente al Congreso de
la facultad de legislar en todo el país en materia procesal penal, mecanismos
alternos y ejecución de penas, constituye la ruta parlamentaria más eficaz para
comenzar a resolver el ambiente social de violencia e impunidad que nos
envuelve.
Sin
embargo, deseamos dejar claro que facultar al Congreso General para legislar en
materia procesal penal no resolverá el problema de la delincuencia ni de la
inseguridad ni de la falta de certeza jurídica en los procesos.
Repito,
solamente la cohesión social a partir de la redistribución del ingreso y el
crecimiento económico, y sobre todo una justa distribución de la riqueza, un
aumento de la capacidad productiva, el acceso a la educación y a la cultura y
un cambio de conciencia colectiva, lo lograrán. Justicia social es lo que
necesita México para combatir la inseguridad pública y jurídica.
Con el
avance democrático del país la población mexicana exige renovar aquellas
instituciones que la vinculan de una manera directa con el Estado. Por eso, la
demanda de los ciudadanos es que se realicen acciones para que éste cumpla con
su deber esencial de garantizar la seguridad y recuperar la confianza en la
justicia, reformando los mecanismos y leyes encargados de procurarla y administrarla.
Como lo
hemos manifestado en múltiples ocasiones, no se trata de un problema
exclusivamente de leyes, sino de su implementación y de aquellos que la
aplican. Se trata de corrupción, impunidad y vicios que existen dentro de
nuestras instituciones. Sin embargo, es nuestra obligación como legisladores
proveer los insumos necesarios para que la erradicación de estos vicios sea
siquiera posible.
El hecho
es que desde hace por lo menos una década la participación ciudadana
organizada, la sociedad civil, ha sido el resorte que ha impulsado muchos de
los cambios que observamos hoy en día en el país.
Pero
debemos tener claro que el diseño de un sistema de justicia penal eficaz
transita necesariamente por la uniformidad y armonía de sus normas, que permiten
sin distinción alguna la cabal protección jurídica de todos los habitantes del
territorio nacional, por lo que estamos obligados a reflexionar sobre la
importancia y pertinencia de realizar lo antes posible una Ley General de
Delitos Penales, con el objeto de establecer una normatividad sustantiva
general que comprenda y sancione las mismas conductas delictivas que se generan
en todo el territorio nacional.
Coincidimos
en la necesidad de construir no un catálogo de delitos penales, pero sí una
legislación penal general que permita a las distintas instancias y niveles
jurisdiccionales del país afrontar con decisión y firmeza el fenómeno delictivo
que nos envuelve y que tanto vulnera a nuestras familias.
Si no
llevamos a cabo esta normatividad general en materia penal sustantiva entonces
las bondades que se estipulan en el presente dictamen quedarán aisladas en el
propósito común de contar con un sistema penal acorde con la realidad del país,
armónico e integral, que verdaderamente soporte la arquitectura institucional
de procuración e impartición de justicia.
Movimiento
Ciudadano se suma con entusiasmo a la aprobación del presente dictamen, en la
inteligencia que si bien los cambios normativos que se vienen generando en la
materia son los adecuados, aún falta mucho por hacer.
Creemos
que resulta ineludible que en lo inmediato comencemos a diseñar desde el
Congreso de la Unión una estrategia parlamentaria, que involucre a todas las
fuerzas políticas que lo conforman, que nos permita alcanzar rápidamente una lógica
uniformidad de criterios en materia de delitos, que consolide el proceso de
integración de nuestro sistema penal; solo de esta manera podremos construir
verdaderamente lo que la sociedad requiere y espera, el bienestar y seguridad
de los mexicanos nos lo demandan. Muchas gracias.
La
Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: En el uso de la voz, el
diputado Antonio Cuéllar Sttefan, de la fracción parlamentaria del Partido
Verde Ecologista de México.
- El diputado Antonio Cuéllar Sttefan: Con su venia, diputada presidenta. En el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México hemos asumido con absoluta vocación patriótica y una responsabilidad histórica los compromisos que han derivado de los análisis, discusión, aprobación de las distintas iniciativas que han venido presentándose a lo largo de los últimos meses, con el objeto de reformar leyes diversas que inciden en múltiples materias, con incidencia económica desde luego, que tienen como único propósito, como objetivo final, el de mejorar las condiciones de vida de la población y estamos conscientes de ello.
Pero lo
hemos dicho desde el principio y lo reiteramos esta vez: difícilmente creemos
que esto se llegue a consolidar en la medida en la que no podamos establecer
definitivamente un auténtico estado de derecho.
