¡Cochinero! Patético.
INE publica listado de más de 4 mil candidaturas a elección judicial con “errores”, inconsistencias: una magistrada aparece sin haberse postulado…
Después de un retraso de dos días en la entrega de las listas, el órgano electoral difundió en su plataforma un documento de casi 100 páginas con los datos de 4 mil 224 aspirantes al PJ.
Lilia Mónica López Benítez, magistrada consejera de la Judicatura Federal, denunció presuntas irregularidades en la elección judicial mediante su cuenta de X.
Manifestó su "sorpresa" al aparecer en la lista, pese a no haberse postulado y haber presentado previamente su declinación ante el Senado.
Otro candidato aparece en dos listas a cargos distintos
Sergio Javier Molina Martínez aparece en el documento del INE en dos listas a cargos distintos, situación prohibida en la Constitución.
"Las personas candidatas podrán ser postuladas simultáneamente por uno o varios Poderes de la Unión, siempre que aspiren al mismo cargo", se lee en la Carta Magna.
Molina Martínez aparece para el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y, simultáneamente, aparece postulado para ser magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial.
¿Como fue? Ni ellos -los del INE-, saben…..
Hoy se espera que el Senado entregue al INE la "corrección" de los 50 errores en las candidaturas...
Algunos nombres se repiten hasta tres veces, lo cual está prohibido por la Constitución.
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INE votará listas de candidatos, pese a errores; Senado subsanó parcialmente
LETICIA ROBLES DE LA ROSA Y AURORA ZEPEDA Excelsior,
Aunque el Senado subsanó de forma parcial los errores detectados en la lista de candidatos para la elección judicial, persisten yerros en el listado, publicado ayer por el INE, el cual prevé avalar hoy.
El documento contiene al menos cuatro casos que violan la Constitución, pues a dos candidatos los postula para diferentes cargos, a una más la identifica como magistrada de un tribunal inexistente y a otro, para dos posiciones diferentes y lo identifica como titular de una posición que no existe.
La magistrada Gabriela Eugenia del Valle figura para contender por una de las dos vacantes en la Sala Superior del Tribunal Electoral y, al mismo tiempo, para mantenerse en la Sala Regional Guadalajara. En tanto, Enrique Figueroa aparece como candidato a la Sala Superior, pero también para la Sala Xalapa.
Además, Lilia Mónica López Benítez y Sergio Javier Molina Martínez aparecen como magistrados en funciones del Tribunal de Disciplina Judicial, que todavía no existe. Mónica López también informó que ella declinó a participar en el proceso.
En la misma situación está el magistrado Eduardo Osorio, quien ayer aclaró que ni siquiera se anotó.
El artículo 96, numeral tercero, asegundo párrafo, de la reforma constitucional aprobada por el oficialismo el año pasado para imponer la elección de los juzgadores federales, advierte que “las personas candidatas podrán ser postuladas simultáneamente por uno o varios Poderes de la Unión, siempre que aspiren al mismo cargo”.
Además, la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales ordena en el artículo 501, numeral dos, que “las personas juzgadoras en funciones en los cargos a elegir que pretendan contender para un cargo o circuito judicial diverso deberán informarlo al Senado de la República dentro de los treinta días posteriores a la publicación de la convocatoria general, a efectos de no ser incorporadas en los listados de candidaturas”.
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El ábado 15 de febrero, dos días después de la sesión sobre el conflicto competencial entre jueces de amparo y el TEPJF, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que el pleno no ordenó a los juzgadores revocar las suspensiones que concedieron contra la reforma judicial, sino que sólo se les solicitó que las revisen y se pronuncien en lo electoral.
En una tarjeta informativa -s/n-, la Corte informó que una vez que se publique el engrose de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, los jueces tendrán 24 horas para revisar las demandas de amparo y las medidas cautelares emitidas para frenar la elección judicial.
“En la sesión se determinó que los juzgadores tienen que revisar las demandas de amparo, en lo que es estrictamente electoral se tienen que pronunciar. Esto lo recogerá el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena en el engrose de la sentencia”.
TEPJF se extralimitó, dice:
Aclaró que: “no se instruyó a los jueces a revocar las suspensiones, sólo se les solicitó que las revisen y se pronuncien".
Señaló que los ministros determinaron que el TEPJF se extralimitó en sus funciones, al pronunciarse en el sentido de que las suspensiones no debían ser acatadas; no está dentro de sus facultades, puntualizó.
“No está en discusión que el Tribunal tiene competencia en materia electoral en términos del 99 de la Constitución; sin embargo, si una autoridad no es competente para decidir sobre un asunto, no lo puede hacer."
Asimismo, señaló que el pleno analizó también lo que hicieron los jueces al emitir la suspensión: “En la sesión se determinó que los juzgadores tienen que revisar las demandas de amparo, en lo que es estrictamente electoral se tienen que pronunciar."
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