Revista Proceso # 2084, 9 de octubre de 2016..
Exoneran
a los funcionarios procesados por la fuga de “El Chapo”
Juan
Ignacio Hernández Mora y Paulo Uribe Arriaga, los funcionarios penitenciarios
de más alto rango presuntamente responsables de la fuga de Joaquín Guzmán
Loera, El Chapo, en julio de 2015, finalmente fueron exonerados de todo cargo.
La decisión la tomó el juez federal Víctor Octavio Luna Escobedo, el mismo que
los había consignado al principio, luego de un intercambio de información con
Felipe de Jesús Muñoz Vázquez, personaje cercano al presidente Enrique Peña
Nieto.
En
común acuerdo, la Procuraduría General de la República (PGR) y un juez federal
exoneraron a quienes se perfilaban como los principales responsables de la fuga
de Joaquín El Chapo Guzmán en 2015: Juan
Ignacio Hernández Mora y Paulo Uribe Arriaga.
A
pesar de que inicialmente habían sido consignados por la Subprocuraduría
Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) de la PGR por
ser los funcionarios de más alto rango en el manejo directo de los penales
federales en el país, ambos libraron la prisión y cualquier otro proceso penal.
Hernández
Mora sólo fue cesado como comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado
de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), mientras que Uribe Arriaga se
mantiene como director general de Administración del órgano, donde una de sus
tareas es la de contratar los servicios de seguridad periféricos y subterráneos
en las cárceles federales, lo que omitió en el caso del penal del Altiplano.
De
acuerdo con documentos judiciales conocidos por este semanario, Hernández Mora
y Uribe Arriaga fueron advertidos de esa falla cuando El Chapo ya estaba en el
Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) Número 1, El Altiplano, de
donde el capo sinaloense escapó a través de un túnel de casi kilómetro y medio
el 11 de julio de 2015, aunque fue recapturado siete meses después.
La
gracia para Hernández Mora y Uribe Arriaga se concretó en un intercambio de
información entre la SEIDO, a cargo entonces de Felipe de Jesús Muñoz Vázquez,
y el juez federal Víctor Octavio Luna Escobedo, a quien el Poder Judicial de la
federación le dejó hacerse cargo de los procesos penales contra todos los
implicados en la fuga en julio de 2015.
Muñoz
Vázquez pertenece al entorno del presidente Enrique Peña Nieto. Trabajó en la
PGR con el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto
Castillejos, y dejó de ser subprocurador horas antes de que el juez decretara
la formal prisión contra los funcionarios ahora procesados.
Lo
que ocurrió después con Hernández Mora y Uribe Arriaga fue algo más que suerte.
Al entonces comisionado del OADPRS no lo pudo sostener quien lo promovió para
hacerse cargo de los penales federales, Monte Alejandro Rubido García, quien lo
tuvo en el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) al inicio del actual
gobierno, aunque su relación en esa instancia viene desde el sexenio de Felipe
Calderón.
Casi
dos meses después de la fuga, Rubido también tuvo que dejar el cargo como
titular de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), de la que dependen tanto
las prisiones federales como la Policía Federal. Todas esas instancias están
bajo el mando de la Secretaría de Gobernación (Segob).
Uribe
Arriaga tenía mejor respaldo: el titular de la Segob, Miguel Ángel Osorio
Chong, con quien ha trabajado desde los años noventa, pasando por el gobierno
del estado de Hidalgo y ahora como jefe de la seguridad en el país (Proceso
2030 y 2052). Pese al desprestigio internacional que la fuga representó para su
gobierno, Peña Nieto mantuvo en su cargo al exgobernador de Hidalgo, quien
ahora busca ser precandidato presidencial del PRI.
El pacto con la SEIDO
De
acuerdo con una queja interpuesta en contra de Víctor Octavio Luna Escobedo,
titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en el
Estado de México, por acoso laboral, intimidación y ejercicio indebido del
cargo, la consignación de los presuntos responsables de la fuga del capo del
Cártel de Sinaloa fue pactada entre la SEIDO y el propio juez.
La
actuación del juzgador fue denunciada en diciembre del año pasado ante el
Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el órgano de la vigilancia,
administración y disciplina de los juzgadores federales. El consejo está
presidido por el ministro Luis María Aguilar, quien es también presidente de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El CJF desechó la denuncia tres
meses después sin siquiera ser investigada.
En
un ir y venir de funcionarios de la SEIDO al juzgado con sede en Toluca, en
septiembre del año pasado, el Ministerio Público (MP) federal y el juez Luna
Escobedo terminaron por excluir a Hernández Mora y a Uribe Arriaga de cualquier
cargo por la fuga.