Nosotros
entendemos por estado de derecho la observancia plena de la legalidad, por
parte de todos aquellos órganos de gobierno a quienes les corresponda bien sea
expedirlas, interpretarlas o aplicarlas, y es el caso de que en México hemos
venido sufriendo a lo largo de los últimos años, desafortunadamente un estado
de creciente inseguridad pública que mantiene en la zozobra a la nación. Esta
zozobra deriva de la impunidad que nosotros repudiamos, impunidad que no se
traduce en otra cosa, sino en la falta de aplicación de las leyes para castigar
a todos aquellos que incurren en actividades antisociales claramente
identificadas en la ley como delitos.
Tenemos
que darles los elementos a las autoridades encargadas de la procuración y de la
investigación de los delitos, como también a las autoridades encargadas de
castigarlos y sancionarlos para que cumplan las funciones. No basta ya con que
se mantenga en el discurso cotidiano esta frase reiterativa de que se va a
buscar el fortalecimiento del estado de derecho, sino es con un ejercicio
vigoroso y eficaz de las funciones que la Constitución le otorga a las
autoridades; esto es, persiguiendo los delitos y castigándolos en los términos
que legalmente sean los oportunos, los prudentes, los correctos.
Vemos
nosotros múltiples discusiones legislativas en torno del endurecimiento de las
penas, pero consideramos también que existen otros mecanismos a través de los
cuales las Legislaturas, cada una en su soberanía, decidirá quizá también como
mediante la persecución eficaz y el castigo, quizás con penas menos duras,
podrían lograrse el restablecimiento de las cosas y el reencauzamiento de las
actividades fuera de estos esquemas de inseguridad.
Vamos a
buscar por consiguiente a través de la aprobación de las reformas conducentes
la abolición de la impunidad y el establecimiento de un auténtico estado de
derecho.
Desde el
2008 nuestro constituyente identificó un nuevo mecanismo y un cambio en el
paradigma de la defensa de los derechos humanos para funcionar un nuevo
sistema procedimental penal que logra erradicar de alguna manera esta
preocupación que vengo mencionando.
Desde
luego que tan repudiable es la impunidad en la que quedan los delincuentes
muchas veces cobijados por la falta de pericia o por la falta de ejercicio de
las facultades que la ley les otorga a quienes se encargan de perseguir los
delitos, como también lo es el abuso por parte de las autoridades judiciales
tratándose del respeto de los derechos de todas aquellas personas que se les
procesa por la comisión de algún delito.
La
Constitución, como ya se ha mencionado antes, establece en el artículo 14 un
derecho fundamental de debido proceso y de audiencia que tiene que respetarse
por parte de las autoridades sin distingo, particularmente desde luego por parte
de las autoridades judiciales.
¿Qué es
lo que sucede en el artículo tercero transitorio de las reformas a la
Constitución de 2008? Se establecen plazos fatales para la expedición de las
normas procesales, las nuevas normas procedimentales que establecerán la
conducción de los procedimientos por parte de los jueces penales para el
cumplimiento de este nuevo paradigma y de esta nueva función, respetuosa y
garantista de los derechos humanos, a fin de lograr erradicar la impunidad.
Nosotros
hemos estudiado y nos percatamos de que a pesar de que existen desde luego ya
grandes esfuerzos que han venido materializándose por parte de entidades
federativas para concretar leyes procesales que den respuesta a este mandato
constitucional, existe un rezago y un retraso en las mismas.
Pero no
nada más esto. Existe también el riesgo de que por virtud de la implementación
de la reforma constitucional vayan aprobándose leyes procedimentales diversas
con términos, con derechos y obligaciones, facultades diversas para todos los
sujetos actores dentro del procedimiento penal, que vendrían a causar una
incertidumbre jurídica para todos los que participan, llámense víctimas,
llámense procesados, llámense autoridades encargadas de la persecución y de la
investigación de los delitos y, desde luego, llámense también de los jueces.
De aquí
que, dentro de lo que nosotros identificamos como un claro compromiso dentro
del federalismo que reconoce la Constitución, podemos ver dentro de la
iniciativa que ahora se presenta –y que habrá en su caso de aprobarse por parte
de esta Legislatura- la ventaja y la conveniencia de lograr establecer a través
de esta nueva facultad el camino para que el Congreso de la Unión el día de
mañana emita una ley procedimental única en materia penal para toda la
República, que vendrá a dar certidumbre jurídica a todos los que participan en
esta actividad que es de fundamental importancia para el desarrollo, para el
progreso del país.
