Uso indebido de recursos en el TEPJF
ERNESTO VILLANUEVA
Publicado en la revista Proceso (www.proceso.com.mx), # 1684, 8 de febrero de 2009;
ERNESTO VILLANUEVA
Publicado en la revista Proceso (www.proceso.com.mx), # 1684, 8 de febrero de 2009;
La crisis financiera de México está dejando sin empleo a muchos mexicanos. La devaluación del peso empieza a impactar en el bolsillo de casi toda la población. En ese contexto, el uso indebido de los recursos públicos lastima doblemente a la sociedad, peor aún si quienes incurren en esa práctica son los vigilantes de que la democracia electoral funcione razonablemente. Se trata del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Existen elementos probatorios que sustentan mi afirmación. Veamos.
Primero. De entrada, el artículo 47 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos establece en su fracción III que es obligación de éstos: “utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión (…) para los fines a que están afectos”. Como parte de un ejercicio de investigación aplicada, se hizo una solicitud de acceso al TEPJF para conocer el historial de navegación a través de internet en las computadoras de ese órgano jurisdiccional. La respuesta ofrecida en el folio 00000708 fue que, si bien el tribunal carece de obligaciones para almacenar ese tipo de información, “en aras de la transparencia” accedía a proporcionar datos obtenidos “de todos los servidores de internet actualmente en uso”.
Se entregaron 2 mil 628 fojas con la bitácora de navegación correspondiente a 30 minutos de una fecha escogida por el propio tribunal. De esta suerte, es posible pensar que se trata de una información que fue sometida a una revisión previa y, sin embargo, es reveladora de un caso de corrupción sin consecuencias.
Segundo. Al analizar una muestra representativa, consistente en 29 mil 327 páginas web, los resultados muestran cómo se usan indebidamente los recursos públicos en el TEPJF, el cual está dotado de un gran presupuesto y goza de la nómina más alta del mundo en órganos similares (www.revistatransparencia.com), ya que son los propios magistrados quienes deciden por sí y ante sí el monto de sus sueldos al amparo de su autonomía.
El análisis se dividió en 13 rubros. El primero se refiere a imágenes, y representa 5.4% del tiempo; el segundo está dedicado a videos y películas (5.8%), dentro de los cuales destaca el juego imperiaonline, recurrentemente consultado por quienes integran el TEPJF; el tercero corresponde a chats, con 6.2%; el cuarto, a compras, con 11.3% –aquí, las páginas de ticketmaster y viajespalacio son muy consultadas, acaso para combatir el estrés del trabajo judicial–; el quinto se catalogó como compras un poco más íntimas, con 7.8% –en este caso aparecen, además de mercadolibre.com, páginas que ofrecen estimulantes sexuales masculinos a bajo precio–; el sexto corresponde a los Facebook, con 4.2%; el séptimo, a páginas deportivas, con 5.3%; el octavo a “otros”, con 17.4%, donde los garantes de la legalidad electoral revisan páginas dedicadas a recetas de comida y a encontrar pareja, así como a contenidos eróticos; el noveno es el relativo a la lectura de periódicos, con 21.9%; el décimo está dedicado a revisión de correos electrónicos no institucionales, fundamentalmente g-mail, con el 5.1%; el undécimo, a bancos, con 1.9%; el duodécimo, a transparencia judicial, con 2.3%, y el décimotercero, a páginas del Poder Judicial y relacionadas, con 5.4%.
Tercero. Como se puede apreciar, quienes laboran en el TEPJF, en 92.3% de los casos utilizan estos recursos públicos para objetivos distintos a los que la ley señala. Nadie podría estar en contra de que magistrados, secretarios de estudio y cuenta, así como el personal de las áreas de apoyo, consulten por internet las páginas en las cuales decidan navegar. El problema es que lo hacen en sus horas de trabajo y con el equipo del TEPJF pagado por el pueblo. Lo más grave es que sea una conducta consentida por acción u omisión del pleno de la Sala Superior del Tribunal, que es en última instancia el responsable de poner orden en casa.
Esa muestra ofrece indicios, además, de cómo están las cosas dentro del órgano supuestamente dedicado a garantizar la legalidad electoral. ¿Cómo puede el TEPJF conseguir el cumplimiento de la ley afuera, si no lo hace dentro de la institución? ¿Cómo es posible justificar salarios de lujo –que rebasan decenas de veces el sueldo mínimo– a personas que no sólo violan la ley, sino que ni siquiera cumplen su trabajo en plena crisis financiera del país? El TEPJF en nada abona a su credibilidad con estas acciones lamentables que ya no debieran permitirse.
