Ocurrió ayer viernes 4 de agosto alrededor de las 14:30 horas
El fiscal del Estado de Morelos, Uriel Carmona fue detenido afuera de su casa de Cuernavaca, en un fuerte operativo policiaco; participaron policías de la Fiscalía de la Ciudad de México, de la FGR y sobre todo efectivos de la Secretaría de Marina Armada de México..
Luego de su aprehensión, fue trasladado en helicóptero a la Ciudad de México y de inmediato internado en el reclusorio sur...
Se le acusa por su probable participación en Delitos Cometidos Contra la Procuración y Administración de Justicia, en el caso de Ariadna Fernanda, joven que fue asesinada en la colina Roma en octubre del año pasado y cuyo cadáver se encontró en la autopista de Cuernavaca.
La necropsia practicada en Morelos estuvo a cargo de un equipo de forenses integrado por mujeres profesionales...determinaron que Ariadna había muerto por una broncoaspiración debido a una intoxicación etílica y no por las lesiones que se habían detectado en el cuerpo.
A partir de entonces, comenzó una disputa entre las fiscalía Morelos y la de Ciudad de México por resolver el caso.
El delito del fiscal es haber apoyado a sus peritos en una necropsia hecha a Ariadna...
La FGR entró como tercero en discordia sin la participación de la fiscalía de Morelos, y el 17 de enero le dio la razón a la fiscal Ernestina Godoy de la Cd de Mx. (recomiendo leer el comunicado); .Dice al peritaje de la Fiscalía de Morelos no es posible darle sustento, en razón de las lesiones externas e internas de la víctima y del hecho de que no se tomó en cuenta, en toda su magnitud, la cronología del momento del fallecimiento.
Agregó que "el procedimiento penal por el posible delito de femicidio debe continuar a cargo de las autoridades locales de la Ciudad de México...
El quid es que la Fiscalía de Morelos no fue "requerida formalmente por la FGR para entregarle información o constancias procesales del asunto de Ariadna “N”..y aclaran que la FGE de Morelos no se ha “sometido” al análisis pericial de la FGR en relación con la causa del fallecimiento de dicha víctima." (ver comunicado).
"Solamente las autoridades jurisdiccionales, jueces y magistrados, tienen la facultad de determinar cuál de los dos resultados forenses deberá prevalecer., subraya...
Y en eso estamos...
El quid es que la fiscalía e la Cd de México violentó el fuero del fiscal.
Hace apenas unos días la SCJN determinó que el fiscal no podía ser procesado por ningún delito porque cuenta con fuero constitucional..
Y ayer vocero de la Cd de México envió un mensaje a medios y dice que están haciendo las cosas de acuerdo al debido proceso, y que el fuero de Uriel N es aplicable para delitos federales, no para delitos locales..
¡Órale!
Veremos que dicen los que saben...
Preguntamos...
La detención del fiscal amerita todo el espectáculo policiaco de ayer...; 120 efectivos de la policía federal..
¿Ameritaba la intervención de la Marina Armada de México?
Se pasaron Almirante Secretario..., cuide la institución..
El posible delito el fiscal amerita prisión preventiva ¿oficiosa?
Obviamente no...
¿Por qué no lo citaron a una audiencia como corresponde al debido proceso.?
¿Quién fue el juez local que emitió la orden de aprehensión?
Evidentemente estamos ate un asunto de abuso de autoridad y aparentemente para proteger el gobernador de Morelos...
Recomiendo escuchar la entrevista que dio Uriel Carmona a Joaquín López Doriga en radio Fórmula...
Muy grave precedente
Quizá Uriel Carmona es culpable de otros delitos,,
¿Que viene después?
Quieren la renuncia del fiscal y poner uno a modo. del Gobernador...
Por lo pronto Carlos Andrés Montes Tello es hay un encargado de despacho,
Le daremos seguimiento.
