29 nov 2007

Comunicado de las FARP

Atoyac y la descomposición de su tejido social
Fecha: 2007 11 28
Grupo: Fuerzas Armadas Revolucionarias del Pueblo
El municipio de Atoyac de Alvarez es de gran trascendencia histórica al ser cuna de dos hombres que lucharon por ver un México más justo: Juan Alvarez y Lucio Cabañas; el primero impulsando la revolución de Ayutla y el segundo al fundar el PDLP y dar a conocer un programa de lucha socialista para nuestra patria en la década de los 70's del siglo pasado con objeto de hacerle frente a la dinastía de los Figueroa y sus aliados, los actuales dueños del estado de Guerrero (en alianza con la nueva clase política perredista, que a su vez es parte de la elite económica del Estado, lo cual se demuestra con el gasto que hizo Nueva Izquierda en Acapulco, al rentar 200 autobuses en su más reciente movilización).

Como resultado de la lucha del segundo, este municipio de la costa grande guerrerense ha sufrido una de las más atroces embestidas por parte de los aparatos represivos del Estado, generando por lo tanto una paulatina descomposición del tejido social.
La lucha social y armada impulsada por el PDLP fue silenciada a sangre y fuego, mediante la utilización de métodos totalmente ilegales de guerra irregular: arrasamiento de comunidades enteras, retenes ilegales, desapariciones forzadas, asesinatos extrajudiciales y un sinnúmero de actos que el gobierno instrumentó a través de sus diferentes policías, paramilitares y el ejército.
Sin embargo, a pesar de los años y la sangre derramada, las causas del surgimiento del PDLP aún persisten en la actualidad, algunas con mayor agravamiento que en el pasado. De ahí que no sea de extrañarse que los problemas sociales y políticos del municipio muchas de las veces salten a la palestra estatal e inclusive nacional.
Por muchos años, el desarrollo del movimiento social en Atoyac no tuvo participación destacada en el escenario local, debido fundamentalmente a la feroz represión ocasionada antes y después de la caída en combate del comandante Lucio Cabañas Barrientos; sólo a través de los años y la construcción paciente y silenciosa se fue originando el movimiento social que hoy existe.
A medida que la lucha social ha ido ganando terreno a los grupos de poder económicos y políticos representados en los distintos partidos, ésta se ha convertido en un peligro al ver estos últimos el riesgo de perder sus actuales privilegios, canonjías y formas de vivir. Como resultado de lo anterior se ha desatado una fuerte ofensiva política, mediática, difamatoria, de estrangulamiento económico, de intento de aislamiento, de acoso y de nuevas amenazas al conjunto del movimiento social con el fin de frenar su desarrollo. Y como no se ha logrado frenarlo, también se intentó y se intenta en el presente la coacción o corporativización por parte de fuerzas aparentemente progresistas, empleando para ello el consabido canto de las sirenas para subyugar años y años de lucha y prestigio.
Para realizar tales medidas se valen de los medios de comunicación (la prensa y la radio principalmente), se apoyan en las autoridades estatales con las cuales existe una alianza: el gobierno estatal limpia la cuenta pública y, a cambio, el políticamente torpe gobierno municipal apoya en las elecciones internas y constitucionales a las corrientes mayoritarias y más oportunistas del perredismo estatal. Pero esas no son las únicas formas en que se pretende frenar el desarrollo político y social del municipio; por otro lado, se deja crecer de manera voluntaria y consciente la gran ola de inseguridad existente, la existencia de bandas paramilitares que cumplen el claro papel de amedrentar a los integrantes del movimiento social que vayan destacando a efecto de paralizar su desarrollo.
El paramilitarismo resurge en una mezcla difusa, pues aunque trata de justificar su existencia en una aparente causa social, lo real es que sólo sirve a los intereses de los grupos de poder. Sus formas de hacer política se basan en dichos y apreciaciones personales, en el rumor y la valoración subjetiva. En base a ello hacen sus análisis y valoraciones; sin ir más allá en la búsqueda de la verdad de las cosas, tratando de alcanzar la verdad científica. Como ejemplo cabe decir que toman una determinación política en base a la versión familiar de tal acontecimiento o hecho sin conocer a fondo el asunto o problema a tratar. Toman entonces determinaciones en base al estado en que se encuentre el hígado y por eso a la larga las consecuencias son funestas para el movimiento social. De esas formas absurdas de proceder ya existen antecedentes históricos, es el caso de un dirigente campesino asesinado por la guerrilla, como lo señala oportunamente en su novela Guerra en el Paraíso el escritor y poeta Carlos Montemayor, y el del asesinato de Miguel Ángel Mesino Mesino a manos de paramilitares.
En la actualidad, los grupos de poder atoyaquenses no tienen filiación partidista, se sirven del registro de los mismos sólo para encumbrarse políticamente y para consolidar su hegemonía, para acrecentar su riqueza. Un ejemplo es Pedro Brito quien saltó del PAN al PRD, partido por el cual es hoy Presidente Municipal y firme aliado del gobernador Zeferino Torreblanca en aras de consolidar la corriente Izquierda Renovadora en el municipio. Pero los otros grupos de poder no se quedan atrás: los priístas sueñan en recuperar la alcaldía a partir de los errores del seudo perredista Pedro Brito; sin embargo, las pugnas internas, sus relaciones con el narcotráfico y hasta los ajustes de cuentas entre ellos los han debilitado y es probable que no se recuperen y alcancen la unidad. Del lado de las corrientes tradicionales del PRD se busca establecer alianzas con actores políticos nuevos que, aunque son originarios del municipio, se han formado políticamente fuera, traen enormes e inexplicables recursos que han comenzado a dilapidar con los comisarios, grupos de trabajo y quien se deje a efecto de hacerse de una cartera de votantes cautivos y corporativizados. ¡Y eso que apenas está comenzando el proceso interno de las precandidaturas!
¿Que queda por hacer? Al movimiento social le queda el reto de no amedrentarse ante la embestida represiva, la cual inclusive se prevé será más fuerte por parte de todos los actores involucrados (grupos de poder, paramilitares, gobierno municipal y estatal). Le queda el deber de seguir organizándose y construyendo las alianzas con el conjunto del movimiento social, de dar la lucha política e ideológica, desenmascarando la actitud y práctica de los opuestos al pueblo. Le queda la obligación de demostrar con trabajo y más trabajo. Le queda plantear un plan de desarrollo municipal que permita sacar a Atoyac del atraso, de la marginación y miseria. De impedir para Atoyac la vuelta al pasado de guerra sucia, asesinatos de luchadores sociales, de señalamientos, calumnias y golpes bajos. Al movimiento social le queda darle continuidad a la lucha aún inconclusa del comandante Lucio Cabañas y del Partido De Los Pobres.
Fraternalmente,
¡Viva el combatiente del PDLP, Lino Rosas Pérez!
¡Viva el combatiente del PDLP, Esteban Mesino Martínez!
¡Viva el combatiente del PDLP, Marcelino Serafín Juárez!
¡Vivan todos los integrantes de la Brigada Campesina de Ajusticiamiento del Partido De Los Pobres!
¡Vivan el Partido De Los Pobres!
¡Viva el comandante Lucio Cabañas Barrientos!
¡Por la Revolución Socialista y la Liberación Nacional!
¡La lucha Popular Revolucionaria!
¡Patria Libre!
¡Y Socialista!
Fuerzas Armadas Revolucionarias del Pueblo, FARP.
Puerto de Acapulco de Juárez, a 28 de noviembre de 2007