Primero. De entrada, el artículo 47 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos establece en su fracción III que es obligación de éstos: “utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión (…) para los fines a que están afectos”. Como parte de un ejercicio de investigación aplicada, se hizo una solicitud de acceso al TEPJF para conocer el historial de navegación a través de internet en las computadoras de ese órgano jurisdiccional. La respuesta ofrecida en el folio 00000708 fue que, si bien el tribunal carece de obligaciones para almacenar ese tipo de información, “en aras de la transparencia” accedía a proporcionar datos obtenidos “de todos los servidores de internet actualmente en uso”.
Se entregaron 2 mil 628 fojas con la bitácora de navegación correspondiente a 30 minutos de una fecha escogida por el propio tribunal. De esta suerte, es posible pensar que se trata de una información que fue sometida a una revisión previa y, sin embargo, es reveladora de un caso de corrupción sin consecuencias.
Segundo. Al analizar una muestra representativa, consistente en 29 mil 327 páginas web, los resultados muestran cómo se usan indebidamente los recursos públicos en el TEPJF, el cual está dotado de un gran presupuesto y goza de la nómina más alta del mundo en órganos similares (www.revistatransparencia.com), ya que son los propios magistrados quienes deciden por sí y ante sí el monto de sus sueldos al amparo de su autonomía.
El análisis se dividió en 13 rubros. El primero se refiere a imágenes, y representa 5.4% del tiempo; el segundo está dedicado a videos y películas (5.8%), dentro de los cuales destaca el juego imperiaonline, recurrentemente consultado por quienes integran el TEPJF; el tercero corresponde a chats, con 6.2%; el cuarto, a compras, con 11.3% –aquí, las páginas de ticketmaster y viajespalacio son muy consultadas, acaso para combatir el estrés del trabajo judicial–; el quinto se catalogó como compras un poco más íntimas, con 7.8% –en este caso aparecen, además de mercadolibre.com, páginas que ofrecen estimulantes sexuales masculinos a bajo precio–; el sexto corresponde a los Facebook, con 4.2%; el séptimo, a páginas deportivas, con 5.3%; el octavo a “otros”, con 17.4%, donde los garantes de la legalidad electoral revisan páginas dedicadas a recetas de comida y a encontrar pareja, así como a contenidos eróticos; el noveno es el relativo a la lectura de periódicos, con 21.9%; el décimo está dedicado a revisión de correos electrónicos no institucionales, fundamentalmente g-mail, con el 5.1%; el undécimo, a bancos, con 1.9%; el duodécimo, a transparencia judicial, con 2.3%, y el décimotercero, a páginas del Poder Judicial y relacionadas, con 5.4%.
Tercero. Como se puede apreciar, quienes laboran en el TEPJF, en 92.3% de los casos utilizan estos recursos públicos para objetivos distintos a los que la ley señala. Nadie podría estar en contra de que magistrados, secretarios de estudio y cuenta, así como el personal de las áreas de apoyo, consulten por internet las páginas en las cuales decidan navegar. El problema es que lo hacen en sus horas de trabajo y con el equipo del TEPJF pagado por el pueblo. Lo más grave es que sea una conducta consentida por acción u omisión del pleno de la Sala Superior del Tribunal, que es en última instancia el responsable de poner orden en casa.
Esa muestra ofrece indicios, además, de cómo están las cosas dentro del órgano supuestamente dedicado a garantizar la legalidad electoral. ¿Cómo puede el TEPJF conseguir el cumplimiento de la ley afuera, si no lo hace dentro de la institución? ¿Cómo es posible justificar salarios de lujo –que rebasan decenas de veces el sueldo mínimo– a personas que no sólo violan la ley, sino que ni siquiera cumplen su trabajo en plena crisis financiera del país? El TEPJF en nada abona a su credibilidad con estas acciones lamentables que ya no debieran permitirse.
Post scriptum: Expreso mi solidaridad a Isaín Mandujano, corresponsal de Proceso en Chiapas, ante la campaña de desprestigio y amenazas auspiciada aparentemente por el gobernador del estado, Juan Sabines, debido a que en estas páginas difundió hechos de interés público sobre Chiapas. evillanueva99@yahoo.com
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