Reclama defensa de Fiscal de Morelos ilegalidad en detención
Nota de Benito Jiménez/ Reforma d. de México (05 agosto 2023) .-17:55 hrs
Con la orden de aprehensión y su ejecución en contra del Fiscal general de Morelos, Uriel Carmona Gándara, la autoridad jurisdiccional de la Ciudad de México viola lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto al fuero local que tiene el ahora detenido, advirtió su defensa.
"El 2 de marzo, la Primera Sala de la SCJN ratificó el fuero del Fiscal general del Estado de Morelos, por lo que para poder proceder en su contra por delitos federales se le tiene que retirar la inmunidad procesal previo procedimiento ante la Cámara de Diputados local.
"Aparte por resolución dictada el 27 de julio pasado, el Juez del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Morelos se pronunció en el mismo sentido que la Corte, pero además por cuanto a los delitos del fuero común, rechazando la solicitud para lograr aprehenderlo y someterlo a proceso penal solicitada por las autoridades que ahora lo intentan en la jurisdicción local de la Ciudad de México, pasando por alto que se encuentran vinculadas a respetar ambos fueros, el federal y el local, so pena de incurrir en responsabilidades de índole penal", explicó la defensa a REFORMA.
"Por lo anterior, Carmona Gándara tendría que recuperar su inmediata libertad, ya que al contar con fuero federal y local no se le puede abrir un proceso penal bajo ningún concepto, ni mucho menos imponer la medida de prisión preventiva, ni justificada, ni oficiosa. Por ley no se le puede fincar responsabilidad por un presunto delito federal o un delito local sin que antes se le retire la inmunidad procesal por la Cámara de Diputados correspondiente", añadió.
Un juez de la Ciudad de México es quien lleva el caso del Fiscal general de Morelos por "entorpecer" la investigación en el feminicidio de la capitalina Ariadna Fernanda, ocurrido en octubre del año pasado.
"La SCJN y los jueces de amparo son los órganos superiores en jurisdicción en todo el País y a su autoridad están sujetos todos los jueces inferiores tanto federales como locales, incluyendo de manera destacada al juez de la Ciudad de México que resolverá si abre o no proceso penal en contra del Fiscal de Morelos Uriel Carmona", anticipó el abogado.
"Espero no ser objeto de tortura, objeto de presiones o de un maltrato que vulnere mi integridad física, espero que haya cuando menos ese respeto entre compañeros, pues mi familia está en riesgo. Esto pues ha ido escalando desde un embate político, mediático, jurídico y ahora ya están por detenerme y bueno, pues no hay mucho que decir. Espero que en Morelos, los morelenses vean cómo operan desde el poder; ellos hablan de la mafia del poder y ahora, pues se han convertido en lo mismo", dijo ayer Carmona a REFORMA.#
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Pongámomoslo en retrospectiva...
Ariadna Fernanda salió de su casa aquel domingo 30 de octubre de 2022 para ir comer con unos “amigos” Y ya no regresó a casa, dejó a su hijo de 5 años triste
El martes 1 noviembre se cuerpo se encontró en una carretera de Morelos.
Su deceso nos impactó a todos...
De inmediato, la fiscalía de Morelos inició una investigación y determinó que la joven habría fallecido a consecuencia de una “bronco aspiración por intoxicación alcohólica”; todo apuntaba que ahí quedaría el asunto y caso cerrado...
Pero no podía quedar así.
La presión de familiares llevó a que la fiscalía de la Ciudad de Mx hiciera una segunda necropsia y concluyeron que Ariadna habría sido asesinada, a causa de un “trauma múltiple”, además su cuerpo presentaba moretones y rasguños
La jefa de Gobierno señaló entonces que hubo un presunto encubrimiento del Fiscal morelense.
El asunto se llevó a los medios y generó ruido.
Se pidió una opinión a la FGR, y concluyeron que Ariadna “N” había fallecido por heridas en la cabeza, producidas por descargas de un objeto contundente o por contacto de la cabeza contra una superficie dura.
