24 oct 2023

Caso Mario Aburto Martinez....

Caso Mario Aburto Martinez....

Abogado es Jesus González Schmal.

Fue detenido instantes después de las detonaciones que hirieron  mortalmente a Luis Donaldo Colosio  (1950- 23 de marzo de 1994).. Meses después, en noviembre de 1994, un juez le dictó sentencia de 42 años de prisión en el penal de Almoloya de Juárez.


Años más tarde, en octubre de 2004, la sentencia de Aburto aumentó a 48 años de cárcel; sin embargo, ésta se redujo a 45 años después de que sus abogados tramitaron varios amparos.

El día 5 de octubre de 2023 con a favor, uno en contra, el Primer Tribunal Colegiado otorgó un amparo a Mario Aburto Martínez, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio; el crimen que no magnicidio se realizó aquella tarde del 23 de  marzo de 1994 en Lomas Taurinas, en Tijuana...

Con ello se ordenó dejar sin efecto la sentencia dictada en su contra el 22 de diciembre de 1994 por el asesinato de Luis Donaldo Colosio,.

“En vía de cumplimiento al fallo protector, se dejó insubsistente la resolución de 22 de diciembre de 1994, emitida en el toca penal 276/1994, del índice del entonces Tribunal Unitario Especializado en Materia Penal, con sede en Almoloya de Juárez, (Estado de México)”, indicó la resolución publicada en listas de acuerdos del PJF.

Los magistrados son José Pablo Pérez Villalb y Rubén Arturo Sánchez Valencia y Luis Alberto Castro Velázquez, votó como secretario en funciones de magistrado. El primero votó en contra y los dos siguientes a favor...

El amparo invalida la sentencia de 45 años de prisión que le fue dictada entonces; el asunto es simple Aburto fue sentenciado conforme a la ley federal y no la  de Baja California, que estipula 30 años de cárcel como máximo, y 16 como mínimo...

Y días despues, un tribunal Federal dejó sin efecto la sentencia de 45 años instrucción de dictarle en un máximo de 15 días hábiles una nueva sentencia, la cual no será mayor de 30 años de cárcel.

La nueva sentencia  será dictada a más tardar el próximo 31 de octubre.

Si lo sentencian a la pena máxima, Aburto tendrá compurgada su condena el 23 de marzo de 2024..: o podrían remitirle la pena por el tiempo detenido, el trabajo y la buena conducta...

Es decir, Aburto ya pagó la condena y debe salir libre.: ¡la ley es la ley!

Ahora lo absurdo es que el asesino litigue y gane la vacilada de un “segundo tirador” o que admitió su crimen bajo presión, un asunto que viene cocinando la CNDH de Rosario Piedra Ibarra.

Absurdo....

Además, el tribunal que otorgó el amparo ordenó al ahora Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito dar vista a la gente del Ministerio Público de la Federación sobre los actos de tortura que el quejoso manifiesta haber recibido...

La nueva sentencia será dictada a más tardar el próximo 31 de octubre.

Si lo sentencian a la pena máxima, Aburto tendrá compurgada su condena el 23 de marzo de 2024. o podrían remitirle la pena por el tiempo detenido, el trabajo y la buena conducta...

Es decir, Aburto ya pagó la condena y debe salir libre.: ¡la ley es la ley!

Ahora lo absurdo es que el asesino litigue y gane la vacilada de un “segundo tirador” o que admitió su crimen bajo presión , bajo tortura, un asunto que viene cocinando la CNDH de Rosario Piedra Ibarra.

Absurdo....

Y cómo sabemos la FGR  tomó muy en serio la recomendación de la Sra Piedra para reabrir el caso, por violación a DH , por tortura en concreto, huele a venganza......

Y con respecto, al primero., 

Pregunto como es posible que desde el primer fiscal Miguel Montes,  pasado por doña Olga Islasl, Pablo Chapa Bezanilla y Luis Raúl González Pérez no se hayan dado cuenta que juzgaron mal....

¿O obedecieron instrucciones superiores.? sería interesante que emitieran opinión..

El crimen debió procesarse conforme al Código  Penal de Baja California.

Hicieron exactamente lo mismo que en el caso de Rafael Caro Quintero..

Pero todo cambia...

La FGR impugnó el amparo concedido... recurso de revisión..

Fue el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito con residencia en el Estado de México el que recibió el recurso de revisión, mismo que fue turnado a la SCJN..

Este medio de impugnación fue admitido pese al paro de labores que las y los trabajadores del Poder Judicial Federal anunciaron desde días previos.

De esa manera, el órgano jurisdiccional indicó que una vez que el máximo tribunal emita su resolución al respecto, se determinará si el Primer Tribunal Colegiado de Apelación dio cumplimiento a la sentencia de amparo, con la cual Aburto Martínez podría salir libre en marzo de 2024.

El amparo se presentó en abril de 2021, pero la resolución fue dictada en octubre pasado. 

En un principio, el plazo otorgado para dictar la nueva sentencia fue de cinco días. Pero el 10 de octubre se concedió una prórroga de 10 días más para la ejecutoria, según se indicó en la Lista de Acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal.

