27 ago 2026

La silla presidencial y los gobiernos locales serán sólo para mexicanos: CSP

La mañana de este jueves 27 de agosto de 2026, el tablero político amaneció con una sacudida directa desde el atril de Palacio Nacional. La presidenta Claudia Sheinbaum, flanqueada por la consejera jurídica Luisa María Alcalde y el exministro Arturo Zaldívar —hoy coordinador general de Política y Gobierno—, lanzó al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma constitucional envuelta en un mensaje frontal: la lealtad a México en la cúspide del poder público no se comparte ni admite matices.

El texto, tallado a cuatro manos durante los últimos dos días entre Alcalde y Zaldívar, busca tapar las grietas de una Constitución que ya daba ciertas indicaciones sobre la exclusividad nacional, pero carecía de la claridad necesaria. El corazón de la propuesta es tajante: quien aspire a la Presidencia de la República, a gobernar un estado o a la Jefatura de Gobierno capitalina, debe ser única y exclusivamente mexicano.

De aprobarse la reforma, se acabaría el margen de maniobra normativo. Los candidatos no podrán tener ni adquirir otra nacionalidad. Si el pasaporte extranjero ya está guardado en el cajón, el aspirante estará obligado a renunciar a él formalmente, tanto ante el INE como frente al Estado emisor, mucho antes de ver su nombre impreso en una boleta electoral. Para la silla presidencial, el blindaje aprieta una tuerca más, exigiendo comprobar una residencia ininterrumpida de al menos veinte años en el país.

Durante la conferencia, la disección de esta cirugía constitucional corrió a cargo de Alcalde, quien tomó la palabra para extirpar lo que definió como un viejo vacío legal. El actual Artículo 32 dicta que estos altos cargos están reservados para mexicanos que "no adquieran" otra nacionalidad, pero dejaba en un cómodo limbo interpretativo a quienes ya poseían esa condición dual de origen. Al reescribir los artículos 82, 116 y 122, el oficialismo cierra esa puerta trasera y decreta tolerancia cero en funciones: nada de utilizar pasaportes foráneos, nada de ejercer derechos políticos en otro territorio y, por supuesto, queda estrictamente prohibido invocar el asilo o la protección diplomática de otro Estado bajo pena de sanción constitucional.

Para la mandataria, un gobernante con doble pasaporte es un político con el interés dividido frente a las presiones externas; una dualidad inadmisible cuando la brújula debe apuntar exclusivamente a la soberanía nacional, sobre todo considerando que hoy existen gobernadores en funciones operando bajo esta zona gris.

Pero la mañana tuvo su verdadero momento de filo cuando en el aire sobrevoló la pregunta obligada: ¿lleva esta iniciativa una dedicatoria con nombre y apellido para cerrarle el paso al exgobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca? Sin titubeos, Sheinbaum deslizó una respuesta fulminante que no dejó espacio a dudas, señalando con ironía lo extraordinariamente difícil que resulta lanzar y sostener una candidatura desde otro país.

El diseño legal es claro y busca forzar a la clase política a elegir una sola bandera antes de arrancar cualquier campaña. El texto ya va en camino al Legislativo, donde nos espera un choque frontal inminente entre este nacionalismo de Estado y la oposición, que ya acusa un retroceso en los derechos políticos de millones.

Conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo del 27 de agosto de 2026

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO:  Bueno, el día de hoy vamos a hablar de la iniciativa para que candidatas, candidatos, a Presidentes de la República y gobernadores solamente puedan tener la nacionalidad mexicana.

La iniciativa la estaremos enviando el día de hoy, al Congreso. 

Y para ello, le pedí a Luisa María Alcalde, consejera jurídica, que pueda presentar esta iniciativa que estuvo trabajando desde hace dos días con el doctor Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno, ministro de la Corte. Juntos estuvieron revisando porque hay algunas indicaciones que ya venían en la Constitución, pero no eran claras.

Entonces, Luisa nos va a presentar la iniciativa.

—Adelante, Luisa—.

CONSEJERA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN: Muchísimas gracias, Presidenta. Con su permiso.

Bueno, presentamos esta iniciativa, esta reforma constitucional que estaremos presentando, ahora que inicia ya el nuevo periodo, respecto a la renuncia a la doble nacionalidad para poder ser Presidente, Presidenta, gobernadores o jefa o jefe de Gobierno.