Y Claudia Sheinbaum, alzó la voz, y emitió un tuit a las 3.15 horas - raro-, acompañado de un video, que dice:
"Hoy acusé de encubrimiento a la fiscalía general de Justicia de Morelos en el caso del presunto feminicidio de la joven Ariadna. Nuestro compromiso siempre estará del lado de las víctimas y de la justicia. En este video les muestro la diferencia entre buscar la verdad y encubrir.".
Y eso fue nota,quizá lo hizo para dejar atrás el tema del sabotaje en el metro. Quizá.
La Fiscalía de Morelos emitió un comunicado reiterando que Ariadna murió como ellos lo dijeron por broncoaspiración etílica..
Hay diferencias entre instituciones.
Para la fiscalía de Morelos el dictamen forense de la FGR no tiene posición de superioridad.
El fiscal añadió que corresponde a una opinión y será el juez de la causa quien determine la validez de los dictámenes forenses.
Mi amigo el penalista veracruzano Tomas Mundo, me comenta que este estamos ante un caso de realizar un Meta peritaje.
En efecto, a petición de la defensa, las fiscalías nos deben mostrar a los mexicanos si los laboratorios de las fiscalías tienen la norma 17025 que especifica los requisitos generales para la competencia, la imparcialidad y la operación coherente de los laboratorios...
Comunicados de la FGR...
Conclusión de FGR sobre Ariadna Fernanda López
Aquí el comunicado de la FGR..
FGR 021/23, 16 de enero, 2023 CDMX, Ciudad de México
FEMINICIDIO DE “ARIADNA L. D.”
El 9 de noviembre pasado, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México solicitó a esta institución la atracción de la carpeta de investigación correspondiente a este caso, en la que existe una diferencia sustancial entre esa Fiscalía y la del Estado de Morelos, en donde fue encontrado sin vida el cuerpo de “A”, por las autoridades de ese Estado.
Ambas instituciones se sometieron al análisis pericial de la Fiscalía General de la República, fundamentalmente sobre la causa del fallecimiento de dicha persona, enviando a esta institución, la información que les fue solicitada a ambas Fiscalías locales.
Se acudió también al Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI), para obtener los datos que aportaron.
La litis pericial, en este caso, se circunscribe a la causa de la muerte de “A”, sus antecedentes y consecuencias.
Las pruebas periciales que se aportaron fueron impresiones fotográficas; protocolos de necropsia; estudios psicopatológicos; fuentes de información directas; videos de vigilancia aportados tanto por autoridades, como por particulares; certificaciones médicas; protocolos de actuación; y las opiniones técnicas correspondientes, que han permitido llegar a las siguientes conclusiones periciales:
La víctima se encontraba en el domicilio del procesado “R”, junto con éste y con la procesada “V”, en el momento de su fallecimiento, que se puede ubicar cronológicamente entre las 22:00 horas del 30 de octubre y las 01:00 horas del 31 de octubre de 2022.
A partir de las 10.26 a.m. del día siguiente, 31 de octubre, se tiene el video en el que el procesado “R” se ubica en el estacionamiento de su domicilio, cargando el cuerpo de una mujer en visible estado de rigidez; y lo introduce en un vehículo, saliendo de inmediato.
A las 11.04 a.m. se observa el mismo vehículo circulando a la altura de la caseta de Tlalpan, en dirección a Morelos.
La información técnica permite ubicar el equipo telefónico del procesado “R”, a las 11.26 a.m. en Tepoztlán, Morelos, a 5 kilómetros del área donde se encontró el cadáver.
A las 12.24 p.m. de ese mismo día, “R” regresó a su domicilio.
A las 14.16 horas de ese día, la procesada “V”, sale del edificio, regresando 3 minutos después, acompañada de una persona de sexo masculino, quien llevaba una bolsa de plástico y diversos artículos en su mano.
A las 15.20 horas, dicho sujeto sale del departamento, cargando la misma bolsa de plástico.
Mientras tanto, a las 14.46 horas, se realiza el hallazgo del cuerpo de “A”, en el sitio ya señalado, en el estado de Morelos.