Las Farc, hoy


Reportaje de la revista colombiana Cambio, EDICIÓN No. 752, 29 de Noviembre a 5 de Diciembre
En qué están las Farc
Esta imagen, de los principales miembros del Secretariado juntos, no se repite desde 2002. Hoy están en desbandada y lejos uno del otro.
EL 29 DE ABRIL DE 2000, Jacinto Bermúdez, tercero al mando del frente 36 de las Farc en Antioquia, llegó a San Vicente del Caguán, Caquetá, para asistir al lanzamiento del Movimiento Bolivariano por la Nueva Colombia y fue recibido por dos guerrilleros sonrientes e impecablemente uniformados que le ofrecieron una taza de tinto caliente. Una vez en el lugar donde Alfonso Cano pronunciaría el discurso central, Bermúdez les comentó a sus compañeros en armas: "Carajo, ahora sí nos vamos a tomar el poder".
El entusiasmo del guerrillero por el futuro de la organización armada ilegal tenía que ver con el hecho de que por primera vez veía a 5.000 alzados en armas, con fusiles modernos, uniformes de fatiga recién estrenados y equipados con todo tipo de pertrechos. La vistosidad del desfile y el despliegue de fuerza militar en plena zona de distensión convencieron a Bermúdez de que su viejo sueño de manejar los destinos de Colombia estaba a la vuelta de la esquina.
La percepción del guerrillero no se alejaba de la realidad, puesto que por aquella época las Farc habían llegado a la increíble cifra de 16.900 hombres armados, distribuidos en 67 frentes en todo el país, y respaldados por 20.000 milicianos en las cabeceras municipales. El esfuerzo que habían hecho en ese momento las Fuerzas Militares y de Policía por copar todo el territorio nacional parecía insuficiente ya que 199 municipios se encontraban a merced de los subversivos. "No es que las Fuerzas Militares fueran incapaces de doblegar al enemigo: era que no teníamos ni los recursos ni la tropa suficiente para enfrentarlos y vencerlos", dijo a CAMBIO un alto oficial que estuvo al frente de un batallón en 2000.
Pero es mucha el agua que ha corrido bajo los puentes desde 2002, cuando Andrés Pastrana rompió en febrero el proceso de paz con las Farc y Alvaro Uribe arrasó en las elecciones de mayo con su consigna de derrotar a la guerrilla por la vía militar. Hoy, cinco años después, y cuando ese grupo guerrillero ha sido golpeado por la Fuerza Pública en algunas de sus estructuras y han fracasado varios intentos de acercamientos para el intercambio humanitario, incluyendo el más reciente de Hugo Chávez y Piedad Córdoba, parece cada día más distante que las Farc logren el objetivo primordial que se trazaron hace más de 40 años: tomarse el poder por las armas.
Después de consultar diversas fuentes oficiales y de efectuar varias entrevistas con jefes guerrilleros desmovilizados, hablar con expertos en el comportamiento de ese grupo rebelde y tener acceso a documentos de esa organización, CAMBIO logró armar el rompecabezas de la situación actual de las Farc desde el punto de vista militar y político.
Aún cuando es claro que el movimiento insurgente comandado por Manuel Marulanda está lejos de ser derrotado, es evidente que en los últimos cinco años ha sido duramente golpeado. De acuerdo con la investigación de CAMBIO, el número de combatientes en armas se redujo de 16.900, que había en plena época del Caguán, a 8.900. Al mismo tiempo, los frentes subversivos han sido diezmados de manera significativa, hasta el punto de que al menos 20 de ellos han desaparecido en la práctica. El caso más dramático para esa organización es el de la columna móvil Teófilo Forero, considerada el cuerpo élite más eficiente en la historia de las Farc, que prácticamente se encuentra desmantelada.
La pérdida de control territorial de las Farc es tan clara que en la actualidad no tienen frentes operando en Cundinamarca y Boyacá, y no cuentan con la influencia que ejercían en la mayor parte de la Costa Caribe. Hoy la fuerza militar del grupo rebelde se ha desplazado a la zona de frontera con Venezuela, Ecuador y Panamá, y ha replegado a sus mejores hombres a proteger sus antiguos santuarios en Guaviare, Caquetá, sur del Meta, Putumayo y Nariño.
El declive
La época de las vacas gordas de las Farc empezó su declive cuando la Política de Seguridad Democrática de Uribe lanzó a las selvas del sur del país a cerca de 18.000 hombres para que pusieran en marcha el Plan Patriota, cuya finalidad era arrebatarles el control que ejercían a su antojo en Caquetá, Putumayo, Guaviare, Cauca y sur del Meta.
Pese a que las tropas fueron diezmadas por acción de las plagas y los factores climáticos -2.000 hombres fueron retirados de la zona de combate-, el tiempo confirmó que la estrategia era adecuada porque las Farc debieron desplazar a sus hombres a otras regiones y dejar una retaguardia estratégica para enfrentar a los militares. El Plan Patriota dio paso muy pronto al Plan Consolidación, de carácter nacional, soportado en el aumento notable del pie de fuerza del Ejército y la Policía, que pasaron de 200.000 hombres en 2002 a 380.000 en 2007.
Al tiempo que el Ejército dispone hoy de 30 brigadas que copan todo el territorio y 20 estructuras móviles altamente profesionalizadas, la Policía logró cubrir los municipios de donde había tenido que salir y además ejerce presencia en otras 200 poblaciones.
Pero de la misma manera que las Farc perdieron presencia territorial, desde el punto de vista militar se vieron forzadas a cambiar la estrategia que a finales de la década de los 90 les permitió propinarles al Ejército y a la Policía los mayores golpes de su historia. La toma de la base de Las Delicias, el asalto al Cerro de Patascoy y la ocupación del casco urbano de Mitú, entre otros, demostró que esa guerrilla había dado un salto cualitativo al pasar de la guerra de guerrillas a la guerra de posiciones, es decir, a la concentración de grandes cantidades de hombres para copar un objetivo.
Esa tendencia empezó a cambiar a finales del mandato de Andrés Pastrana, cuando las Fuerzas Militares obtuvieron recursos para comprar 15 helicópteros Black Hawk de última generación con los que pusieron en desbandada a los subversivos y de paso neutralizar la toma de poblaciones, los retenes en las vías y los ataques a la Fuerza Pública.
El gobierno de Uribe, posteriormente, se la jugó por los aviones Súper Tucano, de fabricación brasilera, que inclinaron la balanza. Esas aeronaves fueron dotadas con sofisticados sistemas de tiro que eliminaron el margen de error en los bombardeos a las posiciones guerrilleras. "Con los mecanismos de antes lanzábamos las bombas pero éstas caían a 100 o 150 metros del objetivo. Y por las dificultades para el desembarco de tropas nos quedábamos casi siempre sin saber qué había pasado allá abajo -dijo a CAMBIO un piloto de la Fuerza Aérea-. Ahora el margen de error no sólo es cero sino que las tropas del Ejército llegan casi de inmediato al lugar para chocar con los guerrilleros".
Esto fue justamente lo que sucedió con las operaciones militares que permitieron la muerte de Tomás Medina Caracas, El Negro Acacio, el pasado 3 de septiembre, y de Gustavo Rueda Díaz, Martín Caballero, el 25 de octubre, quienes fueron abatidos después de que los aviones Súper Tucano bombardearon los campamentos donde se encontraban. "La utilización de las llamadas armas inteligentes mejoraron la eficacia de las operaciones y acabaron con la modalidad de las bombas escalabradoras, que hacían más ruido que bajas", le dijo a CAMBIO un general del Ejército.
Acacio y Caballero fueron abatidos después de que los militares conocieron su localización por labores de inteligencia desarrolladas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, que ahora y por primera vez trabajan conjuntamente y comparten la información que obtienen sobre cada uno de sus objetivos. En el caso de Acacio, el Ejército obtuvo detalles de su localización y los compartió con la FAC, que envió los aviones Tucano al Guaviare donde bombardeó las posiciones del jefe guerrillero y los 20 hombres que lo acompañaban. Lo mismo ocurrió con Caballero, detectado por la inteligencia de la Armada, que de igual manera alertó a los pilotos de la FAC y les suministró las coordenadas de su campamento en los Montes de María.
