8 mar 2013

ACUERDO por el que se señala la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación.



DOF: 08/03/2013
ACUERDO por el que se señala la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 4o.; 6o., fracción XXIX, y 93 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO
Que conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría Fiscal de la Federación tiene adscritas las direcciones de Investigaciones, a efecto de que le auxilien en el territorio nacional en el inicio, seguimiento y control de los procedimientos penales y administrativos originados por las denuncias, querellas, declaratorias, declaraciones de perjuicio, peticiones y, en general, cualquier otro requisito de procedibilidad señalado por las leyes, que formula la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de los juicios y recursos que de ellos se deriven y de aquéllos en que ésta tenga interés, y para coadyuvar con las autoridades competentes en la integración y perfeccionamiento de los procedimientos penales y administrativos correspondientes;
Que mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2011, se fijó la sede y la circunscripción territorial de las entonces direcciones regionales de la Procuraduría Fiscal de la Federación;
Que debido a las reformas al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizadas mediante el Decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 2012, es necesario expedir un nuevo acuerdo en el que se señale la sede y circunscripción territorial de las direcciones de Investigaciones;
Que adicionalmente, para la adscripción del personal de las referidas direcciones de Investigaciones que dependen de la Procuraduría Fiscal de la Federación, así como para realizar los cambios correspondientes dentro de las mismas, su Titular cuenta con las atribuciones conferidas en el artículo 7o. fracción VIII, 9o., y 86, penúltimo párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, he tenido a bien emitir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA LA SEDE Y CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LAS
DIRECCIONES DE INVESTIGACIONES DE LA PROCURADURIA FISCAL DE LA FEDERACION
PRIMERO. Las direcciones de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación tendrán las sedes y circunscripciones territoriales siguientes:
I.     "Noroeste", tendrá su sede en la ciudad de Hermosillo, Sonora, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Sinaloa y Sonora, así como Durango;
II.     "Norte", tendrá su sede en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Coahuila de Zaragoza, Nuevo León y Tamaulipas, y los municipios de Simón 1, Lerdo, Mapimí, Nazas, San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo y Tlahualilo, pertenecientes al Estado de Durango;
III.    "Occidente", tendrá su sede en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Colima, Jalisco, Michoacán y Nayarit;
IV.   "Sur", tendrá su sede en el Distrito Federal y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Guerrero, Oaxaca, Puebla y Tlaxcala;
V.    Del "Golfo", tendrá su sede en la ciudad de Veracruz, Veracruz, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Tabasco y Veracruz;
VI.   Del "Bajío", tendrá su sede en la ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas;

VII.   Del "Centro", tendrá su sede en el Distrito Federal y su circunscripción territorial comprende las entidades federativas de Hidalgo, México y Morelos, y
VIII.  "Sureste", tendrá su sede en la ciudad de Mérida, Yucatán, y su circunscripción territorial en las entidades federativas de Campeche, Chiapas, Quintana Roo y Yucatán.
SEGUNDO. Los titulares de las direcciones generales y de las direcciones de Investigaciones adscritas a éstas, a que se refieren los artículos 82, 83, 85 y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrán ejercer sus atribuciones en todo el territorio nacional.
TERCERO. Los titulares de las direcciones de Investigaciones ejercerán sus atribuciones en la circunscripción territorial a que se refiere el numeral primero de este Acuerdo o en las direcciones generales a que se refieren los artículos 82, 83 y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en que sean adscritos por el Procurador Fiscal de la Federación.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se deroga el "Acuerdo por el que se señala la sede y la circunscripción territorial de las direcciones regionales de la Procuraduría Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2011.
México, D. F., a 25 de febrero de 2013.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.


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