Y el tema llegó a la mañanera del 12 de octubre..

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: 

"Y ahora, aprovecho también, ¿me lo permites?, para aclarar otra cosa, lo del… Que se demostró que asesinó a Luis Donaldo Colosio. Ya les he platicado, yo conocí a Colosio y cené con él el día 21 de marzo de 1994, y lo asesinaron cobardemente el día 23; o sea, que cenamos el 21 en casa de la licenciada Clara Jusidman, allá en Las Lomas tiene su casa, ella fue como intermediaria. Él quería platicar conmigo y fue una plática importante, como de dos horas, y al día siguiente se fue a su gira, creo que pasó primero a Sonora, luego, el 22, a Baja Sur, a La Paz creo, y de ahí a Tijuana, y ahí lo asesinan.

Me dolió muchísimo porque, imagínense, habíamos hablado de política, del porqué —me acuerdo bien— había que cambiar la política neoliberal. Me acuerdo de una expresión, cuando yo le estoy diciendo que la política neoliberal no es opción, no es alternativa para el pueblo de México y que había que darle más importancia a la inversión pública y a la industria de la construcción, lo que estamos haciendo, para reactivar la economía y crear empleos, y mejor distribución del ingreso de la riqueza, me acuerdo su respuesta, dice: ‘Hay que regresar a Keynes, hay que regresar a Keynes’. Rarísimo, porque era Friedman —los economistas saben a lo que me estoy refiriendo—, el padre de la política neoliberal, que era lo que estaban aplicando, y siguieron aplicando hasta finales del 18. Pero él ya estaba pensando en llevar a cabo cambios en política económica.

Entonces, conociendo todo esto… Bueno, a él lo asesinan, nos dolió mucho, fue muy impactante, muy doloroso para todos los mexicanos.

Detienen a Aburto. Se empieza a hablar de que era Aburto, no era Aburto, que lo habían cambiado; siempre la duda, si había sido un asesino solitario o habían participado otros, o quiénes estaban detrás. Yo llegué a la conclusión desde hace tiempo que se trató de un crimen de Estado y que los crímenes de Estado, si no hay voluntad, lleva mucho tiempo el que se puedan esclarecer; fue un crimen de Estado lo del asesinato del presidente Kennedy y no se supo bien.

Entonces, pues hay libros escritos sobre esto, muchos, muchos, muchos libros escritos. Hay uno de, entre otros, de Aguilar Camín, que lo distanció de su amigo Salinas porque Aguilar Camín se mete a ver los expedientes y se encuentra declaraciones de la esposa, que también falleció, de Luis Donaldo en donde se aterraba al ver a Salinas, es lo que dice Héctor Aguilar Camín; más que nada, se aterraba de ver al que era vocero de Salinas, Carreño Carlón. Y ahí Héctor Aguilar Camín dice en ese libro, y es posible que esté en el expediente, de que la señora tenía que salir a veces, en la cajuela del carro. Una historia así, bastante tenebrosa y muy injusta por la forma en que le quitaron la vida a Luis Donaldo, muy dolorosa.

Bueno, pasa el tiempo… Ah, en ese entonces, esto para los jóvenes, 1994, viene una condena de 43 años a Aburto, luego se la ampliaron a 45, lo condenan.

Hace relativamente poco —a ver si conseguimos el dato— un abogado de Aburto plantea que había que revisar el caso porque en aquel tiempo se le había juzgado con el Código Penal Federal y que el delito debía ser sancionado con el código local, que establece…

JESÚS RAMÍREZ CUEVAS: La defensa pública.

PRESIDENTE  La defensa pública, sí.

Que el Código Penal Federal en el momento en que ocurrieron los hechos permitía esa sentencia de 43, 45 años, pero ese mismo tiempo el código penal de Baja California creo que hablaba de una sentencia de 30 años.

Entonces alegan pena máxima de 30 años y no fue condenado con la pena máxima de Baja California, así está. Entonces, ahora le dan un amparo y ponen un plazo para que se cumpla, se reponga el procedimiento y se juzgue de acuerdo al código penal de Baja California, esto significaría que quedara en libertad.

JESÚS RAMÍREZ CUEVAS: Son cinco días de plazo.

INTERLOCUTOR: Se cumplen mañana.

PRESIDENTE : Sí.

Me llamó mucho la atención esto porque empecé a saber por los periódicos. Hubo un día que creo que Alejandro Encinas planteó el tema en una reunión de Gabinete de Seguridad, pero luego lo que más me llamó la atención es que apareció un artículo de (Raymundo) Riva Palacio, creo que fue de él, ¿no?

JESÚS RAMÍREZ CUEVAS: Sí, de Riva Palacio, dijo que se iba a usar el caso para atacar a Salinas.

PRESIDENTE: Ajá, que íbamos a sacar nosotros a Aburto, ya estábamos preparando todo esto para sacarlo y usar el caso para que Aburto declarara en contra de Carlos Salinas de Gortari, eso es lo que dice Riva Palacio. Entonces, aquí hasta dije: Que no se preocupe el licenciado Salinas porque nosotros no tenemos ese plan, ni somos perversos, ni actuamos de esa manera.

