Avalan Senadores en comisiones
que militares puedan ser juzgados en tribunales civiles
El dictamen aprobado por unanimidad también modifica el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
Jueves, 24 de Abril
de 2014
COMUNICADO-658
Por unanimidad, las
comisiones unidas de Justicia, Defensa Nacional, Estudios Legislativos,
Estudios Legislativos Primera y Estudios Legislativos Segunda avalaron cambios
al Código de Justicia Militar, a fin de permitir que los integrantes de las
Fuerzas Armadas que comentan algún delito contra ciudadanos puedan ser juzgados
por tribunales civiles.
Con estas
modificaciones, los delitos del orden común o federal que sean cometidos por
militares en servicio o con motivo de actos del mismo, en tiempo de guerra, en
territorio declarado en ley marcial o cualquiera de los supuestos previstos en
la Constitución, no serán juzgados por la justicia militar sino deberán ser
remitidos a los tribunales civiles.
Los senadores
establecieron que cuando de las diligencias practicadas en la investigación de
un delito se desprenda que éste no atenta contra la disciplina militar,
inmediatamente y bajo la más estricta responsabilidad, el Ministerio Público
Militar deberá remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda,
absteniéndose de ordenar ulteriores actuaciones, “sin perjuicio de seguir
actuando en la investigación de aquellos delitos”.
La Policía
Ministerial Militar actuará bajo la conducción y el mando del Ministerio
Público en la investigación de los delitos, y tendrá facultades y obligaciones
como informar inmediatamente al Ministerio Público Militar competente, cuando
reciba noticia de un hecho que pueda constituir una conducta delictiva.
Deberá recopilar
información y confirmar los datos que reciba sobre los hechos denunciados y
hacerlos constar en un registro, en el que se asentarán el día, la hora, el
medio por el cual se obtuvo y los datos de los policías que intervinieron.
Tendrá la obligación
de prestar el auxilio que requieran las víctimas u ofendidos y proteger a los
testigos, realizar detenciones en los supuestos que autoriza la Constitución, y
poner de inmediato a las personas detenidas a disposición del agente del
Ministerio Público competente, entre otras funciones.
Cuando se trate de
delitos contra la disciplina militar, los agentes de la Policía Ministerial
Militar estarán facultados para realizar inspecciones personales sobre el
detenido y recoger los objetos que tenga en su poder, sujetándose para ello a
las reglas del presente Código.
Se precisa que la
Policía Ministerial Militar por ningún motivo podrá realizar, de propia
autoridad, investigación sobre personas, manipulación y práctica de peritajes
sobre los objetos asegurados.
Los legisladores
avalaron que los integrantes de las Fuerzas Armadas que hayan cometido delitos,
en agravio de civiles, podrán permanecer en prisiones militares cuando la
autoridad militar competente lo estime imprescindible, para preservar los
derechos del procesado o así lo requieran las necesidades del servicio de
justicia.
En este caso, a
solicitud del imputado la autoridad deberá elevar ante el juez que instruya el
proceso la solicitud donde funde y motive tal necesidad, a efecto de que se
acuerde lo conducente. En tanto, la autoridad militar colaborará con los
órganos jurisdiccionales del fuero ordinario, para que el procesado comparezca
ante dichas instancias siempre que se requiera.
Los sentenciados a
pena privativa de libertad podrán compurgar la pena en prisión militar o en
centros de reinserción social del orden común o federal, si lo estima necesario
la autoridad militar competente para preservar los derechos del sentenciado.
En caso de que algún
alumno de educación militar, menor de 18 años de edad, cometa una conducta
tipificada como delito en las leyes penales, será puesto a disposición de las
autoridades del sistema integral de justicia para adolescentes que corresponda.
Se faculta al
Ministerio Público para que, al investigar delitos contra la disciplina
militar, pueda solicitar la práctica de un cateo, para lo cual deberá acudir al
juez militar y si no la hubiere podrá solicitarla al orden federal o común, así
como la ubicación del lugar a inspeccionar y persona o personas que han de
localizarse o de aprehenderse.
Por la Comisión de
Justicia, la senadora del PRI, Arely Gómez González, explicó que se trata de un
proyecto integral de modernización de la justicia militar que se divide en
cuatro grandes temas: armonización con la reforma constitucional en materia de
derechos humanos y el cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos; Suprema Corte de Justicia de la Nación y recomendaciones
del Sistema Internacional de Derechos Humanos.
