30 oct 2016

Chicanada de Televisa contra “Proceso”

Revista Proceso 2087, 30 de octubre de 2016...
Chicanada de Televisa contra “Proceso”/
JORGE CARRASCO ARAIZAGA
El viernes 21, cinco meses después de que Proceso obtuvo una suspensión definitiva en el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil para evitar que se le aplicara la Ley del Derecho de Réplica por la publicación de un reportaje que incomodó a Televisa, el juez Luis Alberto Ibarra Navarrete la modificó y emplazó a la revista a presentar una fianza de 1 millón de pesos para que la suspensión siga operando a su favor. De no hacerlo, quedaría abierta la puerta para que el consorcio de Emilio Azcárraga Jean inicie un juicio por derecho de réplica contra el semanario.
En su pretensión de llevar a juicio al semanario Proceso y apoyada en una artimaña jurídica, Televisa dio un paso adelante de la mano de un juez federal que por sus antecedentes dividió incluso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
 El viernes 21, el juez Luis Alberto Ibarra Navarrete modificó la suspensión definitiva que la revista había logrado para que no se le aplicara la Ley del Derecho de Réplica, en tanto no se resuelva un amparo promovido por la publicación en contra de la norma vigente desde diciembre de 2015.

A petición de Televisa, el juez Ibarra Navarrete emplazó a la revista a presentar una fianza de 1 millón de pesos para que la suspensión siga operando a su favor.
 De otra manera, se abrirá la puerta para que la empresa de Emilio Azcárraga Jean inicie un juicio por derecho de réplica en contra del semanario por la publicación de un texto sobre una alegada investigación en Estados Unidos contra la compañía mediática ante un supuesto ocultamiento de información sobre sus operaciones en efectivo con la clase política mexicana.
 Con el título EU: Investigan las cuentas oscuras del consorcio, el reportaje fue publicado el 8 de mayo de este año (Proceso 2062) bajo la firma del reportero Jenaro Villamil, quien ha hecho un seguimiento periodístico sobre las relaciones de Televisa con el presidente Enrique Peña Nieto desde que era gobernador en el Estado de México y buscaba la Presidencia del país.
 La información, que había sido publicada tres días antes por el periódico neoyorquino The Wall Street Journal, se difundió poco después de que el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil en la Ciudad de México otorgara la suspensión definitiva a Proceso, en espera de la resolución de un amparo promovido por la revista por considerar que la ley atenta contra la libertad de expresión y fomenta el periodismo oficialista.
 El 2 de mayo, el Colegiado había resuelto dar la suspensión bajo el principio del “derecho fundamental a la información” y determinó eximir al semanario de una caución, con el propósito de que la medida cautelar tuviera efectos inmediatos.
 Pero la televisora se inconformó con el texto y, a través de lo que en jerga judicial se define como chicanada, logró que el propio Colegiado declarara fundado un recurso de queja presentado por Grupo Televisa S.A.B., como “tercera interesada” en el juicio de amparo de Proceso, además de haber presentado una denuncia en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México para iniciar un procedimiento judicial de réplica.
 Según dijo la televisora a los magistrados, Proceso se negó a darle respuesta a su petición de derecho de réplica. Lo que hizo en realidad fue darse por no notificada de la respuesta que el representante legal de la revista para el tema, Luis Miguel Cano, preparó luego de que el consorcio enviara a la revista, el 11 de mayo, su solicitud de réplica al texto referido.
 Triquiñuelas administrativas
En un acta de hechos que el juez Luis Alberto Ibarra Navarrete desestimó, la defensa del semanario explicó que el 19 de mayo se presentó en el domicilio que Televisa dio en su reclamo para recibir notificaciones, el de avenida Chapultepec 18, en la colonia Doctores de la Ciudad de México.
Pero el equipo de seguridad de la televisora se negó a darle acceso  y a recibir,  a pesar de la insistencia, la respuesta en la que se argumentaba el rechazo a la petición de réplica. Pasaron dos horas y luego de varias consultas, los guardias aseguraron que esa no era la dirección para presentar notificaciones.
“Dada nuestra perseverancia, una vez más (la) persona de seguridad entró a las instalaciones del edificio para preguntar indicaciones. Transcurrió bastante tiempo, durante el cual insistimos a los demás miembros de seguridad ubicados en la puerta del edificio que nos permitieran entregar nuestra respuesta, porque la primera persona en atendernos tardaba demasiado.
“Tanta fue nuestra insistencia que incluso llegó una persona que dijo ser responsable del equipo de seguridad. Finalmente, salió la persona de seguridad que nos atendió desde un inicio y nos comentó que la decisión no cambiaba y que no podían recibir documento alguno”, señala el escrito.
