1 jul 2020

Avalan plazo para revisar afiliaciones duplicadas

Avalan plazo para revisar afiliaciones duplicadas
El INE modificó el plazo para aclarar las afiliaciones duplicadas de cinco a diez días hábiles, lo que fue avalado por el TEPJF.
 Foto: Especial
Nota de Guadalupe Irízar
Reforma Cd. de México (01 julio 2020).- Los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se amplió el plazo para que las organizaciones que aspiran a su registro como nuevo partido político nacional puedan aclarar y atender las vistas de la autoridad electoral sobre la duplicidad de afiliaciones.
Por unanimidad los magistrados consideraron inoperantes e infundados los agravios planteados por las organizaciones "Libertad y Responsabilidad Democrática" encabezada por ex Presidente Felipe Calderón y su esposa Margarita Zavala, así como por "Encuentro Solidario", con varios de los que pertenecieron al Partido Encuentro Social, que perdió su registro en 2018.

El INE modificó el plazo para aclarar las afiliaciones duplicadas de cinco a diez días hábiles, y las organizaciones recurrentes consideraron que la modificación del plazo podría dar lugar a posibles dádivas o amenazas de los ciudadanos duplicados y acciones irregulares sobre la afiliación con el objetivo de obtener el registro.
"En cuanto a la modificación del plazo () los agravios se consideran inoperantes en una parte infundados en otra. Inoperantes porque aún cuando el plazo para verificar la duplicidad de afiliaciones se incrementó en cinco días, al final de cuentas esto no trasciende al proceso integral de registro, ya que éste deberá ajustarse invariablemente a la fecha límite aprobada por el propio instituto para resolver el registro de los nuevos partidos políticos", señala la sentencia.
El acuerdo del INE de ampliación de plazos estuvo fundado y motivado, dice la sentencia propuesta por el magistrado Indalfer Infante y aprobada por unanimidad de votos.
Se recordó en la sentencia que el INE modificó el plazo para otorgar los nuevos registros a partidos políticos y puso como plazo límite el 31 de agosto, acuerdo que ya fue ratificado por el Tribunal con anterioridad y que está justificado por la crisis sanitaria del país.
"Contrario a lo afirmado por los actores la autoridad electoral cumplió con su deber de fundar y motivar el acuerdo por el cual modificó el plazo, justificando principalmente en que subsiste en el país una situación de emergencia sanitaria y que la compulsa de afiliaciones de las organizaciones en el resto del país es mayor que el número de duplicidades que resultaron de las asambleas", añade la resolución.
El INE deberá revisar y verificar las afiliaciones duplicadas y no duplicadas y cotejarlas con las que tiene registradas de los partidos políticos nacionales y locales, para evitar irregularidades.
Modifican requisito para OPLE
En otra sentencia y por mayoría de votos, se decretó la inaplicación del requisito para ser consejero electoral local de ser mexicano por nacimiento, al resolver dos recursos interpuestos por dos ciudadanos afectados con esa medida por ser mexicanos naturalizados.
A propuesta de la magistrada Janine Otálora se aprobó su inaplicación, pero contrario a su proyecto, los magistrados limitaron los efectos de la sentencia y los circunscribieron a la convocatoria para consejeros electorales locales en la ciudad de México y no a todos los estados involucrados con la convocatoria emitida por el INE para los consejeros de los Organismos Públicos Electorales Locales.
La magistrada defendió la inconstitucional y discriminatorio de exigir a los aspirantes a consejeros ser mexicanos por nacimiento en todos los casos en todas las convocatorias emitidas por el INE y se refirió a precedentes en donde la aplicación de una sentencia era general.
Por mayoría los magistrados determinaron que se aplicara el requisito solo en el caso solo de los ciudadanos recurrentes y se asignó al magistrado José Luis Vargas redactar la nueva resolución con los efectos acotados.

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