Actualmente, el Artículo 82 y 116 y 122 de la Constitución establecen que para ocupar la Presidencia de la República, o ser gobernador gobernadora, o jefe o jefa de Gobierno, es necesario ser ciudadano mexicano por nacimiento

El Artículo 32, a su vez, establece lo siguiente:

El ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposición de la presente Constitución, se requiera ser mexicano por nacimiento, se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad.

Así dice el Artículo Constitucional.

Esta redacción genera un vacío que ha dado lugar a confusiones interpretativas. Por ello, para garantizar que el interés y soberanía nacional sea quienes guíen a los gobernantes se propone incluir el supuesto de quienes: “ya tengan otra nacionalidad”. 

La propuesta sería la siguiente:

Artículo 82. Para ser Presidente o Presidenta se requiere:

Ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo o hija de padre o madre mexicanos; no tener ni adquirir otra nacionalidad, y en caso de tenerla renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidato o candidata, y haber residido en el país al menos durante 20 años.

Dos párrafos adicionales:

Quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana.

Y quedan comprendidos en esta prohibición el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante éste y el acogerse a su protección diplomática. La contravención de esta disposición se sancionará en los términos del Título Cuarto de esta Constitución.

Esta redacción que hoy se presenta para el caso de Presidente o Presidenta, también se contempla para el Artículo 116, que es en el caso de gobernadores; y 122, que es el caso de la Jefatura de Gobierno en la Ciudad de México.

Se propondrá, una vez aprobada la reforma constitucional, reformas a la Ley de Nacionalidad para establecer las reglas para renunciar a la doble nacionalidad ante las autoridades mexicanas y del país del cual se sea nacional.

Entonces, esta Ley va a establecer los pasos, que es recurrir al INE, previo a ser registrado como candidato y todos los pasos que debería hacer una persona que teniendo esta doble nacionalidad tenga que renunciar a ella de desear inscribirse como candidato.

Esta sería, Presidenta, la propuesta.

Es cuanto.

PRESIDENTA DE MÉXICO, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Bueno, pues esta es la información del día de hoy.

Estaremos presentando esta iniciativa de reforma constitucional. 

El objetivo es garantizar que toda persona mexicana que desee ser Presidente o Presidenta de la República, gobernador, gobernadora, jefe o jefa de Gobierno, deba ser solo mexicano, no tener ninguna otra nacionalidad; ni por, digamos, haberla obtenido por ser hijo o hija de algún… No, más bien, hija solamente, de algún padre o madre, porque así dice la Constitución, por tenerla por otra razón.

Porque actualmente en la Constitución no queda claro —y ha habido gobernadores que tienen doble nacionalidad—, no queda claro que deben renunciar a la... si tienen otra nacionalidad, antes de ser candidato.

Y ahora lo que estamos proponiendo es eso, al Congreso de la Unión: que una vez que se inscriban, que es el momento en que desean ser Presidenta, Presidente, o titular del Ejecutivo de alguna entidad de la República, deben renunciar a otra ciudadanía, si es que la tienen, y solamente quedarse con la nacionalidad mexicana, para garantizar que el interés de la nación esté por encima de cualquier otro interés de cualquier otro Estado o nación del mundo.

Bueno, esta es la propuesta.

Y ahora sí, vamos a las preguntas.

—Vamos. A ver, la compañera—.

PREGUNTA: Muchas gracias, Presidenta. Ximena Mejía, de Grupo Imagen.

(..)

PREGUNTA: ¿Y considera que una reforma de este tipo ayudará a evitar gobiernos con problemas que hoy sí han causado daños al país, como los señalamientos a Rubén Rocha en Sinaloa, los casos de huachicol o los gastos excesivos dentro de los gobiernos como el de Quintana Roo con Mara Lezama?

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: No tiene que ver una cosa con la otra.

Lo que estamos diciendo aquí es que un gobernador, un Presidente o una Presidenta, tiene que garantizar el interés supremo del bienestar del pueblo y de la nación. Y que cuando se tiene doble nacionalidad… Un gobernador con doble nacionalidad, pues tiene dos intereses, representa a dos Estados. No “representa”, es ciudadano de dos naciones distintas, y al ser ciudadano de dos países distintos, pues no está claro que su interés supremo sea el interés nacional. Y frente a injerencias, pues es indispensable que los gobernantes sean mexicanas o mexicanos.

Eso no quiere decir —porque ha habido gobernantes mexicanos que no tienen doble nacionalidad— que “le abren la puerta a la injerencia extranjera”, pero por lo menos garantizar que no tengan otra nacionalidad, que no tengan otro interés más que el interés supremo de México.