Con esa triquiñuela, en la que dijo haber sido notificada hasta el 24 de mayo, Televisa, ya reconocida como tercera interesada, acudió al juez Ibarra Navarrete para pedirle la modificación de la suspensión de la que ha gozado Proceso desde mayo pasado. 
A pesar de conocer la negativa para darse por notificada, el juez hizo suyos los argumentos de la televisora. Incluso, se refiere a “mi representada” al transcribir tal cual los dichos de la defensa de Televisa.
 En su petición para fijar la fianza, la defensa del grupo mediático pidió que se observara la capacidad económica del semanario, sin perderse de vista “el daño sufrido por mi representada, la cual está siendo afectada en su honor e imagen, pues dicho medio de comunicación impresa, publicó información falsa e inexacta respecto de mi representada”, sin que pueda defenderse legalmente.
 Asegura que lo anterior “se agrava al ser Grupo Televisa S.A.B., una persona moral con reconocimiento público a nivel nacional e internacional, la cual cotiza en bolsa, razón por la cual su imagen y honor repercute en un daño económico, por lo que la garantía fijada no debe ser menor a…”. La versión pública de la resolución omitió la cantidad, pero en el juzgado Proceso fue notificado que ascendía a 1 millón de pesos.
 El juez decidió fijar la fianza porque “a la tercera interesada se le hace nugatorio el derecho de desahogar el procedimiento judicial de réplica, radicado en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México… amén de que el daño  sufrido en la imagen y honor de mi (sic) representada es evidente, el cual persiste en razón de la suspensión otorgada a favor del quejoso, ya que la tercera interesada no ha podido ejercer en términos de ley su derecho de réplica.
“Lo anterior –siguió el juez replicando los argumentos de la televisora– dado que al ser Grupo Televisa S.A.B. una persona moral con reconocimiento público a nivel nacional e internacional, razón por la cual su imagen y honor repercute en daño económico, por lo que la garantía fijada no debe ser menor a… Debe ser esta última cantidad la que sirva de base para fijar el monto de los posibles daños y perjuicios que se le pueden ocasionar al tercero interesado”, de acuerdo con la versión pública del fallo del juez.
Un juez muy singular
Luis Alberto Ibarra Navarrete ha sido un juez controversial. En julio de 2011 había sido destituido como titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en Guadalajara por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el organismo encargado de la vigilancia y disciplina de los juzgadores federales.
 Lo acusó de trato indebido y humillante al personal, privilegios a algunos empleados y uso de recursos y personal del juzgado para hacer un escrito de amparo para su hermana Martha Elizabeth, magistrada del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en contra de una orden de readscripción. También fue investigado por designar a su hermano como secretario particular pero con el nombre de otra persona, además de haber designado a un chofer que lo asignó para su casa.
 Tres años después, en junio de 2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sanción. En sesión privada, en una votación de cinco a cuatro, los ministros decidieron reinstalarlo por considerar que el CJF no probó ni motivó las acusaciones. Además, se le debieron pagar más de 10 millones de pesos por salarios caídos.
 Proceso impugnó la constitucionalidad de varias disposiciones de la Ley del Derecho de Réplica desde que fue publicada por el presidente Peña Nieto, el 4 de noviembre del año pasado.
 La ley también fue combatida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), que promovieron acciones de inconstitucionalidad ante la SCJN.
 Las controversias están por resolverse en el máximo tribunal y de acuerdo con el proyecto de resolución presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, se pretenden invalidar, entre otras disposiciones, la mención a hechos “falsos o inexactos” publicados por la prensa y las que favorecían a la prensa oficialista.
 Contrario a lo expresado por diferentes medios, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) asegura que de aprobarse el proyecto de resolución toda persona podrá ejercer su derecho de réplica cuando la información publicada le cause agravio, independientemente de que sea falsa o inexacta, según se ha establecido en el derecho internacional.
Cuestiona a los medios que han propalado la versión de que con ese proyecto la SCJN prepara un golpe a la libertad de expresión. Asegura que sólo cuando los medios nieguen el derecho de réplica, el diferendo se resolverá en tribunales, por lo que “las personas no pueden imponer el derecho de réplica a los medios de ­comunicación”.

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