Si
identificamos desde luego la conveniencia de aprobar este mecanismo que es
congruente con el Pacto Federal, es congruente con el compromiso que asume la
federación con los estados, porque respeta la soberanía de los estados por
cuanto a la identificación de las conductas antisociales que deben de
castigarse como delitos.
Exclusivamente
atañe a los aspectos procedimentales con el objeto de armonizar a nivel
nacional la forma en que los abogados habrán de cumplir sus funciones como
acusadores, como defensores, como juzgadores.
Desde
luego, a pesar de que en este caso solamente nosotros discutimos y valoramos
esta conveniencia de aprobar esta nueva facultad constitucional en materia de
Código de Procedimiento Penal Único, no dejamos de ver la conveniencia de que
esto pudiera tener lugar también en otro tipo de actividades, porque finalmente
acaban traduciéndose en lo mismo.
En
materia contencioso-administrativa, por ejemplo, nosotros podemos encontrar
legislaciones a lo largo de la República que contemplan términos distintos,
obligaciones y recursos distintos, medidas cautelares y providenciales
distintas que lo único que causan es incertidumbre jurídica.
Si con
motivo de la complejidad conforme a la cual se vienen llevando a cabo las
actividades delincuenciales hoy en día y con motivo de la intercomunicación
obligada –que además irá progresando en el país entre entidades federativas–.
Podemos ver que las conductas empiezan cometiéndose en una entidad y en un
estado pero continúan en otras, entonces es conveniente darles a los abogados
instrumentos armónicos, únicos, a través de los cuales con conciencia plena de
sus obligaciones, de las facultades que la ley les concede a las autoridades,
estos puedan atajar el cumplimiento de aquello que la ley establezca a fin de
ver cumplidos sus propósitos en cualquiera de los sentidos que esto pueda
llegar a darse.
Es por
esta razón, por consiguiente, que el Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México, desde luego que suscribe con decisión esta iniciativa de
reforma al artículo 73, fracción XXI, de la Constitución e identifica no una
afectación a la cláusula federal que contempla el pacto de la Unión, sino todo
lo contrario, un fortalecimiento a favor de la mayor vinculación entre
las entidades federativas con respeto, desde luego, de aquellas decisiones que
en su esfera soberana hayan de llevar a cabo e implementar por cuanto a
la identificación de conductas antisociales que se identifiquen como delitos y
su penalización; no desde luego sin dejar de ver que en la misma reforma
constitucional que estamos discutiendo, se reconoce, se contempla y se deja a
salvo, la posibilidad de que el Congreso también identifique y emita a través
de leyes con valor nacional, los tipos penales y las sanciones para delitos
comunes y que nos aquejan a todos como lo es el delito de secuestro o el delito
de trata de personas.
De ahí
que encontramos en la reforma constitucional que se propone plena congruencia y
desde luego un fortalecimiento de aquello que queremos llevar a cabo con el
objeto de lograr el establecimiento de un Estado de derecho y el cumplimiento
de la legalidad. Por su atención, muchas gracias. Es cuanto, diputada
presidenta.
La
Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: Gracias, diputado. En el uso
de la voz el diputado Fernando Zárate Salgado, de la fracción parlamentaria del
PRD.
Saludamos
y damos la bienvenida a quienes hoy nos acompañan, del municipio de Ciudad
Victoria, Tamaulipas. Bienvenidos.
- El diputado Fernando Zárate Salgado: Con su venia, presidenta. Diputadas y diputados, ésta es una de las reformas que más consenso tienen en este periodo legislativo y es muy claro por qué.
“Donde
las leyes son claras y precisas, el oficio del juez no consiste más que en
asegurar un hecho. En buscar las pruebas de un delito se requiere habilidad y
certeza. En el presentar lo que de él resulta es necesario claridad y
precisión. Para juzgar de lo mismo que resulta, no se requiere más que un
simple y ordinario buen sentido, menos falaz que el saber de un juez
acostumbrado a querer encontrar reos y que todo lo reduce a un sistema de antojo”.
Esta cita es de César Beccaria, aplicable en nuestro país a los estados en
donde distintos códigos penales y procesales penales, aplican con distintos
criterios los mismos delitos tanto en Baja California como en Chiapas, en
Nayarit como en Tlaxcala.
