19 jun 2009

Acuerdo del Procurador

DOF, 19 de junio de 2009;
ACUERDO del Procurador General de la República, por el que se modifican las fracciones I, VIII y XI del artículo primero del Acuerdo número A/068/03, por el que se adscriben las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Procuraduría General de la República, publicado el 24 de julio de 2003.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.
ACUERDO No. A/ 227 /09
ACUERDO del Procurador General de la República, por el que se modifican las fracciones I, VIII y XI del artículo primero del Acuerdo número A/068/03, por el que se adscriben las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Procuraduría General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2003.
EDUARDO TOMAS MEDINA MORA ICAZA, Procurador General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102 Apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 9, 14, 15 y 16 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y 5 y 6, de su Reglamento, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009, establece que el Procurador, para la mejor organización y funcionamiento de la Institución podrá, mediante acuerdos, adscribir orgánicamente las unidades y órganos técnicos, desconcentrados y administrativos que establezca el Reglamento de Ley y demás disposiciones aplicables;
Que el artículo 16 del ordenamiento legal citado con anterioridad, señala que los acuerdos por los cuales se adscriban los órganos y unidades administrativas, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación;
Que en términos de los artículos Segundo y Sexto Transitorios de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 29 de mayo de 2009, en tanto se expide su Reglamento, se aplicará el Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de junio de 2003, y continuará en vigor la normatividad institucional emitida con base en la ley abrogada, en todo aquello en lo que no se oponga a las disposiciones de la nueva Ley Orgánica de la Institución;
Que el artículo 5 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que el Procurador determinará la organización y funcionamiento de la Procuraduría, la adscripción de sus unidades subalternas y órganos técnicos, así como la modificación de las áreas y sus atribuciones, en la medida en que lo requiera el servicio;
Que con fecha 24 de julio de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo A/068/03, por el que se adscriben las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Procuraduría General de la República, el cual tiene por objeto determinar la adscripción de las unidades previstas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Institución de fecha 25 de junio de 2003;
Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2009, se reformaron, entre otros ordenamientos, el Código Federal de Procedimientos Penales, al cual se adicionaron los artículos 123 Bis, 123 Ter, 124 Quater y 125 Quintus, por virtud de los cuales se establecen nuevas funciones de los servicios periciales en lo relativo al manejo de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito (cadena de custodia);
Que en la estructura orgánica vigente de la Procuraduría General de la República se encuentra la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional, la cual tiene adscrita la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales que es la encargada de operar, coordinar y supervisar el funcionamiento de las servicios periciales de la Institución;
Que a afecto de fortalecer los servicios periciales en la Institución, en su carácter de auxiliar directo del Ministerio Público de la Federación, así como mantener una cercana supervisión de la implementación de sus funciones en materia de cadena de custodia, es necesario que la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales quede adscrita a la Oficina del Procurador General de la República;
Que la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional tiene, entre otras facultades, la de establecer los lineamientos que permitan generar información sustantiva para el adecuado manejo de los indicadores estratégicos y de gestión para la toma de decisiones, coordinar la operación y actualización de los servicios de Internet de la Institución, y realizar estudios criminógenos y geodelictivos que permitan elaborar los planes y programas en materia de procuración de justicia federal, así como aquellos que coadyuven en el diseño de la política criminal viable y eficiente, en coordinación con las unidades administrativas y órganos de la Institución;
Que la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones es la encargada de diseñar, desarrollar, suministrar, operar y brindar soporte técnico a los sistemas y servicios en materia de telefonía, telecomunicaciones, informática, internet e infraestructura electrónica y tecnologías de información y comunicaciones;
Que por lo antes expuesto y a efecto de contar con una mejor organización y funcionamiento de la Procuraduría General de la República, en lo referente a la recopilación, sistematización y procesamiento de la información, mediante sistemas tecnológicos, que coadyuve a la eficaz y oportuna toma de decisiones, es preciso adscribir a la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, a la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional;
Que por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO por el que se modifican las fracciones I, VIII y XI del artículo primero del Acuerdo número A/068/03, por el que se adscriben las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Procuraduría General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2003.
ACUERDO
UNICO.- Se reforman las fracciones I, VIII y XI del artículo primero del Acuerdo número A/068/03, del Procurador General de la República, por el que se adscriben las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Procuraduría General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2003, para quedar como sigue:
"PRIMERO.- ...
I. Al Procurador General de la República:
1. La Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales;
2. La Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo;
3. La Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada;
4. La Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales;
5. La Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad;
6. La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales;
7. La Oficialía Mayor;
8. La Visitaduría General;
9. La Agencia Federal de Investigación;
10. La Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional;
11. La Dirección General de Comunicación Social;
12. La Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales, y
13. El Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia.
II. a VII. ...
VIII. A la Oficialía Mayor:
1. La Dirección General Seguridad Institucional;
2. La Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto;
3. La Dirección General de Recursos Humanos;
4. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales;
5. La Dirección General de Control y Registro de Aseguramientos Ministeriales;
6. La Dirección General de Servicios Aéreos, y
7. El Centro de Evaluación y Desarrollo Humano.
IX. a X. ...
XI. A la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional:
1. La Dirección General de Planeación e Innovación Institucional;
2. La Dirección General de Formación Profesional;
3. La Dirección General del Servicio de Carrera de Procuración de Justicia Federal;
4. Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y
5. El Instituto de Capacitación y Profesionalización en Procuración de Justicia Federal."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se instruye a los CC. Oficial Mayor y Coordinador de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional para que en el ámbito de sus atribuciones instrumenten las medidas pertinentes y necesarias que permitan el cabal cumplimiento del presente Acuerdo.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a 16 de junio de 2009.- El Procurador General de la República, Eduardo Tomás Medina Mora Icaza.- Rúbrica.
***
Ley Orgánica de la PGR, 29 de mayo de 2009;
Artículo 15. El procurador general de la República, para la mejor organización y funcionamiento de la Procuraduría General de la República, podrá delegar facultades, excepto aquellas que por disposición de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente ley y demás ordenamientos aplicables, deban ser ejercidas por el propio procurador general de la República. Asimismo, podrá adscribir orgánicamente las unidades y órganos técnicos, desconcentrados y administrativos que establezca el reglamento de esta ley y demás disposiciones aplicables.
Artículo 16. Los acuerdos por los cuales se disponga la creación de unidades administrativas especializadas, fiscalías especiales y órganos desconcentrados, se deleguen facultades o se adscriban los órganos y unidades, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.
***
DOF, 23 de enero de 2009;
SECRETARIA DE GOBERNACION
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, del Código Penal Federal, de la Ley de la Policía Federal Preventiva, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

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