Durante
una semana, entre el 6 y el 14 de septiembre de 2015, la SEIDO administró con el
juez la consignación por la evasión del Chapo. Según la queja, el MP de la
subprocuraduría presentó varias veces la misma consignación, pero con proyectos
diferentes. El artículo 134 del Código de Procedimientos Penales dispone que en
cuanto aparezca la probable responsabilidad de una persona, el MP ejercerá la
acción penal en los tribunales.
El
personal del juzgado no sólo trabajó la misma causa penal con distintos pliegos
de consignación, sino que supo por anticipado que el caso recaería en el juez
Luna Escobedo, de acuerdo con la queja interpuesta ante el CJF. Contrario al
turno de los casos que se asignan en la Oficina de Correspondencia Común, la
SEIDO se entendió en todo momento con el juez.
El
domingo 6 de septiembre de 2015, día en que el juzgado estaba de turno, el
juzgador avisó a sus secretarios que llegaría el expediente por la fuga. Al día
siguiente, en efecto, llegó la consignación de la causa penal 55/2015, a pesar
de que el juzgado ya no estaba de guardia. El MP federal, a través de la SEIDO,
ejercía acción penal en contra de 18 personas, a quienes les imputó el delito
de evasión de reos por omisión y ejercicio indebido de servicio público. Las
dos primeras mencionadas eran Hernández Mora y Uribe Arriaga.
Desde
la llegada de ese primer pliego de consignación el juez decidió qué secretarios
se iban a encargar de cada uno de los acusados. El segundo texto con el que
trabajaron los secretarios del juzgado lo presentó la SEIDO el 9 de septiembre.
Era más voluminoso, pero mantenía la acción penal en contra de los 18 empleados
de Gobernación. El viernes 11 siguiente, el juez anunció a sus secretarios que
había recibido un tercer pliego, pero no se los entregó.
Fue
hasta el domingo 14 cuando el juzgado dio por recibida oficialmente la
consignación por parte de la SEIDO. En ese documento final ya no fueron
consignados Hernández Mora ni Uribe Arriaga, a pesar de que los secretarios que
revisaron su situación los habían encontrado responsables de la fuga, por
omisiones graves y ejercicio indebido de servicio público.
Los
encuentros con el juez
Según
la queja ante el CJF, la consignación definitiva en nada se parecía a la orden
de aprehensión solicitada originalmente por la PGR. En la consignación
original, a Hernández Mora y a Uribe Arriaga la SEIDO los acusaba de haber
favorecido el escape por la falta de funcionamiento de los sistemas de
seguridad perimetrales y subterráneos. La supervisión, puesta en marcha y
contratación de esos servicios dependían de ambos. Además, se les acusaba del
ejercicio indebido de servicio público por ser omisos ante las advertencias que
esos sistemas de seguridad en el Altiplano no estaban funcionando.
Contra
quienes sí procedió finalmente el juez por esos mismos cargos fue contra Celina
Oseguera Parra, entonces coordinadora general de penales federales en el
OADPRS; Valentín Cárdenas, exdirector del Altiplano, custodios, policías
federales y agentes del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen),
entre otros empleados de la secretaría de Gobernación.
Uno
de ellos, Enrique Angulo Cervera, Director General de Informática,
Administración de Recursos y Servicios del OADPRS, quien dependía directamente
de Paulo Uribe. Angulo Cervera está prófugo. Tanto Uribe como Angulo Cervera
fueron los responsables de la contratación del brazalete de vigilancia del
Chapo y que también se reportó como inservible.
En
otra causa penal, la 48/2015-III, relacionada asimismo con la fuga, el juez
Luna Escobedo dictó el auto de formal prisión a otros tres empleados públicos a
los que un juez de Guanajuato había dejado en libertad. Ante esa negativa, la
PGR gestionó para que esos tres casos fueran resueltos favorablemente para el
MP por el titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Procesos Penales Federales
en el Estado de México.
De
acuerdo con testimonios recogidos por Proceso, durante toda la semana previa a
la consignación de los 16 empleados de Segob, funcionarios de la SEIDO no
dejaron de ir al juzgado. “Se encerraban con el juez por horas, en cualquier
hora del día”, aseguran. En medio del reacomodo de la consignación, Felipe de
Jesús Muñoz Vázquez renunció a la PGR y se fue a la Segob.
El
presidente Peña Nieto lo designó secretario ejecutivo del SNSP. Pero sólo duró
dos meses. Desde marzo pasado es el procurador de Justicia de Colima, promovido
por el nuevo gobernador José Ignacio Peralta Sánchez.
Muñoz
Vázquez estaba al frente de la SEIDO cuando se elaboró la consignación en la
que iban los dos principales funcionarios del OADPRS. Había regresado a la PGR
en marzo de 2015 luego de que durante el gobierno de Felipe Calderón trabajó en
la procuraduría con el actual consejero jurídico presidencial, Humberto
Castillejos.
Castillejos
fue de 2006 a 2008 coordinador de asesores de Eduardo Medina Mora, ahora
ministro de la SCJN, mientras que Muñoz Vázquez era el subprocurador de
Investigación Especializada en Delitos Federales, cargo que dejó en 2010 para
irse de subprocurador al Estado de México, primero con el entonces procurador
Alberto Bazbaz y luego con Alfredo Castillo, actual director de la Comisión
Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), otro de los hombres cercanos a
Peña Nieto.
Muñoz
después fue procurador de Aguascalientes y de ahí regresó a la PGR para hacerse
cargo de la SIEDO en marzo de 2015. Cuatro meses después, fue el responsable de
las averiguaciones ministeriales por la fuga del Chapo Guzmán.
Las
potestades del juez
La
queja presentada ante el CJF señala que una vez dictada la formal prisión,
entre el 17 y el 21 de septiembre de 2015 se tomaron las declaraciones
preparatorias de los inculpados. Pero en una de ellas, la del día 17, el juez
Luna Escobedo prácticamente vació el juzgado. Ordenó a todo el personal, casi
una veintena entre secretarios, oficiales, actuarios, así como a los defensores
de oficio, que se trasladaran al penal del Altiplano, a pesar de que sólo iban
a declarar cinco de los acusados. La excepción, en las “tareas de apoyo” en el
penal la hizo con sus colaboradores de confianza.
El
personal protestó. Le dijeron que no era necesario que fueran todos. Aun así,
el juez les ordenó presentarse a las seis de la tarde en la prisión del
Altiplano para tomar la declaración de los acusados. Pero tuvieron que esperar
tres horas a que se presentara el juzgador. La diligencia acabó alrededor de la
medianoche.
Ante
la denuncia contra el juez, que fue acompaña de dos cajas de documentos, el CJF
consideró que era improcedente y evitó así la investigación. El caso no llegó
al pleno del consejo. Fue desechado el 26 de marzo pasado por el secretario
ejecutivo de Disciplina, el juez Antonio González García.
En
su respuesta, González García desestimó los señalamientos de los empleados del
juzgado, como la de propiciar la confrontación entre ellos, las amenazas de
despido, la extensión de la jornada laboral por sus métodos de trabajo y actos
de intimidación, entre otras. Incluso mencionaron el suicidio de un empleado
que padecía esquizofrenia y que de acuerdo con lo asentado en la queja, su
familia aseguró que se sentía presionado por el juez Luna Escobedo.
El
secretario ejecutivo de Disciplina negó todos los cargos bajo el argumento de
que el juez tiene la potestad de organizar el trabajo del juzgado como quiera,
a pesar del continuo movimiento de secretarios, oficiales y actuarios en el
juzgado.
Lo
mismo hizo respecto a la interferencia de la SEIDO en la gestión de las causas
penales relacionadas con la fuga del Chapo Guzmán. Dijo que las acusaciones se
apoyaron en “argumentos genéricos” y refirieron situaciones “subjetivas y
ambiguas”.
En
su exculpación, el secretario ejecutivo de Disciplina argumentó: “Los
promoventes se limitan a relatar que en la tramitación de las causa penales…
relacionadas con El Chapo, se suscitaron ‘circunstancias extrañas’, sin relatar
a qué circunstancias se refieren y qué entienden por extrañas”.
Además,
“no realizan alguna imputación directa que se encuentre relacionada con las
visitas al juzgado de ‘un subprocurador’ que sostuvo pláticas privadas con el
juez señalado, ni las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que hubiesen
ocurrido los actos generadores de responsabilidad administrativa que estiman
cometió el referido juzgador federal y que justifiquen iniciar un procedimiento
disciplinario de tal naturaleza en su contra”.
La
respuesta lleva también la firma del presidente del CJF y de la SCJN, el
ministro Luis María Aguilar Morales. Otro de los integrantes del consejo,
Alfonso Pérez Daza, es señalado en los testimonios obtenidos por este semanario
como cercano al juez Luna Escobedo, quien comenzó su carrera de juez en 2013 en
Baja California y de ahí pasó al Estado México.
De
acuerdo con los mismos, Pérez Daza acompañó al titular del Juzgado Cuarto de
Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México en los festejos
de fin de año del Poder Judicial federal en esa entidad justo cuando se había
presentado la queja contra el juzgador, en diciembre pasado.
El
juez Luna Escobedo fue requerido por Proceso, pero a través de su secretario
particular, Iván Sánchez Ruiz, respondió que no daba entrevistas periodísticas
y remitió a la oficina de Comunicación del CJF, donde se reiteró la negativa
del juzgador.
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