La
reforma que hoy discutimos si bien resulta simple en sus términos, sus
implicaciones son muy grandes, ya que contempla el otorgamiento de facultades
al Congreso para emitir una legislación procesal penal única que consuma el
proceso iniciado con la reforma constitucional promulgada en el año de 2008,
para el establecimiento del sistema de justicia penal acusatorio en nuestro
país.
Ésta no
es una idea nueva, es una idea que desde los años 40 ha sido propuesta por
diversos académicos de la universidad nacional y que hoy muchos de nosotros y,
repito, que ha generado varios consensos y uno de los mayores consensos en esta
legislatura, implica eliminar la existencia de 33 códigos procesales penales en
el país y sustituirlos por uno único que establezca las bases, que le dé
contenido y que establezca sobre todo los límites y las sanciones para todos
los tipos penales y todo el proceso penal que se establece en nuestro país.
Es
ilógico, incoherente e injustificable fomentar criterios distintos a casos
iguales e incluso el extremo de ser opuestos como ocurre –y todos hemos vivido
o nuestros familiares lo han vivido en distintos casos– en distintos estados
del país.
Es
importante señalar un tema que se va a volver trascendente para la discusión de
distintos otros temas de la misma naturaleza en esta Cámara y es que esta
reforma no tiende hacia la centralización de la impartición de justicia ni
mucho menos viola la competencia originaria de los estados establecida por el
artículo 124 constitucional, como falazmente argumentan ciertos iluminados.
No es una
reforma que viole el federalismo ni tampoco las facultades previstas por los
estados de la República. Adelantémonos un poco. El federalismo es una forma de
organización territorial que establece las funciones públicas y en última
instancia debe estar al servicio de los ciudadanos. No es ni debe ser visto
como un instrumento de protección de los intereses de los poderosos en los
estados, específicamente los gobernadores.
Por
cierto, este debate –y adelantémonos un poco más– se replicará en torno a la
nueva organización electoral del país, como se le ha llamado a la propuesta del
Instituto Nacional Electoral; incluso los argumentos serán muy parecidos: para
qué queremos 33 distintos organismos y organizaciones estatales electorales si
todas son corruptas o la mayoría de ellas. Para qué queremos 33 organizaciones
electorales si establecen sus propios lineamientos y sus propios procedimientos
e incluso en un estado de la República el mismo caso es juzgado de manera
distinta que en otro.
No sólo
en el Congreso se debe establecer una interpretación uniforme y coherente, sino
debemos ir matizando y cada vez eliminando más las interpretaciones
voluntaristas que organizaciones y organismos dictados desde una oficina
que en lo específico han sido los gobiernos estatales y los gobernadores, han
creado sus pequeños feudos.
No es un
debate perenne ni es un debate superficial. Repetiremos en muchas ocasiones más
este mismo debate, y les recuerdo que tampoco ha habido debate sobre el federalismo
en materias fiscales, en materia penal, como es el caso, y sobre todo en
materias laborales.
Esta
reforma está estableciendo el ejemplo de cómo podemos establecer un nuevo
sistema de pesos y contrapesos con los gobernadores de los estados que han debilitado
un sistema a costa y a favor de sus bolsillos y de su autoritarismo.
Queda
claro entonces que estas bases se sentarán para garantizar un balance que
dentro del proceso penal acusatorio beneficia, sobre todo, a los habitantes, a
los ciudadanos, no a los gobernantes, y específicamente a que los derechos
humanos estén en vigencia en este país.
Se trata,
en esencia, de la expedición de un Código de Procedimientos Penales único que
homologuen los procedimientos en materia penal, superando las interpretaciones
y divergencias de carácter local y aspirando a la integralidad del sistema de
justicia penal en México.
La tarea
siguiente será la emisión de la propia ley en donde deberemos poner especial énfasis
en los derechos humanos, especialmente en derecho al acceso a la justicia.
Vigilaremos los temas sobre delincuencia organizada, declaraciones de testigos
protegidos, arraigo, que se cumplan los estándares internacionales y, sobre
todo, que modifiquemos el sistema legislativo que actualmente rige.
Asimismo,
insistimos en recordar, como uno de los complementos indispensables es sin duda
la legislación en materia de uso de la fuerza. Hoy la seguridad pública y los
militares cumplen funciones de seguridad pública en la calle.
Establecer
un Código Penal Procesal único, no es suficiente. Necesitamos aprobar, derivado
de la reforma de 2008 y 2011 de Derechos Humanos, cuáles son las condiciones
bajo las cuales la Seguridad Pública de este país ejerce su función, sobre todo
para dotar de seguridad jurídica de los ciudadanos.
