Senadores, investigadores y académicos, expusieron este lunes 13 de abril de 2015, n el seminario “La Constitución, análisis rumbo al centenario”, las bases que dieron origen a los preceptos fundamentales de la Carta Magna en materia de garantías individuales, división de Poderes y soberanía a los estados.
Durante el panel “Orígenes del constitucionalismo de 1917”, el vicepresidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, senador Arturo Zamora Jiménez, manifestó que el origen de la Constitución es un referente de los antecedentes históricos, políticos, sociales e ideológicos que influyeron en la conformación del documento.
Sostuvo que el texto constitucional es el resultado de diversos documentos que dieron como resultado la incorporación de derechos fundamentales, derechos sociales, así como la dinámica en el contexto de la revolución industrial.
Del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el investigador José Luis Soberanes refirió que los “Sentimientos de la Nación” son la piedra fundamental del constitucionalismo moderno mexicano, toda vez que en éste se integraron los antecedentes de lo que hoy se establece como derechos humanos.
Recordó que los nueve Congresos constituyentes, previo a la integración de la Constitución de 1917, sentaron las bases de la actual Carta Magna.
A su vez, José Barragán Barragán, también investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, consideró que las reformas estructurales, introducidas en el texto constitucional, crean confusión, incluso se pueden observar contradicciones, y facultades que que no debe tener.
Por ello, resaltó la necesidad de contar con un grupo revisor de estilo de la Constitución para darle “armonía y evitar que sea una serie de enunciados contradictorios y reglamentaciones reiterativas”. Incluso, dijo, en el marco de la celebración “podemos darnos una nueva Constitución”.
La directora del Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, Patricia Galeana, señaló que la diferencia fundamental entre las Constituciones de 1857 y 1917 es el establecimiento del sistema bicameral, la preeminencia legislativa sobre el Ejecutivo y la introducción del Capítulo de Garantías, mismo que actualmente rige a la Constitución.
Asimismo, destacó que en la Constitución de 1917 quedó explícita la libertad de culto, la educación libre y laica, el régimen presidencial e instituyó el municipio libre, así como los derechos sociales de los trabajadores y la previsión social.
Por su parte, Salvador Cárdenas Gutiérrez, coordinador de Investigación en el Instituto de la Judicatura Federal, advirtió que en la modernidad no hay un referente absoluto en el que se base la legitimidad de la Constitución y que mueva a su obediencia, porque su legitimidad está construida mediante el relato histórico, en el que la lógica secuencial parece dar sentido y fundamento al texto.
La historia creada para legitimar a la Constitución, explicó, la vuelve intocable y reacia al cambio. Además, en su reflexión llamó a los historiadores a revisar y repensar históricamente la Constitución.
Finalmente, Raymundo Vázquez Castellanos, profesor de Derecho Constitucional de la Escuela Libre de Derecho, consideró que se debe celebrar el centenario de la Constitución porque sigue viva y convalida la forma de gobierno republicana.
Asimismo,
resaltó no es demérito tener 220 decretos de reforma, incluso, dijo, la
Constitución no es un instrumento al que se le deba rendir culto; la Carta
Magna es un pacto federal, pero es importante enfatizar que no debe ser un
pacto de partidos políticos, argumentó.
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Presentan en el Senado edición del Decreto Constitucional de Apatzingán de 1814
Lunes, 13 de Abril de 2015 15:18
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Presentan en el Senado edición del Decreto Constitucional de Apatzingán de 1814
Lunes, 13 de Abril de 2015 15:18
Número-524
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El documento base de la Constitución de 1817, de esta manera, será
salvaguardado por los Congresos estatales y las bibliotecas del país.
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A más de doscientos años de su realización, contiene figuras que aún son fuente
de debate actual en el Congreso de la Unión.
En
el marco de la inauguración del seminario “La Constitución, análisis rumbo a su
centenario”, realizado por el Senado de la República, se presentó el libro
“Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana. Sancionado en
Apatzingán. 22 de octubre de 1814”, como un ejercicio de los senadores para
analizar los resultados que se han obtenido a 100 años de vigencia, señaló el
senador Zoé Robledo, presidente de la Comisión de Bibliotecas.
Detalló
que una buena ley debe generar la felicidad popular, procurar la armonía, ser
sencilla y apta para llegar a la comunidad, y así sea comprendida por la sociedad;
no debe tratarse de una ley de vitrina, efímera o indolente ante los problemas
de la gente, a quien debe servir.
Comentó
que la Carta Magna, en su artículo 24, establece que el Estado deberá buscar
los mecanismos para procurar felicidad a los mexicanos. A casi 200 años de que
emitieron el proyecto de norma que ya contenía dicho concepto, vale la pena
reflexionar sobre qué cuentas le puede rendir el Congreso de la Unión actual a
esos mexicanos de hace dos siglos.
El
senador determinó que la finalidad del seminario será buscar respuestas, aunque
muchas no sean halagadoras, a cuestionamientos como: ¿La Nación, en su concepto
más amplio, es feliz? ¿El pueblo de México es verdaderamente libre? ¿Los
ciudadanos mexicanos son tratados con igualdad? ¿La propiedad y seguridad de
cada mexicano están salvaguardadas y garantizadas? ¿Si se ha logrado moderar la
opulencia de pocos y la indigencia de la mayoría? ¿Si se han alejado la
ignorancia, rapiña y el hurto?, entre otras dudas.
Dijo
que para el Senado es importante realizar la edición de este libro que deriva
directamente del decreto original, bajo el resguardo el Archivo General de la
Nación, ejemplar firmado por José María Morelos y Pavón, porque así la
Constitución de Apatzingán, que pretendió llevar la felicidad a una Nación que
intentaba nacer en medio de la guerra, ahora tendrá su salvaguarda en los
Congresos de las entidades federativas y las bibliotecas del país.
Por
su parte, el senador Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia,
comentó que el Decreto Constitucional de Apatzingán ya contenía muchas de las
figuras que actualmente rigen al país, así como anticipos de los debates que se
mantienen vigentes, como es el caso de la protección de los ciudadanos contra
la tortura.
Otro
tema que aún se debate es el fuero de los servidores públicos, que en esa época
protegió la expresión de sus ideas, y que, sin embargo, consideraba la
posibilidad de juzgarlos por cualquier delito; contrario al modelo rígido y
absoluto de protecciones constitucionales que hoy es causa de impunidad en
México, y que se debe resolver de inmediato para que la ley se aplique, en
primer lugar, a quienes tienen la responsabilidad de cuidarla, sentenció el
senador.
El
senador Enrique Burgos hizo énfasis en que el decreto constitucional de 1814
definió la fuente original de la soberanía, que descansa en la voluntad del
pueblo; con atributos de inalienabilidad, imprescripción e indivisibilidad.
Finalmente,
dijo que fue el pilar fundamental del constitucionalismo mexicano en sus
distintas evoluciones, desde un modelo federal delineado hasta un documento
demo-liberal. Además, hizo un reconocimiento y una sincera felicitación al
trabajo del señor senador Zoé Robledo, por la coordinación de este rescate de
una edición facsimilar para la que tuvo que recurrir al archivo histórico de la
Nación; y a un archivo en Austin, Texas; y al Archivo de Indias, en Sevilla.
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