Desbandada
La pérdida del control territorial, como consecuencia del creciente número de policías y militares y el perfeccionamiento en la capacidad de fuego aéreo, terminaron por golpear a las Farc en la mayor parte del país. El fenómeno más claro en este sentido está relacionado con la deserción de guerrilleros: de agosto de 2002 a noviembre de este año desertaron 8.221 hombres de las Farc, de los cuales 118 ocupaban puestos de importancia dentro de la organización y optaron por dejar la milicia.
Tampoco son menores las cifras relacionadas con la muerte de guerrilleros en combate. Un informe oficial indica que en 2005 fueron abatidos 1.891 subversivos y al año siguiente, 2006, la cifra subió a 2.184. El mismo reporte asegura que hasta mediados de noviembre de este año el número de irregulares dados de baja es de 2.717.
El sueño de Jacinto Bermúdez de ver a las Farc en el poder se desvaneció completamente. El otrora poderoso ejército que vio en el Caguán en 2000 está diezmado notablemente, así como buena parte de los frentes que conformaban la poderosa organización militar de Tirofijo. Los detalles obtenidos por CAMBIO no dejan duda de que al menos 20 de ellos, incluida la poderosa columna Teófilo Forero, fueron desmantelados o reducidos a su mínima expresión. Esta estructura, que se hizo famosa por la ejecución de atentados como el del Club el Nogal de Bogotá o el asalto de un edificio en Neiva, llegó a tener en 2000 cerca de 500 hombres. En la actualidad tiene tan sólo 54 integrantes.
Uno de los casos que más llama la atención es el del frente 52, que operaba en la región del Sumapaz, en Cundinamarca, que se desintegró por física sustracción de materia, pues de sus 200 integrantes sólo quedaron tres, que fueron reubicados en otros frentes. Similar suerte corrió el 40, que actuaba en Meta, disuelto ante el creciente número de deserciones y la pérdida de cerca de 7.000 millones de pesos que, al parecer, fueron robados por sus comandantes. Algo parecido ocurrió con los frentes 26 y 31, que sumaban 220 hombres y a mediados de este año apenas contaban en sus filas a menos de 50.
Y en lo que tiene que ver con la Costa Caribe, las estructuras más golpeadas son las que estaban bajo el mando del extinto Martín Caballero. Según la información obtenida por CAMBIO, los frentes 19 y 35, que operaban en los Montes de María y la Sierra Nevada fueron borrados del mapa por cuenta de las deserciones y las bajas. La muerte de su comandante se convirtió en la estocada final de esas estructuras militares.
Si bien es inocultable que las Farc han perdido territorios y a una parte importante de sus hombres, esta situación adversa las ha forzado a modificar su modo de operar. De un lado, la amenaza de los bombardeos llevó a los rebeldes a actuar de nuevo en grupos pequeños -no superiores a 10 unidades- y evitar las grandes concentraciones de subversivos.
De otro lado, el desmantelamiento de frentes obligó a la organización a replegarse hacia el sur del país, donde mantienen una fortaleza militar evidente, y a situarse en las zonas de frontera.
En tal sentido, el poder de Jorge Suárez Briceño, Mono Jojoy, se mantiene intacto y por ello es comandante indiscutible de los bloques Oriental y Sur. El repliegue de sus hombres y el conocimiento del terreno les ha permitido enfrentar, con relativo éxito, la ofensiva de las tropas.
Con todo, el flanco financiero de las Farc depende cada día más del narcotráfico, ante la curva decreciente que muestran el secuestro y otras fórmulas de carácter extorsivo. De acuerdo con el más reciente estudio del Sistema de Monitoreo Satelital de la Organización de las Naciones Unidas (Simci), las Farc producen cerca de 510 toneladas de cocaína anualmente.
¿Qué sigue?
Pero el hecho de que las Farc se encuentren duramente golpeadas en el terreno militar y prácticamente sin ningún juego político nacional e internacional, mucho más después del fracaso de la mediación de Hugo Chávez y la facilitación de Piedad Córdoba para lograr el intercambio humanitario, no significa que ese grupo guerrillero se encuentre al borde del colapso. Para el analista político Alejo Vargas, "las Farc en su historia han sido muy capaces de adaptarse a los nuevos desarrollos de sus contrincantes. Una derrota militar no es posible en el corto plazo". El analista sostiene, además, que pese a haber perdido un buen número de hombres en los últimos años, todavía mantiene una fuerza militar suficiente para seguir enfrentando al Ejército Nacional y por ello "no puede subestimarse su capacidad de reacción".
Una visión distinta tiene Jorge Rojas, director de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento, Codhes, quien sostiene que "las Farc se trasladaron a Amazonas, Guainía, Vichada y Vaupés, en un proceso de copamiento de territorio. Es una estrategia de expansión de su retaguardia en 360.000 kilómetros de selva en la Orinoquía, donde es posible un escalonamiento del conflicto".
Pablo Casas, investigador de la Fundación Seguridad y Democracia, explica que la política de Seguridad Democrática ha puesto a las Farc en las condiciones de hace 10 años y por eso optaron por el repliegue a sitios apartados. "Ha habido un repliegue muy importante y se han visto obligadas a volver a zonas más apartadas reduciéndose sustancialmente su capacidad operativa. Asimismo, se han debilitado en sus estructuras de apoyo -dice el investigador-. Sin embargo, aún falta golpear las estructuras más fuertes en su capacidad militar".
Uno de los más acuciosos analistas del comportamiento de las Farc es Carlos Lozano, director del periódico Voz Proletaria, quien sostiene que "es cierto que las Farc han sufrido un desgaste militar producto del Plan Patriota y las estrategias de la Seguridad Democrática. Pero no se puede hablar de unas Farc derrotadas y ellas insisten en mantenerse en una guerra de guerrillas".
Carlos Medina, profesor de la Universidad Nacional, que acaba de terminar un estudio sobre las Farc y el Eln, precisa que las guerrillas avanzan en uan especie de "repliegue táctico, militar y político", planeado para no agotar a sus hombres puesto que tienen claro que están perdiendo una de las batallas que más le preocupan: la política. Y agrega que "el operativo militar que más ha golpeado a las Farc, luego de la ruptura de las conversaciones de paz en San Vicente del Caguán con el gobierno de Pastrana, han sido los consejos comunitarios realizados por Uribe, pues es evidente que las Farc no tienen un brazo político reconocido en el país, mientras que otros sectores se afianzan en la oposición sin necesidad de utilizar las armas, como es el caso del Polo Democrático".
Teófilo Vásquez, investigador del Centro de Investigación y Educación Popular, Cinep, sostiene que las Farc están en un repliegue táctico ordenado que podría obedecer a las acciones emprendidas dentro de la Seguridad Democrática. "Parece que están esperando, aguantando la embestida para luego contraatacar", dice, aunque también reconoce que ese grupo guerrillero ha sido golpeado por la Seguridad Democrática.
Indudablemente, la ofensiva lanzada contra las Farc en los últimos años, con el apoyo de Estados Unidos a través del Plan Colombia, ha dado resultados, lo cual no significa que estén acabadas o que su derrota militar sea inminente. El presidente uribe ha utilizado la metáfora de la culebra para indicar que la tarea es larga. En esos términos habría que decir que aunque la culebra está debilitada, se resiste a morir.