A su vez,
la suspensión de garantías constitucionales que en estados, especialmente en el
norte no han manifestado ni la circunstancia real que es necesaria para
garantizar la garantía de la vida, la suspensión de diversas otras garantías
individuales.
Debemos
partir por el reconocimiento de nuestra realidad. Y esta realidad la hemos
reconocido en materia penal a través de establecimiento de este Código Procesal
único.
Como ya
lo señalé, éste será el ejemplo y situaremos el precedente de cómo abordaremos
la legislación electoral y muchas otras legislaciones que actualmente existe un
desbalance de poder entre los gobernadores y este Congreso de la Unión. Muchas
gracias, presidenta.
La
Presidenta diputada Patricia Elena Retamoza Vega: A usted, diputado. En el uso
de la voz, el diputado Carlos Fernando Angulo Parra, de la Fracción
Parlamentaria del PAN.
- El diputado Carlos Fernando Angulo Parra: Compañeras y compañeros, es principal responsabilidad del Estado mexicano hacer que las condiciones de vida de todos los mexicanos sean lo suficientemente adecuadas para que todos y cada uno de nosotros, los habitantes de este país, podamos realizar nuestros anhelos.
Para ello
se necesitan muchas cosas que realizar, pero destaca una muy importante, la
condición esencial para poder vivir realizando las actividades cotidianas de
cada uno y para poder estar trabajando de una manera positiva, de una manera
tranquila, es que todos los habitantes de este país gocen de varias cosas;
primero de seguridad, de un estado de derecho que garantice que haya concordia
social, y donde no la haya, haya justicia. Y como lo dicta nuestra
Constitución, que esa justicia sea pronta y expedita.
Ahora nos
encontramos en un momento histórico esencial para el desarrollo de la vida
cotidiana en este país, de poder hacer un salto cuántico al desarrollo de la
justicia. Por desgracia nuestra condición de federación y la condición de
inseguridad que se ha tornado muy difícil en nuestro país, por la delincuencia
organizada principalmente y las condiciones socio-económicas políticas
globales, nos ha llevado a que tengamos un sistema penal muy inadecuado.
Hay que
tomar en cuenta varias cosas, compañeras y compañeros. En primer término los
compromisos internacionales que México ha asumido y la
responsabilidad que manda la Constitución a partir de la reforma de 2011
en materia de derechos humanos, de tener cabalmente garantizados los derechos
humanos en el país, y uno de los derechos humanos que más es afectado es el
derecho a tener una justicia cabal en el país, porque nuestro sistema
inquisitorial que data del régimen colonial inquisitorial no lo hemos
eliminado, y no se ha eliminado por desgracia por mucha conveniencia de los
gobernantes autócratas que hemos tenido, y así en nuestro país este sistema lo
hemos rechazado de una manera muy clara a partir de 2008, mandando a las
entidades federativa del país y a la misma Federación, migrar del sistema penal
inquisitorio a un sistema penal oral acusatorio.
Así
quiero mencionarles que ahora nos encontramos ante la reforma de la fracción
XXI del artículo 73 constitucional en materia de legislación penal procesal
única, y tenemos también varios cambios que facultan al Congreso de la Unión en
cuanto a la fracción XXI inciso a), para expedir leyes generales en materia de
secuestro y trata de personas, que ambos delitos verdaderamente afectan de una
manera terrible a la sociedad, y para establecer penas mínimas penales y sus
sanciones, así como establecer leyes generales que contemplen la distribución
de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, las entidades
federativas y el Distrito Federal, como con los municipios, para que este
entramado jurisdiccional no sea ápice para que los delincuentes se aprovechen
de ellos y las víctimas se vean totalmente despojadas de sus derechos.
Asimismo,
estamos estableciendo reformas para que el Congreso de la Unión tenga
facultades para legislar en delitos y faltas contra la federación y las penas y
sanciones que por ellos deban de imponerse, así como legislar en materia de
delincuencia organizada.
Ahora
bien, compañeros, esta legislación es producto de un consenso multipartidista
muy importante, que empieza desde la Cámara de Senadores, en donde el 14 de
febrero de 2013, el 9 de abril de 2013, el 24 de abril de 2013 y el 29 de abril
de 2013, presentaron diferentes senadores, del Partido Acción Nacional, del
Partido Revolucionario Institucional, del Grupo Parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista
de México, estas reformas que ahora estamos a punto de votar.
