Saldrá Emilio Lozoya de Reclusorio
Nota de Abel Barajas/ REFORMA, (20 febrero 2024) .-14:01 hrs
Al estimar que ya no existe un riesgo de que pueda darse a la fuga, el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación de la Ciudad de México otorgó el cambio de medida cautelar en el Caso Odebrecht a Emilio Lozoya, ex director de Pemex, quien estaba sujeto a la prisión preventiva justificada desde el 3 de noviembre del 2021.
El fallo fue dictado ayer en un amparo en favor del ex funcionario y notificado esta madrugada a la 5:18 horas al Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte.
Con base en la sentencia, el juez de control Gerardo Alarcón López convocó a una audiencia esta tarde y en ella ordenó la inmediata libertad.
La resolución del tribunal canceló la prisión preventiva justificada y restituyó las medidas cautelares a las que estaba sujeto antes de ser recluido, es decir, el uso de brazalete electrónico, la prohibición de salir del País y su presentación periódica ante la Unidad de Medidas Cautelares (UMECA).
En la audiencia, Ana Sánchez, defensora de Lozoya, pidió un plazo de tres días al juez para colocarle el brazalete electrónico al acusado, sin embargo, el juez rechazó la petición porque dijo que la orden del tribunal era liberarlo en forma inmediata y, de no hacerlo, incurriría en un delito.
Por lo anterior, Alarcón instruyó su liberación y le dio un plazo de tres días al acusado, pero para informarle que ha cumplido con la obligación de colocarse el geolocalizador electrónico.
El fiscal Manuel Granados Quirós trató de impedir lo inevitable, alegando que el juez Alarcón no tenía facultades para llevar a cabo la audiencia, porque el Caso Odebrecht ya concluyó la etapa intermedia y ahora, en esta fase del procedimiento, debe resolver un juzgador responsable del juicio.
Alarcón acordó en ese momento un receso de 10 minutos y, cuando volvió, citó algunas tesis jurisprudenciales para argumentar que sí tenía competencia para resolver la libertad de Lozoya, en su calidad de juez de control.
Al salir del centro de justicia, el Fiscal Manuel Granados informó que presentarán un recurso de revisión contra el amparo dictado por el tribunal de apelación, cuestionando en particular a su magistrado Juan Pedro Contreras Navarro, quien elaboró el proyecto de sentencia.
"El día de hoy, el Juez de Amparo Juan Pedro Contreras Navarro, lo deja en libertad procesal para que así continúe su juicio, porque considera que no existe riesgo de que se sustraiga de la acción de la justicia, haciendo caso omiso de que dicho individuo fue aprehendido en España, después de haberse dado a la fuga", dijo Granados.
"Todos estos privilegios injustos, inequitativos y parciales, así como las descalificaciones constantes al respecto son inaceptables; por lo que de inmediato se presentará el recurso de revisión correspondiente, para obtener la justicia en este caso, que ha sido tan complicado lograr, en razón de lo expuesto".
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Reacción de la FGR..
Comunicado FGR 078/24
20 de febrero, 2024 CDMX, Ciudad de México
FGR INFORMA
La Fiscalía General de la República (FGR), quiere dejar muy claro que Emilio “N” no ha ganado ningún juicio al que el Ministerio Público de la Federación lo ha sometido; y solo ha obtenido de Jueces y Magistrados de la Federación, privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados.
Dichas resoluciones han sido dictadas en forma parcial e ilegal por el Juez de Control Gerardo Genaro Alarcón López y por los Magistrados de los Tribunales de Apelación Alberto Torres Villanueva y Juan Pedro Contreras Navarro; y que consisten fundamentalmente en lo siguiente:
1. Se nos han excluido pruebas que lícitamente fueron obtenidas por la Fiscalía en Brasil y en Suiza, mediante tratados internacionales válidos que México ha suscrito, violando así lo establecido en dichos convenios que tienen respaldo constitucional.
2. Al hoy acusado, el Juez Gerardo Genaro Alarcón López lo benefició injustamente, excluyéndolo de su responsabilidad del pago por la reparación del daño en el caso de Agronitrogenados, alegando que dicho pago ya lo había hecho Alonso “N”, lo cual nada tiene que ver con la responsabilidad directa de Emilio “N”, que está señalada en el artículo 30 del Código Penal Federal.
3. El día de hoy, el Juez de Amparo Juan Pedro Contreras Navarro, lo deja en libertad procesal para que así continúe su juicio, porque considera que no existe riesgo de que se sustraiga de la acción de la justicia, haciendo caso omiso de que dicho individuo fue aprehendido en España, después de haberse dado a la fuga.
Todos estos privilegios injustos, inequitativos y parciales, así como las descalificaciones constantes al respecto son inaceptables; por lo que de inmediato se presentará el recurso de revisión correspondiente, para obtener la justicia en este caso, que ha sido tan complicado lograr, en razón de lo expuesto.
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