EL DOF; hoy,
DOF: 11/07/2013
DECRETO por el que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, convoca a la Cámara de Diputados a celebrar un Periodo de Sesiones Extraordinarias.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.
DECRETO POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, CONVOCA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS A CELEBRAR UN PERIODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS.
Artículo Primero. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión que funciona durante el Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 78 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, convoca a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión a celebrar un Periodo de Sesiones Extraordinarias.
Artículo Segundo. La Sesión para declarar la apertura del Periodo de Sesiones Extraordinarias a que se refiere el presente decreto, se celebrará el martes 16 de julio a las 11:00 horas, y la correspondiente clausura se verificará a más tardar el viernes 19 de julio siguiente, o antes, si la Cámara determina que se ha agotado el objeto motivo de la convocatoria.
Artículo Tercero. Durante el Periodo de Sesiones Extraordinarias, la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión se ocupará de los siguientes asuntos:
1. Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de estados y municipios.
2. Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que faculta al Congreso para expedir legislación única en materia procedimental penal y de carácter general para el combate a otros delitos.
3. Minuta con Proyecto de Decreto por el que se adiciona una fracción XXIX-U al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de registros públicos inmobiliarios y de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales.
4. Conclusión del proceso de selección del candidato o candidata a ocupar el cargo vacante de Consejero Electoral del Consejo General del Instituto Federal Electoral, que concluirá el 30 de octubre de 2019.
5. Protesta de ciudadanos Legisladores.
Artículo Cuarto. Durante el Periodo de Sesiones Extraordinarias, la Presidencia de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, convocará a sesiones en las fechas que considere oportunas a fin de atender los asuntos previstos en el Artículo Tercero de este decreto.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 10 de julio de 2013.- Dip. Ricardo Anaya Cortés, Vicepresidente.- Rúbrica.- Dip. Roberto Carlos Reyes Gámiz, Secretario.- Rúbrica.
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