OPINIÓN CIENTÍFICO-TÉCNICA DE ESPECIALIDAD MÉDICO-FORENSE, DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Existe una discrepancia fundamental entre las Fiscalías de la Ciudad de México, que concluye el feminicidio mediante un traumatismo craneoencefálico, trauma toráxico y trauma múltiple; y la de Morelos, que concluye la causa de la muerte, por una broncoaspiración secundaria, por intoxicación etílica.
El área pericial de la Fiscalía General de la República, después de haber analizado cronológicamente todas las pruebas ya señaladas, concluye que las heridas craneoencefálicas producidas en la víctima por descargas de un objeto contundente sobre su cabeza o por contacto de la superficie craneal contra un plano duro, son la causa del fallecimiento de la víctima “A”.
Al peritaje de la Fiscalía de Morelos, que establece como causa de muerte la “broncoaspiración secundaria a intoxicación etílica”, no es posible darle sustento, en razón de las lesiones externas e internas ya señaladas, y del hecho de que no se tomó en cuenta, en toda su magnitud, la cronología del momento del fallecimiento.
En cuanto al trauma múltiple ya referido, el estudio anatomopatológico del cadáver ratifica la causa de muerte, como traumatismo craneoencefálico, así como también lo corrobora el análisis pericial de la cronología de los hechos y las pruebas que confirman el momento de dicho fallecimiento.
El peritaje emitido por las autoridades de la Ciudad de México se apega al procedimiento pericial debido; y no es posible dar sustento a la causa de muerte emitida por la Fiscalía General del Estado de Morelos, por las razones ya establecidas.
De conformidad con lo anterior, se considera que el procedimiento penal por el posible delito de femicidio debe continuar a cargo de las autoridades locales de la Ciudad de México, por ser un delito del fuero común cometido en la jurisdicción de la propia Ciudad de México.
Por lo que toca a las posibles responsabilidades señaladas en el artículo 37 de la Ley General en materia de Desaparición Forzada, y demás aplicables, los hechos ya señalados respecto a las conductas delictivas correspondientes hacen necesaria la intervención de esta Fiscalía General de la República, quien ejercerá de inmediato su facultad de atracción al respecto, la que por ley y en defensa de los derechos humanos le corresponde...
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Desdeña FGE-Morelos conclusión de FGR
Comunicado de Prensa Bol. 0048
En relación al comunicado de la Fiscalía General de la República por el fallecimiento de la joven Ariadna “N” cuyo cuerpo fue localizado en el tramo carretero la Pera – Cuautla, la Fiscalía General de Estado de Morelos reitera que está comprometida y del lado de la víctimas y contra la violencia de género. Siempre abierta y dispuesta a colaborar con todas y cada una de la autoridades para que se sancionen a los culpables de delitos cometidos en contra de las mujeres y garantizar el derecho a la verdad que tienen las víctimas y la sociedad. Además se subraya de manera enfática que no existe pugna entre fiscalías.
El comunicado 021/23, de la FGR contiene una respetable opinión no emitida dentro de un procedimiento normativamente establecido, por lo que esa opinión forense no es jurídicamente vinculante para la investigación que continúa abierta en Morelos o para el proceso judicial de feminicidio que se desarrolla en la Ciudad de México. Esta institución no ha sido requerida formalmente por la FGR para entregarle información o constancias procesales del asunto de Ariadna “N”, por ello, también se aclara que la FGE de Morelos no se ha “sometido” al análisis pericial de la FGR en relación con la causa del fallecimiento de dicha víctima.
Solamente las autoridades jurisdicionales, jueces y magistrados, tienen la facultad de determinar cuál de los dos resultados forenses deberá prevalecer, y esto dentro del proceso penal que se sigue por el delito de feminicidio en la Ciudad de México.
Además, la Fiscalía de Morelos no está en condiciones de pronunciarse respecto de tal opinión, pues se desconocen los trabajos forenses de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, así como los estudios que sustentan la opinión de la FGR. El dictamen de la FGJCDMX se ha solicitado oficialmente y se espera que se remita a esta representación social morelense.