PREGUNTA: Muchas gracias, Presidenta.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Es decir, si uno tiene doble nacionalidad y quiere ser gobernador, antes de inscribirse a la candidatura por el partido político o como independiente debe renunciar a su otra nacionalidad.

Entonces, ahí tomará la decisión la persona si de veras quiere ser gobernador o gobernadora para representar el interés de México.

Repito, eso no quiere decir también que haya mexicanos que no les guste andar abriéndole las puertas a gobiernos extranjeros, esa es la historia de México, pero, por lo menos, que garanticemos que solo son mexicanos.

—Bueno, vamos. A ver, la compañera—.

PREGUNTA: Gracias.

Presidenta, justo de este tema: ayer, Cabeza de Vaca anunció su aspiración para competir por la Presidencia.

¿Esta iniciativa le cerraría las puertas en definitiva?

Y también comentarle, él tiene un…

CLAUDIA SHEINBAUM : Está muy difícil ser candidata o candidato y lanzar tu candidatura desde otro país ¿no? Ya nada más eso. Imagínense.

PREGUNTA: También preguntarle: él tiene problemas legales respecto a denuncias. ¿Eso también es un impedimento?

¿Y no sería suficiente eso…?

 CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Sí, pero eso es impedimento… —No sé si quieran comentar eso: si una persona tiene una orden de aprehensión emitida por un juez, ¿puede ser candidato?—.

COORDINADOR GENERAL DE POLÍTICA Y GOBIERNO, ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA: —(inaudible)—.

 CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: —¿Sí puede ser candidato?—

ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA: —Legalmente, sí—.

 CLAUDIA SHEINBAUM: —¿Aunque tenga una orden de aprehensión de un juez?—.

ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA: —Legalmente, sí—.

 CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: —¿Estamos seguros de eso?—.

 ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA: —(Inaudible)—.

PREGUNTA: ¿Sí es un impedimento?

CLAUDIA SHEINBAUN: —A ver, vamos a buscar el artículo donde dice que…—.

Porque cuando vino… Le voy a decir por qué tengo mi duda: cuando el Presidente López Obrador era jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Fox —ayer lo platicábamos— le inventa un delito con el objetivo de que no pueda inscribirse a la Presidencia de la República como candidato.

LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN: —Le quitan el fuero—.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: No solo le quitan el fuero, sino que el problema era que, teniendo un delito, siendo responsable de un delito, no podía inscribirse como candidato. 

Por eso me entró la duda ahora que lo dijeron.

—Bueno, a ver si buscamos el artículo ahorita, en este momento. Sale, va—.

PREGUNTA: Por otra parte, preguntarle…

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: —¿Por qué no pones los requisitos para ser candidata o candidato?—

Adelante.

PREGUNTA: También preguntarle, Presidenta, en el caso del senador Enrique Inzunza, él se separa de Morena; sin embargo, mantiene el cargo de legislador y, por lo tanto, el fuero.

¿Qué opinión tiene al respecto de esta decisión que tomó el legislador?

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Ya lo comenté yo, en otras ocasiones.

PREGUNTA: Ok. Y por último de mi parte, también había comentado que iba a insistir acerca a Estados Unidos sobre las pruebas que tienen ellos acerca de los cargos que imputan a los 10 ciudadanos.

¿A través de qué mecanismos el gobierno ha insistido sobre estas pruebas que tienen ellos?

 CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Ya lo hemos mencionado eso, varias veces, ¿no? Ya hemos hablado de ello.

PREGUNTA: Perfecto. Laura Arana, de El Sol de México. Gracias, Presidenta.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Gracias.

—Vamos, a ver, ¿quién por acá?, ¿quién no ha preguntado?—.

PREGUNTA: (Inaudible)

PRESIDENTA DE MÉXICO, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: No, allá ya preguntaron mucho.

—A ver, ¿quién es la compañera que está atrás, que está levantando la mano? A ver, hasta atrás, la compañera que está atrás. Ni alcanzo a ver, solo veo su manita que está así. Atrás, la compañera que está atrás, que estaba levantando la mano—.

—A ver, mientras pon los requisitos, porfa. Y en la Ley Electoral también—.

—¿No? ¿No encontramos quién? Bueno, a ver la compañera atrás que no ha preguntado ella—.

—¿Belmont, tienes los requisitos?—.

Sí, osea: requisito para ser Presidente, gobernador, gobernadora en la Constitución y en la Ley Electoral.

[Artículo 82] Para ser Presidente se requiere:

Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno goce de sus derechos, hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante 20 años.

Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.

Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección.

La ausencia del país hasta por 30 días no interrumpe la residencia.

