23 nov 2019

Arnoldo y Valentin a la Rotonda por decreto

@fredalvarez
El de Pericos, Sinaloa Arnoldo Martínez Verdugo, y Valentin Campa Salazar, líderes del PCM serán trasladados a la Rotonda; Excelente decisión de AMLO..., ¡enhorabuena!
En el verano de 1976 participe en la campaña de Campa.. ; "nosotros los de entonces ya nos somos los mismos...
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DOF: 22/11/2019
DECRETO por el que se declaran como personas ilustres a Valentín Campa Salazar y Arnoldo Martínez Verdugo y se ordena su exhumación e inhumación y se instruye llevar a cabo los homenajes póstumos correspondientes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 13, 27, 29, 30, 38 y 41 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como en los artículos Primero, Segundo y Décimo Tercero del Decreto por el que se establecen las bases y procedimientos que rigen la Rotonda de las Personas Ilustres, del Panteón Civil de Dolores, y
CONSIDERANDO
Que al Ejecutivo Federal a mi cargo corresponde fomentar el reconocimiento a aquellas mexicanas y mexicanos que, por sus contribuciones a la Patria, merecen ser objeto de homenaje por parte del pueblo de México y de su Gobierno;
Que el Decreto por el que se establecen las bases y procedimientos que rigen la Rotonda de las Personas Ilustres, del Panteón Civil de Dolores, tiene por objeto establecer las bases y procedimientos para que el Titular del Poder Ejecutivo Federal, emita la declaratoria de hombre o mujer ilustre para su inhumación en la Rotonda de las Personas Ilustres, del Panteón Civil de Dolores, así como los homenajes póstumos que al efecto se determinen;
Que el Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres, derivado del estudio y análisis de las propuestas emanadas de los ciudadanos e instituciones mexicanas, aprobó por unanimidad, someter a la consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo se declare como personas ilustres a Valentín Campa Salazar y Arnoldo Martínez Verdugo;
Que Valentín Campa Salazar nació en Monterrey, Nuevo León, el 14 de febrero de 1904 y murió en la Ciudad de México el 25 de noviembre de 1999. Durante su vida se dedicó a trabajar por los derechos laborales de la clase obrera, promoviendo la organización de los trabajadores para demandar la mejora de sus condiciones de trabajo y la de sus familias, circunstancia que lo convierte en uno de los representantes más destacados en la historia de las luchas obreras y sociales del siglo XX en México;
Que Valentín Campa Salazar fue un líder político y sindical que fortaleció el movimiento obrero en México al impulsar la libertad sindical, trabajar por los derechos laborales de trabajadores ferrocarrileros, militantes sindicales y dirigentes tanto sociales como políticos, y contribuir a la formación de distintas organizaciones y partidos con vocación humanista y social;
Que Valentín Campa Salazar, pese a haber sido preso político en 12 ocasiones, acumulando un encarcelamiento de 13 años y 11 meses, nunca claudicó a sus ideales y a su compromiso con la clase trabajadora. Asimismo, alertó al entonces Presidente de la República Lázaro Cárdenas del Río respecto de la rebelión planeada en su contra encabezada por el general Saturnino Cedillo, tras la nacionalización del petróleo en marzo de 1938;
Que Arnoldo Martínez Verdugo nació en Mocorito, Sinaloa el 12 de enero de 1925 y murió el 24 de mayo de 2013 en la Ciudad de México. Fue un líder, político e historiador mexicano que luchó por los derechos de igualdad y acceso la justicia de los más vulnerables, sobre todo de grupos obreros y campesinos, promoviendo su defensa a través de las instituciones existentes del país;
Que Arnoldo Martínez Verdugo fue un hombre de ideales, que buscó que los grupos y partidos que representaban a los sectores más desprotegidos de la sociedad se unificaran en una misma causa y fueran tomados en cuenta de manera democrática e institucional, para lo cual, trabajó incansablemente contraponiendo todo tipo de interés, e inclusive a costa de perder su propia vida y libertad;
Que Arnoldo Martínez Verdugo logró realizar diversas negociaciones con el Gobierno mexicano en 1978, las cuales dieron como resultado la primera reforma electoral que permitió que los grupos y partidos políticos referidos participaran en registros y en elecciones democráticas, circunstancia que ha permitido que hasta el día de hoy México sea un país con pluralidad de partidos políticos con distintas ideologías y posiciones, y
Que las labores de Valentín Campa Salazar y Arnoldo Martínez Verdugo, como políticos y activistas sociales, son un ejemplo de integridad y lucha para las y los mexicanos, ya que siempre se condujeron con congruencia y firmes ideales sociales en favor de los sectores de la sociedad más vulnerables, lo que contribuyó a mejorar la vida democrática e institucional del país, así como garantizar los derechos laborales y sindicales de los trabajadores, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se declaran como personas ilustres a Valentín Campa Salazar y Arnoldo Martínez Verdugo por sus aportaciones destacadas en la sociedad como luchadores políticos y sociales, y se decreta su inhumación en la Rotonda de las Personas Ilustres del Panteón Civil de Dolores, así como las honras póstumas correspondientes, en los términos de los artículos segundo y tercero del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, procédase a llevar a cabo la exhumación de los restos mortuorios de Valentín Campa Salazar y Arnoldo Martínez Verdugo, para ser inhumados en ceremonia solemne que organice la Secretaría de Gobernación y se lleven a cabo las obras necesarias para conmemorarlos en el más alto panteón de la Patria.
ARTÍCULO TERCERO.- Difúndase la vida y obra de Valentín Campa Salazar y Arnoldo Martínez Verdugo, destacando el referente cívico que ofrecen a las mexicanas y los mexicanos de hoy y del mañana, a través de acciones que deberán desplegar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y bajo la coordinación de la Secretaría de Gobernación.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Secretaría de Gobernación realizará las acciones necesarias para que las erogaciones destinadas al cumplimiento del presente Decreto se realicen mediante movimientos compensados en su presupuesto para el ejercicio fiscal que corresponda, por lo que no requerirá recursos adicionales para tales efectos y no incrementará su presupuesto regularizable.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de México a 21 de noviembre de 2019.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval González.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, José Rafael Ojeda Durán.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.- La Secretaria de Cultura, Alejandra Frausto Guerrero.- Rúbrica.

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