8 may 2016

La tortura, evidente en los expedientes oficiales/ reportaje

Revista Proceso # 2062, 7 de mayo de 2016...
 La tortura, evidente en los expedientes oficiales/GLORIA LETICIA DÍAZ
Bastó con un análisis riguroso de los expedientes oficiales para que los expertos del GIEI determinaran que la tortura fue el método de investigación empleado por la PGR en el caso Ayotzinapa. Los expertos detectaron que a los detenidos clave –aquellos en los que se cimentó la “verdad histórica”– les fueron “apareciendo” lesiones conforme pasaban de autoridad a autoridad. Pese a que los aprehendidos denunciaron los maltratos, nadie investigó, lo que viola el debido proceso y erosiona, todavía más, la versión gubernamental.

Al Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) le bastó sistematizar la documentación sobre “integridad física” y “mecánica de lesiones” de los implicados en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa para inferir que la tortura fue el método de “investigación” utilizado por el personal de la Procuraduría General de la República (PGR) para construir la “verdad histórica”.


Impedidos de interrogar durante su segundo periodo a los procesados por la desaparición de los jóvenes, los miembros del GIEI establecieron una metodología para determinar la prevalencia de los malos tratos en una muestra de 17 de los 123 detenidos, a partir de la revisión minuciosa de cada una de las certificaciones médicas a las que fueron sometidos los acusados desde su detención hasta su ingreso a penales federales, donde aún se encuentra la mayoría.

De la revisión del Informe Ayotzinapa II, presentado el pasado 24 de abril, se desprende que el estudio realizado por el GIEI es producto de un análisis especializado, llevado a cabo por integrantes del Consejo Internacional de Rehabilitación de Víctimas de Tortura (IRCT), con sede en Copenhague, Dinamarca.

El IRCT concluyó que existen “indicios suficientes de que los detenidos podrían haber sufrido tratos crueles, inhumanos o degradantes o tortura, indicios que deberían haber desencadenado una investigación conforme con los estándares de diligencia establecidos por la normatividad internacional de protección de los derechos humanos”.

El 24 de abril, luego de que el GIEI rindiera su último informe –al que no asistieron funcionarios del gobierno de Enrique Peña Nieto pese a que estaban invitados–, el subprocurador de Derechos Humanos de la PGR, Éber Betanzos, leyó un comunicado en el cual sostenía, entre otras cosas, que la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura, adscrita a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales, había iniciado “seis averiguaciones previas relacionadas con 31 presuntas víctimas, quienes hacen señalamientos en contra de servidores públicos de distintas instituciones”.

Aunque Betanzos aseguró que las indagatorias se iniciaron por “iniciativa de la propia institución”, en su informe el GIEI señala que “en los casos en los que el detenido refirió ante el Ministerio Público (MP) haber sido torturado, dicha declaración no fue evaluada siguiendo los estándares internacionales como mecanismo de investigación ni prevención, y no se incluye en el expediente que se hubiera tomado medida alguna al respecto”.

Es más, hasta el momento de rendir su informe, el GIEI no tenía información de que el Estado hubiera aplicado el Protocolo de Estambul “en casos en los que sí denunciaron tortura ante el propio MP cuando los hallazgos eran sugestivos de tortura”.

Los expertos independientes señalaron que el ordenamiento de aplicación del Protocolo ocurrió “tras el paso (de los detenidos) ante el juez muchos meses después. Y, tras la petición del juez, aún esos informes se retrasarán de 14 a 20 meses después de la detención”.

Al resaltar que los 17 casos analizados –seleccionados por la fuerza que tienen en la cimentación de la “verdad histórica”– son ejemplos claros de que la aplicación de certificaciones médicas “no parecen haber tenido ningún efecto en cuanto a las garantías para el periodo de detención, donde la intervención médica y asistencia deberían ser una garantía para la supervisión de las condiciones de la misma”.

