Aprueba
Senado reforma para que agentes extranjeros puedan portar armas en México/ Debate..
Se emitieron 79 votos en pro, 20 en contra
y 2 abstenciones.
Se remite a la Cámara de Diputados para los
efectos del artículo 72 constitucional.
La Cámara de Senadores aprobó con 78 votos a
favor, 20 en contra y 2 abstenciones, el dictamen que reforma la Ley Federal de
Armas de Fuego y Explosivos, a raíz de la iniciativa enviada por el Ejecutivo
federal, a fin de autorizar la portación de armas en territorio mexicano a
servidores públicos extranjeros de migración, aduanas, así como a los agentes
de seguridad en el marco de las visitas oficiales de jefes de Estado, gobierno,
ministros o equivalentes.
Esto, con la intención de generar una nueva
regulación que fortalezca procesos de cooperación migratoria y aduanera de
México con el mundo, principalmente en lo referente a los procesos de
preinspección aduanera, bajo el principio de reciprocidad.También se plantea que funcionarios aduanales mexicanos que lleven a cabo funciones de preinspección de mercancías en otros países, estén autorizados para llevar consigo, fuera del territorio nacional de las armas con las que cuentan para el desempeño de sus funciones.
A partir del principio de reciprocidad, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) será la que autorice la portación temporal de armas a los agentes extranjeros de migración o aduanas --que participen en la revisión migratoria en los puntos de tránsito internacionales o en el despacho conjunto de mercancías en las aduanas nacionales-- así como a los agentes de seguridad, que acompañen visitas oficiales o equivalentes, siempre que se trate de revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea a superior a .40 o equivalente.
