8 nov 2012

Listo el 40 Constitucional!

Declaratoria
El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados, declara reformado el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El Presidente en funciones de la Cámara de Diputados Francisco Agustín Arroyo Vieyra solicitO.
"Proceda la Secretaría a dar lectura al oficio de la Cámara de Senadores con el que remite las aprobaciones de las legislaturas de los estados a la minuta que reforma y adiciona el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."
La Secretaria diputada Merilyn Gómez Pozos: Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados, presente. Hago de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha la Cámara de Senadores realizó el escrutinio, 16 votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Presidencia dictó el siguiente trámite: Comuníquese a la Cámara de Diputados para los efectos del segundo párrafo del artículo 135 constitucional.
En consecuencia adjunto remito el expediente que contiene los votos aprobatorios de los congresos de los estados de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se solicita a los presentes ponerse de pie.
(Diputadas y diputados de pie)
A efecto de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 135 constitucional, la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión emite la siguiente
Declaratoria
El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las legislaturas de los estados, declara reformado el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
Doña Amalia García, ¿con qué objeto?
La diputada Amalia Dolores García Medina (desde la curul): Señor Presidente, sobre este tema tan importante de la reforma al artículo 40 constitucional, le pido la oportunidad de hacer un comentario.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Tiene usted el uso de la palabra, doña Amalia. Adelante.
La diputada Amalia Dolores García Medina: Le agradezco, señor Presidente. Por qué la entrada en vigor de un artículo como el que se reformó en la Constitución, el 40, es tan importante. Porque la nación mexicana se ha ido dando solidez a través de reformas sucesivas, y yo quiero señalar que una república representativa, democrática y federal no estaría completa en su concepción si no se incluyera el concepto de laicidad.
Por qué el Estado laico es tan importante. Por qué el concepto de Estado laico es fundamental. Porque el concepto de Estado laico pone en el centro el derecho de todas las personas a tener libertad y respeto en esa libertad de creencias, de pensamiento y de concepción.
El hecho de que en México tengamos un Estado que no impone un punto de vista ni una religión específica a toda la población, sino que respeta y garantiza plenamente la convicción personal de cada quien, es lo que hoy nos garantiza un entorno de paz.
Conocemos lo que fue el debate que se ha dado en la nación desde el siglo XIX; conocemos también lo doloroso y lo fuerte que fue lo que se conoce como la guerra cristera, pero una nación que tiene en su concepción de república el concepto de Estado laico y que no impone, a través del Estado, ninguna ideología y ninguna religión a sus habitantes, garantiza no sólo respeto, democracia a la pluralidad existente; garantiza también la paz entre todas y todos los mexicanos. Por eso esta inclusión.
Además, quiero hacer un reconocimiento a don Juventino Castro y Castro, ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ex diputado federal e integrante de esta Legislatura en el pasado –que en paz descanse– como uno de los que con mayor claridad defendieron un concepto de Estado moderno.
Hoy es oportuno que la entrada en vigor de esta reforma al artículo 40 constitucional también sea el momento para rendirle homenaje a don Juventino Castro y Castro. La cultura del reconocimiento a quienes nos aportan un concepto sólido de nación, avanzado, libertario y democrático, es esencial. Es cuanto, señor presidente.
El diputado Fernando Rodríguez Doval (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Fernando Rodríguez Doval, ¿con qué objeto?
El diputado Fernando Rodríguez Doval (desde la curul): Gracias, diputado presidente. Con el mismo objeto, pedirle la palabra en tribuna. Gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Usted la tiene, por tres minutos.
El diputado Fernando Rodríguez Doval: Muchas gracias, diputado presidente. Por supuesto que los diputados de Acción Nacional también nos congratulamos de una reforma constitucional que reconoce la laicidad del Estado. Sin embargo, sí queremos dejar muy claro que esta reforma es incompleta en tanto no se apruebe también la reforma al artículo 24 que habla de la libertad religiosa.
No se puede hablar de un estado laico si no se hace también explícitamente el reconocimiento al derecho humano fundamental a la libertad religiosa. Y esa es una reforma que está también en proceso y que estamos esperando que los congresos locales puedan aprobarla próximamente y que, por lo tanto, podamos también, en esta Cámara de Diputados, proceder al igual que hacíamos hace unos minutos con la reforma al 40 a su declaratoria.
Hay que dejar muy claro que un Estado laico no puede significar nunca un estado antirreligioso, porque en México también hemos vivido esas experiencias, y también hemos sido testigos cómo en nombre de una falsa laicidad se ha caído en persecuciones religiosas.
Por eso es tan importante esta reforma al artículo 24 constitucional que se está aprobando en varios congresos locales y que justamente busca garantizar este derecho humano fundamental, que es el derecho a la libertad religiosa.
