3 sept 2011

Dice el Senador Ocho Guzmán que no cobra en la SEP

Réplica / Niega Ochoa Guzmán Recibir Doble Sueldo
 Reforma 3 septiembre 2011).-
Sr. Director:
 Me refiero a la información contenida en la columna Templo Mayor de su edición del 1o. de septiembre, en la que de manera irrespetuosa y por demás sin fundamento se refiere a mi persona.
Es verdaderamente lamentable que un periódico de la importancia del que usted dirige haga eco de información de dudosa procedencia y proponga conclusiones que de ninguna manera encuentran sustento en la realidad, prestándose en cambio a la difamación y la calumnia a favor de obscuros intereses.
Como debe saber, con fecha 31 de agosto del año 2010 notifiqué a la Mesa Directiva del Senado de la República mi decisión de reincorporarme a las actividades legislativas el día 7 de septiembre de ese mismo año.

Para ello, en cumplimiento de las disposiciones que señala la Constitución, las leyes y reglamentos aplicables a los poderes de la Unión, a los trabajadores al servicio del Estado y a los trabajadores de la Secretaría de Educación Pública, solicité licencia sin goce de sueldo en mi plaza de maestro, es decir, como servidor público dependiente del Ejecutivo federal por el periodo comprendido entre el 1o. de septiembre de 2010 y el 31 de agosto del 2012.
Como podrá usted constatar en los oficios: 205C30000/6241/10, 2005C30000/SN/11, y 205C30000/6115/2011, cuyas copias acompaño al presente, emitidos por la Coordinación de Finanzas de los Servicios Educativos Integrados del Estado de México, a partir del 1o. de septiembre de 2010 y hasta el 31 de diciembre del 2011, cuento con Licencia por Comisión sin goce de sueldo, con fundamento en el artículo 43, fracción VIII de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, por lo que el acto de ilegalidad al que se refiere la columna de referencia es en realidad un testimonio totalmente falso que efectivamente se podría constituir en delito.
En virtud de lo anterior, señor director, solicito que en cumplimiento del periodismo responsable y en apego a lo establecido en el artículo 27 de la Ley sobre Delitos sobre Imprenta vigente sea publicada fielmente la presente aclaración, así como la documentación probatoria que anexo, en el mismo espacio dedicado en el multicitado periódico, al tiempo que se den a conocer las fuentes de información en que se sustentó la redacción del texto publicado.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente.
Rafael Ochoa Guzmán
Senador de la República

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