15 ago 2013

¡Urge el código procesal único! /Fred Alvarez,

¡Urge el código procesal único! /Fred Alvarez, "Con todo respeto"                              
Publicado en la Silla Rota, 15 de agosto de 2013;

La madrugada del viernes 9 de agosto, Rafael Caro Quintero salió de la prisión de alta seguridad donde estuvo 28 largos años. Fue acusado de delitos contra la salud y sentenciado por el secuestro y asesinato del agente antinarcóticos norteamericano Enrique Camarena Salazar y de Alfredo Zavala Avelar. La Justicia federal determinó que Camarena no estaba acreditado diplomáticamente en México como agente de la DEA, por lo que su deceso nunca debió ser juzgado por la justicia federal, sino por un juez del fuero común, concretamente del Estado de Jalisco. O sea, Caro Quintero sale libre por errores procesales.  Es decir, porque dicen hay incompetencia del fuero federal, debió haber sido juzgado por el fuero común.     
¡Increíble!
Leamos una parte de la NOTA INFORMATIVA del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) del 9 de agosto de 2013: DGCS/N: 27/201. (Por cierto, aquí si hubo nota, en el caso de Salinas de Gortari, no. ¿Por qué?)
CASO: Libertad de Rafael Caro Quintero
"El Segundo Tribunal Unitario del Tercer Circuito informa que, el 7 de agosto pasado, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del mismo Circuito, concedió a Rafael Caro Quintero, el amparo y protección de la Justicia Federal, por lo que dicho Tribunal Colegiado, en su resolución amparadora con base en las diversas razones jurídicas que en la misma expuso, ordenó al órgano jurisdiccional que informa, que se tuvieran por compurgadas las sanciones impuestas a Rafael Caro Quintero por un delito contra la salud; además, sobreseyera por diversos delitos y absolviera por otro, en la causa penal instruida en contra del antes nombrado.
Derivado de lo antes expuesto y en estricto cumplimiento a lo ordenado por el
Tribunal Colegiado de Circuito mencionado, se ordenó la libertad de Rafael Caro
Quintero.
El Inspector del Reclusorio Preventivo del Estado de Jalisco fue notificado para que proceda a la liberación del mismo, en la inteligencia de que esta resolución no afecta situaciones jurídicas diversas que enfrente Rafael Caro Quintero. Es decir, siempre y cuando no exista causa legal diferente que lo impida.
Con base en el amparo otorgado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en Guadalajara, Jalisco, se resolvió lo siguiente: (un largo texto puede leerse completo en…
http://www.cjf.gob.mx/documentos/notasInformativas/docsNotasInformativas/2013/notaInformativa27.pdf
De inmediato las autoridades penitenciarias procedieron a la liberación del capo sinaloense. Y por algún motivo lo hicieron en lo oscurito antes que amaneciera. El comunicado del CJF se emitió después.
¿Por qué? Pudieron haberlo hecho el mismo miércoles 7 de agosto.
Es más, en algunos medios se comenta que las autoridades de EU los cogieron de sorpresa. Se habrían enterado por los medios de la salida del capo sinaloense.
¡Y las reacciones no se hicieron esperar!
La primera reacción la tuve de mi amigo Samuel González Ruiz, quien mediante un correo mostro su indignación con las siguientes líneas: “esto fue posible gracias al Hipergarantismo apoyado por el Propio Gobierno de los Estados Unidos y sus ideas extremistas en materia de derechos  en México”.
Preocupación de la PGR
Horas después. la PGR emitió un comunicado –boletín 071/13- dando el primer posicionamiento institucional, textual:
“Esta tarde, el Procurador General de la República Jesús Murillo Karam, manifestó su absoluto respeto a las decisiones del Poder Judicial, no obstante expresó su preocupación ante las resoluciones dictadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en el estado de Jalisco y el Segundo Tribunal Unitario del mismo circuito, que permitieron dejar en inmediata libertad al señor Rafael Caro Quintero.
