Con las acusaciones del testigo único, la juez primera de Distrito en Procesos Penales Federales en el Estado de México, Nadia Villanueva Vázquez, sentenció a Pablo a la pena desproporcionada e insólita de 452 años ocho meses y 25 días por su presunta y difusa participación en el secuestro del joven Martí, por delincuencia organizada y posesión de cartuchos.
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452 años de cárcel... y sin pruebas La farsa del caso Martí/JOSÉ REVELES
Pablo Solórzano Castro fue condenado a casi medio milenio de cárcel. ¿El cargo? Supuestamente participó en el secuestro y asesinato del joven Fernando Martí. ¿El problema? Los agentes que lo detuvieron fueron los mismos que lo habían extorsionado dos años atrás, la sentencia se basó en el dicho de un solo testigo protegido –el mismo que “fabricó” culpables en otros 80 casos–, el inculpado fue torturado, el juez aceptó pruebas inválidas de origen y no se aceptaron evidencias de descargo… Así “se impartió la ley” en un caso que toca dos sexenios.
Testis unus, testis nullus” estableció hace siglos el derecho romano. Un testigo único es un testigo inválido. Sobre todo si no hay un solo elemento adicional de prueba que corrobore una acusación, que la convierta en categórica y convincente; y también si no existe otra imputación formal de alguien más contra el mismo acusado.
El camino escogido para hacer encajar a Pablo en el esquema de la llamada Banda de la Flor y en la de Los Petriciolet fue tan sencillo como perverso: bastó conseguir una foto suya, en blanco y negro, en la Plataforma México y llevársela a uno de los testigos acusadores más prolíficos engendrados por García Luna Productions, un igualmente acusado por el caso Martí, Noé Robles Hernández, apodado El Chimuelo. Esto ocurría el 11 de diciembre de 2010, dentro del penal de entonces alta seguridad del Altiplano.