Acumulación de lesiones

De la revisión minuciosa de los dictámenes médicos, los expertos designados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos evidenciaron cómo de reportes de cero lesiones durante las aprehensiones, de acuerdo a las puestas a disposición ante el MP, los procesados iban acumulando “equimosis”, “contusiones”, “eritemas”, “escoriaciones”, “hematomas”, “costras” y hasta “chupetones”, según los dictámenes hechos al ingresar a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) y en aquéllos de “distintos informes en el periodo de entre 48 horas o de hasta 30 días en los casos de ‘arraigo’ al que fueron sometidos algunos detenidos bajo custodia, antes de entrar al Cefereso”.

En el capítulo “Torturas” del último reporte del GIEI, que concluyó su mandato el 30 de abril, se recuerda que en el primer informe, de septiembre de 2015, de un primer balance de los expedientes sobre la integridad física de 80 detenidos se determinó que 77% de ellos tenían lesiones.

Durante su segundo mandato, de octubre de 2015 a abril, los expertos hicieron una selección de 17 casos que “cumplieron con los criterios de mayor documentación en el expediente, y mayor relevancia para los distintos grupos de inculpados”.

El estudio del GIEI demuestra que “los informes médicos realizados de forma secuencial tras la detención muestran que en todos los casos se dan lesiones nuevas durante el periodo de detención bajo custodia, en diferentes momentos. Es decir, no pueden ser debidos a maniobras de detención”.

Identifican que “varios de los informes de integridad física y de Mecánica de Lesiones se realizan de forma conjunta, y no separada o individualizada caso por caso”, como corresponde a los estándares internacionales de investigación, en tanto que las entrevistas psicológicas no están diseñadas para valorar el estado emocional de los detenidos ni mucho menos “investigan ni valoran posibles malos tratos, incluso cuando los detenidos señalan haber sido torturados”.

Al señalar que durante las entrevistas que realizó el GIEI a detenidos, durante el primer mandato, algunos de ellos denunciaron torturas, que se confirman en los dictámenes médicos. Los expertos advierten que pese a que algunos inculpados les informaron que sus lesiones fueron fotografiadas, no están integradas en sus respectivos expedientes.

En cuanto a la Mecánica de Lesiones, estudio realizado por personal de la PGR –en la mayoría de los casos, meses después de las detenciones– de manera generalizada se atribuyen las dolencias a “maniobras forzadas en la detención”, aun cuando las aprehensiones hayan sido pacíficas, y en caso de que los detenidos reporten tortura, los legistas de la PGR descartan el delito “si no dan detalles”.

De los 17 casos analizados, están los dictámenes médicos y psicológicos de Jonathan Osorio Cortez, El Jona; de Agustín García Reyes, El Chereje; Patricio Reyes Landa; Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo o El Terco; y de Miguel Ángel Landa Bahena, El Duva, inculpados como integrantes de Guerreros Unidos, “que según sus declaraciones habrían participado en el traslado, ejecución y quema de los normalistas en el basurero de Cocula”.

En estos cinco casos, de forma invariable las lesiones de los detenidos van en aumento entre el momento de su detención al de llegar a la custodia de la SEIDO.

Es el caso de García Reyes, el hombre que fue llevado el 28 de octubre de 2014 a la ribera del río San Juan, acompañado del director de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón de Lucio, de acuerdo con un video presentado por el GIEI el día de su informe.

Según su expediente, García Reyes fue detenido de forma “pacífica” en Cocula el 27 de octubre a las 18:00 horas por efectivos de la Secretaría de Marina, quienes lo condujeron a la SEIDO, donde un médico naval le registró “una equimosis en hipocondrio izquierdo” en la puesta a disposición.

El acta ministerial indica que ingresó a la SEIDO el mismo 27 de octubre a las 23:00 horas, y casi dos horas después, a las 00:50 del 28 de octubre, se le realizó un examen médico que refiere la existencia de 30 lesiones. En una de ellas “se atribuye la cauda a un ‘chupetón’, lo que podría ser un golpe o un pellizco que no existía en un primer informe”, apunta el GIEI en su último informe.