Por encima de cualquier colectivo se encuentran las personas. Se encuentran los seres humanos, y por eso los derechos son de las personas. Y por eso hablamos de derechos humanos y la libertad religiosa, y así ha sido reconocido en todas las declaraciones que han existido, es un derecho humano fundamental.
Y por tanto, no estaremos satisfechos en tanto no se reconozca en la Constitución y posteriormente en la ley secundaria, este derecho humano fundamental a la libertad religiosa. Es cuanto, diputado presidente.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Don Ricardo Mejía, ¿con qué objeto? Le vamos a dar la palabra, don Ricardo Mejía, en el entendido de que cerramos la lista de oradores para referirse a la promulgación del artículo 40 de la Constitución.
Diputado Ricardo Mejía, le recuerdo que estamos en el artículo 40 de la Constitución, y que la asamblea tendrá derecho a reclamar el tema.
El diputado Ricardo Mejía Berdeja: Gracias, presidente, por su recordatorio, pero estamos hablando de la Constitución.
Celebrar esta reforma al artículo 40 que consagra la laicidad del Estado mexicano y que constituye al Estado nacional como una república democrática, federal, representativa y laica.
Desde luego que para Movimiento Ciudadano esto es una gran celebración porque consideramos que el Estado nacional debe ser laico, debe privilegiar las libertades, debe privilegiar el libre albedrío y que cada ciudadano, que cada persona sea libre, pero sobre todo que el Estado no tenga ninguna actitud confesional, que sea un Estado laico, que sea un Estado moderno, que sea un Estado que privilegie el saber y que fortalezca las libertades, pero también resulta paradójico que así como aprobamos el 40, lo celebramos con gran solemnidad, estemos al mismo tiempo prácticamente derogando el artículo 93 constitucional, porque a la fecha Felipe Calderón, a menos que aquí haya llegado y no nos lo informen, no ha contestado las preguntas parlamentarias que dispone el artículo 93 y que debió haber resuelto desde el día 26 de octubre.
Por otra parte lo que dispone el artículo 93, en cuanto a la integración de comisiones de investigación, que es otro párrafo, también lo queramos estar haciendo nugatorio. Es decir, por un lado celebramos el artículo 40 y por otro lado, en los hechos estamos cancelando el artículo 93 constitucional, y como representantes de la nación que juramos protestar y hacer cumplir la Constitución, ése es nuestro primer mandato como representantes. Por eso nosotros no podemos al mismo tiempo de congratularnos por esta declaración ya para los efectos del 135, del artículo 40, no podemos, sería irresponsable no dejar de subrayar que aquí mismo se está derogando en los hechos el artículo 93 constitucional y está cometiéndose un atropello al estado democrático de derecho.
Queremos transparencia y queremos una Constitución que sea vigente en sus 136 artículos.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Se informa a la asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria... doña Malú Micher. ¿Con qué objeto, doña Malú? Sonido.
La diputada Martha Lucía Mícher Camarena (desde la curul): Gracias, señor presidente. Quiero sumarme a los planteamientos que han hecho anteriormente mis compañeras y compañeros diputados, pero también quiero dejar muy claro que éste es un gran avance para la vida de las mujeres, para la libertad de las mujeres, para el respeto por lo diferente, porque en aras del retroceso que hemos tenido incorporando principios religiosos para aplicar la justicia para las mujeres, hemos tenido mujeres en la cárcel considerando que el derecho a decidir y la maternidad voluntaria es un pecado, y por ello el hecho de la modificación del artículo 40 constitucional es importantísimo para las mujeres, para que la iglesia conservadora deje de intervenir en intereses del Estado y deje a un lado y se legisle a favor de la vida de las mujeres, y no en contra de quienes hemos decidido seguir con una maternidad libre y voluntaria y respetar sobre todo el estado de libertad, porque no estamos hablando de una sola religión, señor. Estamos hablando de la libertad de creencias y eso es fundamental para este país y para las mujeres. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra: Gracias, diputada.
Proyecto de declaratoria de reforma constitucional ae aprobación del proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
México, DF, a 6 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Hago de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha la Cámara de Senadores realizó el escrutinio de 16 votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Presidencia dictó el siguiente trámite: Comuníquese a la Cámara de Diputados para los efectos del segundo párrafo del artículo 135 constitucional.
En consecuencia, remito adjunto el expediente que contiene los votos aprobatorios de los Congresos de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.
Atentamente
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Vicepresidente
Declaratoria
El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados, declara reformado el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único. Se reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, DF, a 6 de noviembre de 2012.
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Vicepresidente
Senadora María Elena Barrera Tapia (rúbrica)
Secretaria

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