OPTIMISMO
Los buenos resultados de las últimas semanas se han visto reflejados en las encuestas. El Gallup Poll de noviembre indica que el 63% de los encuestados cree ahora que es posible vencer a la guerrilla. En septiembre esa cifra era del 59%.
En la misma medición aumentó del 70 al 76% la imagen favorable de las Fuerzas Militares y su desfavorabilidad bajó del 25 al 19%. La imagen favorable de la Policía subió del 56 al 65% y la desfavorable bajó del 39 al 31%. En contraste, el 93% de los encuestados tiene una imagen desfavorable de las Farc, frente al 1% de favorable.
EL FLANCO FINANCIERO
Cuatro de los 11 secuestros de carácter extorsivo atribuidos a las Farc en 2006 tuvieron una particularidad: los captores no exigieron dinero en efectivo para el rescate sino que usaron las razones sociales de empresas de propiedad de las víctimas y sus cuentas personales para mover no menos de 11 millones de dólares que serían blanqueados en las corrientes financieras.
Ese fenómeno demuestra dos cosas: que esa guerrilla se ha alejado de los métodos tradicionales de secuestro como fuente de financiación y prefiere cada vez más apelar a maniobras extorsivas que le sirvan para cubrir operaciones de lavado de recursos provenientes del narcotráfico.
Y es que según el más reciente informe del Simci, sistema de monitoreo satelital de la Organización de Naciones Unidas, las Farc producen cerca de 510 toneladas de cocaína anualmente, que podrían dejarles más de 750 millones de dólares de utilidades. Sus centros de producción y acopio de la droga están localizados en 89 municipios, sobre terrenos aptos para el cultivo de 85.750 hectáreas de hoja de coca.
De acuerdo con un documento del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica contra el Lavado de Activos (Gafisud), anualmente dentro del circuito financiero y comercial colombiano son 'blanqueados' unos 3.500 millones de dólares, 600 de los cuales son movidos por la guerrilla.