No pertenecer al Estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.

No estar en servicio activo en caso de pertenecer al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional 6 meses antes del día de la elección.

No ser titular de una Secretaría de Estado, subsecretaría o de la Fiscalía General de la República o del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa a menos de que se separe de su puesto 6 meses antes del día de la elección.

No estar comprendido en alguno de los impedimentos previstos en el Artículo 83 de esta Constitución.

No tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio, concubinato, unión de hecho o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado, o en línea colateral hasta el cuarto grado, o de afinidad hasta el segundo grado con la persona que está ejerciendo la titularidad del Ejecutivo Federal. Este fue incorporado por nosotros, que es el que no haya nepotismo.

[Artículo] 83. El Presidente entrará a ejercer su encargo el 1º de octubre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República electo popularmente o con el carácter de interino sustituto o asuma provisionalmente la titularidad del Ejecutivo Federal, en ningún caso o por ningún motivo podrá volver a desempeñar este puesto.

[Artículo 84]. En caso de falta absoluta, el presidente de la República…

En fin, vamos más abajo.

INTERVENCIÓN: —(inaudible) de gobernadores es el 116—.

 CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Ahí no viene la Constitución, ninguna —baja más— nada que tenga que ver con que tenga una orden de aprehensión.

PREGUNTA: (Inaudible)

PRESIDENTA DE MÉXICO, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Ni al comenzar el periodo constitucional… Cuando el Presidente solicite licencia. 

Nada. Ahora sí, estaba yo equivocada.

—Adelante, ministro, si quiere comentar—.

ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA: Lo que pasa es que el tema de las personas que tenían una orden de aprehensión o que incluso están siendo procesadas, dio un debate hace algunos años en la Corte de si se suspendían o no sus derechos políticos.

La Corte decidió, por ejemplo, que tratándose de personas que están procesadas pueden votar. Y a partir de ese criterio fue que ya se fue abriendo para que pudieran votar en reclusorios o en centros de reclusión.

El criterio es que una orden de aprehensión, a pesar del texto —que tiene otro precepto de la Constitución—, no impide que alguien se registre para poder ser candidato. Porque podría ser muy fácil —no digo que este sea el supuesto, yo no me refiero ahorita a ningún supuesto en particular— que pudiera obtenerse una orden de aprehensión y con eso quitar a alguien de la contienda. Pero este criterio ha evolucionado.

Efectivamente, cuando fue el caso del Presidente López Obrador estaban todavía vigentes otros criterios y prácticamente cualquier cuestión de carácter penal hacía que no se le pudiera registrar como candidato.

Pero lo que se quiso hacer en aquel momento fue quitar el llamado “fuero” y procesar al Presidente López Obrador antes de que fuera candidato e incluso ya estando detenido, ya quitarlo de la contienda. Era un supuesto diferente.

Aquí tendríamos que ver qué diría el Tribunal Electoral —que es a quién le correspondería—: si una persona que tiene una orden de aprehensión pretende postularse a algún cargo de elección popular.

Mi opinión, por los precedentes que ha habido, es que sería un criterio garantista tratando de permitir que la persona pueda competir.

Otra cuestión es si ya en el transcurso por alguna cuestión se le vincula a proceso y en esta vinculación a proceso se dicta una medida cautelar de prisión preventiva y, entonces, por razones obvias ya no podría competir ni ejercer el cargo en su caso.

Gracias.

PREGUNTA: ¿(Inaudible) sentencia en firme?

, ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA: Las sentencias a veces establecen la suspensión o la pérdida de derechos políticos. Esto también es muy cuestionable constitucionalmente, habría que ver cada caso concreto.

Los jueces normalmente lo hacen en automático: dictan una sanción, una pena y ponen la pérdida o la suspensión por un tiempo de derechos políticos. Esto es cuestionable constitucionalmente, y habría que ver cada caso concreto.

Gracias.

, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Gracias.

Adelante.

(…) 

PREGUNTA: Gracias, Presidenta.

Solo por el tema de la doble nacionalidad: en el caso de Cabeza de Vaca, el Tribunal Electoral determinó que no podía ser candidato a diputado plurinominal en la pasada elección —usted recordará que buscó ser candidato— le negaron el registro como candidato pluri porque fue considerado prófugo de la justicia, y toda vez que tenía la condición de prófugo de la justicia no pudo ser registrado.

Solo, digamos, porque se preguntaba sobre este tema.

 CLAUDIA SHEINBAUM: Qué bueno que lo aclaras.

(…) 


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