La necropsia practicada en Morelos estuvo a cargo de un equipo de forenses integrado por mujeres profesionales, aplicando los protocolos de investigación con perspectiva de género que corresponden al delito de feminicidio. Por ello, se respalda su trabajo.
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Reacciones
Amaro Correa, juez federal Noveno de Distrito en el estado de Morelos concedió a Uriel Carmona, una suspensión en contra de cualquier intento de las autoridades de privarlo de la libertad o de catear su domicilio.
La medida fue concedida ayer viernes y se desconoce si fue concedida antes o después de que Carmona Gándara fuera aprehendido...
El Sol de México | 5 de agosto de 2023;
Un juez federal otorgó una suspensión provisional a Uriel Carmona, fiscal General del Estado de Morelos, en contra cualquier orden de aprehensión o cateo, por lo que el juez de la causa debería dejarlo en libertad.
Ayer, antes de ser detenido en su casa, el fiscal de la entidad logró interponer un amparo ante Guillermo Amaro Correa, juez Noveno de Distrito con sede en Cuernavaca, Morelos.
De acuerdo con los registros judiciales consultados, el recurso fue admitido por el juzgador y de manera exprés otorgó la suspensión provisional a favor del fiscal, la cual impide que sea detenido, capturado, buscado o se aplique alguna técnica de investigación en su contra, tal como un cateo a su domicilio.
Amaro Correa fijó para el próximo 11 de agosto a las 9:38 de la mañana la fecha y hora en la que se celebrará la audiencia incidental, en la que se determinará si le concede la suspensión definitiva o no.
Como garantía para que el fiscal de Morelos se presente a la cita, el juzgador pidió además una garantía de 88 mil pesos.
(Empero) Uriel Carmona se encuentra detenido desde este viernes en la Ciudad de México por presuntamente delitos contra la administración y procuración de justicia en el feminicidio de la joven Ariadna Fernanda López.
Pero de acuerdo con su defensa esta detención es ilegal, ya que además del fuero federal ratificado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en julio pasado, también cuenta con fuero común.
El equipo legal del fiscal de Morelos asegura que esta protección fue dictada el 27 de julio por el Juez del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Morelos, quien se pronunció en el mismo sentido que la Corte pero además por cuanto a los delitos del fuero común.
“Por lo anterior, Carmona Gándara tendría que recuperar su inmediata libertad, ya que al contar con fuero federal y local no se le puede abrir un proceso penal bajo ningún concepto, ni mucho menos imponer la medida de prisión preventiva, ni justificada, ni oficiosa.
“Por ley no se le puede fincar responsabilidad por un presunto delito federal o un delito local sin que antes se le retire la inmunidad procesal por la cámara de diputados correspondiente”, explicó en comunicado.
(Veremos como resuelve el caso el juez de control de la Cd de Mx, el MP deberá aportar elementos suficientes para conseguir que el Uriel Carmona permanezca privado de la libertad pues de hacerlo sin justificación alguna tanto la Fiscalía capitalina como el juez de control estarán en riesgo de estar en desacato a un mandato federal.)...
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La SCJN resolvió el pasado 12 de julio que fiscal de Morelos tiene fuero constitucional, y lo que implica
El asunto se derivó de la solicitud, en diciembre de 2020, por parte de la FGR de la solicitud de la declaración de procedencia en contra de Uriel Carmona Gándara
Con una votación de cuatro contra uno, la Primera Sala de la SCJN resolvió que el fiscal de Morelos debe contar con fuero constitucional.
En la sesión se resolvió la Controversia Constitucional 151/2021, promovida por el Congreso de la entidad, cuyo proyecto fue asignado a la ministra Margarita Ríos Farjat, en el que se planteó que el fiscal morelense cuenta con la protección que establece el artículo 111 de la Constitución*
El proyecto estableció que se declaraba la invalidez del decreto emitido por la Cámara de Diputados, del Congreso de la Unión, en el que se declaró que el titular de la Fiscalía General de Justicia de Morelos no debía contar con fuero constitucional.
