23 jun 2014

Reforma Energética, LA CUESTIÓN FISCAL/Juan Carlos Reyes Torres


Reforma Energética, LA CUESTIÓN FISCAL/Juan Carlos Reyes Torres, analista político, @jcreyest
La semana que comienza estará centrada en la aprobación de las leyes reglamentarias en materia energética por parte del Senado de la República, durante las siguientes semanas será discutido y analizado este paquete en la Cámara de Diputados.
Son innumerables los temas a discutir, realmente lo que ahí se ha redactado es fundamental para el país, pocas leyes tienen tal alcance, sobre todo por los beneficios que traen aparejados.
El tema se ha discutido durante muchos años en diversos foros, no solamente en el Congreso, se han escrito artículos, libros, ensayos sobre el sector energético, el tema está suficientemente discutido, llegó el momento de aprobar las leyes y comenzar su cumplimiento. La reforma permitirá aumentar la renta petrolera.

En cuanto al aspecto fiscal de las leyes reglamentarias vale la pena detenernos para conocer algunas cuestiones: es la Ley de Ingresos de la Federación el instrumento legal que habrá de contemplar un apartado sobre ingresos fiscales provenientes de hidrocarburos, recuérdese que la reforma constitucional elimina en hidrocarburos la figura de concesión para dar paso a la Asignación y a la autorización de suscripción de contratos.
 Así habrá de definirse las características de las contribuciones asociadas a las asignaciones y a las diversas modalidades de contratación previstas en el ordenamiento constitucional.
 Las disposiciones tributarias delimitarán los elementos comunes que serán aplicados a todo tipo de contrato, teniendo como contraprestaciones básicas las cuotas por fase exploratoria y las regalías. Todos los sujetos obligados en los contratos habrán de pagar el ISR. Además, se prevé disponer un conjunto de disposiciones que eviten la consolidación de pérdidas. Incluso, en cada contrato se dispondrá de una cláusula que establezca un mecanismo de ajuste para garantizar que el Estado mexicano obtenga cualquier rentabilidad extraordinaria que pueda ser generada.
 Para los contratos de licencia, el Congreso discute, la posibilidad de establecer un bono y una contraprestación definida como una sobre-regalía (al valor de la producción) o una sobretasa (al valor de las utilidades).
 Por su parte, se prevé que los contratos de utilidad y de producción compartida establezcan una contraprestación definida ésta como un porcentaje de la utilidad, en efectivo o en especie, respectivamente.
 Los contratos serán adjudicados por la Comisión Nacional de Hidrocarburos mediante licitación pública internacional o nacional a quien presente las mejores condiciones a los intereses del Estado mexicano. Así sucede en todo el mundo: Estados Unidos, India, Venezuela, Nigeria, Rusia, China, Vietnam, Irán, Colombia y Brasil.
 Vamos dejando atrás los miedos, la perversa ignorancia manipuladora, los gritos redentores de falsos mesías que sólo defienden intereses personales. Confiemos en el Derecho y en la fuerza de la Ley, en la inteligencia y pericia técnica del gobierno y del Congreso.

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