18 ago 2007

Esquizofrenias

Miguel Concha OP, Irene Khan y Juan de Dios Castro
Esquizofrenias/Miguel Concha
Tomado de La Jornada, 18/08/2007;
Echando mano del significado que tiene en el lenguaje ordinario una metáfora tomada del campo de la siquiatría, el 7 de agosto la secretaria general de Amnistía Internacional (AI), Irene Khan, afirmó que la política del gobierno mexicano en materia de derechos humanos es "esquizofrénica", pues mientras en el ámbito internacional México es un "campeón" en la promoción de esas garantías, en lo interno se continúan violando. Candil de la calle, pues, y oscuridad de la propia casa, diríamos nosotros, en palabras menos elegantes.
En eso coincide con el diagnóstico de las organizaciones civiles mexicanas que desde el sexenio pasado vienen reclamando coherencia entre las políticas exterior e interna, sobre todo en materia de derechos humanos, reconociendo y promoviendo su respeto y su protección afuera y adentro, e incorporando estándares internacionales a la normatividad nacional, a las instituciones y a las prácticas de gobierno.
Y las que frente al pretendido argumento de valerse del derecho internacional de los derechos humanos como instrumento para generar cambios a nivel interno, esgrimido falazmente por el anterior gobierno, han reiterado desde entonces que es legítimo utilizar los mecanismos internacionales como ariete para transformar lo que haya que cambiar, con tal de que estas tareas, que para ellas son las prioritarias, no se vean en la práctica rezagadas.
Pues bien, México, por ejemplo, mantiene la apertura para que el país sea visitado por cuanto mecanismo de la ONU o la OEA lo pretenda, así como por organizaciones civiles internacionales, como AI, la Comisión Civil Internacional de Observación de los Derechos Humanos, la Comisión Internacional de Juristas... Sin embargo, ha venido acumulando una cantidad enorme de recomendaciones que no logran que el gobierno dé pasos decididos para proteger debidamente los derechos humanos en la vida cotidiana, sino todo lo contrario.
Refiriéndose al evidente caso de Oaxaca, el pasado miércoles (*) el subprocurador de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicio a la Comunidad, de la Procuraduría General de la República, no sin cierto cinismo, recurrió a la misma metáfora siquiátrica para calificar esta grave patología política. Sólo que ahora el especioso argumento -que desde el sexenio pasado se viene manejando también para supuestamente justificar el no cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales- es que el gobierno de la República no puede violentar la libertad y soberanía de los estados.
Aun reconociendo que, efectivamente, las graves violaciones a los derechos humanos en Oaxaca no son sólo de las autoridades locales, vale la pena agregar que el propio secretario técnico del gobierno local recurrió a este argumento de manera equívoca, en un desplegado del pasado jueves para calificar como "desafortunadas e imprudentes" las declaraciones del subprocurador, quien con su estilo exuberante había, mañosa y ambiguamente, afirmado que en Oaxaca se padecía una "doble esquizofrenia".
"Hay -dijo- una doble esquizofrenia. Primero, ¿se excedieron las autoridades del estado de Oaxaca? Sí. ¿Violaron derechos humanos? Sí. ¿Afectaron propiedades de muchos ciudadanos oaxaqueños que no tenían nada que ver con el pleito de los señores de la APPO? ¿Qué no vimos los camiones incendiados? ¿No vimos los explosivos que manejaban?" (La Jornada, 16 de agosto, p. 11).
Por todo esto es pertinente repetir ahora, sobre todo para quienes se precian de ajustar siempre sus actuaciones a derecho, que de conformidad con el párrafo XIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Gobernación no sólo "vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a las garantías individuales", sino "dictar medidas administrativas necesarias para tal efecto".
Hay que recordarles a todas las autoridades del país que de acuerdo con dos resoluciones del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación vigentes (2000 y 2006), los tratados internacionales -que según el artículo 133 de la Constitución son también ley suprema de la Unión- se ubican jerárquicamente por encima de las leyes federales y locales, y todavía únicamente después de la Constitución.
Pues bien, uno de estos tratados, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, obliga en su artículo 28 al gobierno de la República a "tomar de inmediato las medidas pertinentes, conforme a su constitución y sus leyes, a fin de que las autoridades competentes de dichas entidades (componentes de la Federación) puedan adoptar las disposiciones del caso para el cumplimiento de esta convención".
La misma Convención de Viena sobre la Celebración de Tratados, aprobada también por México, refiere en su artículo 27 que una parte "no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado", y en su artículo 29 señala que un tratado "será obligatorio para cada una de las partes por lo que respecta a la totalidad de su territorio".

(*) Nota, pregunta y respuestas en la conferencia magistral “La Democracia en México y los Derechos Humanos”, dictada por el doctor Juan de Dios Castro Lozano, Subprocurador de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicio a la Comunidad de la PGR, llevada a cabo el miércoles 16 de agosto en Auditorio “Jesús Reyes Heroles” de la Secretaría de Gobernación, .
Pregunta: -Usted hablaba de la Corte, la Corte como garante constitucional. Está nombrando una Comisión que investigue las violaciones graves y sistemáticas tanto en Oaxaca como en Atenco. ¿Usted considera como una solución, en el caso de Oaxaca, la salida o la renuncia de Ulises Ruiz? Sobre todo porque está considerado por su proclividad a la represión y no al diálogo.


