Remediar la injusticia /Ana Laura Magaloni Kerpel
Reforma, 8 May. 10
La función de los ministros, si entiendo bien lo que quiere decir Zaldívar, no sólo es la de remediar la injusticia del caso concreto, sino también evitar que casos así sigan sucediendo
Si la Corte no hubiese intervenido, era prácticamente seguro que Alberta y Teresa hubiesen tenido que cumplir una pena de al menos 20 años en prisión. Así funciona la justicia penal en nuestro país: una vez que el MP presenta su acusación ante el juez, la maquinaria judicial es implacable. Según datos del INEGI, a nivel nacional, de 1997 al 2007 la tasa de sentencias condenatorias ha oscilado entre 84% y 87% cada año. Esta tasa de éxito claramente no tiene que ver con la altísima capacidad profesional del MP para acusar y defender sus asuntos en juicio. Por el contrario, con una mala investigación y una pobre argumentación jurídica, el MP es invencible en juicio. La tasa de sentencias condenatorias nos habla de un sistema de procuración e impartición de justicia que se quedó atrapado en su pasado, que opera con las inercias burocráticas producto de su historia.
Durante los años del autoritarismo existió una Procuraduría con plenos poderes legales y metalegales para perseguir y acusar a quien decidiese, y un Poder Judicial débil, amenazado y sumiso, que simplemente avalaba cualquier acusación. Hoy, cada vez que un asunto penal toma una dimensión mediática, lo que vemos son los resabios de ese viejo sistema: un MP que no tiene siquiera que armar una historia del caso que haga sentido y un juez que, por más irregularidades en el proceso y sinsentido de la acusación, condena al imputado. Para muestra el caso de Alberta y Teresa: la PGR, como si no tuviera suficiente trabajo con el crimen organizado, decide invertir recursos humanos y materiales para acusar a estas dos mujeres de secuestrar a seis AFI y un juez federal, sin pestañar, avala la acusación imponiéndoles 21 años de presión.
Nada nuevo bajo el sol: las burocracias, con el paso del tiempo, generan un conjunto de prácticas y rutinas que se repiten en forma automática. Nadie las cuestiona. Nadie mira siquiera que existen otras opciones. ¿Cómo hacer que nuestros MP y nuestros jueces rompan con las inercias autoritarias y desarrollen nuevas formas de ejercer su función? Sin duda, la Corte es una institución clave para modificar algunos de los patrones de conducta más arraigados en nuestros jueces penales.
Ése me parece que es el sentido de la magnífica intervención del ministro Zaldívar en la deliberación de la Primera Sala con relación al caso de Alberta y Teresa. Esta decisión, según Zaldívar, tiene dos efectos: "un efecto concreto inmediato que es la libertad de Alberta y Teresa, y esto por sí mismo creo que ha valido la pena todo lo que esta Primera Sala tuvo que hacer (...) pero el segundo es el valor de precedente y el mensaje que esta Primera Sala envía a las auto- ridades de nuestro país: queremos que este tipo de prácticas no sigan ocurriendo y, cuando ocurran, debe haber jueces para remediarlas".
La resolución del caso de Alberta y Teresa debe generar nuevas pautas de conducta en los jueces penales ordinarios. Es decir, la función de los ministros, si entiendo bien lo que quiere decir Zaldívar, no sólo es la de remediar la injusticia del caso concreto, sino también evitar que casos así sigan sucediendo. Para ello, los jueces constitucionales deben establecer un nuevo tipo de retórica jurídica en sus sentencias que, poco a poco, vaya impregnando la actuación en los jueces inferiores. Ése es el papel central que han jugado los tribunales constitucionales en el proceso de consolidación democrática. Ése es el papel que, me parece, Zaldívar busca impulsar en nuestro máximo tribunal.
Las intervenciones de los otros cuatro ministros versaron sobre asuntos puntuales en torno al valor probatorio de algunas evidencias y sobre el carácter excepcional que debe tener la facultad de atracción de la Corte. En particular la intervención del ministro Gudiño me pareció muy sugestiva. Gudiño centra su atención en la inverosimilitud de la historia planteada por el MP. Dado que para que se acredite el delito de secuestro es necesario que el acusado haya solicitado una suma de dinero a cambio de la liberación, el MP aporta los testimonios de los policías privados de su libertad en donde señala que Alberta y Teresa pedían 70 mil pesos para liberarlos. Por ello -dicen los policías- salieron a pedir dinero a sus compañeros. En un lapso de tres horas, según los testimonios, habían reunido la suma requerida. El punto de Gudiño es el siguiente: los testimonios no sólo deben ser uniformes entre sí y no tener contradicciones, también deben ser verosímiles y creíbles. Ello tiene que ver con uno de los aspectos nodales de la justicia penal me- xicana: el MP debe tener la obligación de construir una historia del caso que haga sentido. Hasta hoy, este aspecto tan elemental no forma parte del método de trabajo con el que el MP construye la averiguación previa.
Con todo, la versión estenográfica de la sesión de la Primera Sala es completamente insuficiente para saber hasta qué punto los ministros van a utilizar el caso de Alberta y Teresa para modificar algunos patrones de conducta de los jueces inferiores. No sé si la visión de Zaldívar es compartida por los otros cuatro ministros. La sentencia definitiva es la que lo determinará. Mientras que ello sucede, vale la pena quedarse con la bocanada de aire fresco que la liberación de Alberta y Teresa trae consigo.
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