Ahora
bien, el 29 de abril de 2013 el Senado aprobó la minuta y el 30 de abril de
2013 esta Honorable Cámara de Diputados recibió la minuta que ha sido
dictaminada por la Comisión de Puntos Constitucionales, de la cual soy
secretario.
Como
ustedes saben, el origen de un nuevo sistema penal para la República Mexicana
tuvo su nacimiento con las reformas constitucionales de 2008 y así esta etapa
de implementación del sistema penal oral y acusatorio ha tenido un muy lento
desarrollo, así tenemos 15 entidades federativas que aún se encuentran en su
etapa de planeación, que son: Coahuila, Veracruz, Aguascalientes, Sinaloa,
Quintana Roo, Baja California Sur, Colima, Querétaro, Guerrero, Jalisco, San
Luis Potosí, Sonora, Hidalgo, Campeche y Distrito Federal. En la etapa de
entrada en vigencia se ubican los estados de Tlaxcala, Tamaulipas, Michoacán,
Tabasco y Puebla. Finalmente se encuentran en operación, mi estado natal
Chihuahua y se encuentra estado de México y Morelos. Y en operación parcial se
encuentran Chiapas, Oaxaca, Nuevo León, Zacatecas, Durango, Yucatán, Guanajuato
y Baja California Sur.
Compañeras
y compañeros, es inaceptable que a cinco años de esta reforma ni siquiera la
mitad de las entidades haya implementando el sistema, manteniendo a los
gobernados bajo el yugo del sistema inquisitorio.
Los
principales problemas al contar con una legislación procesal por cada entidad
son diversos, se tienen 33 legislaciones adjetivas en materia penal, con 33
criterios diversos, que provocan una gran oportunidad a los delincuentes. Ya lo
mencionó otro compañero, de trasladarse de un estado a otro, etcétera.
La
unificación y sistematización de criterios entre las 32 entidades federativas
nos da una mejor coordinación y operadores jurídicos del nuevo sistema de
justicia penal, con mayor certidumbre jurídica para todos los
involucrados.
La
reforma penal no es algo novedoso, se empezó desde 49, 58 y 63. En el Partido
Acción Nacional impulsamos las reformas que requiere el país, tanto desde el
gobierno como fuera de él.
Es por
ello que apoyamos esta reforma en comento, la cual tendrá como consecuencia una
mayor certeza jurídica para el pueblo mexicano, ya que desde el momento en que
hay presentada una acusación hay una intervención judicial, junto con el
Ministerio Público, que deja de tener esa facultad omnipotente que fue causal
de múltiples y ha sido causal de múltiples abusos.
Ahora
vamos a tener una justicia que le garantizará al detenido el pleno ejercicio de
sus derechos humanos y a las víctimas el pleno ejercicio de su reparación. Amén
de que también se establecerá un sistema de resolución de controversias de
querella necesaria, en donde se ven afectados nada más intereses particulares y
muy fácilmente se pueden resolver múltiples problemas y quitarle el
enmarañamiento que tiene el sistema penal mexicano respecto de juicios que
tienen poca relevancia porque son meramente privados y ahora se pueden liberar.
Los
insto, por favor, compañeros y compañeras, a que aprobemos esta reforma
histórica para el bien del país y la justicia. Muchas gracias.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias a usted,
don Carlos Fernando Angulo Parra.
- Tiene el uso de la voz Delvim Fabiola Bárcenas Nieves, del Partido Revolucionario Institucional.
La
diputada Delvim Fabiola Bárcenas Nieves: Buenas tardes. Con su venia, señor
presidente. Compañeros y compañeras legisladoras, el acceso a la justicia de
manera eficaz, pronta y expedita, es una prerrogativa fundamental que a pesar
de estar plasmada en nuestro texto constitucional, su cumplimiento aun está pendiente
en la agenda nacional, el cual de no ser cumplido a cabalidad seguirá
retardando la consolidación de un sistema democrático que garantice las
libertades del individuo y permita el ejercicio de los derechos humanos.
Resulta
prioritario construir las bases de un sistema de justicia que garantice tanto
la adecuada protección de la ciudadanía y sus bienes jurídicamente tutelados,
como el adecuado juzgamiento de quienes son señalados como transgresores de las
normas penales, garantizando así la protección de los derechos de quienes se
constituyen como partes en un proceso penal.
La
situación de inseguridad en la que ha vivido inmerso nuestro país trajo consigo
la incapacidad de nuestras instituciones para otorgar la debida atención y la
protección de los derechos de las víctimas, así como garantizar un justo
enjuiciamiento de quienes infrinjan la legislación penal.