Juan de Dios Castro Lozano: Bueno, agarro al toro por los cuernos también.
Miren, en el priato era facilísimo resolver el problema. El Presidente le decía: “Ulises, renuncia o te va como en feria, tú sabes a lo que te atienes”; y al día siguiente, Ulises renunciaba. Así lo hizo Díaz Ordaz, así lo hizo Luis Echeverría, así lo hizo López Portillo con Flores Tapia, pero lamentablemente vivimos un régimen federal.
Cuando me visitan de Derechos Humanos, de los organismos internacionales, no tienen respuesta a lo que yo les pregunto.
Les digo: miren, México es una República Federal. ¿Puede el Presidente quitar un Gobernador? No, porque violaría el Artículo 40 Constitucional que dice que los Estados son libres y soberanos en su régimen interno.Pero alguien me dirá: “Oiga, pero el Senado sí puede” y por eso los de la APPO se plantaron afuera del Senado, ¿no es así, Senador? Hasta lo secuestraron.Y yo dije, yo era entonces Consejero Jurídico del Presidente y le dije: “oiga, Presidente, pero esto es absurdo, me parece kafkiano porque si leemos el Articulo 76 de la Constitución -abro comillas-: “Artículo 76, Facultades exclusivas del Senado. El Senado tiene facultad para declarar cuando hayan desaparecidos los poderes en un estado que ha lugar a nombrar gobernador provisional”.
Ojo, el Senado no desaparece poderes, no tiene esa facultad. Sólo si al gobernador le dio un infarto, porque en una noche tomó demasiado vodka o demasiado alcohol y le dio un infarto, o hacia otras cosas y le dio un infarto, y se muerte, ya no hay gobernador. Y todos los señores legisladores se van a la Costa Azul, en Francia, y abandonan el Congreso y no hay Permanente, y los jueces dicen: pues si lo hicieron los legisladores también nosotros nos vamos, y se queda el estado sin poderes. Entonces el Senado le nombre un gobernador provisional, ah, dice: siempre y cuando la legislación local no prevea esa situación. Y además tenemos una legislación secundaria que regula eso.
En el caso de Oaxaca, con todo respeto ni el ejecutivo ni el legislativo ni el judicial pueden hacer nada, para obligar al señor Ulises Ruiz a que vaya.
Y le voy a dar algo más, ¿qué pueden hacer? Juicio político o declaración de procedencia. ¿Saben qué es la declaración de procedencia? Cometió delitos, que lo juzgue la Cámara de Diputados.
¿Pero saben qué dice el 110, 111 de la Constitución? Si el señor gobernador sometido a procedimiento de declaración de procedencia resulta culpable la resolución se manda al congreso local de Oaxaca, para que resuelva lo que él quiera.
Y Oaxaca, ahí coincido con usted, y no tengo empacho en decirlo, como en mi estado Durango, es todavía de los estados donde el gobernador manda al congreso y manda al poder judicial.
Ahí es una decisión, con todo respeto, del partido al cual pertenece el señor Ulises Ruiz. Yo hablo desde el punto de vista legal únicamente.
¿Que hubo violación de derechos humanos, me preguntaban ayer o antier los periodistas, en Oaxaca? Sí, de los dos lados. No de uno, de los dos lados.
Cuando ayer se sorprendió Excélsior que le dijera: coincido con la señora de Amnistía que dijo que los derechos humanos en México era una esquizofrenia. La esquizofrenia, señores, es una enfermedad donde se desdobla la personalidad. Hay una doble esquizofrenia. Primero, ¿se excedieron las autoridades del estado de Oaxaca? Sí. ¿Violaron derechos humanos las autoridades de Oaxaca? Sí.
¿Afectaron propiedades de muchos ciudadanos oaxaqueños que no tenía nada que ver con el pleito los señores de la APPO? ¿Qué no vimos los camiones incendiados? ¿No vimos los explosivos que manejaban?
Yo estoy de acuerdo con mi estimado amigo, el doctor Soberanes, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en Oaxaca hubo excesos de las dos partes.
Para que impere el Estado de Derecho se requiere, primero, que la autoridad sancione a las autoridades ejecutoras que se excedieron en sus funciones, que catearon sin orden judicial.Segundo, que también se sancione a los líderes de esa organización que también afectaron libertades, afectaron propiedades y afectaron derechos, de los dos lados.
La Corte, en el Artículo 97, tiene el derecho de oficio o a petición de investigar si hubo violación grave a las garantías individuales. Su decisión no vincula, pero tiene un gran peso moral, que en todos los casos en que lo ha hecho las autoridades involucradas han tenido que renunciar. Esperemos que eso suceda en el caso de la Corte.
En el caso de la Comisión Nacional de Derechos Humanos sus decisiones no vinculan, tiene peso moral.
En el caso de mi Subprocuraduría solamente en tratándose de la comisión de delitos federales cometidos por funcionarios de la Procuraduría.
Y es todo.

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