El Procurador sostuvo que el Primer Tribunal Colegiado ignoró por completo el reciente criterio sostenido apenas en marzo pasado, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues ordenó a una autoridad que éste consideró incompetente por razón de fuero, que sobreseyera las causas penales seguidas en contra de Caro Quintero, dejándolo en libertad, cuando que de haber aplicado el criterio de la Corte, debió haber remitido el expediente al juez que estimara competente para que conociera del juicio, pues de la manera en que sucedió, produce la absolución sin juicio por un juez que el mismo Tribunal consideró incompetente.
El Procurador ordenó analizar la interposición de los recursos que en términos de la ley sean procedentes, en razón de la gravedad de los delitos de privación ilegal de la libertad y homicidio calificado entre otros, cuyas víctimas todavía reclaman justicia.”
La información acaparo todas las primeras planas del fin de semana.
Institucionalmente no se dijo más. Hasta el martes 13, cuando en un coloquio organizado por El Colegio de México, el procurador Jesús Murillo Karam expresó sus molestias por las resoluciones del Poder Judicial. Dijo que si bien Caro Quintero "cubrió una sentencia de 28 años (…) creo que en éste debió haber cumplido unos 40, por lo menos. Porque la personalidad y el tipo de delitos que él cometió afectan seriamente a la sociedad mexicana.”
Y aprovechó para informar a la opinión pública que él personalmente está "estudiando las razones de por qué Caro Quintero salió de prisión.  Y se comprometió a  compartirlas en su momento.
No es impunidad total: PGR
Y precisó –al igual que el boletín- que la institución que dirige va a interponer los recursos que tiene todavía a su alcance. “y estamos haciendo otro tipo de cuestiones que son muy importantes para evitar que este tipo de impunidad, y digo este tipo de impunidad, pero no es de impunidad total, pero sí es impunidad, y en consecuencia también es combatible y no se repita fundamentalmente, es decir, que este criterio no se convierta en un criterio permanente.”
Dijo que lo que hicieron los jueces es “contrario al criterio que la Suprema Corte de Justicia emitió en marzo, en el sentido de que la falta de calidad para juzgar, es decir, lo que le llama el fuero o la capacidad de un juez para hacerlo, no puede convertirse en razón para liberar a nadie, tiene que mandarse a su juez o el juez que es competente para que él lo determine.”
Precisó “Porque en este caso la sentencia de primera entrada, ya lo dije, que puedo repetir, me produce un escozor porque resulta que el Tribunal dice que quien lo juzgó no era competente y ordena al incompetente que prácticamente lo sentencie sin juicio, y obviamente lo tiene que sentenciar dejándolo en libertad, en consecuencia, es la absolución total.”
Abundó ante la mirada atónita de los presentes que él no entiende “el mecanismo mental y no juzgo todavía sobre cuestiones de buena o mala fe, pero no entiendo el mecanismo que lo lleva a resolver una situación de esta naturaleza. No lo entiendo –agrega- y me preocupa, me preocupa porque están en la misma circunstancia muchos otros presos muy delicados, muchos otros procesados muy delicados, pero entiendo menos cuando se produce una descalificación, es decir, cuando se dice que alguien no tiene la calidad para juzgar a otro 24 años después de que se inició el proceso.
Y aquí sí ya nos mete en uno de los factores esenciales del problema en la justicia que tiene que ver con el problema de la violencia..."
Y con respecto a la extradición de Caro Quintero hacia los EU, dijo el Procurador que ellos –en la PGR- desconocen  si Washington DC ya emitió solicitud de extradición. Empero, precisó que para atender una solicitud así, tendría que existir causa distinta a este proceso. “Para poder extraditarlo tendría que ser causa distinta al que está en proceso, porque hay un cuestión que no he dicho: la sentencia no ha causado ejecutoria, en consecuencia no podemos decir todavía si está sentenciado",
El caso no está cerrado, pero la pregunta es ¿sabrán las autoridades dónde se encuentra Caro Quintero hoy? Por si acaso.
Mmm.
Si hay inteligencia en este país, seguramente le siguieron los pasos y lo tienen localizado.