Asimismo, agregó,
tiene que ver con la adecuación de una parte de la reforma constitucional en
materia de justicia penal de 2008, con justicia para adolescentes y con la
actualización terminológica.
Destacó que el
cambio más trascendente es la modificación al artículo 57, que limita la
jurisdicción militar y que responde a la sentencia de la Corte Interamericana
en los casos de Rosendo Radilla, Inés y Valentina y de los campesinos
ecologistas, para que cuando se afecte a un civil el militar no conozca la
jurisdicción civil.
Hizo un
reconocimiento al trabajo realizado por organizaciones civiles y a la
disposición de las Fuerzas Armadas, “que en todo momento mantuvieron un diálogo
abierto para el buen término de esta reforma”.
El presidente de la
Comisión de Estudios Legislativos Segunda, el senador del PRD, Alejandro
Encinas Rodríguez, indicó que el fuero militar ha sido un factor muy importante
para garantizar la disciplina dentro de las Fuerzas Armadas, “pero también y de
manera lamentable” generó un marco propicio para el abuso y la violación de
derechos humanos, en actividades que involucran a sus elementos.
Refirió que ha sido
un proceso de discusión muy amplio para atender uno de los temas considerados
“tabú” en México y el dictamen retoma ocho iniciativas que fueron presentadas
en el Senado entre 2009 y 2013. Sin embargo, no es suficiente pues solamente se
avanza en nuevas reformas legislativas, por lo que más adelante deberán
fortalecerse mecanismos de control legislativo sobre las Fuerzas Armadas.
El legislador
mencionó que los cambios registrados en otros países sobre la relación con las
fuerzas armadas han sido resultado de crisis sociales, políticas, o incluso,
revoluciones en naciones de América Latina “y aquí hay una situación de
excepción, donde a partir del entendimiento, del acuerdo, pues hemos llegado a
esta propuesta de dictamen”.
Esto --subrayó--
sienta un precedente muy significativo en la relación entre el Congreso de la
Unión y las Fuerzas Armadas, donde se puede abrir, a raíz de este dictamen, una
nueva forma de relación y de coordinación entre las secretarías de la Defensa Nacional
y de Marina
El senador del PAN,
Fernando Yunes Márquez, titular de la Comisión de Defensa Nacional, dijo que
“no se puede decir es que no se escuchó a todos” los involucrados en este tema,
pues participaron en los foros organizaciones de la sociedad civil, las Fuerzas
Armadas y académicos.
Algunos a favor,
otros en contra, algunos que querían hacer más amplia esta protección, otros
que la querían restringir, pero se escuchó con total apertura a absolutamente
todas las partes, puntualizó.
Dejó en claro que no
se tomó ninguna decisión precipitada, a efecto de armonizar el dictamen y la
redacción, para que cumpliera con los objetivos fundamentales de protección de
los derechos humanos y adecuarnos a las normas internacionales, y al mismo
tiempo, mantener y preservar la justicia militar, que es el pilar fundamental
del Ejército y de la propia Marina.
A nombre de la
Comisión Estudios Legislativos, el senador del PRD, Benjamín Robles Montoya,
expresó que el proceso de construcción de este dictamen incluyó la
participación de organizaciones, de especialistas e incluso, de manera
particular y subrayada, de las Fuerzas Armadas, “en un ejercicio sin duda
inédito de diálogo y de acercamiento institucional”.
La senadora del PRD,
Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos,
señaló que hoy se da un paso muy importante en esta materia y se quita el tabú
que existía en este tema.
Sin embargo, dijo
que las organizaciones de la sociedad civil “no están totalmente satisfechas”
con el dictamen. “No es verdad que hay un aval al 100 por ciento de lo que hoy
estamos dictaminando”, pero hay una voluntad política por parte de ellas para
reconocer el proceso que el Senado ha emprendido.
Ello, destacó, nos
alienta a seguir en el proceso de revisión para incidir en que haya una
rendición de cuentas por parte de las Fuerzas Armadas, cuando se trate de
asuntos relacionados con la afectación de los derechos humanos.
El dictamen aprobado
por unanimidad también modifica el Código Penal Federal, el Código Federal de
Procedimientos Penales, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley que
establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
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