El
resultado de todo ello son agencias ministeriales, juzgados, Centros de
Readaptación y defensorías de oficio, rebasadas por la carga excesiva de
trabajo; funcionarios de los tres niveles de gobierno, acusados de ineficiencia
o de corrupción; reclusorios desbordados por la población penitenciaria;
inocentes o pobres saturando las cárceles; y delincuentes caminando impunes en
las calles.
En este
rubro la situación que vivimos apenas se podría imaginar, pero es peor con los
datos contenidos en la primera encuesta realizada en la población interna de
los Centros Federales de Readaptación Social, elaborada en el CIDE y que son
muy reveladores.
El 54 por
ciento de los sentenciados dijeron haber sido llevados a otro lugar antes de la
Agencia del Ministerio Público. El 27.5 por ciento dijo que el Ministerio
Público no le había explicado por qué razón se encontraban ahí. El 42.2 por
ciento dijo que no le había comunicado o informado del derecho que tenía para
tener un abogado. El 66 por ciento de los encuestados dijo que no fue informado
de que tenía derecho a no declarar.
Sobre la
posibilidad de hacer una llamada telefónica, el 64.4 por ciento no pudo hacer
una llamada telefónica. Sobre la existencia de amenazas o el uso de fuerza
pública para obligar una declaración o para cambiar ésta, el 34 por ciento dijo
haber sido amenazado y que se uso la fuerza física en su contra. Esta
incertidumbre que vive la sociedad hoy en día es tan sólo una pálida muestra
del deterioro de nuestro sistema de justicia penal.
Esta
situación no podría entenderse sino a partir de, entre otras causas, la
diversidad de códigos, adjetivos, en nuestro país que han provocado la
dispersión de los procedimientos penales, lo que ha restado uniformidad al
tratamiento de quienes son señalados como infractores y ha dejado a la
ciudadanía imposibilitada para hacer valer y para defender sus derechos
constitucionales.
Es por
ello que, los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional, nos pronunciamos a favor de esta reforma constitucional que se
somete hoy al pleno, pues gracias a ella será posible que el Congreso de la
Unión expida una legislación única procedimental penal, misma que contemplará
mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas
que regirán en la República, tanto en el orden federal como en el fuero común.
La
reforma constitucional hoy sometida a este pleno nos permitirá fortalecer
nuestro sistema penal, a través de estrategias que permitan atender y servir de
mejor manera a quien ha sido víctima de un delito y que de ninguna manera tiene
que ser victimizado de nueva cuenta por las instituciones o, bien, por los mismos
servidores públicos.
Pero no
sólo eso, contaremos con normas adjetivas que coadyuven al adecuado juzgamiento
de quienes han violentado la ley, buscando en todo momento acceder a la verdad
legal con bases en pruebas tangibles y no en consignas.
Compañeras
y compañeros legisladores, Séneca decía que nada se parece tanto a la
injusticia como la justicia tardía. Nosotros agregamos que también raya en la
injusticia, el juzgamiento sin equidad ni probabilidad de defensa. Injusto es
criminalizar a las víctimas y ser indiferente a su dolor e indignación;
injusticia es hacer de los reclusorios el vertedero de la venganza social en
vez de una oportunidad para el perdón y la readaptación. No habrá justicia en
México hasta que las víctimas sean atendidas con humanidad y empatía, y
mientras los policías no se dediquen a proteger a la población, los fiscales
dejen de poner precio a sus servicios y mientras los defensores no defiendan
adecuadamente a sus clientes.
Imposible
hablar de justicia, mientras los reclusorios estén llenos de injusticias cuyos
derechos siguen padeciendo aquella vieja máxima cincelada en las paredes de
Lecumberri, en este maldito lugar donde reina la tristeza, no se castiga el
delito, se castiga la pobreza.
Impensable
hablar de justicia, si al contrario de cómo aconsejaba El Quijóte a Sancho
Panza, en México se sigue doblando la vara de la justicia con el paso de la
dádiva y no con la misericordia.
Es por
ello que el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
estamos a favor de la reforma que sin duda alguna ayudará de manera positiva a
seguir moviendo México. Es cuanto, señor presidente.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Y es mucho, con esta cita
del caballero de la triste figura terminamos la ronda de posicionamientos.
Tendremos el gusto de escuchar, como siempre, a doña Luisa María Alcalde Lujan,
que va a hablar a favor. Tiene usted el uso de la voz por cinco minutos.
