La ¿Suprema? Corte/Ana Laura Magaloni
Publicado en Reforma, 8 diciembre 2007
El veredicto de la opinión pública y la sociedad ha sido contundente: la decisión de la Corte en el caso de Lydia Cacho fue una decisión equivocada, injusta y lamentable en muchos sentidos. Creo que esta decisión debe servir para iluminar las deficiencias y asignaturas pendientes de la propia Suprema Corte, para por lo menos así aspirar a resolverlas.
El poder de los jueces se centra en su capacidad argumentativa. Lo que cuenta para que sus determinaciones sean aceptadas por la sociedad son las razones que dan para llegar a ellas. Estas razones no sólo tienen que ver con el mundo de las normas, sino también con la manera como el juez interpreta y se hace cargo de la justicia, la utilidad social y el impacto de su decisión. Es rotundamente falso que los jueces sean una especie de autómatas que simplemente "aplican" la ley. Si ello fuese cierto, la decisión de la Corte en el caso de Lydia Cacho hubiese sido tomada por unanimidad y no fue así. Inevitablemente, detrás de las decisiones judiciales se esconden los juicios de valor, las elecciones axiológicas y la forma como conciben su papel los jueces que las emitieron.
He leído las versiones estenográficas de las tres sesiones que le dedicó el pleno a este asunto. Lo que más ha llamado mi atención es la incapacidad que tuvieron los ministros para centrar la discusión en las preguntas relevantes que el caso de Lydia Cacho les planteaba. Los ministros olvidaron cuál era realmente el problema que estaban discutiendo, en términos del país, la sociedad, la democracia y sus instituciones. La discusión se centró en las pruebas, como si su fueran jueces de primera instancia discutiendo un caso de robo simple, y no ministros de la Suprema Corte debatiendo los límites y las resistencias de las propias instituciones democráticas para hacer que en el ejercicio del poder no quepa el despotismo, la arbitrariedad ni la venganza.
¿Cuál debe ser el valor probatorio de las grabaciones entre Nacif y Marín? ¿Puede o no la comisión investigadora solicitar intervenciones telefónicas? ¿Cuál debe ser el valor probatorio de los registros de llamadas?, fueron cuestiones a las que los ministros le dedicaron una sesión del pleno entera. Otra sesión versó sobre la pregunta de si deberían o no comprender el tema de las redes de pederastia y pornografía infantil. Finalmente, en la tercera sesión, analizaron si estaban o no probadas la violación a las garantías individuales de Lydia Cacho y el concierto de autoridades para realizar tales violaciones. En esta sesión, todos los ministros, sin más, se convirtieron en jueces penales. La diferencia entre los seis ministros que estimaron que las violaciones no estaban probadas o que no eran suficientemente graves y los cuatro que decidieron lo contrario radicó fundamentalmente en el distinto valor probatorio que le dieron a la evidencia recabada por el ministro Silva Meza.
Sin embargo, la facultad de investigación de la Corte no tiene que ver con la función de un juez penal. A la Corte llegan asuntos como el de Lydia Cacho, Atenco y Oaxaca no para que los ministros los juzguen, ni para que comprueben jurídicamente la culpabilidad de los responsables. Estos casos están ante la Corte para que atienda un problema mucho más complejo: las instituciones que deberían investigar, juzgar y castigar estos casos no lo van a hacer por razones políticas. El gobernador Mario Marín no va a ser sancionado ni nadie siquiera va a intentar investigar sus acciones, pues cuenta con el apoyo de la legislatura de Puebla (quien es quien debería desaforarlo) y con el respaldo de su propio procurador (quien es quien debería recabar pruebas y acusarlo frente al juez penal).
¿Cuál debe ser el papel de la Corte en estos casos límite? Está claro que, dado que las resoluciones producto de la facultad de investigación de la Corte no tienen efectos jurídicos, hubiese sido poco probable que, a pesar de que la Corte hubiese resuelto en contra de Marín, la legislatura y el procurador de Puebla hubiesen procedido a desaforarlo y acusarlo penalmente. Sin embargo, ello no hace irrelevante lo que la Corte argumente y decida al respecto. Los jueces constitucionales, cuando logran plasmar correctamente en sus decisiones esa amalgama entre las normas y la justicia, van teniendo un impacto educativo en la sociedad y en los actores políticos. Las decisiones de los tribunales constitucionales efectivos van gestando paulatinamente una nueva cultura política en torno a los valores que caracterizan a una democracia y la mejor forma de protegerlos. Así, aunque no se hubiese castigado a Marín a pesar de una resolución de la Corte en su contra, por lo menos existiría un pronunciamiento de los máximos árbitros jurídicos del país sobre la gravedad de las conductas que realizó y el impacto de las mismas en las instituciones democráticas a las que la sociedad aspira. Ello, por sí solo, hubiese sido muy importante para Lydia Cacho, para los niños que están atrapados en las redes de pornografía y para todos nosotros los ciudadanos. ¿Por qué no lo hicieron los ministros? Yo creo que porque no entendieron el problema que el asunto les planteaba, ni por tanto el papel que les tocaba desempeñar. Los problemas de la Corte están en la Corte, no fuera de ella.
Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
8 dic 2007
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