En una evaluación psicológica del 28 de octubre, García Reyes informó al psicólogo que “fue torturado, que le pusieron una bolsa en la cabeza, que lo golpearon y le dieron toques con la ‘chicharra’. Sin embargo, el psicólogo ignora por completo este hecho y no lo aborda en toda la evaluación”, comenta el GIEI.

Los expertos también revisaron el expediente de Gilberto López Astudillo, El Cabo Gil, a quien se acusa de haber ordenado la desaparición de los normalistas.

Sobre este personaje, los expertos resaltan inconsistencias, pues aunque se sabe que fue arrestado el 16 de septiembre de 2015 en Taxco, Guerrero, “no hay documentos suficientes para saber cuándo fue detenido”, pues en el expediente hay dos cumplimentaciones de órdenes de aprehensión, fechadas el 18 de septiembre del año pasado, que dicen que la detención “se llevó a cabo sobre avenida Paseo de la Reforma, a la altura del número 75, colonia Guerrero, delegación Cuauhtémoc”, es decir, en inmediaciones de las oficinas de la SEIDO.

Refieren seis dictámenes médicos que dan cuenta de costras hemáticas en el muslo izquierdo, “el eritema en el conducto auditivo izquierdo, la hipoacusia derecha secundaria a rotura de tímpano en oído derecho, el sangrado en el conducto y los hematomas que muestra en la zona periauricular”. En su declaración ministerial El Cabo Gil sostuvo que fue torturado y que su detención ocurrió el 17 de septiembre y no el 18, como está asentado en el expediente.

“La presencia de lesiones como hematomas en zona periauricular, hiperemia en conducto auditivo externo y rotura de tímpano con sangrado de un 30% de la superficie timpánica son congruentes con tortura”, se indica en el reporte del GIEI.

Los expertos sostienen que las secuelas de lesiones son compatibles con lo que López Astudillo ratificó “ante el GIEI, junto con otros relatos de amenazas posteriores por el propio detenido en el Cefereso, en octubre de 2015”.

En otro bloque de documentos oficiales revisados están los de los agentes de la Policía de Iguala acusados de llevar a cabo el “ataque a los normalistas la noche del 26-27 de septiembre de 2014”: Verónica Bahena Cruz, Édgar Vieyra Pereyda, Alejandro Mota Román y Alejandro Lara García.

Asimismo están incluidos algunos de los agentes de la Policía Municipal de Cocula que se dirigieron a Iguala a apoyar a la policía de dicha ciudad. Se trata de César Yáñez Castro, Roberto Pedrote Nava, Óscar Veleros Segura, Julio César Mateos Rosales, Alberto Aceves Serrano, Ignacio Aceves Rosales y César Nava González. En el último caso, el GIEI no tuvo constancia de “cuándo fue detenido, dónde, qué autoridad lo detuvo y cómo fue la detención”.

En esos dos bloques, los miembros del GIEI hallaron evidencias de que las aprehensiones fueron pacíficas: los policías de Iguala en instalaciones del Campo Militar 23-B en Tlaxcala, el 14 de octubre de 2014, y los de Cocula en las instalaciones de ese ayuntamiento el 13 de octubre de ese mismo año.

En ambos casos, en la SEIDO el tratamiento de los informes médicos fue colectivo, “contraviniendo estándares internacionales”.

En los reportes médicos de la SEIDO y al ingresar a los diferentes centros de detención federal, los policías de Iguala y Cocula presentan contusiones, equimosis, hematomas y rasguños, que son consideradas por los informes de mecánica de lesiones, aplicada por médicos de la PGR en los lugares de detención, como propias de “actos de sometimiento, inmovilización y traslado de personas con forcejeo y resistencia”.   l


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