28 mar 2022

Es inaplicable el decretazo! #TEPJF

 El Presidente emiiío opinión, en la mañanera del lunes 28 de marzo de 2022

Diego Elías Zedillo, de Tabasco Hoy, Campeche Hoy, Quintana Roo Hoy, Diario Basta de Grupo Cantón.

Señor presidente, este fin de semana el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió un fallo con respecto al decreto que impulsó la Cámara de Diputados para que las y los servidores públicos pudieran difundir lo que viene siendo el ejercicio de la revocación de mandato.

A dos días de que se haga este ejercicio democrático, presidente, ¿cuál sería su opinión al respecto del fallo del tribunal o, más bien dicho, de la postura de un integrante de este tribunal con respecto a querer otra vez censurar la opinión de las y los servidores?

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR:Bueno, no conozco el asunto a detalle. Sé que la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores aprobaron que los servidores públicos puedan hablar del tema, difundir el que va a haber esta consulta el día 10 de abril. Si hubo de parte del tribunal electoral una prohibición, pues hay que ver qué efectos tiene y qué es lo que prevalece, si es la autorización del Congreso o es el tribunal electoral. La verdad es que todos saben que va a haber una consulta o la mayoría, y tiene que ver con la Constitución y con la democracia.

Ayer hubo elecciones en Uruguay, hubo un referéndum para ver si se mantenían leyes que están vigentes o se cancelaban considerando de que se afectaba a los ciudadanos. Si se mantenían había que votar ‘no’ y esto se vinculaba con la postura del gobierno de Uruguay, el ‘no’; y si se anulaban las leyes era el ‘sí’. Y fue muy interesante porque votan prácticamente todos en este referéndum los ciudadanos de Uruguay y queda muy parejo, 50-49, a favor de que se mantengan las leyes creo que 50 y 59 por el ‘sí’, de que se quitaran. Pero es un ejercicio democrático en Uruguay, ayer todavía, y participaron todos los ciudadanos, esa es la democracia participativa.

¿Por qué no promover y que la gente participe para que decida si continúa el presidente o renuncia? No hay que tenerle miedo al pueblo y hay que ser demócrata de verdad, no autoritario disfrazado de demócrata.

Nosotros, cuando comenzamos a luchar en contra del autoritarismo y de la antidemocracia, no estábamos pensando que íbamos a ganar a la primera, decidimos participar porque teníamos que ir abriendo brecha, ir desbrozando el camino, porque no había tradición democrática, costumbre democrática, hábito democrático en nuestro país, pero había que iniciar la lucha y así fue como se avanzó, se hace camino al andar. No es posible que nos califiquemos de demócratas y no participemos.

Ah, ‘porque no vamos a ganar’ o porque ‘vamos a terminar fortaleciendo a quien está en el gobierno’ o ‘no hemos conspirado lo suficiente’, ‘todavía no está al punto el golpe’, ‘nos falta más guerra sucia’, ‘nos faltan más calumnias, más mentiras’; ‘nos falta debilitar más al gobierno, al presidente, y entonces sí’. ¿Qué clase de demócratas son?

Y es muy lamentable que el INE no promueva la consulta. Me estaba mostrando mi esposa Beatriz un cartelito del INE difundiendo la consulta de revocación del mandato. A ver si te envía la foto.

INTERVENCIÓN: ¿El debate qué le pareció, presidente?, el debate que se dio.

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Pues bien, pero si le preguntamos a la gente yo creo que no se enteró ni el uno por ciento de los mexicanos, porque parece que ese es el propósito, en los noticieros de los medios informativos convencionales no hay nada, nada, nada.

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 Hace público el TEPJF proyecto de resolución relacionado a la sentencia que establece la inaplicabilidad del Decreto de interpretación auténtica y que confirma el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE impugnado por Morena

 27/marzo /2022 /  Sala Superior 87/2022 

Ciudad de México

 De conformidad con los lineamientos establecidos en el Acuerdo General 9/2020 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el magistrado Felipe de la Mata Pizaña solicitó la publicación del proyecto de resolución relacionado a la sentencia que establece la inaplicabilidad del Decreto de interpretación auténtica y que confirma el acuerdo ACQyD-INE-42/2022 de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral impugnado por Morena.

Lo anterior, en el entendido de que la transparencia institucional abona sustancialmente a la certeza y seguridad de los justiciables, así como de la ciudadanía en general.

El TEPJF tiene un mandato constitucional muy claro: cuidar que se cumplan las leyes electorales y garantizar que todas y todos los mexicanos puedan ejercer sus derechos políticos-electorales.

El Tribunal Electoral es y será garante de las leyes electorales y, como tal, reafirma su compromiso con la continua labor para fortalecer el sistema democrático en México.

El proyecto de resolución puede ser consultado en la página de internet del TEPJF en la siguiente liga:

https://www.te.gob.mx/media/pdf/db123836c8a8a40.pdf


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 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

 El TEPJF declaró inaplicable el Decreto de interpretación auténtica sobre “propaganda gubernamental” en la revocación de mandato en el caso concreto que confirmó que MORENA debe retirar un comunicado

 28/marzo /2022 /  Sala Superior 90/2022 

Ciudad de México

 En sesión privada y por mayoría de votos, con el voto en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por una parte, declarar inaplicable el Decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de marzo del año en curso.

Por otra, confirmar las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que ordenó a la Gobernadora de Campeche y a MORENA eliminar de sus redes sociales la publicación en apoyo al Presidente de la República, porque se estimó que se trataba de propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido, calificada previamente como aparentemente ilegal por el INE. 

Movimiento Ciudadano (MC) presentó una denuncia en contra de la Gobernadora de Campeche y MORENA, por difundir el pasado trece de febrero en sus redes sociales, un documento titulado “Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación”, al considerarla propaganda gubernamental en periodo prohibido en favor del Presidente de la República en el contexto del actual procedimiento de revocación de mandato.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por MC y ordenó retirar las publicaciones denunciadas. Inconforme con lo anterior, MORENA promovió un medio de impugnación y alegó, principalmente, que las publicaciones no son propaganda gubernamental, sino posicionamientos políticos que pueden difundirse dentro y fuera de procesos electorales. 

A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada y los magistrados que votaron a favor consideraron que en virtud de la cercanía de la jornada electoral de votación de revocación de mandato y para efecto de dar certeza a los actores políticos, ciudadanía y autoridades, era necesario analizar si el Decreto de interpretación era aplicable –como parte del estudio preliminar en sede cautelar o en el estudio de fondo–. Al respecto concluyeron que:

a. El Decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, porque no se realiza una interpretación auténtica del concepto “propaganda gubernamental”, sino que se establece una excepción a la prohibición de difusión de propaganda gubernamental durante el desarrollo de un proceso de revocación de mandato –lo cual es violatorio de la prohibición prevista en la propia Constitución general–. 

Asimismo, al establecer esta excepción se realiza una modificación sustancial a las reglas de comunicación política en la revocación de mandato, lo cual está prohibido a nivel constitucional.

b. Las publicaciones denunciadas sí podrían ser propaganda gubernamental prohibida –desde un análisis preliminar–, puesto que los razonamientos planteados en relación con el comunicado ya fueron analizados y desestimados por esta Sala Superior, al resolver el SUP-REP-33/2022 y acumulados.    (SUP-REP-96/2022).


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