26 jun 2012

Propone Ministro Záldiva Lelo de Larrea, revelar deudores

Propone Ministro revelar deudores
El pleno de la Corte discutirá el caso en los próximos días, tras incorporarlo de última hora a un paquete de asuntos de transparencia
Nota de Víctor Fuentes

Reforma Pp 26 junio 2012.- Ahora es un Ministro de la Suprema Corte quien propone ordenar al SAT difundir el nombre de las personas físicas y morales beneficiadas en 2007 con la cancelación masiva de créditos fiscales por 73 mil 960 millones de pesos.
Arturo Zaldívar repartió ayer entre sus colegas un proyecto de sentencia para amparar a una particular que solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) información sobre los créditos considerados incobrables.


La semana pasada, el IFAI ordenó al SAT revelar el nombre de los 679 mil 35 beneficiados.
El pleno de la Corte discutirá el caso en los próximos días luego de incorporarlo de última hora a un paquete de temas de transparencia que empezará a analizar este martes.
En su proyecto, Zaldívar hace un balance entre los argumentos para revelar los nombres y montos de los créditos y las razones del SAT, que desde 2010 se ha opuesto a las órdenes del IFAI de difundir estos datos.
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Defiende Ministro plan sobre deudores
Nota Víctor Fuentes
Reforma on line, 26 junio 2012).- El interés público en la aplicación correcta de las políticas fiscales debe prevalecer sobre la protección de datos personales de contribuyentes morosos, consideró el Ministro Arturo Zaldívar, quien ayer propuso a la Corte ordenar la difusión de los nombres de casi 680 mil beneficiarios de la cancelación de créditos decretada por el SAT en 2007.
"Aún suponiendo que existiera un riesgo de afectar el adecuado funcionamiento de la administración tributaria, la seguridad de los contribuyentes o generar un malentendido que pudiera afectar la fama pública de las personas, es importante destacar que ese riesgo estaría ocasionado por la divulgación de datos personales vinculados a una política pública tributaria que se traduce en un gasto fiscal realizado por el Gobierno", dice el proyecto de sentencia repartido por el ministro Arturo Zaldívar.
"Ante ese escenario, de conformidad con el principio Constitucional de máxima publicidad, la transparencia, la rendición de cuentas y la publicidad del gasto público que se promueve con la divulgación de la información solicitada deben tener mayor peso que el interés en mantener la protección de los datos personales".
Zaldívar también considera que la divulgación de esta información resulta crucial para saber si el SAT se condujo con apego a los principios del artículo 134 Constitucional en materia tributaria y de gasto público.
"Se ordena a la autoridad responsable, Coordinador de Apoyo Operativo de Recaudación del SAT, atender en sus términos la solicitud de información hecha por la quejosa y, en su caso, si lo estima pertinente, entregar la información necesaria para clarificar los criterios que siguió la autoridad en el diseño e implementación de la política pública de cancelación de créditos", resuelve el proyecto.
El caso es un amparo promovido por la ciudadana Jimena Avalos, que es distinto al de otros que han solicitado esta información al SAT, porque ante la negativa de este órgano no acudió al IFAI, sino que promovió un amparo ante una juez de distrito que en 2011 falló en su contra por razones técnicas, aunque en la sentencia se pronunció en pro de publicar los datos.
El Pleno de la Corte discutirá el caso en los próximos días, luego de incorporarlo de última hora a un paquete de asuntos de transparencia y acceso a la información que empezará a analizar este martes.
Por tratarse de un amparo, bastará el voto de seis de los once Ministros para aprobar la propuesta de Zaldívar.
La semana pasada, el IFAI ordenó nuevamente al SAT difundir esta información, pero el órgano tributario, que incluso ha presentado demandas judiciales para no entregarla, respondió que la cancelación de créditos fiscales, que en este caso ascendieron a 73 mil 960 millones de pesos, no extingue la obligación de pago de los contribuyentes.
Sin embargo, es un hecho que una vez cancelado un crédito fiscal, en la gran mayoría de los casos el SAT deja de realizar gestiones para su cobro, con lo que eventualmente prescribe la deuda.

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