27 nov 2007

Convocatoria

La Cámara de Diputados publicó ayer lunes en la Gaceta Parlamentaria la convocatoria para la elección del presidente del Consejo General del IFE y dos consejeros más, con lo cual, y de acuerdo con lo establecido en los artículos transitorios de la reforma constitucional en la materia, la elección de los integrantes de ese organismo podría realizase inclusive hasta el 26 de diciembre.
Aun cuando la convocatoria fue aprobada desde el 20 de noviembre, al retrasar su publicación, ésta entró en vigor a partir de ayer, y por lo tanto la Cámara de Dipuatdos cuenta con seis días más de plazo para la elección de los consejeros.

Con fundamento en el decreto por el que se establece un Artículo Transitorio Único de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el catorce de noviembre de dos mil siete; los artículos tercero y cuarto transitorios del decreto que reforma los artículos 6º, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134; y que deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el trece de noviembre de dos mil siete, y en el artículo 74 del Código Federal del Instituciones y Procedimientos Electorales, la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Convoca
A los ciudadanos que reúnan los requisitos constitucionales y legales, propuestos por grupos de ciudadanos, organizaciones ciudadanas debidamente constituidas o por sí mismos, al proceso de selección de candidatos a ocupar los cargos de Consejero Presidente y Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral bajo el siguiente:
Procedimiento
Primero. Los candidatos deberán cumplir y acreditar debidamente los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar;
c) Tener más de treinta años de edad, el día de la designación;
d) Poseer el día de la designación título profesional o formación equivalente, y tener conocimientos en la materia político-electoral;
e) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
f) Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses;
g) No desempeñar ni haber desempeñado el cargo de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional o equivalente de un partido político;
h) No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cinco años anteriores a la designación;
i) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los cinco años inmediatos anteriores a la designación; y
j) No ser Secretario de Estado, ni Procurador General de la República o del Distrito Federal, Subsecretario u Oficial Mayor en la administración pública federal, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, ni Gobernador ni Secretario de Gobierno, a menos que se separe de su encargo con un año de anticipación al día de su nombramiento.
Segundo. Las organizaciones ciudadanas proponentes o los propios candidatos, en su caso, dentro del plazo comprendido entre el veintiuno al treinta de noviembre de dos mil siete, con horario de las 9:00 a las 19:00 horas, deberán entregar en la oficina de la Presidencia de la Mesa Directiva ubicada en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión sito en Av. Congreso de la Unión # 66, Edificio A, Segundo Piso, Colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, C. P.15960, México, Distrito Federal, la siguiente documentación:
1. Curriculum Vitae firmado por el candidato (Conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx ).
2. Acta de Nacimiento certificada y copia de la Credencial para Votar.
3. Carta en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido sancionado por delito doloso ni ser sujeto a procedimiento penal (Conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx ).
4. Carta de aceptación de las bases y procedimientos de la presente convocatoria firmada por el candidato. (Conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx ).
5. Ensayo máximo de diez cuartillas sobre la aplicación de la reforma constitucional en materia electoral recientemente aprobada.
6. En caso de que la propuesta sea registrada por un grupo de ciudadanos, deberá acompañarse por una carta en la que hagan constar su propuesta y de la copia de credencial de elector de los firmantes.
7. En caso de que la propuesta sea registrada por una organización de ciudadanos, deberá acompañarse por el acta constitutiva correspondiente, así como una carta del representante legal en la que se haga constar la decisión de la organización de postular al candidato.
Al cierre del registro la Presidencia de la Mesa Directiva remitirá a la Comisión de Gobernación la documentación que se haya recibido de cada uno de los candidatos.
Tercero. La Comisión de Gobernación, dentro del plazo comprendido del primero al dos de diciembre del presente año, verificará que los candidatos reúnan los requisitos y que hayan entregado la documentación señalada. Para tales efectos, podrá allegarse de los elementos que estime pertinentes.
Cuarto. El tres de diciembre de 2007 la Comisión de Gobernación elaborará la lista de candidatos a Consejero Presidente y de Consejeros Electorales que cumplieron con los requerimientos señalados en la presente convocatoria, misma que será publicada en la Gaceta Parlamentaria y en el portal de Internet de la Cámara de Diputados (www.diputados.gob.mx). En dicha lista se señalará la fecha y hora en que deberán acudir los candidatos para el desahogo de las entrevistas a que se refiere el numeral quinto. Tal publicación surtirá efectos de notificación a los candidatos.
Cualquier ciudadano podrá presentar objeciones ante la Comisión de Gobernación cuando considere que alguno de los candidatos incumple con los requisitos previstos en esta convocatoria. Tales objeciones deberán manifestarse por escrito, debidamente fundadas y aportando los elementos de prueba que correspondan. Al escrito de referencia se acompañará también copia de la Credencial para Votar del ciudadano que suscribe las objeciones y deberá entregarse en la oficina de la Comisión de Gobernación ubicada en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión sito en Av. Congreso de la Unión # 66, Edificio D, Tercer Piso, Colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, C. P.15960, México, Distrito Federal.
Quinto. La Comisión de Gobernación procederá a entrevistar a cada uno de los candidatos que cumplieron con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, del cuatro al siete de diciembre del 2007, para exponer los puntos centrales de su ensayo y para responder los cuestionamientos que se les formulen.
Las entrevistas se realizarán en sesiones públicas y serán transmitidas por el Canal del Congreso. Para el desahogo de las mismas, la Comisión de Gobernación se dividirá en tantos grupos de trabajo como se requiera, buscando que en su integración se respete la pluralidad de los grupos parlamentarios representados en la propia Comisión; en su caso citará a los candidatos mediante un sorteo en el que se definirá el grupo de trabajo y el orden ante el que comparecerá.
Sexto. La Junta de Coordinación Política recibirá las opiniones de los ciudadanos con relación al candidato a Consejero Presidente y a los candidatos a Consejeros Electorales.
Estas opiniones deberán presentarse por escrito acompañadas de copia de Credencial para Votar del ciudadano interesado en la oficina de la Junta de Coordinación Política ubicada en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión sito en Av. Congreso de la Unión # 66, Edificio G, Segundo Piso, Colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, CP15960, México, Distrito Federal, a más tardar el día siete de diciembre del 2007.
Séptimo. Al término de las entrevistas la Comisión de Gobernación preparará un informe pormenorizado con sus valoraciones y lo remitirá, a través de su Presidente, a la Junta de Coordinación Política el diez de diciembre del presente año.
Octavo. Los Grupos Parlamentarios a través de la Junta de Coordinación Política determinarán por el más amplio consenso posible la propuesta del nombre del candidato a Consejero Presidente y de los dos candidatos a Consejeros Electorales del Instituto Federal Electoral.
Noveno. Para efecto de dar cumplimiento a los incisos b, c y d del artículo cuarto transitorio del decreto que reforma los artículos 6º, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134; y que deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el trece de noviembre de dos mil siete, la Junta de Coordinación Política propondrá al pleno los nombres de los tres Consejeros Electorales que continuarán en su cargo hasta el 30 de octubre de 2010, así como los nombres de los tres Consejeros Electorales que continuarán en su cargo hasta el 15 de agosto de 2008.
Décimo. En sesión de la Cámara de Diputados se dará a conocer al pleno las propuestas a que se refieren los numerales octavo y noveno, y se procederá a discutirlas y votarlas por cédula.
Décimo Primero. El consejero Presidente durará en su cargo seis años y podrá ser reelecto una sola vez. Los consejeros electorales durarán en su cargo nueve años, serán renovados en forma escalonada y no podrán ser reelectos. Según sea el caso, uno y otros serán elegidos sucesivamente por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los grupos parlamentarios a través de la Junta de Coordinación Política, conforme a lo establecido en el numeral octavo.
Décimo Segundo. Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Junta de Coordinación Política, o en su caso por el pleno de la Cámara de Diputados.
Décimo Tercero. La presente convocatoria entrará en vigor el día de su aprobación y publicación por la Cámara de Diputados.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veinte días de noviembre de dos mil siete.
Dip. Ruth Zavaleta Salgado Presidenta de la Mesa Directiva
Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión

¡Por fin el decreto para prevenir la Trata!