Por último, don Jesús Murillo aprovechó el foro para comentar de la urgente necesidad de contar con un código procesal penal único, piedra angula de la reforma de justicia penal que se inició en 2008 y se espera llegue a buen puerto en junio del 2016.
Un proyecto de código se cocina lentamente en el Senado de la República con la participación de un grupo de destacados penalistas, quizá los que más saben del tema en México. Les estamos dando puntual seguimiento; la sociedad espera y se merece un código para el siglo XXI.
Agrego el exsenador priísta en el coloquio que “si hoy tuviéramos un Código Procesal Único, no se hubiera podido dar esta salida, porque tuviera la competencia quien la tuviera, se hubiera tenido que regular por las mismas reglas, y el juicio sería absoluta y totalmente válido. No hubiera sido un pretexto, perdón, no puedo usar toda la palabra, no voy a decir una forma de sacarlo sino que hubiera sido un procedimiento mucho más fácil y mucho más rápido...."
Y tiene razón el Procurador.
Vale la pena leer la ponencia completa de Murillo Karam, la coloqué en mi bitácora personal http://fredalvarez.blogspot.mx/ y en la web de la PGR.
Y por cierto, el Ministro don Juan Silva Meza, presidente del CJF y de la SC JN,  no ha dicho nada. Seguramente ha leído todas las reacciones.
Ah, por cierto, por debajo de las notas de la reforma energética, Murillo Karam acaparó algunas primera planas de este miércoles 14 de agosto
EL UNIVERSAL:
·  Impugnan la PGR y SRE libertad de Caro Quintero
La Procuraduría General de la República (PGR) interpondrá un recurso de revisión para revertir la decisión e impedir que el criterio judicial que permitió la excarcelación de Rafael Caro Quintero se replique, ya que existen "muchísimos" otros procesos que involucran a delincuentes que están en las mismas circunstancias, señaló Jesús Murillo Karam.
http://www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2013/impreso/pgr-caro-debio-purgar-40-anios-208311.html
MILENIO:
·  Extraditar a Caro Quintero, imposible
El titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam, aseguró que el narcotraficante Rafael Caro Quintero no puede ser extraditado a Estados Unidos por el homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, pues la sentencia por ese caso “no ha causado ejecutoria”.
http://www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2013/impreso/pgr-caro-debio-purgar-40-anios-208311.html
EXCÉLSIOR:
·  PGR cuestiona la liberación de Caro Quintero
Hasta el momento, la Procuraduría General de la República (PGR) desconoce si Estados Unidos ya emitió solicitud de extradición al narcotraficante Rafael Caro Quintero, sin embargo, para atender una solicitud así, tendría que existir causa distinta a este proceso.
http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/08/13/913492
LA RAZÓN:
·  Libertad de Caro Quintero, fuera de la ley: SER
Los gobiernos de México y de Estados Unidos buscan revertir la libertad que un juez le otorgó al narcotraficante Rafael Caro Quintero, aseguró ayer el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), José Antonio Meade. “La decisión, a nuestro juicio, no fue respetuosa del marco jurídico y habremos de buscar la forma de revertirla; en eso hay plena convicción de intereses con Estados Unidos. Debe de respetarse el marco jurídico, y en este caso estimamos que no fue un fallo apegado a derecho, y la PGR habrá de hacer el trabajo para corregirlo”, expresó el funcionario.
http://www.razon.com.mx/spip.php?article184852

P.D.
Un juez federal giró este miércoles 14 de agosto una orden de detención provisional con fines de extradición hacia EU en contra de Caro Quintero, por delitos de narcotráfico y lavado de dinero que se le atribuyen en una Corte de California, informó la PGR.
No se precisó en el comunicado si en esta solicitud se pidió su extradición por el delito de homicidio.
¿Y ahora? ¿Sabe la PGR dónde encontrará a Caro Quintero?
La película continúa...
Twitter: @fredalvarez 

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