El asunto se derivó de la solicitud, en diciembre de 2020, por parte de la FGR de la solicitud de la declaración de procedencia en contra de Carmona Gándara, debido a que presuntamente no contaba con la evaluación de control de confianza para ocupar el cargo.
El 15 de septiembre de 2021, Morena y sus aliados, en San Lázaro, votaron por mayoría simple desechar la solicitud de desafuero, con el argumento de que el fiscal morelense no contaba con fuero federal.
El legislativo de Morelos presentó la controversia constitucional y se otorgó una suspensión con la consecuencia de que la FGR no pudiera actuar en contra de Carmona Gándara.
Ese día e resolvió en definitiva el asunto, únicamente con el voto en contra del ministro Arturo Zaldívar, en el que se determinó la protección del fuero constitucional para el fiscal morelense.
Como consecuencia, si la FGR busca proceder en contra del fiscal Carmona, primero se deberá agotar el procedimiento de declaración de procedencia, que deberá ser aprobado por dos terceras partes de la Cámara de Diputados.
Reacción de AMLO en la mañanera del viernes 14 de julio..
Dijo que es respetuoso de las decisiones judiciales.
Pero eso no significa, dijo que no pueda denunciar actos que considera "corruptos".
"Acaba de pasar ayer… Y somos respetuosos de la independencia del Poder Judicial, porque son tres poderes, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial y, tiene que haber equilibrios entre los poderes. Ya no es como antes, que el poder de los poderes era el Ejecutivo, los otros dos poderes eran apéndices del Ejecutivo, no. Eso tardó muchísimo.
Ahora hay independencia, pero eso no significa que no podamos denunciar actos que consideramos corruptos, como, por ejemplo, hay una investigación abierta en contra del procurador de Morelos. (Uriel Carmona) No una, varias denuncias. Y como tiene influencias en el Poder Judicial, ayer desempolvaron mi expediente que llevaba como año y medio ahí, en el archivo, y los ministros, la mayoría le dan impunidad, resolviendo que solamente puede ser juzgado si lo decide el Poder Legislativo mediante un desafuero, porque se trata presuntamente de delitos federales, cuando no sólo son delitos federales. (Ojo aquí mandó una orden...).
Hay delitos del Estado, pero cómo cuando ya la fiscalía solicitó orden de aprehensión inmediatamente se adelantan los ministros a protegerlo. ¿Cómo es eso? ¿Nos vamos a quedar callados?
A ver, se los explico. Hay denuncias donde acusan al fiscal del estado de Morelos. La fiscalía le pide al juez la orden de aprehensión o que someta a proceso. Claro que se enteran en el Poder Judicial, arriba, la Suprema Corte, y un expediente que tenían ahí por resolver si procedía o no procedía que lo enjuiciaran con la participación del Congreso, que se le abriera un juicio político en el Congreso o no, si era esa la vía o no.
Pues de repente ayer sacaron eso y adelantándose a decir que no se puede juzgarlo si no es con juicio político porque se trata de delito federal. Es mucha casualidad.
Entonces, todos estos casos, ¿por qué no los ventilamos? ¿Por qué no hablamos de esto?
Y semanas despues, la fiscalía de la Cd de México le dio vuelta..., el fuero solo es federal y el delito por el que se le imputa es del fuero común..
¡De película!
¿Qué dice el 111 Constitucional?
Artículo 111
(....)
Para poder proceder penalmente por delitos federales contra los ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, y los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía se seguirá el mismo procedimiento establecido en este artículo, pero en este supuesto, la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda.
(PÁRRAFO REFORMADO D.O.F. 31 DE DICIEMBRE DE 1994, 07 DE FEBRERO DE 2014, 29 DE ENERO DE 2016)
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Carmona Gándara: Poder Judicial, a prueba/ Editorial de La Jornada.