DECRETO por el que se expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE EXPIDE LA LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS, Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA; EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y EL CÓDIGO PENAL FEDERAL.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1.- La presente Ley tiene por objeto la prevención y sanción de la trata de personas, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas de estas conductas con la finalidad de garantizar el respeto al libre desarrollo de la personalidad de las víctimas y posibles víctimas, residentes o trasladadas al territorio nacional, así como a las personas mexicanas en el exterior. Esta Ley se aplicará en todo el territorio nacional en materia del Fuero Federal.
ARTÍCULO 2.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus respectivas atribuciones llevarán a cabo o colaborarán en la realización de programas permanentes para prevenir la trata de personas.
ARTÍCULO 3.- Los delitos previstos en esta Ley se perseguirán, investigarán y sancionarán por las autoridades federales cuando se inicien, preparen o cometan en el extranjero, siempre y cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio nacional; o cuando se inicien, preparen o cometan en el territorio nacional siempre y cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el extranjero, o en su caso, cuando se cometan en el territorio nacional y se actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 50, fracción I, incisos b) a j) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
ARTÍCULO 4.- En todo lo no previsto por esta Ley serán aplicables supletoriamente las disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Población y del Código Federal de Procedimientos Penales.
CAPITULO II
Del Delito de Trata de Personas
ARTÍCULO 5.- Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá acreditación de los medios comisivos.
ARTÍCULO 6.- A quien cometa el delito de trata de personas se le aplicarán:
I. De seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa;
II. De nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad o en contra de persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo;
III. Las penas que resulten de las fracciones I y II de este artículo se incrementarán hasta en una mitad:
a) Si el agente se valiese de la función pública que tuviere o hubiese ostentado sin tener la calidad de servidor público. Además, se impondrá al servidor público la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta; o cuando la víctima sea persona mayor de sesenta años de edad; o se trate de persona indígena;
b) Cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil o habite en el mismo domicilio con la víctima, aunque no existiera parentesco alguno, o sea tutor o curador de la víctima; además, según las circunstancias del hecho, podrá perder la patria potestad, el derecho a alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima y el derecho que pudiere tener respecto a los bienes de ésta.
Cuando en la comisión del delito de trata de personas concurra otro delito, se aplicarán las reglas del concurso establecidas en el Libro Primero del Código Penal Federal.
El consentimiento otorgado por la víctima se regirá en términos del artículo 15 fracción III del Código Penal Federal.
ARTÍCULO 7.- La tentativa del delito de trata de personas se sancionará con pena de prisión que no será menor a la pena mínima y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado.
ARTÍCULO 8.- Cuando un miembro o representante de una persona moral, con excepción de las instituciones públicas del Gobierno Federal, cometa el delito de trata de personas con los medios que, para tal objeto, la misma persona moral le proporcione, de modo que el delito se cometa bajo el amparo o en beneficio de aquélla, el Juzgador impondrá en la sentencia, previo el procedimiento correspondiente, alguna o algunas de las sanciones jurídicas accesorias siguientes:
I. Suspensión: Que consistirá en la interrupción de la actividad de la persona moral durante el tiempo que determine el Juez en la sentencia, la cual no podrá exceder de cinco años;
II. Disolución: Que consistirá en la conclusión definitiva de toda actividad social de la persona moral, que no podrá volverse a constituir por las mismas personas en forma real o encubierta. La conclusión de toda actividad social se hará sin perjuicio de la realización de los actos necesarios para la disolución y liquidación total. El Juez designará en el mismo acto un liquidador que procederá a cumplir todas las obligaciones contraídas hasta entonces por la persona moral, inclusive las responsabilidades derivadas del delito cometido, observando las disposiciones legales sobre prelación de créditos, conforme a la naturaleza de éstos y de la entidad objeto de la liquidación;
III. Prohibición de realizar determinados negocios u operaciones: Que podrá ser hasta por cinco años, se referirá exclusivamente a las que determine el juzgador, mismas que deberán tener relación directa con el delito cometido. Los administradores y el comisario de la sociedad serán responsables ante el Juez, del cumplimiento de esta prohibición e incurrirán en las penas que establece el Código Penal Federal por desobediencia a un mandato de autoridad;
IV. Remoción: Que consistirá en la sustitución de los administradores por uno designado por el Juez, durante un periodo máximo de tres años. Para hacer la designación, el Juez podrá atender la propuesta que formulen los socios o asociados que no hubiesen tenido participación en el delito. Cuando concluya el periodo previsto para la administración sustituta, la designación de los nuevos administradores se hará en la forma ordinaria prevista por las normas aplicables a estos actos; e
V. Intervención: Que consistirá en la vigilancia de las funciones que realizan los órganos de representación de la persona moral y se ejercerá con las atribuciones que la ley confiere al interventor, hasta por tres años.
Al imponer las sanciones jurídicas accesorias previstas en este artículo, el Juez tomará las medidas pertinentes para dejar a salvo los derechos de los trabajadores y terceros frente a la persona jurídica colectiva, así como aquellos otros derechos que sean exigibles frente a otras personas, derivados de actos celebrados con la persona moral sancionada. Estos derechos quedan a salvo, aun cuando el Juez no tome las medidas a que se refiere el párrafo anterior.
ARTÍCULO 9.- Cuando una persona sentenciada sea declarada penalmente responsable de la comisión del delito de trata de personas, el Juez deberá condenarla también al pago de la reparación del daño a favor de la víctima. Esta incluirá:
I. Los costos del tratamiento médico;
II. Los costos de la terapia y rehabilitación física y ocupacional;
III. Los costos del transporte, incluido el de retorno a su lugar de origen, gastos de alimentación, vivienda provisional y cuidado de personas menores de dieciocho o mayores de sesenta años de edad, así como de quienes no tengan capacidad para comprender el significado del hecho, que tengan alguna capacidad diferente o que sean personas indígenas;
IV. Los ingresos perdidos;
V. El resarcimiento de los perjuicios ocasionados;
VI. La indemnización por daño moral; y
VII. El resarcimiento derivado de cualquier otra pérdida sufrida por la víctima que haya sido generada por la comisión del delito.
CAPÍTULO III
De la Política Criminal del Estado Mexicano en materia de prevención y sanción de la Trata de Personas
ARTÍCULO 10.- El Gobierno Federal establecerá una Comisión Intersecretarial conforme al artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para coordinar las acciones de sus miembros en la materia para elaborar y poner en práctica el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, el cual deberá incluir, cuando menos, las políticas públicas en materia de prevención y sanción de la trata de personas, así como la protección y atención a las víctimas del delito. Dicha Comisión estará integrada por dependencias y entidades de la Administración Pública Federal así como por la Procuraduría General de la República.
Para tales efectos se atenderá a lo siguiente:
I. El Ejecutivo Federal designará a los miembros de la Comisión Intersecretarial que incluirá, como mínimo, a los titulares de las Secretarías de Gobernación, Comunicaciones y Transportes, Relaciones Exteriores, de Seguridad Pública, del Trabajo y Previsión Social, de Salud, Desarrollo Social, de Educación Pública, de Turismo y de la Procuraduría General de la República. Asimismo, tendrán participación los titulares del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Instituto Nacional de Migración, el Instituto Nacional de Ciencias Penales y el Consejo Nacional de Población.
II. Podrán participar en las reuniones de la Comisión Intersecretarial como invitados para efectos consultivos, un representante de cada organismo público autónomo relacionado con la materia, tres representantes de las organizaciones de la sociedad civil y tres expertos académicos vinculados con la trata de personas.
ARTÍCULO 11.- La Comisión Intersecretarial funcionará de conformidad con lo siguiente:
I. La Comisión Intersecretarial será presidida por quien determine el Presidente de la República;
II. La Comisión Intersecretarial elaborará su Reglamento Interno conforme al cual sesionará, y
III. La Comisión Intersecretarial designará a su Secretario Técnico responsable.
ARTÍCULO 12.- La Comisión Intersecretarial deberá:
I. Elaborar el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas;
II. Desarrollar campañas de prevención, protección y atención en materia de trata de personas, fundamentadas en la salvaguarda de la dignidad humana y los derechos humanos, con especial referencia a las niñas, niños, adolescentes y mujeres;
III. Promover convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, en relación con la seguridad, internación, tránsito o destino de las víctimas del delito, con el propósito de protegerlas, orientarlas, atenderlas y, en su caso, asistirlas en su regreso a su lugar de origen o en su repatriación, así como para prevenir la trata de personas y sancionar a quienes intervengan en su comisión.
En el seguimiento y evaluación de los resultados que se obtengan por la ejecución de los convenios y acuerdos a que se refiere esta fracción, intervendrá el Consejo de Seguridad Pública y la Comisión Intersecretarial para prevenir y sancionar la trata de personas.
Los convenios y acuerdos deberán ajustarse, en lo conducente, a las bases previas en la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en la Ley General de Población.
IV. Informar y capacitar con perspectiva de género, de derechos humanos y conforme al interés superior de la infancia, sobre los conceptos fundamentales y las implicaciones de la trata de personas y de los instrumentos internacionales relacionados con la materia al personal de la administración pública federal relacionado con este fenómeno delictivo;
V. Promover la investigación científica y el intercambio de experiencias entre organismos e instituciones a nivel nacional, incluyendo organizaciones de la sociedad civil vinculadas con la protección de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y mujeres;
VI. Informar a la población acerca de los riesgos e implicaciones de la trata de personas, los mecanismos para prevenir su comisión o revictimización, así como de las diversas modalidades de sometimiento para cometer este delito;
VII. Informar y advertir al personal de las líneas aéreas, cadenas hoteleras, servicios de transporte público, restaurantes, bares y centros nocturnos, entre otros, acerca de la responsabilidad en que pueden incurrir en caso de facilitar o no impedir las conductas inherentes a la trata de personas, así como orientarlos en la prevención de este delito;
VIII. Orientar al personal responsable de los diversos medios de transporte, acerca de las medidas necesarias para asegurar, en especial, la protección de las personas menores de dieciocho o mayores de sesenta años de edad, indígenas, mujeres, así como de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de quienes tienen capacidades diferentes, que viajen solas a través del territorio nacional o a través de fronteras internacionales;
IX. Recopilar, con la ayuda del Sistema Nacional de Seguridad Pública y demás instituciones y organismos pertinentes, los datos estadísticos relativos a la incidencia delictiva en materia de trata de personas, con la finalidad de publicarlos periódicamente. Dicha información deberá contener de manera desagregada:
a) El número de detenciones, procesos judiciales, número de condenas de traficantes y tratantes de personas y de quienes cometen delitos relacionados con la trata de personas en las diferentes modalidades;