Entonces, ahora otro periodista así, de estos columnistas de El Universal, Soto, García Soto, vuelve con lo mismo y todos los de las páginas del conservadurismo lo retoman, que vamos a usar el caso porque suponemos que Salinas es el jefe del bloque conservador y que si Aburto se lanza en contra de Salinas y Salinas va a la cárcel pues entonces les va a perjudicar en la elección—fíjense hasta dónde— del año próximo y vamos nosotros de esa manera a ganar. ¿Será que tienen la mente retorcida? O sea, qué interesante todo esto.

Bueno, ya nosotros ayer, antier, que me preguntó… ¿Dónde está el compañero? No vino. ¿De qué periódico es?

INTERVENCIÓN: Páramo.

PRESIDENTE : Es Páramo. ¿Qué cubre Páramo?

JESÚS RAMÍREZ CUEVAS: Excélsior.

PRESIDENTE : Ah, Excélsior.

Pues ya lo estamos viendo porque todo esto tiene que ver con el Poder Judicial, no tiene que ver con nosotros, ni modo que ahora que están muy buenas las relaciones con el Poder Judicial estemos nosotros de común acuerdo planeando una estrategia perversa de este tipo.

Entonces, sí vamos, hoy le pedí a la secretaria de Gobernación que vea este asunto y que vea qué recursos legales tenemos nosotros, qué podemos hacer nosotros porque, independientemente de que el señor Aburto tiene derecho a ser protegido por la ley, también no es un asunto nada más legal o jurídico. No es que, a ver, el hecho se dio en Baja California y es del fuero común, cuando se trata del homicidio de un candidato a la Presidencia de la República, ese es un criterio.

Además, si el señor Aburto considera que está siendo tratado de manera injusta y que hay interés de perjudicarlo y que él es inocente, tiene toda la oportunidad de hablar, que se manifieste. Además, ayudaría mucho porque estas cosas no deben de repetirse nunca, jamás.

Pero es importante que se conozca porque ya se van a cumplir, aquí, la sentencia de amparo señala que el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en el Estado de México tiene cinco días, Primer Tribunal Colegiado de Apelación en el Estado de México; pero no es que sea del gobierno del Estado de México, no, es el Poder Judicial del Estado de México, es el Poder Judicial federal, que se entienda bien, tiene cinco días para cumplir la ejecutoria, mañana se cumple.

Entonces, vamos a ver qué pasó mañana, digo, qué ha sucedido, qué va a suceder, mejor dicho, mañana y qué va a suceder el lunes, pero quería yo tratarlo aquí, por toda la perversidad que implica.

INTERVENCIÓN: ¿Usted considera (inaudible)?

PRESIDENTE Sí, toda la investigación, o sea, creo que yo que está abierta la investigación en la Comisión de Derechos Humanos, y los organismos internacionales y los familiares de Luis Donaldo Colosio, estos crímenes no prescriben.

INTERLOCUTOR: Gracias.

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Comunicado FGR 573/23

1La Fiscalía General de la República (FGR), ha interpuesto el recurso de revisión correspondiente, con objeto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga el caso del amparo que un Tribunal Colegiado le concedió a Mario “A”, para que se le aplique retroactivamente el Código Penal de Baja California, reduciéndole la pena de prisión por 15 años, en lugar de aplicar la legislación federal que es la procedente.

Se considera que el amparo que se está recurriendo no analizó correctamente la jurisdicción federal que era indudablemente aplicable desde un principio, en este caso; ya que no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito, como así ocurrió.

En este asunto, el Tribunal Colegiado introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis original del amparo de Mario “A”, ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país.

Esta preponderancia está sustentada en el marco jurídico de carácter federal y de interés público, establecido en la Constitución General de la República, fundamentalmente en sus artículos 41, 73 y 104, que ubican claramente el ámbito de defensa federal sobre cualquier hecho que lastime, detenga o lesione la democracia en México; su proceso electoral; y una elección presidencial, que en este caso consistió en atacar y darle muerte a uno de sus participantes principales que oficialmente estaba acreditado para tal función democrática; lesionando gravemente todos esos valores y sus derechos fundamentales, de conformidad con lo que señalan la Constitución y la ley, así como los principios básicos de justicia que rigen para el Estado Mexicano; para su democracia; y para su estructura electoral y presidencial.

También, la determinación del Tribunal Colegiado omitió dar vista y escuchar a las víctimas directas e indirectas de este grave delito, dejando en estado de indefensión al Estado mismo, a sus instituciones, y a las personas individuales afectadas; lo cual debe ser restituido, por elemental justicia.

Al abrir este caso desde su origen, el Tribunal Colegiado da lugar a que, desde el mismo origen, se analicen y se valoren todas las pruebas que existen en favor de todas las víctimas ya señaladas.

Por lo anteriormente expuesto, el Ministerio Público de la Federación (MPF), que es una institución de buena fe; que representa al Estado Mexicano y a las víctimas de tan grave delito; tiene la obligación insoslayable de defender todos los principios jurídicos y los derechos ya señalados.



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