El fiscal de Morelos, Uriel Carmona Gándara, fue detenido ayer en su domicilio de Cuernavaca por agentes del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Las autoridades capitalinas lo requieren por su actuación en torno al caso de Ariadna Fernanda, asesinada en un departamento de la colonia Roma, y cuyo cuerpo fue arrojado en el municipio de Tepoztlán. Carmona presentó un dictamen forense falso en el que excluyó que la joven hubiera sufrido violencia y la revictimizó al achacar su muerte a una grave intoxicación alcohólica. Desde aquel momento, en noviembre pasado, salieron a relucir sus nexos con el presunto feminicida de Ariadna Fernanda y han brotado pruebas de sus manipulaciones para encubrir al agresor, por lo que se le imputan delitos contra la procuración y administración de justicia.
Durante horas, el funcionario se atrincheró en su residencia, desde donde convirtió su aprehensión en un espectáculo mediático e intentó presentarse como víctima de un golpe político. Sin embargo, su detención sólo puede verse como un auténtico hito en la procuración de justicia, el combate a la impunidad y la rendición de cuentas de quienes incurren en el abuso de poder.
En primera instancia, está claro que si hay un elemento político en esta trama es el nombramiento de Carmona Gándara, instalado en la fiscalía morelense (FGE) por el ex gobernador perredista Graco Ramírez para cubrirle las espaldas y frenar cualquier indagatoria sobre los múltiples señalamientos que pesan en su contra. El fiscal ha cumplido con diligencia esa labor, único éxito de su gestión marcada por el despotismo, la crueldad contra las víctimas, la obstrucción sistemática de la justicia y una indolencia que mantiene a Morelos sumido en la zozobra.
En septiembre de 2020, vinculó con el crimen organizado a ocho personas que fueron asesinadas mientras asistían a un velorio. Las familias de los fallecidos presentaron testimonios de que eran estudiantes sin relación alguna con la delincuencia, y exigieron una disculpa pública que nunca llegó. En agosto de 2021, sus escoltas detuvieron, golpearon y desnudaron a dos jóvenes que circulaban por la autopista Acapulco-México, cuya única falta consistió en intentar rebasar al convoy de autos blindados en que se desplazaba el fiscal. En noviembre de 2022, familiares de víctimas lo acusaron de encubrir a servidores públicos involucrados en el caso de las fosas clandestinas de Tetelcingo, donde al menos hasta 2014 la entonces procuraduría general de Morelos arrojó casi 120 cadáveres, en algunos casos sin haber realizado las diligencias debidas para identificarlos, y en otros en evidente comisión de desaparición forzada, pues los cuerpos fueron inhumados sin notificar a las familias, pese a conocerse su identidad. En marzo de este año, se denunció que personal a su cargo extravió u ocultó el dictamen en el que una perito constataba los tocamientos sexuales padecidos por una niña de cuatro años a manos de su padre, quien es hijo de Marcelino Soto Camacho, ex subprocurador de investigaciones especiales de la FGE.
Cada uno de estos episodios habría ameritado su destitución y la apertura de indagatorias en su contra, pero el caso que ha marcado a su administración es el asesinato de Samir Flores Soberanes, perpetrado el 20 de febrero de 2019. En los casi cuatro años y medio transcurridos desde el atentado contra el comunicador e integrante del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua de Morelos, Puebla y Tlaxcala, las investigaciones han permanecido en un absoluto estancamiento, sin avance alguno que permita disipar las sospechas de encubrimiento e incluso complicidad por parte de quienes deberían esclarecerlo.
A inicios de este mes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación pretendió tender un manto de inmunidad en torno a Carmona Gándara a fin de sustraerlo de la acción de la justicia. Cabe esperar que quienes encabezan el Poder Judicial rectifiquen y retiren su protección a un personaje indefendible, quien a todas luces debe ser juzgado conforme a derecho para aclarar su probable participación en hechos tan graves como los reseñados. Si persiste en su afán de blindar al fiscal, la Suprema Corte enviará a todo el país una señal nefasta acerca de su ruptura absoluta con la ley y con su mandato constitucional.
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