b) El número de víctimas de trata de personas, su sexo, estado civil, edad, nacionalidad, modalidad de victimización y, en su caso, calidad migratoria;
c) Los datos correspondientes a las rutas y los métodos de transportación que utilizan las personas y organizaciones delictivas que cometen el delito de trata de personas, y
d) Aquélla referente al tránsito fronterizo internacional relacionado con la trata de personas.
X. Diseñar y llevar a la práctica un programa de repatriación para las víctimas de trata de personas.
XI. La Comisión elaborará un informe anual el cual contendrá los resultados obtenidos del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, el cual será remitido al C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y al Congreso de la Unión.
ARTÍCULO 13.- La Comisión Intersecretarial, en el diseño del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, deberá contemplar las acciones necesarias para cubrir, como mínimo, los siguientes rubros:
I. Además de las necesidades establecidas en el Capítulo IV de esta Ley, se contemplarán las siguientes medidas de atención y protección a las víctimas:
a) Proporcionar orientación jurídica, incluida la migratoria, asistencia social, educativa y laboral a las víctimas de la trata de personas. En el caso de que las víctimas pertenezcan a alguna etnia o comunidad indígena o hablen un idioma o dialecto diferente al español se designará a un traductor quien le asistirá en todo momento;
b) Garantizar asistencia material, médica y psicológica, en todo momento, a las víctimas del delito, la cual según sea el caso deberá ser en su lengua o idioma;
c) Fomentar oportunidades de empleo, educación y capacitación para el trabajo a las víctimas del delito;
d) Desarrollar y ejecutar planes para la construcción de albergues específicamente creados para las víctimas de trata de personas, donde se les brinden las condiciones para garantizar el respeto a sus derechos humanos, así como alojamiento por el tiempo necesario, asistencia médica y psicológica, alimentación y los cuidados mínimos atendiendo a las necesidades particulares de las víctimas con especial referencia a las niñas, niños, adolescentes y mujeres;
e) Garantizar que la estancia en los albergues o en cualquier otra instalación sea de carácter voluntario. La víctima podrá comunicarse en todo momento con cualquier persona y salir del lugar si así lo desea;
f) Garantizar que bajo ninguna circunstancia se albergará a las víctimas en centros preventivos, penitenciarios o estaciones migratorias, ni lugares habilitados para ese efecto; y
g) Proporcionar protección, seguridad y salvaguarda de su integridad y la de sus familiares ante amenazas, agresiones, intimidaciones o venganzas de los responsables del delito o de quienes estén ligados con ellos.
II. La Comisión Intersecretarial fomentará el diseño, evaluación y actualización de los planes y programas de capacitación y formación de servidores públicos conforme a las siguientes directrices:
a) Proporcionar la capacitación y formación continua necesaria a los servidores públicos, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas. Estas actividades estarán dirigidas, como mínimo, a todos los miembros de las instituciones del Gobierno Federal vinculadas a la seguridad pública, procuración, impartición de justicia y migración;
b) La capacitación y formación señaladas incluirán los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, trata de personas y derechos de los refugiados, así como la legislación nacional, con especial referencia a la atención y protección de los derechos de niñas, niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores de sesenta años, de los indígenas, de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de quienes tienen alguna discapacidad.
c) La capacitación y formación continua tendrá como eje rector el respeto a los derechos humanos de la víctima y el victimario;
III. La Comisión Intersecretarial fomentará acciones tendientes a fortalecer la solidaridad y prevención social del delito conforme a las siguientes directrices:
a) Sensibilizar a la población, mediante la divulgación de material referente a los derechos de las víctimas de la trata de personas;
b) Desarrollar estrategias y programas dirigidos a la población, destinados a erradicar la demanda y comisión del delito de trata de personas, señalando en ellos las repercusiones que conlleva el mismo;
c) Realizar campañas de información acerca de los métodos utilizados por los responsables del delito de trata de personas para captar o reclutar a las víctimas;
d) Informar sobre los riesgos que sufren las víctimas de trata de personas, tales como daños físicos, psicológicos, peligros de contagio de enfermedades de transmisión sexual como el VIH/SIDA, el Virus del Papiloma Humano, entre otros.
ARTÍCULO 14.- Las autoridades federales adoptarán políticas y programas a fin de:
I. Establecer las bases de la coordinación para la aplicación del Programa;
II. Facilitar la cooperación con gobiernos de otras naciones y organismos internacionales sobre la materia, y
III. Recopilar e intercambiar los datos y las estadísticas delictivas de la trata de personas, respetando la confidencialidad de los datos personales de las víctimas.
ARTÍCULO 15.- Las autoridades encargadas de la prevención y procuración de justicia, así como las migratorias deberán rendir un informe semestral a la Comisión Intersecretarial, referente a las personas y organizaciones que se dediquen a la trata de personas.
ARTÍCULO 16.- Las representaciones diplomáticas mexicanas deberán:
I. Proporcionar a la víctima la asistencia jurídica necesaria, así como un traductor en caso de requerirlo, con la finalidad de que logre comprender las leyes del país al cual haya sido trasladada;
II. Proporcionar la protección y asistencia necesarias a la víctima para denunciar el delito, conseguir la reparación del daño, así como otros beneficios que establezcan la legislación del país en el que se encuentra; y
III. Expedir a la víctima, sin demora alguna, la documentación necesaria para que logre el retorno al territorio nacional.
CAPITULO IV
De la Protección y Asistencia a las Víctimas u Ofendidos de la Trata de Personas.
ARTÍCULO 17.- Las autoridades federales adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar la protección y asistencia a las víctimas u ofendidos del delito de trata de personas. Para esos efectos deberán tomar en cuenta las recomendaciones de la Comisión Intersecretarial mismas que deberán cubrir, por lo menos, las siguientes medidas:
I. Generar modelos de protección y asistencia inmediatos ante la comisión, o posible comisión del delito de trata de personas;
II. Asistir a la víctima y proporcionarle ayuda migratoria;
III. Elaborar programas de asistencia inmediata, previos, durante y posteriores al proceso judicial que incluyan capacitación, orientación y, en el caso de los nacionales, ayuda para la búsqueda de empleo. Así como para dar seguimiento durante todas las etapas del procedimiento y proceso jurídico-penal, civil y administrativo, con especial referencia a la obtención de la reparación del daño;
IV. Las representaciones diplomáticas de México deberán ofrecer, sin excepción alguna, información, orientación, protección y atención a las víctimas de la trata de personas, con la finalidad de salvaguardar su dignidad e integridad física y psicológica, así como apoyarla en las gestiones necesarias ante las autoridades del país en el que se encuentre, antes, durante y después del proceso judicial; y
V. Establecer las medidas necesarias para identificar plenamente a las víctimas y víctimas potenciales del delito de trata de personas. Una vez identificadas, deberán brindarles la protección y atención necesaria.
ARTÍCULO 18.- La protección a las víctimas u ofendidos del delito de trata de personas comprenderá, además de lo previsto en el Apartado B del artículo 20 de la Constitución, y de lo contemplado en los Capítulos I, II, III y IV de esta Ley, los siguientes rubros:
I. Proteger la identidad de la víctima y de su familia, con la finalidad de asegurar que sus nombres y datos personales no sean divulgados en ningún caso;
II. Otorgar información a la víctima, en un idioma o dialecto que pueda comprender, sobre sus derechos legales y el progreso de los trámites judiciales y administrativos, según proceda. Igualmente se le proporcionará información sobre los procedimientos para su retorno al país de origen o residencia permanente en México;
III. Otorgar facilidades a las víctimas de la trata de personas, para permanecer en el país mientras dure el proceso judicial; y
IV. Las demás que tengan por objeto salvaguardar el libre desarrollo de su personalidad, integridad y sus derechos humanos.
ARTÍCULO 19.- Una vez concluido el proceso judicial, la permanencia de las víctimas en territorio nacional y, en su caso, su repatriación, quedarán sujetas a las disposiciones jurídicas existentes.
ARTÍCULO 20.- A fin de facilitar la repatriación de toda víctima de la trata de personas que carezca de la debida documentación, las autoridades deberán formular y ejecutar acciones y estrategias a fin de que las personas víctimas de este delito cuenten con un retorno protegido a su país de origen o a aquel en donde tengan su residencia permanente. Asimismo, los organismos internacionales y las organizaciones de la sociedad civil podrán colaborar con las autoridades para que los procesos de repatriación se lleven a cabo de acuerdo con lo previsto en los ordenamientos aplicables en la materia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforma la fracción V del artículo 2 y se adiciona una fracción VI, ambas de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 2.- Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:
I a III ...
IV. Tráfico de órganos previsto en los artículos 461, 462 y 462 bis de la Ley General de Salud;
V. Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo previsto en el artículo 201; Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202; Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en los artículos 203 y 203 BIS; Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204; asalto, previsto en los artículos 286 y 287; secuestro, previsto en el artículo 366; tráfico de menores o personas que no tiene capacidad para comprender el significado del hecho, previsto en el artículo 366 Ter, y robo de vehículos, previsto en el artículo 381 bis del Código Penal Federal, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales Estatales o del Distrito Federal, y
VI. Trata de personas, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
ARTÍCULO TERCERO.- Se reforma el inciso 13) de la fracción I y se adiciona una fracción XVI al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 194.- ...
I ...
1) a 12) ...
13) Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 201; Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202; Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en los artículos 203 y 203 BIS; Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204.
14 a 35)...
II a XV ...
XVI. De la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, los previstos en los artículos 5 y 6.
...
ARTÍCULO CUARTO. Se reforma el artículo 85, fracción I, inciso c), se adiciona una fracción II recorriéndose en consecuencia la actual fracción II para quedar como fracción III, se reforma el artículo 205 bis y se derogan los artículos 205 y 207 todos del Código Penal Federal.
Artículo 85. ...
I...
a) a b)...
c) Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo previsto en el artículo 201; Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 202; Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 203 y 203 bis; Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo 204;
d) a j)...
II. Trata de personas previsto en los artículos 5 y 6 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
III. Los que incurran en segunda reincidencia de delito doloso o sean considerados delincuentes habituales.
Tratándose de los delitos comprendidos en el Titulo Décimo de este Código, la libertad preparatoria solo se concederá cuando se satisfaga la reparación del daño a que se refiere la fracción III del artículo 30 o se otorgue caución que la garantice.
Artículo 205. Derogado.
Artículo 205 bis. Las sanciones señaladas en los artículos 200, 201, 202, 203 y 204 se aumentarán al doble de la que corresponda cuando el autor tuviere para con la víctima, alguna de las siguientes relaciones:
a) a j) ...
...
...
...
Artículo 207. Derogado.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- El Ejecutivo expedirá el Reglamento de la Ley en un término de 120 días hábiles.
México, D.F., a 2 de octubre de 2007.- Dip. Ruth Zavaleta Salgado, Presidenta.- Sen. Santiago Creel Miranda, Presidente.- Dip. Antonio Xavier Lopez Adame, Secretario.- Sen. Adrián Rivera Pérez, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Francisco Javier Ramírez Acuña.- Rúbrica.

