La Presidenta de la Comisión Ordinaria de Derechos Humanos del Senado de la República, Senadora licenciada Angélica de la Peña Gómez.
-SEN. ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Buenas tardes.
Señor Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto; señor Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong; señor Javier Sicilia; Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad; señora Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados; Diputada Miriam Cárdenas; señores del presídium; señoras y señores.
Norberto Bobbio señala que lo que distingue a un sistema democrático de los sistemas no democráticos, es un conjunto de reglas de juego. Más, precisamente, lo que distingue a un sistema democrático no es solamente el hecho de que tenga sus reglas del juego, sino el hecho de que estas reglas sean mucho más elaboradas a través de ciclos de pruebas y contrapruebas que las reglas de otros sistemas y hayan sido constitucionalizadas.
El proceso histórico de configuración de nuestra Constitución, demuestra que, ciertamente, hemos forjado preceptos que han sido perfeccionados a partir de los reclamos democráticos y exigencias de la sociedad en distintas etapas de nuestra historia.
Por eso, es significativo que el Congreso Constituyente haya reformado la Carta Magna, para establecer que todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados que México como Estado, parte del Derecho Internacional, ha aprobado.
Relevante, también, es el reconocimiento de los derechos de las víctimas u ofendidos. Sin embargo, en el marco de la obligatoriedad en la promoción, protección y garantía de los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia y indivisibilidad y progresividad, el Estado mexicano tiene pendiente prevenir, investigar, sancionar y reparar todas las violaciones de los derechos humanos que han sufrido las víctimas.
Es el caso, por ejemplo, también, la falta de un puntual cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es notable que la Ley General de Víctimas, cuyo acto de promulgación hoy nos convoca (¿?), de ir, en primer lugar, de la exigencia de la sociedad a conocer la verdad, a obtener la justicia, a alcanzar la reparación integral del daño y a concretar las garantías de no repetición de los hechos que resultaron de la calamidad que hoy lamentamos, y ante la cual, un Estado democrático de derecho debe responder con celeridad y eficacia.
Es verdad que la ley de deferencia debe sufrir algunas reformas que la hagan plausible. Sin duda, pero, a la luz de los hechos pasados, en donde prácticamente sufrió un veto singular, es importante que se haya resarcido el proceso de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, como consecuencia de la conclusión del proceso Legislativo, emprendido por el Congreso de la Unión.
Ha sido grave que se haya desvirtuado la relación armoniosa entre los Poderes de la Unión, que hoy, se está enmendando.
La ley reconoce que a las víctimas del delito se les han violentado sus derechos humanos. Constituye un instrumento que obliga a las autoridades en sus distintos órdenes de Gobierno a cumplir y a respetar los derechos de las víctimas, desde este enfoque sustantivo y adjetivo.
Esta debe ser la razón que motive el diálogo entre funcionarios de Gobierno, víctimas y sociedad, para lograr la prevención y erradicación, efectivamente, de los hechos que dieron origen a las iniciativas para la reparación del daño a las víctimas que han resultado de la progresiva inseguridad pública, el incremento del crimen organizado y de la delincuencia común y, también, como por las equivocadas políticas para enfrentarles.
La experiencia pasada nos debe aleccionar respecto de que el Estado no puede actuar con omisión, menoscabo o insensibilidad, frente a las situaciones de dolor, de miedo, incertidumbre o indignación, frente a las respuestas que ha dado la autoridad, lo que ha provocado una revictimización y una comprensible decepción, tanto de familiares de las víctimas y de la sociedad respecto de sus representantes.
Un buen Gobierno no puede escatimar tiempo, paciencia y sapiencia para escuchar. Pero no sólo. También, para fomentar la coadyuvancia de la participación de la sociedad civil con el propósito de la construcción de la gobernanza, como señala nuestra Constitución hacia el bien común, hacia el respeto de la dignidad humana y hacia el desarrollo humano sustentable característico de un país democrático, como el que está definido en nuestra Constitución, que reconoce los derechos humanos de todas las personas sin discriminación de ningún tipo.
Finalmente, es imprescindible reconocer a las y los expertos de la academia, de las organizaciones de derechos humanos, del movimiento ciudadano que pugna por la Paz, con Justicia y Dignidad, de la sociedad civil organizada, quienes se han propuesto lograr esta ley, con el objetivo de fortalecer nuestro marco jurídico e impedir el crecimiento de las situaciones adversas que causan dolor, y que impactan el equilibrio emocional de las familias de las víctimas, y, también, de la estabilidad del país.
Expreso mis respetos a su perseverancia. Asumo, con generosidad, sus aportes y enfatizo mi compromiso con sus causas.
Puedo anticipar, con certeza, que desde el Senado y, en particular, desde la Comisión de Derechos Humanos, cuyos integrantes, Senadoras y Senadores, se encuentran, hoy, en este evento; compartirán conmigo esta posición y preocupación.
Porque estamos obligados, en referencia a Bobbio, a probar nuestra Constitución Política y, efectivamente, protegerla para que ya no tenga retrocesos, sobre todo, en lo que se ha logrado en el 1º Constitucional.
Muchas gracias por su atención.
1 comentario:
Considero que el trabajo de la Senadora Angélica de la Peña, en materia de derechos humanos, sorprenderá a la gente.
de verdad es en favor de la gente,les recomiendo su sitio web Angélica de la Peña
Saludos.
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