- La diputada Luisa María Alcalde Luján: Un gusto también escucharlo a usted, presidente. Como es bien sabido la reforma constitucional en materia penal del 18 de junio de 2008 fue una apuesta por transformar profundamente la forma de ejercer justicia en nuestro país, que como todos sabemos es obscura e ineficiente y no garantiza debidamente los derechos de víctimas ni de imputados.
La
reforma busca adoptar una nueva metodología más transparente, lógica y ágil
para ejercer justicia, es decir, para exponer los argumentos de las partes y
decidir sobre el futuro del imputado. En vez de largos procesos de creación de
expedientes y transcripciones, el nuevo proceso acusatorio adversarial estará
regido por un sistema de audiencias orales en las que se deberán respetar los
principios de oralidad, contradicción, publicidad, continuidad e inmediación.
Indudablemente
la reforma ofrece grandes oportunidades para mejorar nuestro sistema penal,
pero también implica serios retos; retos que las entidades federativas que ya
han empezado a implementar el nuevo sistema de justicia acusatorio enfrentan
hoy.
Uno de
esos retos es la creación de un Código Procesal Penal que instrumentalice
debidamente los principios y derechos que la Constitución exige ahora. Un
código que integre las buenas prácticas de los sistemas acusatorios que se han
implementado a lo largo del país y que se aventure a romper paradigmas y evitar
reintroducir las prácticas viciadas del proceso penal pasado, como se ha visto
ya en ciertos estados.
Un código
que, por un lado, garantice los derechos del imputado como la presunción de
inocencia y el derecho a una defensa adecuada, pero no deje de lado los
derechos de las víctimas que hoy más que nunca tenemos que proteger.
Esta
labor se vuelve aún más difícil en el entorno de nuestro país donde se tienen
que elaborar no uno sino 33 códigos procesales penales, empezando por el Código
Procesal Federal que hasta ahora no hemos aprobado. No obstante, de acuerdo a
la Constitución, tenemos menos de tres años para implementar el nuevo sistema
de justicia acusatorio en nuestro país.
La
diversidad de códigos procesales no nada más dificulta la implementación
exitosa del nuevo sistema de justicia. También motiva criterios de
interpretación contradictorios entre las entidades federativas, dificulta la
coordinación entre las autoridades y fomenta la improvisación legislativa sobre
temas que deberían ser modificados previo consenso y discusión por parte de
todos los actores sociales interesados.
Es por
esto que creemos que la unificación de las leyes procesales en materia penal es
el mejor camino para remediar la dispersión legislativa y las inconsistencias y
vicios entre las leyes locales y federales. Es la mejor forma de lograr la
armonización entre la teoría penal y la práctica en todo el país, permitiendo
además concentrar los esfuerzos académicos en la capacitación de los futuros
operadores y la difusión y enseñanza de la legislación procesal.
De manera
más general, con la emisión de un código único, se sumaría a la creciente
tendencia internacional en materia procesal: la simplificación. En pocas
palabras, la unificación procesal-penal brindará certeza jurídica a la sociedad
evitando que exista desigualdad en la manera de juzgar a los ciudadanos por el
solo hecho de residir en distintas entidades federativas.
Aprobar
el presente dictamen que facultaría al Congreso para legislar y expedir un
Código Procesal Penal Único, es el primer paso de una larga lista de
responsabilidades que tenemos los legisladores para enmendar un sistema
corrupto e injusto, desigual y arbitrario.
Esperamos
que las distintas fracciones parlamentarias acompañen esta reforma
constitucional que hoy votaremos a favor. Muchas gracias.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Muchas gracias, muy
apreciable diputada.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Ábrase el sistema electrónico
de votación para recabar votación nominal en lo general y en lo particular en
un solo acto del dictamen, en sus términos, por cinco minutos.
El
Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Háganse los avisos a que se refiere el
artículo 144, numeral dos, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el
sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general
y en lo particular.
(Votación)
El
Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Ciérrese el sistema electrónico de
votación. Señor presidente, le informo que se emitieron 452 votos en pro, 3 en
contra y 2 abstenciones.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Estoy leyendo 453.
El
Secretario diputado Javier Orozco Gómez: Ah, perdón 453.
El
Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y
en lo particular por 453 votos el proyecto de decreto que reforma la fracción
XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
en materia de legislación procesal penal única.
Pasa a
las legislaturas de los estados para los efectos del artículo 135
constitucional.
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