26 nov 2007

Eliminación de la violencia contra la mujer

El Presidente Calderón en el Desayuno con motivo de la Conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer; 26 de Noviembre
Discurso
Gracias, muy buenos días, amigas y amigos, especialmente amigas.
Apreciados integrantes, Consejeras, Consejeros del Instituto Nacional de las Mujeres.
Estimadas líderes de Organizaciones de la Sociedad Civil.
Legisladores, diputadas, diputados, al Congreso de la Unión, senadoras.
La verdad es que me llena de gusto, de emoción, de alegría el volverme a encontrar con mujeres que ejercen un liderazgo activo en la transformación del país.
Yo saludo con admiración y afecto a su lucha, porque desde las trincheras donde se encuentran, han asumido la defensa de los derechos de la mujer en un país, por desgracia, todavía con una enorme cultura machista dominante.
Yo quiero decirles que la causa de la equidad de género también es la causa de mi Gobierno.
Celebro que hoy estemos reunidos para conmemorar el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer.
Se trata, debe tratarse de una jornada de lucha y de toma de conciencia y también de toma de decisiones para suprimir la opresión constante que sufren cientos de millones de niñas, mujeres y adultas en todo el mundo y, especialmente también, por desgracia, en nuestro país.
La lucha por la no violencia hacia las mujeres es un asunto que compete a todos, es decir, no es un asunto sólo de las mujeres en nuestra sociedad, es un compromiso fundamental que debe asumirse sin distinción ideológica, religiosa o partidista.
La violencia hacia las mujeres, cualquier tipo de violencia, física, verbal, sicológica, sexual, patrimonial, económica debe ser condenada y evitada porque atenta contra la dignidad humana y conculca derechos fundamentales en la sociedad.
Para los mexicanos, la lucha por la no violencia hacia las mujeres es parte integral de nuestro compromiso con la plena vigencia de los derechos humanos y de la igualdad.
Son valores absolutos y universales, por eso deben ser respetados por todos los gobiernos, por todas las sociedades y por todas las personas.
Como ciudadano, como esposo, como padre de familia, como Presidente de la República, me preocupa y me indigna el entorno de maltrato en que viven millones de mexicanas todavía.
Me duele y me agravia que en el lugar donde más seguras deberían estar, que es el hogar, es donde se sufren las mayores agresiones en nuestro país.
Condeno, igualmente, el acoso que padecen en los centros de trabajo, en las escuelas, en la calle, en el transporte, en muchas partes.
Los hechos hablan por sí solos, las encuestas relevan que más de 30 millones de mexicanas sufrieron algún tipo de violencia el año pasado y que más del 80 por ciento de los homicidios de mujeres son cometidos en sus propios domicilios.
Estos datos son sólo la punta del iceberg de la cifra negra de la violencia de género, y no podemos hablar de ejercicio de derechos y libertades, mientras haya niñas y mujeres que mueren a golpes en manos de sus agresores que a menudo resultan ser sus parejas, sus padres o sus familiares.
Es inadmisible que esta amarga realidad no se refleje en los expedientes ministeriales o judiciales debido a que las mujeres no pueden o no denuncian estos delitos por miedo, por miedo al agresor, por miedo a las consecuencias sociales, también por desinformación acerca de estos mecanismos.
Y como dijo aquí Macedonia, y muy bien dicho, que sí hay avances, pero no se ven, en eso estoy de acuerdo y lamento verdaderamente que los hechos estén evidenciando, como también dijo Rocío García, que falta mucho por hacer.
Por eso hoy, a propósito de esta fecha tan importante, quiero refrendar mi compromiso con la dignidad y la seguridad de las mujeres en México, de ahí la determinación de dar pasos decisivos en la defensa de sus derechos y en la protección de su integridad física y emocional.
Como parte del compromiso se promulgó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con ello se responde a una demanda histórica de las mexicanas que con razón y justicia exigen soluciones de fondo para terminar con este grave problema.
En esta ley se establece con claridad los mecanismos para prevenir, proteger y atender a niñas y mujeres víctimas de violencia, se definen también las obligaciones de los tres órdenes de Gobierno en el establecimiento y la operación de refugios donde albergar a quienes han sido maltratadas.
Hemos visto con interés y también con preocupación que todavía son pocas las entidades federativas que se han sumado a esta cruzada por un México libre de violencia hacia las mujeres, porque aún en la mayoría de ellos no se ha publicado la ley en la materia.
Se sabe que sólo nueve estados lo han hecho, por eso hago un llamado desde aquí, respetuoso y fraterno a las 23 entidades federativas restantes para cerrar filas y ganar juntos esta batalla por la dignidad humana.
Por mi parte tengo el gusto de informarles que está listo el Reglamento de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, he girado las instrucciones pertinentes para que se concluyan los trámites previstos en la normatividad aplicable a su emisión de manera tal que su publicación sea el resultado de un proceso transparente e incluyente de las organizaciones civiles.
Asimismo hoy también y con motivo de esta fecha, en este acto voy a firmar y a enviar para su publicación la promulgación de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
Al publicar la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, reforzamos aún más el marco legal en defensa de los derechos de la mujer, así emprendemos una lucha frontal en contra de la explotación sexual y laboral de la población más vulnerable, en especial niñas, niños, mujeres, impulsamos medidas concretas para brindar protección a las víctimas y a sus familiares.
Hemos establecido un compromiso claro en favor de la seguridad y la libertad de las personas y una batalla, una lucha, una guerra frontal contra el crimen y, el crimen organizado y, con mayor razón tenemos que hacerlo cuando el crimen organizado tiene por víctimas, por desgracia, a menores de edad, a mujeres, a gente que no puede defenderse en su condición por sí misma.
Esta nueva legislación prevé el establecimiento de un programa de acción, en el que las dependencias federales asumirán compromisos para combatir la trata de personas.
Este es el tercer delito más rentable en el mundo, de acuerdo con las Naciones Unidas, y más del 80 por ciento de las víctimas son niñas o mujeres.
Al mismo tiempo, además de fortalecer el marco legal, también estamos trabajando intensamente en la instrumentación de una política pública enfocada a la equidad de género con visión de largo plazo.
Entre las acciones que estamos impulsando destacan las siguientes:
Primero, instalamos el Sistema Nacional para la Igualdad de las Mujeres y Hombres que nos ha permitido definir una estrategia interinstitucional que dé cumplimiento a las leyes orientadas a la equidad de género y a la lucha contra la violencia hacia las mujeres.
También he girado instrucciones para que el objetivo de alcanzar igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, deje ser el cometido de una sola institución y se convierta en una tarea compartida de toda la Administración Pública Federal, no sólo del Instituto, no sólo de la Secretaría de Gobernación, no sólo de las Secretarias de Estado, dos de ellas aquí presentes, las otras dos, Beatriz está en Tabasco, Beatriz Zavala y Patricia Espinosa está en China, pues cada quien en lo suyo ciertamente, pero de todos las oficinas públicas del Gobierno Federal.
También en cumplimiento de este ordenamiento, 16 Secretarías de Estado y dos organismos públicos han incorporado la perspectiva de género en sus respectivos programas sectoriales.
Yo estoy seguro que la institucionalización de la política abrirá nuevos horizontes de desarrollo a las mexicanas.
También hemos definido programas de acción asumidos por México en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, y en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer.
Sabemos que el México libre de violencia contra las mujeres que queremos, reclama además un cambio cultural, una transformación de las actitudes, las creencias y las conductas que propician discriminación y desigualdad.
Son por desgracia muchas, muchas las mujeres, en el campo, en la ciudad, en las colonias populares o, incluso, en las zonas de mayor ingreso; son muchas las mujeres que sufren violencia, discriminación, los efectos de una cultura predominante de parte de la falsa premisa de una subordinación, sumisión, o incluso inferioridad de las mujeres respecto de los hombres.
Éste es un obstáculo, quizá el mayor, un obstáculo cultural que tenemos que revertir a través de todos los instrumentos del Estado, a través de la educación, de las políticas de comunicación, a través de la Ley y del comportamiento que en la práctica refleje un compromiso verdadero de parte del Gobierno hacia la igualdad de mujeres y de hombres.
Por eso mi Gobierno asume la parte que le toca en la promoción del cambio cultural y en la aplicación de una política pública que impulse la equidad de género en todos los ámbitos de la vida nacional.
Bien lo señala, se refleja en las palabras de Macedonia la enorme deuda que tiene el país con las mujeres, porque han cargado sobre sus hombros la pobreza, la indiferencia, la discriminación, la violencia.
Macedonia es madre de 12 hijos, le ha tocado sacarlos a todos adelante, dos de ellos están en Estados Unidos, nos ha contado, siempre desde hace algunos años como ocurre con muchas mujeres con el apoyo de su esposo y ella ha sabido salir adelante.
Por eso va mi admiración, mi aprecio, mi respeto a esos más de cinco millones de mujeres que hoy son padre y madre de familia, cinco millones de hogares mexicanos que salen adelante por el impulso de las mujeres que las encabezan, madres solteras, viudas, mujeres separadas, o mujeres que simple y sencillamente tienen un marido que ni picha ni cacha ni deja batear.
Así que mi admiración y mi respeto a las mujeres que han podido enfrentar esa enorme situación de adversidad que sigue presente en los hogares mexicanos, mi solidaridad y mi tristeza, mi compromiso con las cientos de miles, quizás millones de mujeres que siguen sufriendo violencia en sus hogares, en su trabajo, en la calle, en el transporte.
Tenemos que atender desde todos los ángulos esta problemática, uno de ellos, quizá uno fundamental, instrumento del Estado es precisamente la Política Presupuestal de Programas y de Gastos.
Por esa razón para el próximo año vamos ejercer una cifra histórica, más de siete mil millones de pesos destinados en programas orientados hacia la equidad de género, hacia la igualdad de mujeres y de hombres, es más del 60 por ciento de lo ejercido en este año 2007, que también era ya una cifra también histórica.
Si a esto le sumamos, por ejemplo, los 24 mil millones de pesos del Programa Oportunidades que se entregan a la mujer directamente o los tres mil que se entregan a los Proyectos de Mujeres en el Área Rural, estamos hablando de casi 34 mil millones de pesos que se van a invertir del Gobierno Federal en estos programas que tienen por un objetivo específico la superación de la mujer y una política pública con perspectiva de género.
Amigas y amigos:
Nuestra Constitución consagra un derecho fundamental y un principio elemental del ser humano: la plena igualdad entre la mujer y el hombre.
Es hora de que este mandato pase de la letra de la ley a la política pública y a la vida cotidiana y se refleje en la participación plena de mujeres en la política, en la economía, en la vida social y cultural, en el Gobierno.
Ese ordenamiento debe traducirse en igualdad de oportunidades de educación, en iguales salarios, en iguales condiciones de salud, en iguales derechos para acceso a vivienda y empleo, en el ejercicio cabal de derechos ciudadanos, en un acceso equitativo y no discriminatorio al desarrollo nacional.
Hoy reafirmo mi compromiso personal y el del Gobierno Federal en contra del acoso, la opresión y las agresiones hacia las mujeres, hacer valer su derecho a una vida libre de violencia, es un principio de dignidad humana, de justicia social y de urgencia nacional.
En esa lucha, amigas, tengan la seguridad vamos juntos mujeres, sociedad y Gobierno.
Muchísimas gracias, muchísimas felicidades.

Cae la noche y el mundo, por fin, guarda silencio.

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