Inédito!
Ciudad de México, a 8 de Noviembre de 2017 DGCS/NI: 63/2017
NOTA INFORMATIVA
CASO: Juzgado federal ordena al Registro Civil de Michoacán reconocer la maternidad dual a dos mujeres al momento de registrar a sus menores hijas, ya que una aportó el óvulo y la otra tiene este derecho por razón del alumbramiento
ASUNTO: En protección al interés superior de las niñas y de los derechos humanos a la identidad biológica, a la salud, a la igualdad y no discriminación, el juez Rodrigo Torres Padilla, titular del Juzgado Noveno de Distrito en Michoacán, concedió la protección de la justicia federal a dos mujeres y a sus dos menores hijas a fin de que el Registro Civil de Michoacán les reconozca la doble maternidad al momento de registrarlas.
Para arribar a esta conclusión, el juzgador federal sustentó su fallo en jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano, además de que aplicó el principio pro persona en favor de las menores y las quejosas.
En la sentencia, el juzgador federal ordenó al titular del Registro Civil del Estado de Michoacán inaplicar los artículos 49, 51 y 345 del Código Familiar de la entidad, por resultar inconstitucionales y vulnerar el derecho de igualdad de las quejosas, ya que la normatividad estatal no les reconoce el derecho de maternidad a ambas, ni el derecho a la identidad biológica de las menores.
ANTECEDENTES:

